Economía
Sistema Complementario del Sistema de Cadivi (SICAD)
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El presidente encargado, Nicolás Maduro, anunció la creación de un método alternativo para el otorgamiento de divisas oficiales en reemplazo del recientemente eliminado SITME.

Desde el próximo lunes se espera el otorgamiento de divisas a través de un nuevo "sistema complementario del sistema de Cadivi" (SICAD) creado a través del Órgano Superior para la Optimización del Sistema Cambiario. Con esta medida el gobierno busca atacar el dólar paralelo. [1]
El Sistema Complementario de Administración de Divisas (SICAD) fue creado como un sustituto del Sistema de Transacciones con Títulos en Moneda Extranjera (SITME) que había quedado oficialmente eliminado cuando se anunció el aumento del dólar oficial el pasado 13 de febrero.
El SICAD funcionará a través de un sistema de subasta pública. Las empresas interesadas deberán estar registradas en el RUSAD para poder realizar sus ofertas ante los agentes financieros. Estas ofertas se remiten inmediatamente al BCV (al igual que sucede con la emisión de títulos), y luego se efectúa el procedimiento de la subasta. Posteriormente se le notifica al ente emisor cuáles empresas resultaron seleccionadas, de acuerdo a la metodología empleada y al monto total de esa subasta. El BCV se comunica con el agente financiero donde se encuentran las empresas seleccionadas. [2]
Las empresas seleccionadas deberán enviar directamente al órgano superior la documentación requerida, para que, con posterioridad, se proceda a efectuar la entrega a los agentes financieros de los recursos en bolívares fijados y lleve a cabo la transacción de la subasta.
Aumento del precio del dólar oficial a 6,30 bolívares (devaluación 2013)
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El Gobierno anunció un aumento del dólar oficial en 46,5%, con el consecuente incremento en los precios oficiales de otras divisas como el Euro.
| Precio del dólar oficial 2013 | |
| Bs. 6,28 (compra) |
Bs. 6,30 (venta) |
El pasado viernes 8 de febrero, el presidente del Banco Central de Venezuela, Nelson Merentes, y el ministro de Planificación y Finanzas, Jorge Giordani, anunciaron que el valor del dólar oficial pasaría de 4,30 bolívares por dólar a 6,30 bolívares por dólar. Esto que representa un incremento (o devaluación) del 46,5%. Esta nueva devaluación entra en vigencia a partir de hoy (12/02/2013) con su publicación en la Gaceta Oficial Nº 40.108 donde se establece el Convenio Cambiario N° 14, según el cual se fija el precio del dólar en Bs. 6,28 para la compra y en Bs. 6,30 para la venta.
Órgano Superior para la Optimización del Sistema Cambiario

La primera atribución de este nuevo organismo será fijar las prioridades de la asignación de divisas anuales para "canalizar la calidad y cantidad de las importaciones que sean precisas para alcanzar las metas presupuestarias". También deberá "velar por la eficacia, eficiencia y buen funcionamiento" de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI).
Precio de la Unidad Tributaria (2013) aumentó a 107 bolívares
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El valor de la Unidad Tributaria aumentará de los actuales 90 bolívares hasta los 107 bolívares, a partir del momento en que sea publicado en Gaceta Oficial.
| Valor de la Unidad Tributaria 2013 |
| Bs. 107,00 |
La Unidad Tributaria (UT) es la unidad base empleada en el calculo de las imposiciones, sanciones y multas aplicadas por el SENIAT y otros organismos tributarios nacionales, regionales y municipales. La UT también se emplea en el calculo de las exenciones y exoneraciones en el IVA y el ISLR, así que su aumento no necesariamente es algo malo para el bolsillo. La UT se emplea además en áreas laborales (Ver: Cesta Tickets 2012-2013) y obligaciones contractuales, así como en el costo de los timbres fiscales empleados para la tramitación de documentos legales como el pasaporte y tasas aeroportuarias.

El aumento de la Unidad Tributaria suele realizarse al principio de cada año (usualmente en enero o febrero) con base a la tasa de inflación acumulada del año anterior. Sin embargo, desde el año 2007 el ajuste de la UT había sido notablemente por debajo de la tasa de inflación del año anterior, lo que es diferente con el presente aumento. En 2010 la inflación cerró en 26,9% mientras que la UT aumentó 17,5% en 2011. En 2011 la inflación cerró en 27,6% mientras que la UT aumentó 18,42% en 2012. En 2012 la tasa de inflación cerró en 20,1% mientras que la UT aumentó en una tasa comparable de 19% con el presente aumento (2013).
Este ajuste de la UT no deberá impactar la declaración del Impuesto Sobre la Renta (ISLR) que se debe realizar antes del 31 de marzo de este año. El valor de la Unidad Tributaria vigente para declarar el ISLR antes que termine el mes de marzo de 2013 es la que fue ajustada en 2012 a Bsf. 90,00. El nuevo valor de la UT a 107 bolívares deberá emplearse para la declaración del ISLR que se deberá realizar en 2014.
Este aumento entrará en vigencia a partir de su publicación en Gaceta Oficial.
Cadivi excluye 12 carreras universitarias (áreas) del dólar preferencial
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Según resolución dictada por el Ministerio de Educación Universitaria, se establecen las carreras seleccionadas porque obedecen "a los lineamientos del Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación 2007-2013".
Los estudios de pregrado y postgrado en el exterior en profesiones como: Psicología, Letras, Comunicación Social, Historia, Estudios Internacionales, Sociología, Derecho y Economía quedan excluidos de la asignación de dólares para estudios en el extranjero de la Comisión de Administración de Divisas (Cadivi), así lo señala Panorama en su página web.
A través de su cuenta en Twitter Cadivi señaló que seguirá dando divisas a estudiantes que ya están en el exterior. "A todos los estudiantes que se encuentren en el exterior, se les seguirán atendiendo sus solicitudes hasta culminar su actividad académica". De ninguna manera las personas que se encuentran en el exterior verán afectadas sus actividades académicas.
Quienes deseen estudiar carreras que están fuera de las incluidas en Gaceta oficial, tienen la opción de asistir al Sitme pero sin el beneficio que tienen las carreras prioritarias publicadas, según Informecifras.com.
Abren convocatoria a Premio Ernesto Peltzer
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El Banco Centrald e Venezuela (BCV) abrió la convocatoria para participar en la XX edición del Premio Ernesto Peltzer, correspondiente al periodo 2012-2013.

El concurso creado en 1974, busca estimular la imaginación, el estudio profundo y novedoso de la economía venezolana y de sus perspectivas, así como la del papel de la banca central. Se otrogará un premio que constará de diploma y aporte en metálico de Bs. 54.000. El jurado podrá otorgar menciones especiales.
Los trabajos, que podrán presentarse como obr individual o colectiva, deberán ser inéditos, de evidente calidad científica y resultado de la aplicación de técnicas de investigación, elaboración y presentación generalmente aceptadas.
El trabajo premiado será publicado por BCV, ne cuyo caso el autor o autores cederán al instituto emisor los derechos correspondientes a la primera edición del texto.
El BCV se reserva el derecho de primera opción para publicar aquellas obras que, presentadas al concurso y no habiendo sido premiadas, puedan interesarle, previo acuerdo con los autores respectivos mediante un contrato de edición que se suscribirá con el BCV.
La admisión de originalescerrará el 30 de septiembre de 2013.
El fallo del jurado se hará público en noviembre de 2013 y el acto de premiación se efectuará en el mes siguiente.
Las bases completas del concurso pueden ser consultadas en la siguiente dirección: www.bcv.org.ve
Agropatria (otrora Agroisleña): 3 claves para entender su crisis
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Tras casi 2 años de expropiada, Agropatria, la compañía clave para la estrategia del Gobierno venezolano para este sector, no pasa por su mejor momento. He aquí algunos elementos para entender su situación.
“Agroisleña está expropiada. Ven a mí que tengo flor. Se acabó el tiempo de la Agroisleña ésta”, aseguró en octubre de 2010 el Presidente Chávez al anunciar la adquisición forzosa de la compañía para convertirse, tiempo más tarde, en Agropatria, un elemento que sería clave para el reimpulso de la agroindustria venezolana.
A casi dos años de ese anuncio, el panorama es otro. Los críticos de la empresa señalan que la falta de control hizo que las ventas de insumos se vendieran con sobreprecio, se propiciara el desabastecimiento y luego el contrabando. Aun cuando se pudiera seguir enumerando cada una de las fallas, una nota de El Mundo Estrategia y Negocios apela por el entendimiento y nos clasifica los elementos que debemos saber sobre productividad y situación de la compañía.
Lo primero que habría que destacar es que Agropatria no es un islote en todo este rollo sino un archipiélago. Su problema actual lo hace un conjunto de empresas filiales que son de insecticidas, agroquímicos, herramientas para la siembra, fertilizantes, red de transportes, productora de semillas, almacenadoras y tiendas comercializadoras.
Canasta alimentaria alcanzó 3.459 bolívares en febrero 2012 (Cenda)
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De acuerdo al Centro de Documentación y Análisis para los Trabajadores (Cenda) el costo de la canasta básica de alimentos para los venezolanos llego a 3 mil 459,36 Bolívares (Bs) poco más del doble del salario mínimo actual.
Pasamos casi el ecuador del mes de marzo y se comienzan a revelar cifras del comportamiento de la economía durante meses anteriores. En esta oportunidad toca el turno a los alimentos, uno de los rubros esenciales para la contabilización (y posterior lucha) de la inflación en el país.
Los números se obtuvieron mediante el cálculo de once rubros que conforman la canasta alimentaria y donde seis presentaron un alza de precios. El informe revela, por ejemplo, que los pescados se incrementaron en un 3,7%, mientras que las grasas y aceites se elevaron hasta un 1,7%. La leche, quesos y huegos repuntaron en 1,4%, mientras que las bebidas no alcohólicas y las carnes y preparados llegaron a 1,3 y 0,8% respectivamente.
Régimen Hipotecario para la Adquisición de Vivienda
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En Venezuela existen varias figuras para el aporte de fondos y el otorgamiento de créditos hipotecarios, bien sea para Vivienda Principal o para Vivienda Secundaria.

El ahorro habitacional obligatorio fue establecido en la Ley de Política Habitacional (LPH) desde la década de los 90 como un instrumento para satisfacer las necesidades de vivienda existentes en Venezuela mediante créditos habitacionales. Con la LPH y su Reforma en el año 2000, se reguló la política del Estado en materia de vivienda hasta su derogación con la entrada en vigencia el 31/07/2008 de la nueva Ley de Vivienda y Hábitat (LRPVH).
Con la nueva Ley de Vivienda y Hábitat se crearon diferentes Fondos de Ahorro para la Vivienda (FAOV, FAVV, FASP), independientes uno del otro. Igualmente se encuentra previsto el Subsidio Directo Habitacional para el otorgamiento de ayudas económicas no reembolsables. Además se hace mención, aunque no hayan sido implementados aún, sobre créditos para construcción y mejoras, así como de los denominados créditos mixtos para la adquisición tanto del terreno como la construcción de la vivienda sobre el mismo.
Adicionalmente al sistema hipotecario de interés social, el 30 de enero de 2005 entró en vigencia la nueva Ley Especial de Protección al Deudor Hipotecario, con la que se vino a resolver el problema de los créditos indexados (con intereses sobre intereses) que afectaba a unas 70.000 familias, así como de los créditos denominados en dólares. Con esta ley se introdujo el Régimen Legal para el otorgamiento de Créditos Hipotecarios para la adquisición de Viviendas, bien sea principales o secundarias, que no se encuentren amparadas bajo otro régimen hipotecario más favorable (como la LPH o la LRPVH). Los fondos de los créditos hipotecarios otorgados bajo esta ley provienen de los recursos propios de las Instituciones financieras, denominados Cartera Hipotecaria Obligatoria (CHO).
A continuación, una tabla con las diferentes figuras hipotecarias en Venezuela.
Tarifas del Impuesto sobre la Renta (ISLR)
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Tablas y detalles sobre las tarifas del Impuesto sobre la Renta (ISLR) aplicables para Personas Naturales o Personas Jurídicas, según sus ingresos en unidades tributarias.

Retomando el tema del ISLR, este consiste en el impuesto sobre los enriquecimientos anuales obtenidos por personas naturales o jurídicas, residente o domiciliada en la República, sea que la fuente de ingresos este situada dentro del país o fuera de él. En el caso de aquellas personas naturales o jurídicas no residentes o no domiciliadas en la República, estarán sujetas al ISLR siempre que la fuente de sus enriquecimientos se encuentre dentro del país, aun cuando no tengan establecimiento permanente o base fija.
En el caso de las personas naturales, deben declarar aquellas que tengan durante el año fiscal más de 1.000 unidades tributarias de ingresos por enriquecimiento neto, o si no se cumple esta condición, deben declarar aquellas que tengan más de 1.500 unidades tributarias de ingresos brutos (ver: Ingresos brutos vs. ingresos de enriquecimiento neto); si ninguna de estas condiciones se da la persona no está obligada a declarar el ISLR. Por otro lado, todas las personas jurídicas (empresas, sociedades, comunidades, organismos, etc.) que no se encuentren expresamente exentas por la ley (ver: Exenciones al ISLR), están obligadas a declarar sus enriquecimientos o pérdidas al final de cada ejercicio fiscal, cualquiera sea el monto de los mismos.
La tarifa del ISLR es aquella cifra porcentual que se aplica al enriquecimiento neto anual de una persona natural o jurídica, no exenta o exonerada (ver: Exenciones vs. exoneraciones), para determinar el monto que deberá pagarle al fisco nacional por sus ganancias. Para determinar la tarifa primero es necesario pasar a unidades tributarias el enriquecimiento gravable (en el caso de personas naturales) o la renta neta mundial gravable (en el caso de personas jurídicas). Para convertir bolívares a unidades tributarias se dividen los bolívares entre el valor actual de la unidad tributaria (ej: Bs. 100.000,00 / 96,00 = 687,5 unidades tributarias) (UT: 2009, 2010, 2011, 2012).
Declaración del ISLR para Personas Jurídicas (Seniat)
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Detalles sobre el Impuesto sobre la Renta (ISLR), el cálculo del ISLR y su declaración; en esta ocasión todo en lo que respecta a las personas jurídicas.

El régimen legal del Impuesto sobre la Renta (ISLR) para personas jurídicas se encuentra establecido en la Ley del ISLR (LISLR) publicada en la Gaceta Oficial extraordinaria Nº 38.628 del 16 de febrero de 2007. Esta ley es realmente una reforma sobre la Ley del ISLR de 2001 y se diferencia sobre leyes anteriores en el gravado subsidiario de la renta extranjera y el reconocimiento (como crédito) de aquellos impuestos pagados en el extranjero.
Según el tercer aparte del artículo 79 de la Ley del ISLR, toda persona jurídica (empresas, sociedades, comunidades, organismos, etc.) está obligada a declarar sus enriquecimientos o pérdidas al final de cada ejercicio fiscal, cualquiera sea el monto de los mismos (ver: Ingresos brutos vs. ingresos de enriquecimiento neto). A esta regla aplican las excepciones previstas (exenciones) en el artículo 14 de la Ley del ISLR (ver: Exenciones al ISLR, Exenciones vs. exoneraciones).
Se denomina persona jurídica a un sujeto de derechos y obligaciones que no existe como individuo sino como institución, y que es creada por una o más personas físicas para cumplir un determinado papel. Las personas jurídicas son entidades a las que el Derecho atribuye y reconoce una personalidad jurídica propia y, en consecuencia, tienen capacidad para actuar como sujetos de derecho, esto es, capacidad para adquirir y poseer bienes de todas clases, para contraer obligaciones y ejercitar acciones judiciales.
Se consideran personas jurídicas a: compañías anónimas y las sociedades de responsabilidad limitada; las sociedades en nombre colectivo, en comandita simple, las comunidades, así como cualesquiera otras sociedades de personas, incluidas las irregulares o de hecho; los titulares de enriquecimientos provenientes de actividades de hidrocarburos y conexas, tales como la refinación y el transporte, sus regalistas y quienes obtengan enriquecimientos derivados de la exportación de minerales, de hidrocarburos o de sus derivados; las asociaciones, fundaciones, corporaciones y demás entidades económicas no citadas en los puntos anteriores.