Aduanas
Precio de la Unidad Tributaria (2013) aumentó a 107 bolívares
Archivado en: Economía y Finanzas | Comentarios (7)
El valor de la Unidad Tributaria aumentará de los actuales 90 bolívares hasta los 107 bolívares, a partir del momento en que sea publicado en Gaceta Oficial.
| Valor de la Unidad Tributaria 2013 |
| Bs. 107,00 |
La Unidad Tributaria (UT) es la unidad base empleada en el calculo de las imposiciones, sanciones y multas aplicadas por el SENIAT y otros organismos tributarios nacionales, regionales y municipales. La UT también se emplea en el calculo de las exenciones y exoneraciones en el IVA y el ISLR, así que su aumento no necesariamente es algo malo para el bolsillo. La UT se emplea además en áreas laborales (Ver: Cesta Tickets 2012-2013) y obligaciones contractuales, así como en el costo de los timbres fiscales empleados para la tramitación de documentos legales como el pasaporte y tasas aeroportuarias.

El aumento de la Unidad Tributaria suele realizarse al principio de cada año (usualmente en enero o febrero) con base a la tasa de inflación acumulada del año anterior. Sin embargo, desde el año 2007 el ajuste de la UT había sido notablemente por debajo de la tasa de inflación del año anterior, lo que es diferente con el presente aumento. En 2010 la inflación cerró en 26,9% mientras que la UT aumentó 17,5% en 2011. En 2011 la inflación cerró en 27,6% mientras que la UT aumentó 18,42% en 2012. En 2012 la tasa de inflación cerró en 20,1% mientras que la UT aumentó en una tasa comparable de 19% con el presente aumento (2013).
Este ajuste de la UT no deberá impactar la declaración del Impuesto Sobre la Renta (ISLR) que se debe realizar antes del 31 de marzo de este año. El valor de la Unidad Tributaria vigente para declarar el ISLR antes que termine el mes de marzo de 2013 es la que fue ajustada en 2012 a Bsf. 90,00. El nuevo valor de la UT a 107 bolívares deberá emplearse para la declaración del ISLR que se deberá realizar en 2014.
Este aumento entrará en vigencia a partir de su publicación en Gaceta Oficial.
Aumento de la Unidad Tributaria (2012) en Gaceta Oficial N° 39.866
Archivado en: Economía y Finanzas | Comentarios (3)
El aumento de la Unidad Tributaria de 76 bolívares a 90 bolívares, se hizo oficial con su publicación en la Gaceta Oficial del día de hoy.

El pasado martes 14 de febrero fue anunciado el nuevo precio de la Unidad Tributaria que quedó establecido en 90 bolívares para el año fiscal 2012. Este aumento entró en vigencia con la publicación de la Providencia Nº SNAT/2012/0005 en la Gaceta Oficial N° 39.866 que circuló el día de hoy (17/02/2012). A los efectos de la declaración del Impuesto Sobre la Renta (ISLR) del ejercicio 2011 se usará la anterior UT de 76 bolívares.
La Unidad Tributaria (UT) es la unidad base empleada en el calculo de las imposiciones, sanciones y multas aplicadas por el SENIAT y otros organismos tributarios nacionales, regionales y municipales. La UT también se emplea en el calculo de las exenciones y exoneraciones en el IVA y el ISLR, así que su aumento no necesariamente es algo malo para el bolsillo. La UT se emplea además en áreas laborales (Ver: Cesta Tickets 2012-2013) y obligaciones contractuales, así como en el costo de los timbres fiscales empleados para la tramitación de documentos legales como el pasaporte y tasas aeroportuarias.
Para mayor información sobre el aumento de la Unidad Tributaria y sus efectos:
Precio de la Unidad Tributaria (2012) aumentó a 90 bolívares
Archivado en: Economía y Finanzas | Comentarios (4)
El valor de la Unidad Tributaria aumentará de los actuales 76 bolívares hasta los 90 bolívares, a partir del momento en que sea publicado en Gaceta Oficial.
| Valor de la Unidad Tributaria 2012 |
| Bsf. 90,00 |
La Unidad Tributaria (UT) es la unidad base empleada en el calculo de las imposiciones, sanciones y multas aplicadas por el SENIAT y otros organismos tributarios nacionales, regionales y municipales. La UT también se emplea en el calculo de las exenciones y exoneraciones en el IVA y el ISLR, así que su aumento no necesariamente es algo malo para el bolsillo. La UT se emplea además en áreas laborales (Ver: Cesta Tickets 2012-2013) y obligaciones contractuales, así como en el costo de los timbres fiscales empleados para la tramitación de documentos legales como el pasaporte y tasas aeroportuarias.
NOTA: El aumento de la UT 2012 fue publicado en Gaceta Oficial N° 39.866 (17/02/2012)

El aumento de la Unidad Tributaria suele realizarse al principio de cada año (usualmente en enero o febrero) con base a la tasa de inflación acumulada del año anterior. Sin embargo, desde el año 2007 el ajuste de la UT ha sido notablemente por debajo de la tasa de inflación del año anterior, pero sigue siendo un aumento interanual algo elevado. En 2010 la inflación cerró en 26,9% mientras que la UT aumentó 17,5% en 2011. En 2011 la inflación cerró en 27,6% mientras que la UT aumentó 18,42% en 2012.
Este ajuste de la UT no deberá impactar la declaración del Impuesto Sobre la Renta (ISLR) que se debe realizar antes del 31 de marzo de este año. El valor de la Unidad Tributaria vigente para declarar el ISLR en 2012 es la que fue ajustada en 2011 a Bsf. 76,00. El nuevo valor de la UT deberá emplearse para la declaración y pago del ISLR que se realizará en 2013.
Régimen de equipaje: importar al momento de viajar
Archivado en: Legislación, Viajes y Turismo | Comentario (1)
A propósito de la temporada vacacional, conozca qué reconoce la aduana a los viajeros a la hora de ingresar productos y mercancía al país mediante equipaje.
En plena temporada alta vale conocer, o al menos refrescar, el denominado Régimen de equipaje donde se establece lo permitido por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) a la hora de importar como pasajero.
Lo que se pase de esa cantidad y llegue hasta los 2 mil dólares estadounidenses, tendrá una rebaja de la tarifa que se le aplica al producto según arancel aduanero y que se rige bajo esta tabla:
- Tarifa del 20% igual a rebaja del 10%
- Tarifa del 15% igual a rebaja del 5%
Esta “rebaja” se deduce de la liberación del producto más el cobro de la tasa por servicios de aduana.
Aumento de la Unidad Tributaria (2011) en 17,5% a 76 bolívares fuertes
Archivado en: Economía y Finanzas | Comentarios (32)
Fue aprobado y se encuentra en vigencia el aumento 2011 de la UT que pasará de 65 bolívares fuertes (Bsf. 65,00) a 76 bolívares fuertes (Bsf. 76,00).
El ajuste de la Unidad Tributaria (UT) a 76 bolívares ya se encuentra en vigencia con su publicación en la Gaceta Oficial Nº 39.623 [PDF] del 25 de febrero de 2011, con lo que cambian varias de las obligaciones y beneficios que son calculados con base a su valor.
| Valor de la Unidad Tributaria 2011 |
| Bsf. 76,00 |
La Unidad Tributaria (UT) es la unidad base empleada en el calculo de las imposiciones, sanciones y multas aplicadas por el SENIAT y otros organismos tributarios nacionales, regionales y municipales. La UT también se emplea en el calculo de las exenciones y exoneraciones en el IVA y el ISLR, así que su aumento no necesariamente es algo malo para el bolsillo. La UT se emplea además en áreas laborales y obligaciones contractuales, así como en el costo de los timbres fiscales empleados para la tramitación de documentos legales como el pasaporte y tasas aeroportuarias.
El ajuste de la Unidad Tributaria suele realizarse al principio de cada año (usualmente en enero o febrero) con base a la tasa de inflación acumulada del año anterior. Sin embargo, desde el año 2007 el ajuste de la UT ha sido notablemente por debajo de la tasa de inflación del año anterior, pero sigue siendo un aumento interanual algo elevado. En 2010 la inflación cerró en 26,9% mientras que la UT aumentó 17,5% en 2011.
Este ajuste de la UT no impactará en la declaración del Impuesto Sobre la Renta (ISLR) que se debe realizar antes del 31 de marzo de este año. Según la superintendente nacional de Tributos Internos, Fanny Márquez, el valor de la Unidad Tributaria vigente para declarar el ISLR en 2011 es la que fue ajustada en 2010 a Bsf. 65,00. El nuevo valor de la UT será el referente para la declaración y pago del ISLR que se realizará en 2012.
Evolución del valor de la Unidad Tributaria en Venezuela (1994-2011)
Archivado en: Economía y Finanzas | Comentarios (2)
Cuadro comparativo con el aumento de la Unidad Tributaria en Venezuela entre el año 1994 y el año 2011, en contraste con la inflación anual.
La unidad tributaria (UT) es la unidad base empleada en el calculo de las imposiciones, sanciones y multas aplicadas por el SENIAT y otros organismos tributarios municipales. La UT también se emplea en el calculo de las exenciones y exoneraciones en el IVA y el ISLR, así que su aumento no necesariamente es algo malo para el bolsillo. La UT se emplea además en áreas laborales y obligaciones contractuales, así como en los timbres fiscales empleados para la tramitación de documentos legales.
La Unidad Tributaria encuentra su origen legal en el artículo 229 del Código Orgánico Tributario vigente con la publicación de la Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 4.727. El ajuste de la Unidad Tributaria se hace al principio de cada año (usualmente en enero) con base a la tasa de inflación acumulada del año anterior, no siempre de forma certera. En el cuadro la inflación anual indicada corresponde al mismo año del aumento de la UT.
| Año | Valor | % de aumento | Fecha | Gaceta Oficial Nº | Providencia Nº | Inflación anual |
|---|---|---|---|---|---|---|
| 1994 | Bs. 1.000 | N/D | 27/05/1994 | 4.727 | S/N | 70,8% |
| 1995 | Bs. 1.700 | N/D | 07/07/1995 | 35.748 | 82 | 56,6% |
| 1996 | Bs. 2.700 | N/D | 18/07/1996 | 36.003 | 91 | 103,02% |
| 1997 | Bs. 5.400 | N/D | 04/06/1997 | 36.220 | 171 | 37,6% |
| 1998 | Bs. 7.400 | N/D | 14/01/1998 | 36.432 | 569 | 29,9% |
| 1999 | Bs. 9.600 | N/D | 05/04/1999 | 36.673 | 88 | 20,0% |
| 2000 | Bs. 11.600 | N/D | 24/05/2000 | 36.957 | 417 | 13,4% |
| 2001 | Bs. 13.200 | N/D | 24/04/2001 | 37.194 | N/D | 12,3% |
| 2002 | Bs. 14.800 | N/D | 05/03/2002 | 37.397 | N/D | 34,2% |
| 2003 | Bs. 19.400 | N/D | 05/02/2003 | 37.625 | 1565 | 27,1% |
| 2004 | Bs. 24.700 | N/D | 11/02/2004 | 37.877 | N/D | 19,2% |
| 2005 | Bs. 29.400 | 12% | 27/01/2005 | 38.118 | 0045 | 14,4% |
| 2006 | Bs. 33.600 | 14,29% | 04/01/2006 | 38.350 | 0007 | 17% |
| 2007 | Bs. 37.632 | 12% | 12/01/2007 | 38.603 | 0012 | 22,5% |
| 2008 | Bsf. 46,00 | 22% | 22/01/2008 | 38.855 | 0062 | 30.9% |
| 2009 | Bsf. 55,00 | 19,56% | 26/02/2009 | 39.127 | 0002344 | 25.1% |
| 2010 | Bsf. 65,00 | 18% | 05/02/2010 | 39.361 | 0007 | 26,9% |
| 2011 | Bsf. 76,00 | 17,5% | 25/02/2011 | 39.623 | 0009 | ¿ ? |
Un incremento oficial de la UT en 2011 debe darse entre los meses de enero y febrero.
Precio de Unidad Tributaria aumentó 18% a 65 bolívares (2010)
Archivado en: Economía y Finanzas | Comentarios (57)
La comisión de finanzas de la Asamblea Nacional aprobó el aumento que pasará de 46 bolívares fuertes (Bsf. 55,00) a 65 bolívares fuertes (Bsf. 55,00), lo que representa un incremento del 18% con respecto al año anterior.
El nuevo costo de la Unidad Tributaria será aplicado con carácter retroactivo para el ejercicio fiscal 2010 (desde enero) y parte de 2011, de esta forma todas las multas y la base mínima establecida para la declaración de impuestos (IVA, ISLR) se regirán con el nuevo valor. Por lo general el aumento de la UT se hacen durante el mes de enero o febrero, tomando en cuenta la inflación acumulada del año precedente, que en 2009 fue de 25,1%.
| Valor de la Unidad Tributaria 2010 |
| Bsf. 65,00 |
Con el aumento de la UT, se incrementa el costo de las estampillas a entregar para documentos legales y trámites como el pasaporte, las tasas aeroportuarias, las multas de transito y demás; el aumento de la UT también tiene efectos en cuanto a los aportes/créditos del Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda (antigua Ley de Política Habitacional) y los Cesta Tickets (o bonos de alimentación).
La providencia del Seniat que aumentó la UT fue publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.361 del 5 de febrero de 2010, fecha a partir de la cual entró en vigencia.
Unidad Tributaria aumentó 19% a 55 bolívares (2009)
Archivado en: Economía y Finanzas | Comentarios (120)
El aumento de Unidad Tributaria (UT) previsto para principios de 2009 acaba de ser aprobado por la Asamblea Nacional, pasando de 46 bolívares fuertes (Bsf. 46,00) a 55 bolívares fuertes (Bsf. 55,00).

Pasadas ya las elecciones del 15 de febrero por motivo de la Enmienda, la comisión permanente de finanzas de la Asamblea Nacional aprobó el aumento de la Unidad Tributaria en 19,56% en relación con el pasado año, quedando en 55 bolívares fuertes. Este incremento se hará efectivo en todo el ámbito nacional luego que sea promulgado por el SENIAT, justo al momento que sea publicado en la Gaceta Oficial.
El ajuste de la Unidad Tributaria se hace al principio de cada año (usualmente en enero) en base a la tasa de inflación acumulada del año anterior. Debido a que la inflación en 2008 terminó sobre el 30% se esperaba un ajuste de la UT que podría alcanzar los 60 bolívares fuertes, pero al igual que en 2007 el ajuste actual no alcanzó a la inflación del año anterior.
La unidad tributaria (UT) es la unidad base empleada en el calculo de las imposiciones, sanciones y multas aplicadas por el SENIAT y otros organismos tributarios municipales. La UT también se emplea en el calculo de las exenciones y exoneraciones en el IVA y el ISLR, así que su aumento no necesariamente es algo malo para el bolsillo. La UT se emplea además en áreas laborales y obligaciones contractuales, así como en el costo de los timbres fiscales empleados para la tramitación de documentos legales como el pasaporte.
Este aumento fue publicado en la Gceta Oficial Nº. 39.127 de fecha 26/02/2009.
Pago de timbres fiscales para Onidex por depósito bancario
Archivado en: Economía y Finanzas, Legislación | Comentarios (214)
La Onidex elimina el pago de los tributos fiscales a través de estampillas para darle paso a los depósitos bancarios. Son diez instituciones bancarias autorizadas para tal fin.

La Oficina Nacional de Identificación y Extranjería (Onidex) intenta de una vez por todas eliminar a los gestores, esos seres que se ganan la vida supliendo las deficiencias de la administración pública (con su respectiva alza en los intereses). Luego de desaparecer las largas colas en sus dependencias implantando la planilla electrónica para pasaportes (estimulando así a los cyber-gestores) la oficina dependiente del Ministerio de Interior y Justicia (MIJ) decide eliminar el pago de los tributos fiscales a través de las conocidas "estampillas" para dejarlo en responsabilidad de diez instituciones bancarias, de fácil ubicación en todo el territorio nacional. La medida no busca sólo eliminar el negocio ilícito que se ha formado a partir de la insuficiencia de puntos de venta con estampillas fiscales sino para agilizar los procedimientos que realizan los usuarios.
La medida entró en vigencia a partir del pasado 19 de enero y viene dado por la reforma del artículo 1 de la Ley de Reforma Parcial de Timbre Fiscal, en la que se establece que los pagos a la Onidex deben hacerse efectivo a través de depósitos bancarios. Entendido esto, hay que dejar claro que los depósitos por transferencias electrónicas no son válidas, un gran desacierto considerando que este mecanismo puede sacar de apuros de último momento a más uno. Ningún procedimiento ha aumentado su costo y cada trámite debe ser cancelado por separado a nombre de MPPRIJ-ONIDEX. Las instituciones bancarias para efectuar los pagos, con sus respectivos números de cuenta, son los siguientes:
IMPORTANTE: Estas cuentas siguen siendo válidas al 08/Oct/2009, pero debe verificar en saime.gob.ve antes de realizar cualquier depósito, debido a que pueden cambiar los datos bancarios. Esta información se presta como viene, sin garantias.
Desmentido el impuesto a las transacciones electrónicas
Archivado en: Economía y Finanzas
Según versiones publicadas en la prensa, el gobierno estaría considerando la implementación de un impuesto de 2% sobre las transacciones electrónicas, desempolvando el derogado impuesto al debito bancario.
Según El Universal:
Fuentes financieras afirman que el Gobierno evalúa la instrumentación de un nuevo impuesto que permita balancear las cuentas ante el desplome del ingreso petrolero. La información preliminar que manejan algunas entidades financieras señala que se trata de un impuesto de 2% a pagos con tarjetas de crédito, débito y transferencias electrónicas.
El Gobierno estaría publicando la resolución en Gaceta Oficial la próxima semana.
El precio de la cesta petrolera venezolana, fuente de donde emana 93% del ingreso de divisas del país y la mitad de los recursos del Gobierno, registra una caída de 75%, desde 129 dólares el barril en julio de 2008 hasta 32,14 dólares al cierre del 19 de diciembre.
El presupuesto de 2009, contempla un precio promedio de la cesta petrolera de 60 dólares el barril, de tal forma, que en este momento existe un fuerte déficit en las cuentas públicas que obliga a tomar medidas.
Esta versión ya fue desmetida por José David Cabello Rondón, quien resulta ser actualmente el superintendente de tributos, pero cuando el rio suena... Realmente no pongo en duda que lo esten considerando y habiendo visto uno que otro Aló Presidente no le sorprenda que aparezca Chávez en vivo ordenandole al superintendente de tributos: "Rondón te encargo que te agarres el 2% de todas las transferencias bancarias y porque no, dale plomo a las tarjetas de crédito, ¡aquí se acabó el consumismo!".