ISLRPrecio de Unidad Tributaria aumentó 18% a 65 bolívares (2010)
Publicado por Mandrake,
el Jueves, 4 de febrero del 2010 a las
09:23.
Archivado en: Economía y Finanzas | Comentarios (40) La comisión de finanzas de la Asamblea Nacional aprobó el aumento que pasará de 46 bolívares fuertes (Bsf. 55,00) a 65 bolívares fuertes (Bsf. 55,00), lo que representa un incremento del 18% con respecto al año anterior. El nuevo costo de la Unidad Tributaria será aplicado con carácter retroactivo para el ejercicio fiscal 2010 (desde enero) y parte de 2011, de esta forma todas las multas y la base mínima establecida para la declaración de impuestos (IVA, ISLR) se regirán con el nuevo valor. Por lo general el aumento de la UT se hacen durante el mes de enero o febrero, tomando en cuenta la inflación acumulada del año precedente, que en 2009 fue de 25,1%.
Con el aumento de la UT, se incrementa el costo de las estampillas a entregar para documentos legales y trámites como el pasaporte, las tasas aeroportuarias, las multas de transito y demás; el aumento de la UT también tiene efectos en cuanto a los aportes/créditos del Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda (antigua Ley de Política Habitacional) y los Cesta Tickets (o bonos de alimentación). La providencia del Seniat que aumentó la UT fue publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.361 del 5 de febrero de 2010, fecha a partir de la cual entró en vigencia. Es obligada la declaración electrónica del IVA e ISLR a partir de 2010 (providencias 0103 y 0104)
Publicado por Maria Alejandra,
el Miércoles, 4 de noviembre del 2009 a las
09:55.
Archivado en: Economía y Finanzas, Legislación | Comentarios (133) Toda persona natural y jurídica deberan emplear el portal fiscal Seniat, para declarar ISLR e IVA a partir del 2010, dandole una despedida a las formas impresas: 30 (IVA), DPJ26 (ISLR-PJ), y DPN25 (ISLR-PN) Mediante las Providencias Nº 0103 (ISLR) y 0104 (IVA) de fecha 30/10/09 publicadas en Gaceta Oficial Nº 39.296 de la misma fecha, se establece que las personas naturales y jurídicas deberán efectuar sus declaraciones relativas al Impuesto sobre la Renta (ISLR) deberán ser presentadas en las fechas establecidas en la normativa legal vigente, correspondientes a los períodos que finalicen el 31° de Diciembre de este año, así como las declaraciones que la sustituyan, según las especificaciones técnicas establecidas en el Portal Fiscal. Declaración electrónica del IVA e ISLR.
Aquellas personas naturales cuya determinación del ISLR no dé monto a pagar (cero), o que si deban cancelar algún monto, igualmente deberán presentar la declaración definida a través del Portal Fiscal. La presentación en la taquilla del banco deberá hacerse para estar incluido en el Sistema Venezolano de Información Tributario (Sivit). Efectuada la declaración, en los casos en que la misma arroje impuesto a pagar, los contribuyentes podrán optar entre enterarlo electrónicamente o imprimir cinco veces la planilla generada por el sistema, la cual será utilizada para el pago en las Oficinas Receptoras de Fondos Naturales. Para realizar la declaración tanto las personas naturales y jurídicas deberán realizar en unos breves pasos la obtención de su clave electrónica en la sección:
Providencia del SENIAT sobre exoneraciones para productores primariosUna Providencia Administrativa del ente recaudador establece que la declaración jurada sobre el destino del impuesto sobre la renta exonerado en las actividades económicas primarias se realizará a través de la página web del SENIAT. El superintendente del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) dicta una Providencia Administrativa en la cual se establece los términos de la presentación de la declaración jurada de las inversiones efectuadas y del monto de impuesto exonerado invertido durante el ejercicio fiscal. ![]() Esta providencia va dirigida a los productores primarios
En el mismo decreto se establece que la explotación primaria es la producción de frutos, productos o bienes que se obtengan de la naturaleza, siempre que los mismos no se sometan a algún proceso de transformación o de industrialización. Unidad Tributaria aumentó 19% a 55 bolívares (2009)
Publicado por Mandrake,
el Jueves, 26 de febrero del 2009 a las
01:04.
Archivado en: Economía y Finanzas | Comentarios (108) El aumento de Unidad Tributaria (UT) previsto para principios de 2009 acaba de ser aprobado por la Asamblea Nacional, pasando de 46 bolívares fuertes (Bsf. 46,00) a 55 bolívares fuertes (Bsf. 55,00). ![]() Evolución de la Unidad Tributaria 1994-2007
Pasadas ya las elecciones del 15 de febrero por motivo de la Enmienda, la comisión permanente de finanzas de la Asamblea Nacional aprobó el aumento de la Unidad Tributaria en 19,56% en relación con el pasado año, quedando en 55 bolívares fuertes. Este incremento se hará efectivo en todo el ámbito nacional luego que sea promulgado por el SENIAT, justo al momento que sea publicado en la Gaceta Oficial. El ajuste de la Unidad Tributaria se hace al principio de cada año (usualmente en enero) en base a la tasa de inflación acumulada del año anterior. Debido a que la inflación en 2008 terminó sobre el 30% se esperaba un ajuste de la UT que podría alcanzar los 60 bolívares fuertes, pero al igual que en 2007 el ajuste actual no alcanzó a la inflación del año anterior. La unidad tributaria (UT) es la unidad base empleada en el calculo de las imposiciones, sanciones y multas aplicadas por el SENIAT y otros organismos tributarios municipales. La UT también se emplea en el calculo de las exenciones y exoneraciones en el IVA y el ISLR, así que su aumento no necesariamente es algo malo para el bolsillo. La UT se emplea además en áreas laborales y obligaciones contractuales, así como en el costo de los timbres fiscales empleados para la tramitación de documentos legales como el pasaporte. Contribuyentes especiales declaran retenciones del ISLR mensualmente
Publicado por Mandrake,
el Jueves, 8 de enero del 2009 a las
03:10.
Archivado en: Economía y Finanzas | Comentarios (25) A partir del año 2009 los contribuyentes especiales deberán presentar obligatoriamente y de forma detallada la declaración mensual de las retenciones del Impuesto sobre la Renta (ISLR) por vía electrónica. El SENIAT informó mediante nota de prensa a todos los contribuyentes especiales la obligatoriedad de presentar vía electrónica a partir del 1° de enero de 2009, la declaración detallada mensual de las retenciones del Impuesto sobre la Renta (ISLR) según quedó establecido en la Providencia Administrativa 0300 publicada en la Gaceta Oficial N° 39.083 del 18 de diciembre de 2008, que regula "los deberes de información y enteramiento de las retenciones efectuadas de este tributo". El Superintendente Nacional Aduanero y Tributario, José David Cabello Rondón, indicó que esta normativa establece la forma de declarar las retenciones de manera automática y específica, similar a las declaraciones ordinarias del ISLR. Básicamente siga los pasos del manual (requiere Acrobat Reader): Ninel Conde antes y después del bisturí
Publicado por Mandrake,
el Viernes, 28 de marzo del 2008 a las
09:26.
Archivado en: Entretenimiento, La mas linda, Vida y Salud | Comentarios (112)
Fotos de la mexicana Ninel Conde antes y de después del aumento de los senos, reducción de cintura, operación de glúteos, y de afilar su nariz y pómulos.
Honestamente hasta hace unos días no tenía idea quien era Ninel Conde, no había escuchado su música o visto su(s) novela(s), de hecho apenas conocí sobre ella cuando trabajaba en el post sobre el Impuesto sobre la Renta, ya que en México presuntamente evadió unos 878 mil pesos de ISLR y tuvo un problema legal debido a eso. ![]() Ninel Conde antes (1995) y después (2007) del bisturí. Exenciones y exoneraciones tributarias (ISLR, IVA)
Publicado por Mandrake,
el Miércoles, 26 de marzo del 2008 a las
00:24.
Archivado en: Economía y Finanzas | Comentarios (126)
La diferencia entre exención y exoneración tributaria, es una pregunta frecuente en las facultades de economía, contaduría pública y administración de empresas.
Está es la segunda parte del post sobre Impuesto sobre la Renta en Venezuela, que quedó dividido ya que estaba algo más largo de lo previsto. Lo cierto es que tanto las exenciones como las exoneraciones son un beneficio tributario otorgado donde se libera del pago total o parcial del Impuesto sobre la Renta (ú otro impuesto como el IVA). Por lo que puedo leer en la Ley, la diferencia fundamental entre estas dos modalidades está en que la exención se establece previamente en la ley y la solicita la entidad que declara el ISLR; y la exoneración es un derecho del ejecutivo nacional (Presidente de la Republica y entes adscritos como el Seniat) establecido en el Código Orgánico Tributario para otorgar el beneficio de la liberación total o parcial del pago del impuesto a través de decretos.O sea, los fines de la exención y la exoneración parecen ser los mismos (liberarse de un pago total o parcial de impuestos o tributos) pero la exención se establece en la Ley del Impuesto en cuestión (IVA, ISLR), en tanto que la exoneración la establece el ejecutivo nacional a través de decretos publicados en la Gaceta Oficial. Por ejemplo, hace más de un año publicamos un post acerca de la exoneración a Ganaderos y agroindustriales del Impuesto sobre la Renta otorgada por el Seniat, en tanto que las exenciones ya están establecidas por la Ley del ISLR (u otra Ley de impuestos como el IVA). Impuesto sobre la renta (ISLR) en Venezuela
Publicado por Mandrake,
el Miércoles, 26 de marzo del 2008 a las
00:20.
Archivado en: Economía y Finanzas, La mas linda | Comentarios (75) El Impuesto sobre la Renta (ISLR) es un Impuesto que se le paga al estado venezolano (a través del Seniat) sobre las ganancias obtenidas en el año fiscal. A solo días para que finalice el año fiscal (31 de marzo) vamos a hacer un resumen del ISLR, las exenciones y exoneraciones; así como las diferencias entre estas dos modalidades que lo liberarán potencialmente total o parcialmente de este impuesto. La definición legal del ISLR se estableció desde 1943, en el primer artículo de la Ley de Impuesto sobre la Renta que hasta hoy permanece idéntico a pesar de todas las modificaciones, derogaciones y reformas que ha sufrido desde entonces: Artículo 1. Los enriquecimientos anuales, netos y disponibles obtenidos en dinero o en especie, causarán impuestos según las normas establecidas en esta Ley. Salvo disposición en contrario de la presente Ley, toda persona natural o jurídica, residente o domiciliada en la República Bolivariana de Venezuela, pagará impuestos sobre sus rentas de cualquier origen, sea que la causa o la fuente de ingresos este situada dentro del país o fuera de él. |
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