Ahorro ObligatorioRequisitos para el otorgamiento de préstamos hipotecarios
Publicado por Mandrake,
el Jueves, 12 de noviembre del 2009 a las
12:51.
Archivado en: Construcción y Bienes Raíces | Comentarios (25) El Ministerio de Vivienda (MOPVI) publicó mediante resolución (Gaceta Oficial Nº 39.304) las normas técnicas sobre requisitos y documentación para el otorgamiento de préstamos hipotecarios para la adquisición de vivienda principal. Por lo que puedo ver no hay nada imprevisto o fuera de lo normal en este anuncio, más bien parecen ser los recaudos básicos que han venido solicitando los bancos. Estos requisitos son aplicables a los créditos hipotecarios por Ley de Vivienda, bien sea por el Fondo de Ahorro Obligatorio (FAOV) o mediante el Fondo con Recursos Propios.
![]() Resolución en Gaceta establece los requisitos para entrar al Régimen de Vivienda y Hábitat.
En la resolución se establece que el préstamo hipotecario será otorgado a un solicitante o a un grupo máximo de tres cosolicitantes, el cual podría estar conformado por cónyuges; hasta tres cosolicitantes solteros, viudos o divorciados miembros de una misma familia; o cónyuges y un familiar hasta el cuarto grado de consanguinidad. Los requisitos aplicables a solicitantes y cosolicitantes para solicitar el préstamo, serán:
Los solicitantes no deben ser propietarios ni copropietarios de vivienda principal, a excepción de que hayan firmado opción de compra-venta de su vivienda con la intención de adquirir una nueva; o posean derechos sobre una vivienda como consecuencia de la separación de bienes en caso de divorcio, o posean derechos sucesoriales. Préstamo hipotecario por ahorro obligatorio (FAOV) de Banesco
Publicado por Jose,
el Martes, 20 de octubre del 2009 a las
19:03.
Archivado en: Economía y Finanzas | Comentarios (9) Banesco ofrece financiamiento crediticio para la adquisición de la vivienda principal bajo las condiciones del Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda (FAOV) y las tasas de interés preferenciales. Banesco es actualmente el mayor grupo bancario del país con una cuota de participación de 13,65% del mercado. De acuerdo a la Ley de Vivienda y Hábitat existen dos modalidades para el financiamiento de la vivienda principal por parte de entidades bancarias, una es a través del ahorro voluntario y la otra es mediante el ahorro obligatorio (FAOV) que se realiza conjuntamente entre el patrono y el empleado. FAOV con BanescoEn caso de seleccionar a Banesco para solicitar un préstamo hipotecario bajo el régimen de Ahorro Obligatorio para la Vivienda (FAOV), el cálculo del monto a prestar se realiza con base a los ingresos familiares pero debido a la naturaleza de interés social sobre estos productos, a la fecha de escribir esto no se deben tener ingresos familiares mensuales mayores a BsF. 7.000,00* o en tal caso no será aplicable. También es necesario que no posea una vivienda propia, que el solicitante sea venezolano mayor de 18 años y en caso de ser extranjero debe haber adquirido legalmente la residencia y también haber permanecido en el territorio nacional por un periodo continuo de 5 años. El requisito básico para este crédito es ser ahorrista activo del Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda y haber aportado al menos 12 cuotas no necesariamente consecutivas, a diferencia del FAOV con otros bancos. Esto significa que si cotizó 11 meses del FAOV con una empresa, y luego pasó un período de tiempo sin empleo, al momento que cotice la 12va cuota podrá optar por el crédito hipotecario para la vivienda con Banesco. Préstamos hipotecarios para Vivienda principal, Banco Exterior
Publicado por Jose,
el Sábado, 10 de octubre del 2009 a las
09:59.
Archivado en: Economía y Finanzas | Comentarios (7) El Banco Exterior ofrece financiamiento por hasta el 75% del valoro de su vivienda principal, siempre y cuando vaya ser habitada y sus ingresos familiares mensuales sean menores a las 500 unidades tributarias. Para la adquisición de viviendas la legislación venezolana establece dos vías de financiamiento, a través del Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda (FAOV) y el crédito hipotecario con recursos propios (FAVV). Vale recordar que se estima que en Venezuela existe un déficit habitacional cercano a las 2.000.000 de unidades, y que los precios del metro cuadrado de construcción de las viviendas tipo apartamentos la fecha de escribir esto, que se encuentra en las principales ciudades son los siguientes: Caracas a partir de BsF. 5.861, Valencia a partir de BsF. 5.788, Maracay a partir de BsF. 3.949, por otro lado en Maracaibo promedia BsF. 4.960,72.
Dado los precios de los apartamentos el FAOV es un atractiva alternativa para adquirir la vivienda principal
En ese sentido, vale revisar las condiciones que ofrecen las entidades financieras para otorgar créditos a las familias que se dispongan a adquirir una vivienda principal. Banco Exterior
Tal es el caso del Banco Exterior, una institución financiera venezolana con base en Caracas, con sucursale en el interior del país y especializado como banca universal. Es el sexto banco más grande del país según SUDEBAN ubicándose dentro del Estrato Mediano. Dicho banco ofrece un plazo de hasta 20 años para pagar su crédito
hipotecario a través de la utilización del Fondo de Ahorro Obligatorio
para la Vivienda (FAOV), siempre y cuando su ingreso familiar mensual
no supere las 500 unidades tributarias. El
financiamiento puede alcanzar hasta el 75% del valor del inmueble,
dicha tasa se fijará de acuerdo al ingreso familiar. Es decir, que si
su vivienda tiene un precio de BsF. 100.000,00 el banco podrá
financiarle hasta 75.000,00 bolívares. Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda (FAOV)
Publicado por Mandrake,
el Lunes, 26 de enero del 2009 a las
17:36.
Archivado en: Economía y Finanzas, Legislación | Comentarios (229) El Fondo de Ahorro Obligatorio (FAOV) esta constituido por el ahorro
obligatorio proveniente de los aportes monetarios efectuados por los
trabajadores bajo dependencia y de sus patronos. ![]() Ahorro para Vivienda
El Fondo de Ahorro Obligatorio esta establecido en el capítulo III, Título III, de la Ley de Vivienda y Hábitat promulgada mediante el decreto N° 6.072 con Rango, Valor y Fuerza de Ley (Ley Habilitante 2008) y publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 5.889 el 31 de julio de 2008. El FAOV reemplaza la figura del Ahorro Habitacional Obligatorio establecido en la derogada Ley de Política Habitacional. El aporte total para el fondo será el tres por ciento (3%) del salario integral de cada mes, del cual un tercio (1/3) será aportado por el trabajador y dos tercios (2/3) serán aportador por el patrono. El patrono esta obligado por la ley a retener estos montos y depositarlos antes del quinto día hábil de cada mes en la cuenta de cada trabajador.
FAOV en Línea (Trabajadores, Empresas y Operadores Financieros)
Publicado por Mandrake,
el Lunes, 26 de enero del 2009 a las
16:24.
Archivado en: Economía y Finanzas | Comentarios (229) El Banco Nacional de Vivienda y Hábitat (BANAVIH) ha desarrollado un sistema en línea para la gestión mensual de los aportes al Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda (FAOV). El Banavih ha implementado una plataforma tecnológica en PHP [enlace] para centralizar la gestión del Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda. Este sistema estará disponible para Trabajadores, Empresas y Operadores Financieros. Trabajadores: Los trabajadores podrán consultar el estado de sus cuentas de ahorro habitacional y verificar si el patrono esta al día con los aportes al FAOV, de tal forma que puedan solicitar créditos habitacionales. Empresas y/o Patronos: Los patronos deberán consignar los recaudos al operador financiero quien habilitará el acceso a sistema. Esta herramienta permitirá auto-liquidar los aportes al FAOV, obtener estados de cuenta de la compañía y solvencias en formato digital debidamente certificados por el Banavih y también. Los aportes mensuales por el ahorro obligatorio podrán realizarse a través del operador financiero o directamente en el sistema del FAOV en Línea. Operadores Financieros: Es responsabilidad del operador financiero la afiliación de las empresas o patronos en el sistema, previo cumplimiento de los requisitos establecidos por el Banavih. A través del sistema, los operadores también podrán consultar los estados de cuentas de los ahorristas, lo patronos y los datos básicos de la empresa. Los operadores financieros continuarán emititiendo las constancias de ahorro habitacional y de cualquier documento para ellas y los ahorristas, de aquellas empresas que no estén afiliadas al Banavih.
Escala de ingresos para créditos hipotecarios (2009)
Publicado por Mandrake,
el Domingo, 18 de enero del 2009 a las
18:10.
Archivado en: Economía y Finanzas, Legislación | Comentarios (216) El nuevo régimen de Vivienda y Habitat establece prestamos hipotecarios que pueden abarcar el 100% del valor del inmueble, por hasta un monto de Bsf. 271.000 y con subsidios de hasta 46.000 bolívares fuertes. Luego de haber sido promulgada la nueva Ley de Vivienda y Hábitat, el Ministerio de la Vivienda efectuó (a través de resoluciones [1]) cambios en el esquema financiero para la adquisición de viviendas: Bajaron las tasas de interés, se ampliaron los plazos
de los préstamos, se aumentaron los montos a financiar por LVH y se realizó un ajuste en los ingresos que se deben comprometer
en los pagos mensuales. Escala de ingresos y escala de créditos hipotecariosEl Ministerio de Vivienda y Hábitat estableció tres escalas de ingresos familiares para optar por prestamos hipotecarios que podrán ser pagados en un plazo de hasta treinta (30) años:
Nueva Ley de Vivienda y Hábitat (LVH, LRPVH) en Venezuela
Publicado por Mandrake,
el Lunes, 12 de enero del 2009 a las
09:16.
Archivado en: Economía y Finanzas, Legislación | Comentarios (204) Resumen jerárquico y articulado completo de la nueva Ley de Vivienda y Hábitat que reemplaza al antiguo régimen de política habitacional implementado en Venezuela. El nuevo régimen de Vivienda y Hábitat fue mencionado por primera vez en la Ley que estableció el nuevo sistema de seguridad social. La nueva Ley de Vivienda fue promulgada como parte de la Ley Habilitante que la Asamblea Nacional le otorgó al gobierno en 2007 para realizar decretos con fuerza de ley por un año. ![]() Nuevo Régimen de Vivienda y Hábitat
Entre los puntos más notables estan la ratificación del Ministerio de Vivienda y Hábitat como ente rector en la materia, la certificación del Banco Nacional de Vivienda y Hábitat (BANAVIH) como instituto autónomo pero además como operador financiero, se crea el fondo de ahorro voluntario para complementar el fondo de ahorro obligatorio existente, se le otorga al gobierno la potestad regulatoria en el arrendamiento inmobiliario y en la administración de tierras urbanas y urbanizables. El nuevo régimen incluye la posibilidad de obtener financiamiento por hasta el 100% del valor de la vivienda e introduce la figura de créditos mixtos, que permiten el financiamiento a largo plazo para la compra de un terreno y la construcción de una vivienda principal dentro de el. A continuación un resumen completo de la nueva Ley de Vivienda y Hábitat: |
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