El TSJ ordenó reabrir juicio contra Henrique Capriles Radonski
Publicado por Melvin Nava
el Jueves, 12 de mayo del 2005, a las 01:39.
El Tribunal Supremo de Justicia anuló la sentencia que absolvió el año pasado al alcalde Henrique Capriles y ordenó la continuación del juicio.
El alcalde de Baruta, Henrique Capriles Radonski, fue acusado el año pasado (injustamente, en mi opinión) de haber cometido supuestos destrozos contra la sede diplomática de Cuba el 12 de abril de 2002 y estuvo 4 meses en prisión, hasta que en septiembre de 2004 recibió el beneficio de continuar el juicio en libertad.
Un mes después, en octubre del 2004, una sala de apelaciones dictaminó la libertad plena de Henrique Capriles argumentando que "los delitos fueron cometidos por terceras personas" y por tanto quedó absuelto.

Henrique Capriles Radonski
Un mes después, en octubre del 2004, una sala de apelaciones dictaminó la libertad plena de Henrique Capriles argumentando que "los delitos fueron cometidos por terceras personas" y por tanto quedó absuelto.
Esto sucede justo después que el magistrado chavista, Luís Velásquez Alvaray, amenazara con destituir el 80% de los jueces del sistema judicial, lo que puede representar de por si una coacción para que los jueces tomen una decisión política en favor o en contra, y evitar la suspensión de sus cargos.
La revolución de Castro también tiene perseguidos políticos en Venezuela.Personalmente opino que es indignante ver como el sistema judicial en sus mas altos niveles se presta para perseguir a jóvenes políticos como Henrique Capriles y Leopoldo López, que son buenos ejemplos de lo que deberíamos tener en la clase política venezolana para sacar adelante a nuestro país.
Henrique Capriles acudió a la embajada de Cuba a petición del mismo embajador para servir de ayuda cuando una manifestación ataco la residencia en el fervor por la caída de Chávez el 11A, de todo esto hay videos muy claros.
Estaremos muy pendientes del caso y apoyaremos al alcalde Henrique Capriles en este juego sucio del chavismo.
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28 Comentarios
Videos? claro, aparecen los video del asalto a la embajada.
por cierto, en que quedó el caso del espía cubano?
Saludos.
Hablando de falacias.
Saludos.
Estos alcaldes o mejor llamados "lacayos yanquis" o "cipayos" simplemente han contado con el respaldo de jueces corruptos durante sus juicios. Luis Alvaray simplemente se ha dedicado a acabar con toda la porquería que hay en las diferentes magistraturas mediante una limpieza sistemática de jueces corruptos. Entre esos están cayendo de uno y otro lado. Traidores de todos los colores blancos, verdes y rojos. El unico distingo es el de la honestidad y sapiencia en el trabajo.
Saludos.
Estos dos alcaldes solo tienen en su haber elecciones democráticas, un juicio parcializado es la única manera en la que podrían retirarlos de sus cargos.
También pienso que tuviéramos mejores aliados a los Estados Unidos que a Cuba, no me digas que preferirías irte a vivir a Cuba que al país del norte.
Empezando, en los states siempre vamos a ser inferiores por raza, nacionalidad, etc. y en cuba, la miseria es grande por el mismo bloqueo al cual ha sido sometida.
Nada como mi país. La mejor cerveza (polar) las mejores playas (mochima, tucacas y patanemo) las mejores mujeres (já! por todos lados) la mayor libertad de todas... (me vas a decir que acá uno no hace lo que le da la gana?) todavía quieres irte al norte?
Casi todos los blogs en los que he entrado el autor coloca algun tema, alguna noticia y las opiniones (a favor o en contra) las emiten los posteadores, que a la larga resultan ser los que le dan vida al blog como tal. No es muy correcto eticamente manipular una noticia o una información de esa manera (crítica constructiva)
Saludos.
Si el alcalde no puede poner orden, quien entonces? por que le echamos la culpa a bernal y compañía por el basurero (aun teniendola ellos) en que está convertida Caracas?
la idea no es quitarle responsabilidad a quien la tiene. No perdamos el sentido crítico que como individuos está consagrado en la constitución (en la vieja también, deberiamos acostumbrarnos)
Saludos.
Saludos.
1. Chacao es una policía municipal administrativa, la PM es una policía de orden publico con equipos adecuados para contrarrestar motines. Míralo de esta manera, las policías municipales no tienen gas lacrimógeno o perdigones en su arsenal.
2. Orden público es totalmente diferente de la recolección de basura, que si resulta ser competencia de las Alcaldías.
3. Sigue tu consejo, se critico con el gobierno quien es el que controla "de hecho" los poderes públicos en Venezuela.
No estoy de acuerdo con tu visión, al menos no con esas palabras, yo he visitado los EE.UU. varias veces y me sentí muy a gusto.
Lo seguro es que no le caerás bien a todo el mundo en todos lados, pero el modo de vida, la seguridad y las oportunidades en los EE.UU. supera bastante al de los países tercermundistas, y digo tercermundistas por nuestros gobernantes.
¿Acaso significa que debemos darle un golpe de estado a Chávez?
Hay que reconocerlo, que la mayoría, está con el gobierno. Nada haces con aislarte de la realidad.
Saludos.
Tienes Driver License? o te la quitó el super gobernador Arnold Swarzenegger. No me vengas con cuentos de que hay igualdad...
Saludos.
Disculpame pero perdóname... se te salió lo derechista pana. La voz del pueblo es "la voz de dios" :D je je je
Saludos.
Si la vinotinto tuviese esa misma pasión seguramente no estaríamos mendigando un cupo al mundial de alemania.
Saludos.
Es una cita muy valida pero también una bandera política de regimenes autoritarios, recuerdo que era la bandera de los defensores de Hussein y ha sido la bandera de Chávez en el pasado.
Te repito, las mayorías a veces no demuestran ser tan inteligentes, por eso el mundo esta como esta.
Y no es hablar de derecha, ni mucho menos izquierda, solo me quedo con aquello que funciona.
El punto central es, que el peor modelo a seguir para un país es Cuba y es lo vemos en Chávez, ese fanatismo por Cuba.
Este año no se hizo nada. Mineros, caracas y táchira fueron eliminados en las primeras instancias...
Saludos.
Pa que te enters, jalabola, queremos progreso y no regreso!!!
summa cun laude.
DENUNCIA:
EXP: 5597 .-
DIVISION DE DISCIPLINA de Físcalia-
DENUNCIA CONTRA FISCAL NONAGÉSIMA SEXTA (96º) DEL MINISTERIO PÚBLICO (EN MATERIA DE FAMILIA), DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
EXP: 09.02275.-
DIRECCION EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA,
(D.E.M.)
INSPECTORIA GENERAL DE TRIBUNALES.-
DENUNCIA CONTRA LA JUEZ NOVENO DE LOPNA DE CARACAS .
POR VIOLACIÓN AL DEBIDO PROCESO, VIOLACIÓN A LA TUTELA JUDICIAL Y AL DERECHO A LA DEFENSA DE NIÑO DE UN AÑO DE EDAD DISCAPACITADO.
Por actuar sin eficacia,
objetividad, imparcialidad, honestidad, transparencia buena fe y confianza, que debe procurar todo Funcionario Público cuando se le eleva un procedimiento a su conocimiento la Fiscal 96 del M.P., de Familia, impulsando en toda la secuela del procedimiento plagado de irregularidades procesales, que sustanció la JUEZ de la Sala de Juicio Nº IX, del Circuito Judicial del Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de
Caracas,(LOPNA), en el Asunto signado con el
Nº AP51-V-2008-011774, demostrando un desconocimiento de las nociones y herramientas básicas del derecho, en Materia de Protección del Niño, Niña y Adolescente. Así como el desconocimiento de la Ponencia de la Magistrada Carmen Zuleta de Merchán de fecha 27 de abril de 2007, en el expediente signado con el Nº 07-0130, que fijó todas las pautas procedimentales en los casos de Restitución de Custodia de Niños (a) y
Adolescentes, vinculante por ende de obligatorio cumplimiento para todo los funcionarios y funcionaria del Poder Judicial, relativas al artículo 390 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño(a) y Adolescente,
Por encontrarse incursas en la violación
de las siguientes Leyes
y Artículos como son
CONSTITUCIÓN NACIONAL BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Art: 19,- Art: 21 parrafo dos,
Art: 29, -Art: 30,-
Art: 46 particular 4,-
Art: 49 ordinales 1, 6 y 8,
-Art; 60, -Art: 75, particular 2,- Art; 138,- Art: 139,- Art: 140,-
Art: 255 en su ultimo párrafo,
LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE NIÑOS Y ADOLESCENTES
EN SUS ARTS: 26,- Art: 29,
Art: 30 parrafo tercero, -
Art: 32-a, - Art: 41, -
Art: 49, - Art: 56, - Art: 61, -
- Art: 88, - Art: 151, - -
Art: 216, - Art: 217, --Art: 254, -
Art: 270-a, - Art; 271, - Art: 272, - Art: 327, -
LEY ORGÁNICA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD:
Art: 1, - Art: 2, - Art: 9, -
Art: 12, - Art: 13, -
Art: 14, - Art: 18, - Art: 35, -
Art: 73, - Art: 77,.-
LEY DEL ESTATUTO DE LA FUNCIÓN PUBLICA :
Art: 33 párrafos 1, 5, 6 y
10 con particulares letras b, c, d,(del mismo art 33 part 10) -
Art: 34 párrafo 3, - Art: 79, -
Art: 80, - Art: 81, -
Art: 82 párrafo 2, -
Art: 86 párrafos 2, 3, 6, 7, -
LEY CONTRA LA CORRUPCIÓN
en sus artículos - Art: 16, -
Art: 19, -- Art: 22, -
Art: 67, - Art: 70, - Art: 71,
LEY CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA
Artículos 2 párrafo 2, - Art: 6, - Art: 8 particular 3ro, -
Art: 13 párrafo 4, -
Art: 16 ordinales 3 y 6, - Art: 18.-
CÓDIGO PENAL
En sus Articulos Art: 203, -
Art: 237, - Art: 242.-
Art: 245(Psicologa),- Art: 249,-
Art: 254, Art: 283, - Art: 286,
Art: 291, - Art: 316, - Art: 317, - Art: 322, - - Art: 462 ordinal 2, - Art: 463 ordinales 2,-
(NUEVO) CÓDIGO DE ÉTICA DEL FUNCIONARIO
PUBLICO
Art: 2, - Art: 3, - Art: 6, -
Art: 8, -Art: 10.-Art: 11.-
Art: 12.- Art: 24.-
Art: 32 particulares 1, 6, 7 y 8,- Art: 33 particulares: 1, 11, 12, 13, 14, 15, 20, 21, 23, 24.--
Denunciadas ante la Direccion Contra la CORRUPCION DE LA FISCALIA GENERAL DE LA REPUBLICA
Ya que tal desconocimiento
originó la inconstitucional e ilegal restitución, de un niño con Discapacidad Neuromotora, de un año de edad, violando la Medida de Protección Dictada por la Juez de la Sala 16 de Lopna de Caracas de COLOCACIÓN FAMILIAR EN FAMILIA SUSTITUTA
que para esta fecha actual, todavía se encuentra sin poder recibir su habilitación que venia recibiendo en el hogar sustituto designado por Medida de Protección de Colocación Familiar en Familia Sustituta dictada por la Sala 16 de
Protección de Niños y Adolescentes (lopna). Circuito Judicial de Caracas, desde que contaba con venticinco (25) días [MENSAJE TRUNCADO]
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