Derecho ConstitucionalReajuste del precio de vehículos y cuotas/mensualidades del Plan Ford
Publicado por Mandrake,
el Sábado, 14 de noviembre del 2009 a las
02:28.
Archivado en: Economía y Finanzas, Mundo Automotriz | Comentarios (5) Recientemente en el Plan Ford se han realizado ajustes de las cuotas a favor de los clientes del Plan Ford, con respecto a aquellas personas cuyas mensualidades/precio del automóvil fueron aumentados después de la adjudicación. Bajo presión del Indepabis y la inminente discusión en la AN de un proyecto de ley que regulará las ganancias por la venta de vehículos en Venezuela, el Plan Ford ha comenzado a reajustar los precios de los vehículos adjudicados al valor que tenían al momento de la adjudicación, en consecuencia, las cuotas mensuales han bajado considerablemente para quienes ya tienen el vehículo. Es la queja más frecuente de los participantes del Plan Ford que ya han sido adjudicados: ¿porque rayos el precio de los vehículos continuaba aumentando incluso después que el automóvil fue entregado?... ¿Porque de estos aumentos cuando al momento de cerrar la venta se especificó claramente que el precio del vehículo quedaba fijo al momento de la adjudicación?. Al reclamar en los concesionarios (donde se vende el Plan Ford) sobre esta situación se obtienen dos respuestas:
Ambas respuestas son causales de penalización según la "Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios" (LDPABS), la primera por posible publicidad engañosa (art. 57) ya que no es lo que se promete cuando se cierra el negocio, y la segunda por la posible falta en el registro de reclamos (art. 25), a menos que sea aceptable la imposición al deudor de trasladarse a otro estado del país para realizar el reclamo. Gaceta Oficial sobre naturalización en Venezuela (años 2004, 2006 y 2007)
Publicado por Mandrake,
el Sábado, 14 de noviembre del 2009 a las
02:26.
Archivado en: Legislación | Comentarios (66) A continuación un listado con las Gacetas Oficiales disponibles con personas naturalizados en Venezuela desde el año 2004 mediante las atribuciones otorgadas por el decreto presidencial Nº 3.084. "En ejercicio de las atribuciones que confiere el Decreto Nº 3.084 de fecha 03 de septiembre de 2004, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 38.015 del 03 de septiembre de 2004. De conformidad con lo establecido en el numeral 4 del articulo 156 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; numerales 2 y 18 del articulo 76 de la Ley Orgánica de la Administración Pública y en concordancia con lo dispuesto en el numeral 2 del articulo 31 del Reglamento Orgánico del Ministerio del Interior y Justicia, publicado en la Gaceta Oficial Nº 5.389 Extraordinario de fecha 21 de Octubre de 1999, se expide la Carta de Naturaleza a los siguientes ciudadanos": Gacetas oficiales con listados de Naturalizados
Foro de la Cámara Inmobiliaria sobre efectos de la Ley de Tierras Urbanas y el decreto de Bienes de Interés Cultural sobre la Propiedad
Publicado por Mandrake,
el Lunes, 2 de noviembre del 2009 a las
15:50.
Archivado en: Eventos y Espectaculos, Legislación | Comentario (1) La Cámara Inmobiliaria de Venezuela (CIV), conjuntamente con la Cámara Inmobiliaria Metropolitana (CIM) realizarán el próximo jueves 5 de noviembre el Foro titulado “Ley de Tierras Urbanas y Bienes de Interés Cultural ¿Afectan tu propiedad?”, que se desarrollará en el Hotel Eurobuilding, en Caracas. En La apertura del foro estará a cargo de Francisco Neri, presidente de la CIV, quien señaló que estos nuevos instrumentos afectan a todos los venezolanos por igual, porque elimina el derecho a la propiedad privada consagrado en el Art. 115 de la Carta Magna, que garantiza a todos los ciudadanos el derecho a la propiedad privada, a su uso, disfrute, y libre disposición. El abogado Juan Raffalli ofrecerá una visión sobre la Ley de Tierras Urbanas y sus consecuencias jurídicas. El también jurista y vicepresidente de Apiur, Roberto Orta, entregará un análisis comparativo de la Ley de Tierras con otros instrumentos vigentes. La Providencia Administrativa del Instituto del Patrimonio Cultural (IPC), publicada en Gaceta Oficial el pasado 25 de septiembre, a través de la cual declara como patrimonio cultural de la ciudad de Caracas a unas 1.200 manifestaciones culturales tangibles, entre ellas más de 5.000 inmuebles urbanos, será el tema que abordará la Dra. Irma Lovera de Sola. Por otra parte, Zulma Bolívar, presidenta del Instituto Metropolitano de Urbanismo, expondrá sobre el impacto de las nuevas leyes sobre la ciudad y el control del urbanismo, y en representación de Soitave, la Arq. María Emilia Pereira, se referirá al avalúo de bienes de interés cultural. El Foro culminará con las palabras de cierre de la Arq. Dinorah Moreno, presidenta de la Cámara Inmobiliaria Metropolitana. Para mayor información escriba a administracion[at]cim.org.ve, informacion[at]cim.org.ve o comuniquese por los teléfonos (58-212) 2658952 / 2659023 / 2673256 Fax: 2617321. Sentencia de Sala Constitucional ordena reestructuración de créditos hipotecarios lineales y no lineales
Publicado por Mandrake,
el Viernes, 30 de octubre del 2009 a las
19:54.
Archivado en: Legislación | Comentarios (9) La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), mediante sentencia, ordena al BANAVIH, realizar la reestructuración de los créditos hipotecarios otorgados por la banca, que tenían tasas de interés variable. La sentencia en cuestión se trata en realidad de una sentencia aclaratoria (solicitada por el BANAVIH) sobre una sentencia emitida por la misma Sala Constitucional en Junio, donde el Banco Mercantil había intentado una solicitud de Amparo (decretado sin lugar) sobre una decisión desfavorable en doble instancia donde se negó la ejecución de una hipoteca. La sentencia que declaró inadmisible el amparo (así como la sentencia aclaratoria) tienen efectos que no solo aplican al caso en particular, sino también afecta intereses colectivos y difusos. El Banco Mercantil demandó en 2005 ante los tribunales, la ejecución de una hipoteca contra la ciudadana Maryorie Inmaculada Benfele Rojas, cuya admisión fue negada en primera instancia y luego esa decisión fue ratificada en segunda instancia [ver]. El tribunal sujetó para la ejecución de la hipoteca, la consignación del certificado de deuda al que hace mención el artículo 56 de la Ley Especial de Protección al Deudor Hipotecario de Vivienda. Posteriormente, en 2006 el Banco acudió al Tribunal Supremo y solicitó Amparo Constitucional con fundamento que el Tribunal omitió pronunciamiento sobre la admisión de la pretensión de ejecución de hipoteca, denunciando la violación a sus derechos al acceso a la justicia, a la tutela judicial eficaz, a la libertad de comercio y a la propiedad que acogen los artículos 26, 112 y 115 de la Constitución Nacional. El Banco argumentó en la apelación que "el dinero dado en préstamo proviene de recursos propios del banco, pero también se puede determinar que no se trata de un crédito indexado o doble indexado, sino de un crédito lineal de interés variable". La Sala Constitucional, con ponencia del Magistrado Pedro Rafael Rondón Haaz, declaró sin lugar la pretensión de amparo constitucional [ver] el 11 de junio del presente año y anunció que en el extenso determinaría "el alcance de los artículos de la ley especial concerniente al presente caso" con efectos colectivos y difusos, más allá del caso en particular. Posteriormente el BANAVIH (que había sido invocado y aunque no acudió, fue parte importante del proceso) solicitó una aclaratoria de sentencia, la cual fue declarada como "procedente" [ver] el 21 de octubre del presente año, también con ponencia del Magistrado Rondón Haaz. IV Congreso Nacional en Derecho Procesal, en el marco del nuevo ordenamiento jurídico Venezolano
Publicado por Maria Alejandra,
el Lunes, 26 de octubre del 2009 a las
06:28.
Archivado en: Eventos y Espectaculos, Legislación | Comentario (1) Del 05 al 07 de Noviembre de 2009, en la ciudad de los caballeros Mérida, en el estado Mérida se estará realizando el IV Congreso Nacional en Derecho Procesal. “En el marco del nuevo ordenamiento jurídico Venezolano”, dentro de las instalaciones del Centro Cultural Tulio Febres Cordero. Sala Gonzalo Picón Febres. ![]() Congreso Internacional en Derecho Procesal
La temática versará acerca del derecho adjetivo venezolano en las áreas del: Derecho Procesal Civil, Derecho Probatorio, Derecho del Trabajo, Derecho Constitucional, Derecho Administrativo, Derecho Tributario Penal, y Derecho Criminal; a cargo de los más connotados conferencistas: Dr. Jorge Rosell Senhenn: Dr. Hernando Grisanti Aveledo, Dr. José Francisco Martínez Rincones, Dr. Mario Pesci Feltri Martínez, Dr. Juan Pablo Livinalli, Dr. Jorge Kiriakidis Longhi, Dr. José Emilio Giménez Mendía, Dr. José Luís Rodríguez Piña, Dr. Juan Fernando Martínez Andrade, Dr. Gottfried Rybak Schmidt. Inversión:Estudiantes
Profesionales
Deposito en efectivo en la cuenta Corriente del BANCO MERCANTIL Nº 0105009238-1092059601 a nombre de FUNDEJAV. La logística y realización del evento estará a cargo del Instituto Venezolano de Estudios del Derecho (Invede). Para mayor información visite fundejav.com. Consejo Presidencial de Gobierno con seis vicepresidentes en Venezuela
Publicado por Mandrake,
el Sábado, 19 de septiembre del 2009 a las
16:08.
Archivado en: Legislación, Noticias Venezuela, Política Venezolana | Comentario (1) El presidente anunció la creación del Consejo Presidencial de Gobierno con seis vicepresidencias "políticas" y un secretario permanente con despacho en Miraflores, dejando a un lado al Consejo Federal de Gobierno establecido en la CN. El pasado jueves 17 de septiembre, el presidente Chávez anunció una nueva "reestructuración del Gobierno" mediante la creación de un Consejo Presidencial dentro del Consejo de Ministros [1], que siempre estará presidido por el mismo y fueron designados seis vicepresidentes, además de un secretario permanente del Consejo de Ministros que tendrá despacho en Miraflores. Según Chávez esta "reestructuración" esta motivada para darle mayor “cohesión y convertirlo en un ente más político que administrativo” al Consejo de Ministros. En la primera vicepresidencia del "consejo presidencial" fue designado Ramón Carrizález, quien es al mismo tiempo el vicepresidente ejecutivo y ministro de la Defensa. En las otras cinco vicepresidencias fueron designados Luis Reyes, ministro de la Secretaría; Jorge Giordani, ministro de Planificación; Jesse Chacón, ministro de Industrias Intermedias; Rafael Ramírez, ministro de Energía y Petróleo; y Nicolás Maduro, ministro de Relaciones Exteriores. En VenEconomía critican esta "reestructuración" [2][3] argumentando que la creación de seis vicepresidencias viola la Constitución Nacional de 1999, que establece la figura de un solo vicepresidente ejecutivo. En efecto del artículo 238 de la Constitución se infiere que solo existe una vicepresidencia de la República, sin embargo, sin haber visto aún la Gaceta Oficial, es evidente que las noticias sobre este tema hablan sobre 6 vicepresidencias del consejo presidencial, pero la vicepresidencia ejecutiva continuará siendo solo una. Estado de las expropiaciones y estatizaciones en Venezuela (2007-2009)
Publicado por Mandrake,
el Miércoles, 2 de septiembre del 2009 a las
19:50.
Archivado en: Economía y Finanzas, Legislación, República del Zulia Desde el año 2007 el gobierno nacional comenzó con una política agresiva de expropiaciones y nacionalizaciones de empresas consideradas como estratégicas para el estado. Diferenciar nacionalización, estatización, confiscación y expropiación en nuestro pais no es tan sencillo como aplicar las definiciones convencionales. Lo que en ocasiones se anuncia como expropiación termin siendo una confiscación, ya que la primera modalidad requiere de una sentencia y de una indemnización, mientras que la segunda es un hecho de fuerza en la que se incautan o privan de las posesiones o bienes sin compensación alguna. En fin, a lo que vamos, un breve listado de nacionalizaciones y/o expropiaciones a la fecha:
En discusión proyecto de Ley Contra Delitos Mediáticos
Publicado por David,
el Lunes, 3 de agosto del 2009 a las
16:33.
Archivado en: Legislación, Política Venezolana | Comentarios (4) El proyecto de Ley Contra Delitos Mediáticos contiene apenas 3 páginas y 16 artículos pero es suficiente como para generar un completo debate sobre si se atenta o no contra la libertad de expresión en Venezuela. En este post... Ley Contra Delitos Mediáticos = Ley CDM. ![]() Fiscal Luisa Ortega: "es necesario que el estado venezolano regule la libertad de expresión".
El gobierno nacional nos ha lanzado juntas tantas propuestas y reformas que no se sabe a ciencia cierta por donde batear primero. Venga, con esto no quiero decir que la administración de Chávez ha caído con el "vengo a imponer", porque hay que reconocer que en varios discursos han soltado las palabras mágicas "debatir" y "proponer", pero sí que quiere que los venezolanos comamos un tema tras otro sin darnos chance de digerir el anterior. Cuando digo eso me refiero a lo que tenemos ahora como plato de discusión: la Ley Orgánica de Educación, junto a la Ley de Procesos Electorales y a los proyectos de modificación a la Ley del Ejercicio del Periodismo y a la Ley Contra Delitos Mediáticos (Ley CDM). Ahora, congelemos por un momento (así como la relación Venezuela-Colombia) todas con excepción de la Ley CDM propuesta por la Fiscal de la República, Luisa Ortega Díaz. ¿Que propone ella al respecto y cuánto se ha avanzado hasta ahora? "Es necesario legislar sobre esta materia, es necesario que el estado venezolano regule la libertad de expresión", aseguró la fiscal cuando presento a la plenaria de la Asamblea Nacional el proyecto, donde resaltó que a través de los medios de comunicación se pueden cometer actos criminales y que debido a estas "nuevas formas de criminalidad" el Estado tiene la obligación de prevenir estos delitos. "El Estado -continúa- tiene la obligación de prevenir, de actuar es necesario regular su actividad (la de los medios) y blindarse una protección apropiada a los ciudadanos, los ciudadanos lucen indefensos ante el uso irracional que actualmente ostentan los medios de comunicación social". Chávez designó Jefe de Gobierno del Distrito Capital (Jacqueline Farías)
Publicado por Mandrake,
el Viernes, 17 de abril del 2009 a las
15:11.
Archivado en: Electorales, Legislación, Política Venezolana | Comentarios (14) Chávez, ignorando la voluntad popular designó a Jacqueline Farías como Jefa del recién creado "Gobierno del Distrito Capital" restandole competencias al Alcalde Mayor electo, Antonio Ledezma. ![]() Antonio Ledezma, Alcalde Mayor de Caracas
El presidente Chávez ha designado "digitalmente" a Jacqueline Farías como nueva Jefa de Gobierno del Distrito Capital [1], pasando por encima de una autoridad que recientemente había sido electa mediante el voto popular. Farías fue Ministra del Ambiente de Chávez, presidenta de Hidrocapital y se venía desempeñando como presidenta de Movilnet; pero es además vicepresidenta del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV) en la Región Occidental. Lo cierto es que el pasado 23 de noviembre 2009, Antonio Ledezma resultó electo como Alcalde Mayor del Distrito Metropolitano con el 52,42% de los votos. Pero desde el primer momento el gobierno se ha empeñado en sabotear cualquier posibilidad de gestión y no permitieron que Ledezma ocupara la sede donde siempre ha funcionado la Alcaldía Mayor, mientras que en la Asamblea Nacional era debatida y aprobada la nueva Ley del Distrito Capital. Antonio Ledezma mientras tanto, ratificaba una solicitud de referendo consultivo ante el CNE [2] acerca de la nueva autoridad metropolitana designada a dedo. CNE rechazó Referendo Consultivo sobre Ley de Descentralización
Publicado por Mandrake,
el Jueves, 16 de abril del 2009 a las
07:39.
Archivado en: Electorales, Legislación, República del Zulia | Comentarios (10) El Consejo Nacional Electoral rechazó la consulta en el estado Zulia mediante Referendo sobre la Reforma a la Ley de Descentralización, que le permitió al Gobierno Nacional la confiscación de puertos y aeropuertos. ![]() Derecho Constitucional
Anoche la vicepresidenta del CNE, Janeth Hernández, anunció la NO PROCEDENCIA de un Referendo Consultivo sobre la Ley de Descentralización solicitada por el Consejo Legislativo del Estado Zulia (CLEZ). La decisión fue tomada por la mayoría de los rectores principales de la institución con la excepción de Vicente Díaz, quien salvó el voto. [1] Ya era de suponerse que el Gobierno Nacional enfrentaría una consulta de esta naturaleza antes que pudiera llegar a materializarse. Sin embargo, que el CNE haya rechazado el Derecho Constitucional al Referendo Consultivo es absurdo y mucho menos argumentando que hay una sentencia "clara" del TSJ que "no deja cabida a la interpretación", porque no es interpretación lo que se busca sino consultar sobre la acción confiscatoria. Entonces, según la doctrina revolucionaria se puede hacer un Referendo Consultivo sobre la Constitución acerca de un tema previamente consultado, pero no se puede hacer un Consultivo sobre la Reforma de una Ley Orgánica que es de menor rango. |
Venelogía en Facebook
@Venelogia
Posts Recientes
|
|
(Página 1 de 2, en total 15 entradas)
página siguiente »
|