Un precedente muy peligroso en la jurisprudencia venezolana.
Hace tres años, a varios meses de los hechos del 11 de abril de 2002 en Caracas, se formo una Sala Plena Accidental en el Tribunal Supremo de Justicia para evaluar una solicitud del Fiscal General para enjuiciar a los altos oficiales Efraín Vásquez Velazco, Pedro Pereira, Jesús Ramírez Pérez y Daniel Comisso Urdaneta... La sala declaró sin lugar el enjuiciamiento.
En enero de este año, el fiscal general de la República, Isaías Rodríguez,
solicitó a un TSJ ya copado
mayoritariamente por el chavismo revisar la sentencia firme -y no apelable- que absolvió a los militares y...
Por considerarla "una errada y grotesca violación del principio constitucional al debido proceso y juzgamiento por parte de los jueces naturales", la Sala Constitucional Accidental del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) anuló la sentencia de la Sala Plena del 14 de agosto de 2002 que sobreseyó la causa seguida contra cuatro altos oficiales implicados en los sucesos del 11 de abril de ese año; y abrió las puertas para que sean procesados nuevamente por los mismos delitos u otros nuevos. [1]
Lo que acaban de hacer jurídicamente es inaceptable; según uno de los principios mas básicos del derecho "una persona no puede ser juzgada dos veces por el mismo delito". Lo que esta sentencia significa para cualquier venezolano absuelto mediante una ultima instancia no apelable es que puede ser juzgado de nuevo si el grupo de chavistas en la Sala Constitucional considera que "hubo una violación de los principios y derechos constitucionales consagrados en la Carta Magna".
Que podemos esperar en los casos de aquellas personas que de alguna manera han sido señalados por hechos políticos en Venezuela (Enrique Mendoza, Carlos Ortega, Enrique Capriles, etc.), cuando todos nuestros poderes públicos están a la orden de una parcialidad política, tal vez nada bueno, pero es el deber de todo venezolano levantar su voz para criticar lo que debe ser criticado.
La organización Human Rights Watch ya había expuesto el caso del Tribunal Supremo venezolano ante la Organización de Estados Americanos: "hay debilitamiento en la independencia y autonomía del Poder Judicial venezolano, que se ha puesto a la orden de los intereses del presidente Hugo Chávez y sus aliados". Por supuesto, la OEA en defensa de los intereses de los gobiernos y por sobre los de los ciudadanos no hizo nada al respecto y la Carta Democrática Interamericana demostró de nuevo ser tan útil como un pedazo de papel sanitario.
Déjeme decirle una ultima cosa, si esta decisión del TSJ pasa impunemente, también se abrieron las puertas -sea mañana o sea en muchos años- para anular el sobreseimiento de la causa que Rafael Caldera le otorgo a Hugo Chávez en 1995 gracias al cual pudo lanzarse a la carrera presidencial que gano en 1998. Recordemos que Chávez fue el principal cabecilla del golpe de estado del 4 de febrero y el perdón presidencial de Caldera podría interpretarse fácilmente como "una errada y grotesca violación del principio constitucional", en teoría solo hace falta una Sala Constitucional parcializada por otro bando.