Del Sur Banco Universal
Calculo de la Ley de Política Habitacional (LPH)
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El ahorro habitacional obligatorio fue establecido en la Ley de Política Habitacional (LPH) como un instrumento para satisfacer las necesidades de vivienda existentes en Venezuela mediante créditos habitacionales.

En el artículo 18 de la Ley de Política Habitacional [PDF] (Gaceta Oficial N° 4.659 Extraordinaria del 15 de Diciembre de 1993) se establece el Ahorro Habitacional Obligatorio, constituido por los aportes que mensualmente deberán efectuar los empleados (u obreros) y los empleadores (o patronos), tanto del Sector Público como del Sector privado, en Instituciones Hipotecarias regidas por la Ley General de Bancos y otras Instituciones Financieras y por la Ley del Sistema Nacional de Ahorro y Préstamo.
El calculo de los aportes para la LPH es simple, en el articulo 19 de la Ley se establece que el aporte de los empleados y obreros será del uno por ciento (1%) del sueldo mensual básico y el aporte de los patronos, del dos por ciento (2%) del mismo monto. De esta forma, así quedan las formulas:
(Sueldo básico mensual x 0,01) / 2 = Aporte mensual LPH (trabajador) (Sueldo básico mensual x 0,02) / 2 = Aporte mensual LPH (empresa)
NOTA: La Ley de Política Habitacional fue reemplazada por el Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda (FAOV) establecido en el capítulo III, Título III, de la Ley de Vivienda y Hábitat; promulgada mediante la Ley Habilitante 2008 y publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 5.889 el 31 de julio de 2008.
Los empleadores o patronos deberán retener las cantidades a los trabajadores, agregar los aportes que les corresponden y depositarlos en cuentas a nombre de cada empleado y obrero dentro de los primeros siete 7 días hábiles de cada mes. Los bancos usualmente requieren los datos del empleado, su número de cédula, el monto por cada empleado y el monto aportado por la empresa. La excepción aplica en aquellos hombres que hayan alcanzado la edad de sesenta años y las mujeres sobre los cincuenta y cinco años, salvo que manifiesten su voluntad de continuar aportando al Ahorro Habitacional, o que ya sean beneficiarios de un préstamo hipotecario.