Referendo consultivo 2009Resultados del Referendo 2009 sobre la Enmienda Constitucional (aprobada)
Publicado por Mandrake,
el Domingo, 15 de febrero del 2009 a las
22:40.
Archivado en: Electorales | Comentarios (240) El CNE anunció la misma noche el primer boletín oficial del Referendo Consultivo acerca de la Enmienda: con 6.003.544 votos a favor
del Sí (54,36%), 5.040.082 votos para el No (45,63%) y con una
abstención relativa de 32,95%. Un día después el CNE emitió el segundo boletín [ver totales] con un total de 11.710.740 votos escrutados (99,57% del total) y una abstención del 29,67%, donde la opción del 'Sí' alcanzó un total de 6.310.482 votos (54,85%) y la opción del 'No' alcanzó un total de 5.193.839 votos (45,14%). La oposición a la Enmienda obtuvo una clara ventaja en los estados Miranda, Nueva Esparta, Táchira y Zulia; mientras que el resto de los estados votaron a favor de la misma. Resultados del Referendo
No hay sorpresas, la Enmienda se impuso y el derecho de los gobernantes a la reelección indefinida (o reelección continua si prefiere) ya podemos considerarla como parte del Constitución Nacional... Aquí no ganó Venezuela, ni los simples mortales, hoy ganaron un grupo de personas en el gobierno y en la oposición que serán beneficiados por esta modalidad electoral. Referendo consultivo 2009 minuto a minuto, se decide la Enmienda
Publicado por Mandrake,
el Domingo, 15 de febrero del 2009 a las
06:00.
Archivado en: Electorales | Comentarios (51) Información minuto a minuto sobre el Referendo Consultivo acerca de la Enmienda Constitucional propuesta por el gobierno, que propone la reelección indefinida de los cargos por elección popular. Como ya es costumbre en Venelogía cuando vienen elecciones en Venezuela, haremos una cobertura minuto a minuto con información desde diversas fuentes a medida que se van presentando. La información tendrá la noticia o comentario primero, luego la fuente entre corchetes [ ]. Por ejemplo: Cerraron las mesas en el colegio bolivariano [El Universal]. Ganó la Enmienda: Resultados del Referendo 2009. Cobertura Minuto a MinutoEl reportaje en tiempo real realizado por David después del salto... ¿Cómo quedará la Constitución de aprobarse la Enmienda?
Publicado por David,
el Miércoles, 11 de febrero del 2009 a las
23:39.
Archivado en: Electorales, Legislación | Comentarios (21) Una nota publicada por el Ministerio para la Comunicación y la Información revela una de las grandes interrogantes que queda entre los venezolanos: ¿Como quedaría la constitución de ganar la opción del Sí en el referendo consultivo para la enmienda constitucional? C Actual. Artículo 160. El gobierno y administración de cada Estado corresponde a un Gobernador o Gobernadora. Para ser Gobernador o Gobernadora se requiere ser venezolano o venezolana, mayor de veinticinco años y de estado seglar. El Gobernador o Gobernadora será elegido o elegida por un período de cuatro años por mayoría de las personas que votan. El Gobernador o Gobernadora podrá ser reelegido o reelegida, de inmediato y una sola vez, para un período adicional Enmienda. Artículo 160. El gobierno y administración de cada Estado corresponde a un Gobernador o Gobernadora. Para ser Gobernador o Gobernadora se requiere ser venezolano o venezolana, mayor de veinticinco años y de estado seglar. El Gobernador o Gobernadora será elegido o elegida por un período de cuatro años por mayoría de las personas que voten. El Gobernador o Gobernadora podrá ser reelegido o reelegida. Actual. Artículo 162. El Poder Legislativo se ejercerá en cada Estado por un Consejo Legislativo conformado por un número no mayor de quince ni menor de siete integrantes, quienes proporcionalmente representarán a la población del Estado y a los Municipios. El Consejo Legislativo tendrá las atribuciones siguientes:
Los requisitos para ser integrante del Consejo Legislativo, la obligación de rendición anual de cuentas y la inmunidad en su jurisdicción territorial, se regirán por las normas que esta Constitución establece para los diputados y diputadas a la Asamblea Nacional, en cuanto les sean aplicables. Los legisladores y legisladoras estadales serán elegidos o elegidas por un período de cuatro años pudiendo ser reelegidos o reelegidas solamente por dos períodos. La ley nacional regulará el régimen de la organización y el funcionamiento del Consejo Legislativo. Cómo votar el 15 de febrero (2009) en el Referendo Consultivo
Publicado por David,
el Miércoles, 11 de febrero del 2009 a las
21:28.
Archivado en: Electorales, Legislación | Comentarios (21) A pocos días del Referendo consultivo para la Enmienda Constitucional de Venezuela, hagamos una rápida revisión a las instrucciones del Consejo Nacional Electoral (CNE) para agilizar el proceso del sufragio este domingo.
Lo más importante que hay que conocer es el trabalenguas que el elector se encontrará como pregunta frente a la máquina (de no conocerla podría perder los tres minutos reglamentarios para votar). Vale destacar que la Asamblea Nacional no ha dado a conocer cómo quedaría la constitución ante la posibilidad de aprobarse la pregunta del referendo, que es la siguiente: Enmienda Constitucional propuesta para la Reelección Indefinida
Publicado por Mandrake,
el Viernes, 6 de febrero del 2009 a las
01:38.
Archivado en: Electorales, Legislación | Comentarios (17) El 15 de febrero iremos a un Referéndum Consultivo donde habrá solo una pregunta para aprobar o rechazar una Enmienda Constitucional, que establecerá la figura de la Reelección Indefinida en la legislación venezolana. ![]() Enmienda a la Constitución
La reelección indefinida ya había sido propuesta con anterioridad por Chávez mediante una Reforma Constitucional que fue a Referendo Consultivo y fue rechazada. Sin embargo, a solo unas semanas de haberse realizado las elecciones regionales y municipales, el gobierno de nuevo propone la reelección indefinida a través de una Enmienda Constitucional impulsada por la Asamblea Nacional. El primer problema con la Enmienda esta en la pregunta que salió de la Asamblea Nacional para ser refrendada (especialmente la primera que habían hecho pública), que me ha hecho dudar seriamente acerca de la capacidad legislativa de nuestros representantes. Se trata obviamente de una pregunta formulada para promover la opción por el SI, pero que no representa realmente lo que se esta proponiendo.
¿Es legal la propuesta de Enmienda a la Constitución?
Publicado por Mandrake,
el Viernes, 6 de febrero del 2009 a las
00:56.
Archivado en: Electorales, Legislación | Comentarios (9) La oposición argumenta que la propuesta de Enmienda ya fue Refrendada y es ilegal, pero el Chavismo asegura que solo se trata de uno de los temas presentados en la Reforma. La legalidad de la Enmienda, una interrogante que ha sido respondida desde dos perspectivas:
Después de leer el Título IX sobre la Reforma Constitucional (que incluye Reformas y Enmiendas) la respuesta no es tan clara como la han tratado de aplicar. Diferencias entre Enmienda Constitucional vs Reforma Constitucional
Publicado por Mandrake,
el Jueves, 5 de febrero del 2009 a las
01:49.
Archivado en: Electorales, Legislación | Comentarios (37) Discusión acerca de las diferencias entre las tres figuras legales que permiten modificar el texto constitucional: Enmienda, Reforma y Constituyente... Establecidas en la Constitución Nacional de 1999. ![]() Constitución Nacional
El artículo 340 de la Constitución Nacional establece que la Enmienda Constitucional tiene por objeto "la adición o modificación de uno o varios artículos de esta Constitución, sin alterar su estructura fundamental". En tanto que el artículo 342 de la Constitución Nacional establece que la Reforma Constitucional tiene por objeto "una revisión parcial de la Constitución y la sustitución de una o varias de sus normas que no modifiquen la estructura y principios fundamentales del texto Constitucional". La diferencia fundamental entre Enmienda y Reforma en la legislación venezolana parece estar en (1) la amplitud de la misma, (2) en los métodos para invocarla y (3) la etapa legislativa; ya que en cuanto a su (4) aprobación, ambas figuras requieren ser sometidas a Referendo a los 30 días de haber sido aprobadas por la AN. Según su (1) amplitud, la Enmienda es una figura legal
para agregar nuevos artículos o modificar artículos existentes en la
Constitución a modo de corrección, siempre agregando el nuevo contenido al final de la misma y realizando las referencias en la norma original cuando se trate de modificaciones. En tanto que la Reforma es una
"revisión parcial" del texto constitucional (esta interpretación queda
abierta) que permite la sustitución de una o varia de sus
normas. Como pudo haber notado, según nuestra CN la enmienda agrega o modifica normas mientras
que la reforma revisa (un termino más amplio) y sustituye normas. |
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