Venelogia, Venezuela
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26 Comentarios

TuPadre dice:
Revisando la ley no encuentro lo que mencionan del depósito por dos mensualidades; menos en el artículo 43 que se refiere a otra cosa. Por favor revisen o aclaren.
#1 (15.11.2011 16:16) (Arriba)
ana rojas dice:
Buenas tardes
He leido dos veces la gaceta de la Ley de arrendamiento y no logro conseguir lo que uds señalan en la parte final de la primera página de venealogía sobre el pago de dos meses deposito por arrendamiento.
#2 (15.11.2011 18:14) (Arriba)
Michel Petit dice:
como puedo acceder a la propiedad del aprtamento donde vivo por mas de 35 años en caracas.
#3 (06.01.2012 16:15) (Arriba)
Patricia Pérez dice:
La noticia cita incorrectamente el artículo 1 de la Ley donde supuestamente establece que el régimen jurídico es aplicable al arrendamiento y subarrendamiento de los inmuebles urbanos y suburbanos destinados al funcionamiento o desarrollo de actividades comerciales, industriales, profesionales,de enseñanza y otras distintas de las especificadas.
Los inmuebles destinados a actividades comerciales no se ven afectados pues así lo establece la misma Ley en el Artículo 8 referente a las Exclusiones. Por favor tengan cuidado con este tipo de afirmaciones.
#4 (10.01.2012 14:59) (Arriba)
rocio hernandez dice:
no entiendo lo del registro de los contratos de aquiler existentes, será que me pueden indicar por favor como se realiza, en que parte lo puedo encontrar??? gracias
#5 (12.01.2012 08:21) (Arriba)
arenis gomez dice:
tengo 3 años alquilada y el año pasado me pasaron una carta con un año de prorroga que se vence el 01 de junio del 2012...estoy al dia ....mi pregunta tengo que desalojar o que me recomienda?
#6 (13.01.2012 17:41) (Arriba)
Zulay Guzman dice:
Desde Junio del 2011 estoy cancelando los canones por los tribunales, tengo mas de 6 años viviendo alquilada en la casa pero la dueña quiere que me vaya, quiere aumentar, pero mi contrato aunque no firmamos mas desde hace como 2 años se ha prorrogado, de hecho se prorroga cada 31 de enero, ni siquiera me notificaron en el lapso legal por tanto vuelve a prorrogarse. Estoy en lo correcto. Que debo hacer con esta situacion. No tengo para donde ir
#7 (13.01.2012 18:01) (Arriba)
ana gorrin dice:
si la persona que le alquile tiene un año y dos mese que no me paga y e ido a todos los entes competentes y me recomiendan un abogado privado . pero con que lo pago si mi unico ingreso era mi apt soy una mujer de 59 pensionada ayudemen por favor
#8 (02.02.2012 19:24) (Arriba)
Rosa Maria dice:
Tengo un inquilino viviendo en mi inmueble desde hace 25 años, desde hace 4 le estoy pidiendo desocupacion, ya se encuentra en periodo de prorroga (3 años), y este se termina en julio, se valida este periodo de prorroga q ha corrido hasta ahora? es decir, esta nueva ley tiene efecto retroactivo? o deja sin efecto la anterior? no tengo donde vivir, solo es inmueble y el inquilino se niega a desocupar.
#9 (13.03.2012 20:33) (Arriba)
ingri figueroa dice:
Quiero saber si es cierto que esta ley es valida para los locales comerciales; ya que me han aumentado de manera desproporcionada el alquiler; y se ha visto perjudicado mi ingreso economico;tengo 6 años alquilada y en los ultimos dos año han ingrementado exageradamente no solo a mi sino a todos los locales que se encuentarn en el edificio. Y a donde me puedo dirigir hacer la denuncia pertinente al caso.
#10 (29.03.2012 15:09) (Arriba)
ALICIA MATOS dice:
Hola quisiera saber si esta ley aplica tambien a los locales comerciales o solo a las viviendas. Tengo un inquilino de un apartamento que debe 9 meses de alquiler y no quiere pagar, donde me dirijo para efectuar la denuncia del caso.
#11 (12.04.2012 11:51) (Arriba)
DIANA HOLGUIN dice:
buenas tarde. tengo una duda cuando cumpla la fecha del contrato me lo renuevan obligatoria mente.... pero no puedo hacer nada al respecto si quiero que este dicho contrato renovado se termine.... gracias si alguien me puede colaborar
#12 (19.04.2012 14:32) (Arriba)
Fransico Herrera dice:
Quiero tan solo aclarar que la nueva Ley no establece nada con respecto al depósito de garantía: por otro lado no existe ninguna prorroga legal en la nueva Ley. El que escribió este artículo no sabe donde está parado.
#13 (21.04.2012 15:42) (Arriba)
Guillermo Paez dice:
Soy abogado y estoy totalmente de acuerdo con el comentario anterior. Si la Ley no prohíbe el depósito las partes lo pueden acordar libremente de conformidad con el Artículo 46: Los arrendatarios y arrendatarias tienen derecho a que se elabore un contrato escrito, "según acuerdo voluntario entre las partes". De hecho en el Capítulo III, Prohibiciones expresas "NO PROHIBE LOS DEPOSITOS DE GARANTÍA". Por último como venezolano responsable que soy mucho les agradecería corregir el texto de esta discusión ya que lo que trae en confusión el la población. Les recomiendo asesorarse con un abogado que conozca la materia antes de publicar artículos de naturaleza jurídica y sobre todo un tema tan delicado como el presente. Atentamente,
G.P
#14 (21.04.2012 16:05) (Arriba)
Leonardo Gomez dice:
La Ley no establece prorroga legal alguna, no prohibe el deposito etc. Por favor borren este articulo o leanse bien la Ley. Estas publicaciones son una irresponsabilidad con los usuarios.
#15 (27.04.2012 22:18) (Arriba)
jose bello dice:
hola tengo 2 años alquilado pero la dueña nunca me hizo contrato cuando le pago no me da recibo aveces le pago en cheque y otra en efectivo ahora ella me quiere sacar del apartamento para venderlo que hago este mes no le pague por que me botaron del trabajo pero ya consegui otro y le puedo pagar es el ultimo me acosa con el pago todos los dias va a la casa a cobrar manda mensajes grita en los pasillos necesito un consejo que hacer gracias mi
#16 (08.05.2012 12:38) (Arriba)
Rosaida Chacon dice:
- Si la Ley no se refiere en ninguno de sus Artículos sobre el Depósito en Garantía, ni reintegros del mismo...quiere decir que dejaron una laguna al respecto!...osea queda al mutuo acuerdo entre las partes???...la he leido detenidamente y sencillamente no dice nada al respecto! Habla del reintegro de canones de alquiler, si el Arrendador los ha cobrado de mas de acuerdo al canon de arrendamiento que arroje la nueva regulación por la Superintendencia (que por cierto solo exite en Caracas, en el interior del país no)...pero para nada menciona el Depósito!!!
#17 (21.05.2012 15:51) (Arriba)
kiogal fagundez dice:
Buenos dias tengo viviendo alquilado 2 años en una casa aqui en puerto ordaz los propietarios quieren que les desocupe la casa de inmediato no puedo irme tan rapido porque no tengo donde mudarme y tengo 3 niños donde puedo dirijirme para que me ayuden con mi caso por favor gracias
#18 (31.05.2012 08:00) (Arriba)
adolfo esperandio dice:
como hago comunicado al inquilino para ofertar vivienda? cuanto tiempo tengo? cuanta prorroga doy? gracias por imformar
#19 (21.06.2012 11:41) (Arriba)
Rosa de Aguilar dice:
Vivo en un edif. de los de Inavi, y tenemos arrendado el apart. de conserjería porque existe una persona que viene 3 días a la semana para la limpieza, los arrendados ya tienen 4 años alquilados y pagan 550 en asamblea el pasado martes aumentamos a 800 bs. a partir del 1ero de agosto, y ella firmó en el libro de actas que estaba conforme, esto es correcto. gracias.
#20 (30.06.2012 19:49) (Arriba)
Rosa de Aguilar dice:
Vivo en un edif. de los de Inavi, y tenemos arrendado el apart. de conserjería porque existe una persona que viene 3 días a la semana para la limpieza, los arrendados ya tienen 4 años alquilados y pagan 550 en asamblea, el pasado martes aumentamos a 800 bs. a partir del 1ero de agosto, y ella firmó en el libro de actas que estaba conforme, esto es correcto. gracias.
#21 (30.06.2012 19:55) (Arriba)
maría ortiz dice:
yo tengo 6 años viviendo alquilada tengo 2 niños, pero hace un año no pude cumplir puntual con el pago, he pagado en grupo de tres y hasta 5 meses, pero aun así quieren desalojarnos, he estado al dia con el condominio, aunque no uso ascensor siempre lo cobran y dicen que como inquilino no tenemos derechos a opinar en cuanto al estado del edificio. cabe destacar que donde vivo es un local de planta baja del edificio que hace 15 años funciono como kinder, pero como estaba deteriorado lo habilitaron como vivienda.... realmente esto no tiene dueño propio pero la junta de condominio me amenaza a diario para que desaloje.... que debo hacer?
#22 (03.12.2012 20:07) (Arriba)
Eglybel Prieto dice:
Necesito informacion donde debodirigirme para que me relicen el calculo que alquiler que debo pagar segun lo establecido por la Ley, ya que donde estoy viviendo debo hacer renovacion de contrato y me quieren aumentar 1.000 bs.f de una vez, y el espacio fisico es un anexo de 44 mts cuadrados, solicito ayuda urgente
#23 (04.03.2013 19:59) (Arriba)
JESUS CARMONA dice:
exelente ley
#24 (01.04.2013 19:43) (Arriba)
Aleida Fernandez dice:
Hola, tengo cinco años alquilada en una vivienda en guatire Edo. Miranda, el alquiler lo paga mi ex pareja el cual no vive en ella, yo vivo sola con un menor de edad y mi hija que ya cumplio 18 años, me piden que desocupe por que se han presentado algunos retrazos en el pago en varias oportunidades, debo desalojar el inmueble al vencerse el contrato actual en agosto de este año, no tengo a donde ir que puedo hacer?? Gracias de antemano por la respuesta
#25 (05.04.2013 12:50) (Arriba)
ANA REVILLA dice:
BUENAS NOCHE ESTOY SUB ALQUILADA DESDE HACE CINCO AÑOS YA QUE LA PERSONA QUE ME ALQUILO ERAN LA INQUILINA Y LA VERDADERA DUEÑA DESAPARECIO , AHORA EN ESTE MOMENTO ME ESTAN MANDANDO A DESOCUPAR Y ME AUMENTARON EL ALQUILER. QUE PUEDO HACER TENGO TRES NIÑOS Y NO TENGO PARA DONDE IR Y LA PERSONA QUE ME ESTA SACANDO NO NECESITA EL APARTAMENTO YA QUE SE FUEN PARA OTRO PAIS Y ESTABA BIEN ECONOMICAMENTE .RESPONDANME URGENTE POR FAVOR.
#26 (05.05.2013 20:34) (Arriba)

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