Economía
Declaración del ISLR para Personas Naturales (Seniat)
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Detalles sobre el Impuesto sobre la Renta (ISLR), el cálculo del ISLR y su declaración; todo en lo que respecta a las personas naturales.

El Impuesto sobre la Renta (ISLR) se encuentra establecido en la Ley del ISLR (LISLR) publicada en la Gaceta Oficial extraordinaria Nº 38.628 del 16 de febrero de 2007. Esta ley es realmente una reforma sobre la Ley del ISLR de 2001 y se diferencia sobre leyes anteriores en el gravado subsidiario de la renta extranjera y el reconocimiento (como crédito) de aquellos impuestos pagados en el extranjero.
Según el artículo 79 de la Ley del ISLR, deben declarar el ISLR todas aquellas personas naturales y herencias yacentes asimiladas a estas, que hayan obtenido durante el ejercicio económico un enriquecimiento neto anual superior a 1.000 tributarias o ingresos brutos superiores a 1.500 unidades tributarias (ver: Ingresos brutos vs. ingresos de enriquecimiento neto). Cuando una de estas dos condiciones se cumpla (1.000 UT de enriquecimiento o 1500 UT de ingresos) corresponde declarar el ISLR. El 31 de marzo de cada año vence el plazo para declarar el Impuesto sobre la Renta.
También deberán declarar el ISLR todas aquellas personas naturales que hayan percibido ingresos brutos superiores a 2.625 unidades tributarias, siempre que deriven únicamente de las actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras o piscícolas a nivel primario, salvo lo dispuesto en el Decreto de Exoneración N° 838 del 31/05/2000.
Las personas naturales con base fija en el territorio nacional, están obligadas a presentar declaración definitiva conforme a los enriquecimientos obtenidos dentro y fuera del país atribuible a dicha base fija, en caso de la personas naturales no residentes, están obligados al cumplimiento de este deber formal cualquiera que sea el monto de sus enriquecimientos.
Cupo de Viajero y Efectivo (Cadivi) (2011, 2012, 2013)
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Continua vigente la providencia Nº 099 por la que Cadivi estableció una tabla de asignación de divisas para viajeros, dependiendo del destino y la duración del viaje.

En el marco del Control de Cambios establecido desde el año 2003, los cupos de viajero que se aprobarán a partir del 1ro de enero de 2010, dependen ahora del destino y la duración del viaje, según sea registrado al momento de solicitar el cupo. Algunos destinos como Colombia, Panamá y las Islas del Caribe fueron penalizados como consecuencia del auge de los negocios cambiarios (vea además: Reforma a la Ley de Ilícitos Cambiarios). Los cupos electrónicos se mantienen en un tope de 400 dólares (USD) durante todo el año, para el pago de bienes y consumos en el extranjero (por Internet) con tarjetas de crédito. Los cupos en efectivo también se mantienen con un máximo de 500 dólares (USD) pero en algunos de los destinos penalizados se encuentra limitado a 300 dólares.
El régimen cambiario actual establece el otorgamiento de cupos en efectivo para niños y adolescentes, con un máximo de 500 dólares (USD) o de 400 euros según sea el destino, por ejemplo en países europeos. La escala y el procedimiento para solicitar los cupos para niños es similar al procedimiento de los adultos (hay algunos documentos adicionales como la partida de nacimiento, revise la Providencia 099 -debajo- para más detalles), pero en estos casos serán los representantes legales quienes deberán consignar la documentación.
Aumento de la Unidad Tributaria (2012) en Gaceta Oficial N° 39.866
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El aumento de la Unidad Tributaria de 76 bolívares a 90 bolívares, se hizo oficial con su publicación en la Gaceta Oficial del día de hoy.

El pasado martes 14 de febrero fue anunciado el nuevo precio de la Unidad Tributaria que quedó establecido en 90 bolívares para el año fiscal 2012. Este aumento entró en vigencia con la publicación de la Providencia Nº SNAT/2012/0005 en la Gaceta Oficial N° 39.866 que circuló el día de hoy (17/02/2012). A los efectos de la declaración del Impuesto Sobre la Renta (ISLR) del ejercicio 2011 se usará la anterior UT de 76 bolívares.
La Unidad Tributaria (UT) es la unidad base empleada en el calculo de las imposiciones, sanciones y multas aplicadas por el SENIAT y otros organismos tributarios nacionales, regionales y municipales. La UT también se emplea en el calculo de las exenciones y exoneraciones en el IVA y el ISLR, así que su aumento no necesariamente es algo malo para el bolsillo. La UT se emplea además en áreas laborales (Ver: Cesta Tickets 2012-2013) y obligaciones contractuales, así como en el costo de los timbres fiscales empleados para la tramitación de documentos legales como el pasaporte y tasas aeroportuarias.
Para mayor información sobre el aumento de la Unidad Tributaria y sus efectos:
Ingresos brutos vs. ingresos de enriquecimiento neto
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Definición y diferencias entre los términos "ingresos de enriquecimiento neto" e "ingresos brutos", empleados en la declaración de impuestos en Venezuela.

Según el artículo 79 de la Ley del ISLR, deben declarar el Impuesto sobre la Renta todas aquellas personas naturales con ingresos de enriquecimiento neto superiores a las 1.000 unidades tributarias y aquellas con ingresos brutos superiores a las 1.500 unidades tributarias (valores de la Unidad Tributaria: 2009, 2010, 2011, 2012).
Ahora, según esta norma, cuando una de estas dos condiciones se cumple, la persona natural debe declarar el ISLR al cierre del año fiscal. Por eso es importante diferenciar entre ambos términos, dado que suelen prestarse a confusión.
Los ingresos brutos son aquellos beneficios económicos que una persona natural o jurídica ha obtenido durante un año fiscal por cualquier actividad que realice. Mientras que con ingresos de enriquecimiento neto se define el incremento de patrimonio durante un año fiscal, que se calcula restando a sus ingresos brutos, aquellos costos y deducciones permitidos por la Ley. Así podemos observar que el cálculo uno depende del otro.
Cálculo del enriquecimiento neto
Enriquecimiento neto = Ingreso bruto - (costos y deducciones)
Vea además: Exenciones y exoneraciones, Exenciones al ISLR.
Exenciones al Impuesto sobre la Renta (ISLR) (2011, 2012, 2013)
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Las exenciones en Venezuela al Impuesto sobre la Renta (ISLR) se encuentran establecidas en la ley y liberan a personas naturales o jurídicas de ciertas obligaciones tributarias.

Las exenciones tributarias son un beneficio otorgado a través de las leyes donde se libera del pago total o parcial del Impuesto sobre la Renta (ú otro impuesto como el IVA). Las exenciones se diferencian de las exoneraciones tributarias en que la exención se establece previamente en la ley y la solicita la entidad que declara el ISLR, mientras que la exoneración es un derecho del ejecutivo nacional (Presidente de la Republica y entes adscritos como el Seniat) establecido en el Código Orgánico Tributario para decretar beneficios de la liberación total o parcial del pago de impuestos (ver: Exenciones y exoneraciones).
El texto legal que rige el ISLR y sus exenciones es la "Ley de Impuesto Sobre la Renta" (LISLR), publicada en Gaceta Oficial N° 38.628 del 16/02/2007. Esta ley está reglamentada a través del "Reglamento de Impuesto Sobre la Renta" (RISLR) publicado en la Gaceta Oficial N° 5.662 (Extraordinario) del 24/09/2003.
En Venezuela, la Ley del ISLR establece exenciones expresas como las que establece en su artículo 14 y exenciones tácitas como las que establece en su artículo 79. Según el artículo 79, están exentas de declarar el Impuesto sobre la Renta todas aquellas personas naturales con ingresos de enriquecimiento neto iguales o inferiores a las 1.000 unidades tributarias y aquellas con ingresos brutos iguales o inferiores 1.500 unidades tributarias (valores de la Unidad Tributaria: 2009, 2010, 2011, 2012).
Igual exención tendrán las personas naturales que se dediquen exclusivamente a la realización de actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras o piscícolas a nivel primario y obtengan ingresos brutos iguales o menores a 2.625 unidades tributarias. Las sociedades anónimas y otras entidades no exentas deberán presentar declaración anual de sus enriquecimientos o pérdidas, cualquiera sea el monto de los mismos.
Precio de la Unidad Tributaria (2012) aumentó a 90 bolívares
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El valor de la Unidad Tributaria aumentará de los actuales 76 bolívares hasta los 90 bolívares, a partir del momento en que sea publicado en Gaceta Oficial.
| Valor de la Unidad Tributaria 2012 |
| Bsf. 90,00 |
La Unidad Tributaria (UT) es la unidad base empleada en el calculo de las imposiciones, sanciones y multas aplicadas por el SENIAT y otros organismos tributarios nacionales, regionales y municipales. La UT también se emplea en el calculo de las exenciones y exoneraciones en el IVA y el ISLR, así que su aumento no necesariamente es algo malo para el bolsillo. La UT se emplea además en áreas laborales (Ver: Cesta Tickets 2012-2013) y obligaciones contractuales, así como en el costo de los timbres fiscales empleados para la tramitación de documentos legales como el pasaporte y tasas aeroportuarias.
NOTA: El aumento de la UT 2012 fue publicado en Gaceta Oficial N° 39.866 (17/02/2012)

El aumento de la Unidad Tributaria suele realizarse al principio de cada año (usualmente en enero o febrero) con base a la tasa de inflación acumulada del año anterior. Sin embargo, desde el año 2007 el ajuste de la UT ha sido notablemente por debajo de la tasa de inflación del año anterior, pero sigue siendo un aumento interanual algo elevado. En 2010 la inflación cerró en 26,9% mientras que la UT aumentó 17,5% en 2011. En 2011 la inflación cerró en 27,6% mientras que la UT aumentó 18,42% en 2012.
Este ajuste de la UT no deberá impactar la declaración del Impuesto Sobre la Renta (ISLR) que se debe realizar antes del 31 de marzo de este año. El valor de la Unidad Tributaria vigente para declarar el ISLR en 2012 es la que fue ajustada en 2011 a Bsf. 76,00. El nuevo valor de la UT deberá emplearse para la declaración y pago del ISLR que se realizará en 2013.
Fondo de Ahorro Voluntario para la Vivienda (FAVV)
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El Fondo de Ahorro Voluntario para la Vivienda (FAVV) está conformado por el ahorro voluntario de los usuarios del Sistema Nacional de Vivienda y Hábitat, que se encuentren o no se encuentren bajo una relación de dependencia laboral.

El Fondo de Ahorro Voluntario para la Vivienda (FAVV) se conforma esencialmente por el ahorro voluntario de cualquier usuario, es decir, personas con o sin relación de dependencia, en las cantidades que ellos establezcan de manera potestativa. Estos usuarios pueden estar incluso aportando o haber aportado al Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda (FAOV), pues no se establece discriminación alguna en ese sentido. La diferencia fundamental entre el FAVV y el FAOV se encuentra en que este último aplica de forma obligatoria en toda relación de dependencia laboral, en tanto que el FAVV es un ahorro voluntario de cualquier individuo.
Según la Ley de Vivienda y Hábitat, los usuarios que participen en el ahorro voluntario también podrán usar los fondos para el financiamiento, compra, construcción, sustitución, restitución, reparación o remodelación de su vivienda principal; el refinanciamiento o pago de hipoteca; o para cualquier otra actividad relacionada con el objeto de la Ley, incluso podrán cederlos total o parcialmente, por ejemplo, a sus familiares más cercanos, quienes también los recibirían en caso de fallecimiento del trabajador.
El Fondo de Ahorro Voluntario (FAVV) se encuentra establecido en el capítulo IV, Título III, de la Ley de Vivienda y Hábitat promulgada mediante el decreto N° 6.072 con Rango, Valor y Fuerza de Ley (Ley Habilitante 2008) y publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 5.889 el 31 de julio de 2008. El FAVV, junto al Fondo de Ahorro Obligatorio (FAOV), reemplazan la figura hipotecaria establecida en la derogada Ley de Política Habitacional.
Venezuela cerró 2011 con inflación de 27,9%
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La inflación en diciembre se elevó 1,8% para cerrar finalmente en una cifra que supera el 23 y 25% estimado por el Gobierno Nacional para 2011.
Finaliza 2011 y es momento revisar al país en retrospectiva. La primera área es la económica, elemento que el Banco Central de Venezuela (BCV) presenta cada mes pero que en esta oportunidad coincide con el cierre de todo un año.
La variación con respecto a 2010 es de 0,4% y si bien aún resulta alta, sigue siendo menor al 30% registrado con el que cerró 2008.
El BCV asegura que en 2011 se reactivó el aparato productivo y el consumo final de los hogares, así como el financiamiento a sectores considerados como estratégicos como manufactura, agricultura, microempresas (no petroleras) y turismo.
Vea además: Inflación 2011 en Venezuela (IPC) cerró con nuevo record de 27.6%.
¿Qué es un MBA? (Maestría de Administración de Negocios)
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En el mercado laboral se ha traducido en mayores exigencias para los futuros profesionales, ya un título universitario no basta, los estudios de posgrados son casi o más importantes que los de pre-grado.
No es secreto para nadie que la globalización ha derribado las fronteras, principalmente con la difusión de internet, ahora formamos parte de la llamada aldea global. En los negocios se traduce en mayor competencia, pues las empresas no solo compiten directamente con sus rivales geográficos, sino con el resto del mundo.

Entre el sinnúmero de estudios de posgrados disponibles se encuentra el famoso MBA o Master of Busnisess Administration (Maestría de Administración de negocios). Su origen data de 1900 cuando la Escuela de Negocios Tuck en el Darthmouth College ofreció el primero, hoy en día el proceso de selección de este MBA es uno de los más selectivos del mundo.
Por lo general, los MBA´s tienen una duración que varía entre 1 y 3 años, dependiendo del programa de la escuela. Así mismo, algunos ofrecen una especialización en alguna área, las más frecuentes son: Finanzas, Marketing, Logistica, Recursos Humanos.
- Tiempo parcial: Se asiste unos pocos días a la semana, pues en el resto la persona trabaja
- Tiempo completo: Es de dedicación exclusiva, no es compatible con horario de trabajo alguno
- Fines de semana: viernes en la tarde y los sábados todo el día.
- E-learning: Se realiza vía internet dejando al estudiante que establezca su propio horario de acuerdo a sus posibilidades.
Balanza de Pagos negativa en US$ 2.403 millones en 1er Semestre
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En los resultados del ente emisor se evidencia la mejoría de la relación comercial de Venezuela con respecto al resto del mundo, producto del incremento del precio del principal rubro de exportación, el petróleo, el cual promedia US$ 99,29 por barril en lo que va de año, un incremento de 37,96% con respecto al año 2010, cuando promedió US$ 71,97.

Cabe recordad que la Balanza de Pagos es un indicador de las Cuentas Nacionales donde se registran las operaciones del país con el resto del mundo, a saber, las exportaciones, importaciones, la inversión extranjera, la fuga de capitales, etc.
Durante el segundo trimestre del año, contabiliza el BCV, que las exportaciones de Venezuela se ubicaron en US$ 25.115 de las cuales 23.905 millones de dólares son de origen petrolero. Así mismo, las importaciones de bienes se ubicaron en 12.535 millones de dólares, representando un incremento de 41,11% con respecto al primer trimestre, cuando se ubicó en US$ 8.883.