Delitos
Delitos contra el Patrimonio Público (Corrupción en Venezuela)
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Los delitos contra el patrimonio público son hechos delictivos en perjuicio del estado, perpetrados por funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones; y que en casos, pueden ser perpetrados por particulares y contra particulares.

Todos hemos escuchado historias sobre corrupción, algunas verdaderas, otras posiblemente distorsionadas, pero en la mayoría de los casos realmente no son tan siquiera denunciadas. La corrupción sucede (hipotéticamente) cuando un funcionario policial no cumple con su deber, cuando un fiscal de tránsito "matraquea", cuando un funcionario con fondos bajo su cuido los desvía, cuando un fiscal del ministerio público recibe alguna dádiva por emitir un oficio fiscal que le es propio de su cargo, cuando un funcionario judicial le hace un favor a un "amigo" para retrasar o fabricar algún procedimiento, cuando un Juez titular recibe un soborno o dádiva (o la sola promesa) para proferir un fallo o incluso cuando un particular induce a algún funcionario a realizar un acto de corrupción.
Conozca los escenarios que la ley tipifica como delitos de corrupción y sepa donde denunciarlos.
Los delitos contra el patrimonio público o hechos de corrupción suceden cuando uno o varios funcionarios públicos, con alguna clase de autoridad o no, realizan actos contrarios a la ley u omiten realizar actos que le corresponderían realizar según sus atribuciones, o incluso cuando realizan actos que si les corresponden por ley; desviando fondos, solicitando sobornos, recibiendo dádivas, mediante el uso de influencias o con abuso de funciones. En casos específicos cuando el funcionario incurso en corrupción se asocia con uno o varios particulares para la perpetración de los hechos, estos particulares también son susceptibles de ser sancionados penalmente.
La persecución de los delitos contra el patrimonio público no prescribe según lo que establece el artículo 271 de la Constitución Nacional vigente que establece precisamente que "no prescribirán las acciones judiciales dirigidas a sancionar los delitos contra los derechos humanos, o contra el patrimonio público o el tráfico de estupefacientes". Esto significa que es posible denunciar un hecho de corrupción años después de ocurrido; por ejemplo cuando se hayan presentado nuevas pruebas, cuando se hayan presentado testigos o en aquellos casos cuando se hayan descubierto con posterioridad las maquinaciones empleadas. No obstante, debe tener presente que debe existir una presunción grave que el hecho de corrupción realmente ocurrió, esto, porque la falsa denuncia también se encuentra penada por la ley.
Seniat impondrá sanciones a quienes no cancelaron el ISLR
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Entre Bs 380 y Bs tres mil 800 están comprendidas las multas para aquellos contribuyentes que no declararon ni pagaron el impuesto antes del plazo establecido.

Luego del plazo establecido por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) para declarar y pagar el Impuesto Sobre La Renta (ISLR), se siente una aparente calma.
Sin embargo, solo aquellos contribuyentes que sí cancelaron sus gananciales pueden sentirse tranquilos, pues ahora comienza el dolor de cabeza para quienes no lo hicieron.
El superintendente Nacional Aduanero y Tributario, José David Cabello Rondón, indicó días antes de finalizar la fecha tope, que se establecen sanciones comprendidas entre las 5 unidades tributarias (380 bolívares) y las 50 unidades tributarias (3 mil 800 bolívares), dependiendo de la falta, de acuerdo con el artículo 103 del Código Orgánico Tributario (COT).
Los contribuyentes, que por una razón u otra, oculten, manipulen información o engañen a la administración aduanera y recaudadora, les puede costar hasta su libertad, según lo establece el artículo 115 del Código Orgánico Tributario por el delito de defraudación tributaria.
Cabello explicó que en caso de omitir ingresos en la declaración y pago del ISLR, un contribuyente se hace merecedor de multas desde 10% hasta 200% del monto del tributo omitido.
Sala Constitucional suspendió arrestos administrativos previstos en la Ley de Ejercicio de la Odontología
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A solicitud de la Defensoría del Pueblo, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), ordenó la suspensión provisional de las medidas de arresto contenidas en la Ley del Ejercicio de la Odontología por motivo de sanciones administrativas.

Según la Defensoría, los artículos en la Ley de Ejercicio de la Odontología que prevén arrestos administrativos violan de manera flagrante el principio de reserva judicial de las medidas de privación de libertad previsto en el artículo 44 de la Constitución Nacional.
Constitución Nacional
Artículo 44. La libertad personal es inviolable, en consecuencia:
- Ninguna persona puede ser arrestada o detenida sino en virtud de una orden judicial, a menos que sea sorprendida in fraganti. En este caso será llevada ante una autoridad judicial en un tiempo no mayor de cuarenta y ocho horas a partir del momento de la detención. Será juzgada en libertad, excepto por las razones determinadas por la ley y apreciadas por el juez o jueza en cada caso.
Ahora... ¿Qué dicen los artículos cuestionados?..
Ilicitos cambiarios con punto satelital de Panamá
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CADIVI ha reportado que el CICPC ha "desmantelado una banda" dedicada a realizar consumos con tarjetas de crédito con cupos de divisas, simulando que eran realizados en el exterior.
DESMANTELADA BANDA QUE SE DEDICABA A COMETER ILÍCITOS CAMBIARIOS
19/01/2008.- El grupo reclutaba a ciudadanos que poseen tarjeta de crédito vigente y activadas en CADIVI, para luego realizar consumos a través de un punto de venta satelital panameño, ingresado al país de manera ilegal.
Una banda que se dedicaba a cometer ilícitos cambiarios fue desmantelada la semana pasada en Valencia, estado Carabobo, por el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC). La banda denominada “Los Panameños” se dedicaba a reclutar a ciudadanos que poseen tarjeta de crédito vigente y activadas en el sistema de administración de divisas de CADIVI, para luego realizar consumos con dichas tarjetas a través de un punto de venta satelital panameño, ingresado al país de manera ilegal, y simular que el usuario hacía las compras desde el exterior.
La información la dio a conocer en rueda de prensa el presidente de la Comisión de Administración de Divisas, Manuel Barroso, acompañado por el Subdirector del CICPC, Luis Fernández.
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Conatel sanciona a Televen por caso Los Simpson
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La Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel) finalmente publica el procedimiento sancionatorio al canal Televen por la transmisión en horario no permitido de la serie estadounidense Los Simpson: transmisión de mensajes gubernamentales durante un mes.

No hay que usar mucho la memoria para llegar a la fecha en el que se escuchó por primera vez sobre este caso: 4 abril de 2008. En ese momento, Conatel recurrió a la olvidada Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión (RESORTE) para dictaminar que Televen cometía una infracción al transmitir el sempiterno programa de televisión Los Simpson a las once de la mañana, un horario considerado para niños donde compite con espacios informativos, además de aquellos que los canales nacionales se aventuran a denominar como entretenidos.
En ese entonces, la caricatura, no apta para menores, salió del aire y fue reemplazada por otro enlatado retro pésimo como lo es Baywatch Hawaii, aunque regresó tiempo más tarde en un espacio mucho más adecuado pero con tanta autocensura que no valía la pena ni sintonizar.
A casi dos meses de haberse publicado la última información sobre este polémico caso, hoy la Comisión se pronuncia en cuanto a la sanción para el canal de la bolita roja: transmitir durante treinta días consecutivos, dos mensajes diarios de treinta segundos cada uno en horario supervisado (básicamente todo el día hasta las 11 de la noche). Así, ni más ni menos. La misiva explica que el cese de espacios debe hacerse para mensajes culturales y educativos, pero ante la carencia de ello en la agenda gubernamental, es seguro que veremos propaganda institucional de ministerios u otros entes.
¿48% de los policías venezolanos son guardaespaldas?
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¿Que significa eso que publica hoy Globovisión?... Si los números son acertados casi la mitad de los policías en TODO EL PAÍS están fuera de sus labores naturales en la lucha contra el hampa y la inseguridad. Mientras los criminales se dedican impunemente al secuestro, al robo y la extorsión en ocasiones con la colaboración de algunos banqueros, policías y hasta del gobierno nacional que se dán la vista gorda.

Ni decir que la otra mitad de los policías está cumpliendo su papel, porque la inseguridad se percibe mucho MÁS ALTA en años recientes. Sería interesante ver una encuesta sobre la inseguridad en las zonas urbanas de los estados del interior, porque lo que se refiere a la región capital y la región zuliana la situación es grave. Pero no tome mi palabra, levántese de la silla por un momento y adquiera uno de esos medios impresos regionales que al gobierno nacional le encantaría censurar, busque la sección de sucesos.
Los Simpsons de regreso en Televen
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La CNN norteamericana hoy publica que "Los Simpsons" regresarán a Televen los miércoles a las 7 p.m. después de haber sido sacados del aire el pasado 4 de abril y reemplazados por Baywatch en la estación de televisión, canal 10 de la señal abierta VHF.

La salida del aire del programa se dió luego que CONATEL amenazara a Televen con una multa, la salida del aire por tres días o de ser coercionados para mostrar programas seleccionados por la agencia como castigo por mantener a "Los Simpsons" en el horario matutino (todos los días a las 11 a.m.), incluso después de varias advertencias.
Secuestros en Venezuela aumentaron 48% en el 2007
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Reforma de la Ley contra los ilícitos cambiarios (2007-2008)
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A poco más de dos años de haberse aprobado la primera Ley contra ilícitos cambiarios, la Asamblea Nacional (AN) ha sancionado su reforma. Algunos cambios incluye la prohibición de difundir información o cotización del dólar permuta o paralelo.
Ante un incremento "inusual" en la demanda de divisas, la AN ha decidido sancionar una Reforma a la Ley contra Ilícitos Cambiarios, que trae ciertas variaciones con respecto a la promulgada hace par de años. Para empezar, se prohibe a cualquier medio, sea persona natural o jurídica, anunciar y/o divulgar de forma "escrita, audiovisual, radioeléctrica, informática o por cualquier otro medio" información relacionada con la cotización no oficial establecida por el gobierno, esto por aquello de que al notificarse una tasa diferente a la oficial, se afectan los precios. El incumplimiento del mencionado articulo 16, será penado con 1 mil unidades tributarias, que a la cifra actual, sería 37, 6 millones de bolívares (pronto a ser 37 mil 600 Bolívares Fuertes).[1]
Otro cambio en la mencionada ley, establece que los comercios que recibieron dólares de Cadivi y los usaron para adquirir bienes y/o servicios, deberán publicar un aviso (en el local) indicando que recibieron las divisas, de lo contrario serán multados, primero con 500 unidades tributarias (algo más de 18.8 millones de bolívares) y 1 mil unidades (Bs.37.6 millones) si se registra reincidencia.
La reforma de la ley sancionada también establece que las divisas obtenidas vía Cadivi que se usen para fines distintos a los de la solicitud, serán sancionados con multa del doble del equivalente en bolívares de la operación cambiaria. Ya esto estaba establecido en la ley del 2005, la diferencia es que antes, se aplicaba penas de prisión y no pago de multas. Adicional, las operaciones menores a 10 mil dólares no serán multadas, empero, están obligadas a declararse ante las autoridades; Las operaciones entre 10 mil y uno a 20 mil dólares, que se hagan sin intervención del BCV, será penada con multa del doble de operación, y las mayores a 20 mil (que no cumplan el anterior requisito) tendrán pena de prisión de dos a seis años, más la respectiva multa equivalente al doble de la operación.
Entró en vigencia la Ley contra los Ilícitos Cambiarios
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Con la nueva Ley contra los Ilícitos Cambiarios el gobierno ha puesto una nueva barricada entre tu bolsillo y el resto del mundo.
Desde el pasado viernes 14 de octubre entró en vigencia la Ley contra los Ilícitos Cambiarios, que busca erradicar el mercado alterno de divisas penalizando a cualquier persona o entidad que compre o venda dólares sin la mediación del BCV (o la declaración ante el BCV). Con esta nueva ley el BCV tendrá la competencia exclusiva en la venta y compra de divisas, de esta manera, cualquier operación con divisas que se realice fuera del control impuesto por el Gobierno será considerada como un delito.

El artículo 8: "Quien destine las divisas obtenidas lícitamente para fines distintos a los que motivaron su solicitud, será sancionado con prisión de tres a siete años y multa del doble del equivalente en bolívares de la operación cambiaria".
19/01/2008.- El grupo reclutaba a ciudadanos que poseen tarjeta de crédito vigente y activadas en CADIVI, para luego realizar consumos a través de un punto de venta satelital panameño, ingresado al país de manera ilegal.