Exoneraciones
Exonerados por 5 años impuestos para importar bienes e insumos médicos
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Importaciones de bienes, materiales e insumos médicos quirúrgicos, fueron exoneradas de impuestos durante 5 años por parte del gobierno nacional.

La medida, que es válida para importaciones que se realicen como parte de los convenios de corporación suscritos entre Venezuela y países como: China, Portugal, Turquía, Colombia y Alemania, por intermedio del Ministerio del Poder Popular para la Salud, entró en vigencia luego que se publicará la resolución N°8.847 en la Gaceta Oficial N°39.882 de fecha 13 de marzo de 2012.
La resolución añade que para la implementación de esta medida se debe presentar ante la Gerencia de Aduanas del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat), el listado que relacione los bienes a importar a los tratados y acuerdos firmados por la República. Siendo entonces el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria el órgano encargado de la nacionalización de los bienes.
Con información de AVN.
Tarifas del Impuesto sobre la Renta (ISLR)
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Tablas y detalles sobre las tarifas del Impuesto sobre la Renta (ISLR) aplicables para Personas Naturales o Personas Jurídicas, según sus ingresos en unidades tributarias.

Retomando el tema del ISLR, este consiste en el impuesto sobre los enriquecimientos anuales obtenidos por personas naturales o jurídicas, residente o domiciliada en la República, sea que la fuente de ingresos este situada dentro del país o fuera de él. En el caso de aquellas personas naturales o jurídicas no residentes o no domiciliadas en la República, estarán sujetas al ISLR siempre que la fuente de sus enriquecimientos se encuentre dentro del país, aun cuando no tengan establecimiento permanente o base fija.
En el caso de las personas naturales, deben declarar aquellas que tengan durante el año fiscal más de 1.000 unidades tributarias de ingresos por enriquecimiento neto, o si no se cumple esta condición, deben declarar aquellas que tengan más de 1.500 unidades tributarias de ingresos brutos (ver: Ingresos brutos vs. ingresos de enriquecimiento neto); si ninguna de estas condiciones se da la persona no está obligada a declarar el ISLR. Por otro lado, todas las personas jurídicas (empresas, sociedades, comunidades, organismos, etc.) que no se encuentren expresamente exentas por la ley (ver: Exenciones al ISLR), están obligadas a declarar sus enriquecimientos o pérdidas al final de cada ejercicio fiscal, cualquiera sea el monto de los mismos.
La tarifa del ISLR es aquella cifra porcentual que se aplica al enriquecimiento neto anual de una persona natural o jurídica, no exenta o exonerada (ver: Exenciones vs. exoneraciones), para determinar el monto que deberá pagarle al fisco nacional por sus ganancias. Para determinar la tarifa primero es necesario pasar a unidades tributarias el enriquecimiento gravable (en el caso de personas naturales) o la renta neta mundial gravable (en el caso de personas jurídicas). Para convertir bolívares a unidades tributarias se dividen los bolívares entre el valor actual de la unidad tributaria (ej: Bs. 100.000,00 / 96,00 = 687,5 unidades tributarias) (UT: 2009, 2010, 2011, 2012).
Declaración del ISLR para Personas Jurídicas (Seniat)
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Detalles sobre el Impuesto sobre la Renta (ISLR), el cálculo del ISLR y su declaración; en esta ocasión todo en lo que respecta a las personas jurídicas.

El régimen legal del Impuesto sobre la Renta (ISLR) para personas jurídicas se encuentra establecido en la Ley del ISLR (LISLR) publicada en la Gaceta Oficial extraordinaria Nº 38.628 del 16 de febrero de 2007. Esta ley es realmente una reforma sobre la Ley del ISLR de 2001 y se diferencia sobre leyes anteriores en el gravado subsidiario de la renta extranjera y el reconocimiento (como crédito) de aquellos impuestos pagados en el extranjero.
Según el tercer aparte del artículo 79 de la Ley del ISLR, toda persona jurídica (empresas, sociedades, comunidades, organismos, etc.) está obligada a declarar sus enriquecimientos o pérdidas al final de cada ejercicio fiscal, cualquiera sea el monto de los mismos (ver: Ingresos brutos vs. ingresos de enriquecimiento neto). A esta regla aplican las excepciones previstas (exenciones) en el artículo 14 de la Ley del ISLR (ver: Exenciones al ISLR, Exenciones vs. exoneraciones).
Se denomina persona jurídica a un sujeto de derechos y obligaciones que no existe como individuo sino como institución, y que es creada por una o más personas físicas para cumplir un determinado papel. Las personas jurídicas son entidades a las que el Derecho atribuye y reconoce una personalidad jurídica propia y, en consecuencia, tienen capacidad para actuar como sujetos de derecho, esto es, capacidad para adquirir y poseer bienes de todas clases, para contraer obligaciones y ejercitar acciones judiciales.
Se consideran personas jurídicas a: compañías anónimas y las sociedades de responsabilidad limitada; las sociedades en nombre colectivo, en comandita simple, las comunidades, así como cualesquiera otras sociedades de personas, incluidas las irregulares o de hecho; los titulares de enriquecimientos provenientes de actividades de hidrocarburos y conexas, tales como la refinación y el transporte, sus regalistas y quienes obtengan enriquecimientos derivados de la exportación de minerales, de hidrocarburos o de sus derivados; las asociaciones, fundaciones, corporaciones y demás entidades económicas no citadas en los puntos anteriores.
Declaración del ISLR para Personas Naturales (Seniat)
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Detalles sobre el Impuesto sobre la Renta (ISLR), el cálculo del ISLR y su declaración; todo en lo que respecta a las personas naturales.

El Impuesto sobre la Renta (ISLR) se encuentra establecido en la Ley del ISLR (LISLR) publicada en la Gaceta Oficial extraordinaria Nº 38.628 del 16 de febrero de 2007. Esta ley es realmente una reforma sobre la Ley del ISLR de 2001 y se diferencia sobre leyes anteriores en el gravado subsidiario de la renta extranjera y el reconocimiento (como crédito) de aquellos impuestos pagados en el extranjero.
Según el artículo 79 de la Ley del ISLR, deben declarar el ISLR todas aquellas personas naturales y herencias yacentes asimiladas a estas, que hayan obtenido durante el ejercicio económico un enriquecimiento neto anual superior a 1.000 tributarias o ingresos brutos superiores a 1.500 unidades tributarias (ver: Ingresos brutos vs. ingresos de enriquecimiento neto). Cuando una de estas dos condiciones se cumpla (1.000 UT de enriquecimiento o 1500 UT de ingresos) corresponde declarar el ISLR. El 31 de marzo de cada año vence el plazo para declarar el Impuesto sobre la Renta.
También deberán declarar el ISLR todas aquellas personas naturales que hayan percibido ingresos brutos superiores a 2.625 unidades tributarias, siempre que deriven únicamente de las actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras o piscícolas a nivel primario, salvo lo dispuesto en el Decreto de Exoneración N° 838 del 31/05/2000.
Las personas naturales con base fija en el territorio nacional, están obligadas a presentar declaración definitiva conforme a los enriquecimientos obtenidos dentro y fuera del país atribuible a dicha base fija, en caso de la personas naturales no residentes, están obligados al cumplimiento de este deber formal cualquiera que sea el monto de sus enriquecimientos.
Ingresos brutos vs. ingresos de enriquecimiento neto
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Definición y diferencias entre los términos "ingresos de enriquecimiento neto" e "ingresos brutos", empleados en la declaración de impuestos en Venezuela.

Según el artículo 79 de la Ley del ISLR, deben declarar el Impuesto sobre la Renta todas aquellas personas naturales con ingresos de enriquecimiento neto superiores a las 1.000 unidades tributarias y aquellas con ingresos brutos superiores a las 1.500 unidades tributarias (valores de la Unidad Tributaria: 2009, 2010, 2011, 2012).
Ahora, según esta norma, cuando una de estas dos condiciones se cumple, la persona natural debe declarar el ISLR al cierre del año fiscal. Por eso es importante diferenciar entre ambos términos, dado que suelen prestarse a confusión.
Los ingresos brutos son aquellos beneficios económicos que una persona natural o jurídica ha obtenido durante un año fiscal por cualquier actividad que realice. Mientras que con ingresos de enriquecimiento neto se define el incremento de patrimonio durante un año fiscal, que se calcula restando a sus ingresos brutos, aquellos costos y deducciones permitidos por la Ley. Así podemos observar que el cálculo uno depende del otro.
Cálculo del enriquecimiento neto
Enriquecimiento neto = Ingreso bruto - (costos y deducciones)
Vea además: Exenciones y exoneraciones, Exenciones al ISLR.
Exenciones al Impuesto sobre la Renta (ISLR) (2011, 2012, 2013)
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Las exenciones en Venezuela al Impuesto sobre la Renta (ISLR) se encuentran establecidas en la ley y liberan a personas naturales o jurídicas de ciertas obligaciones tributarias.

Las exenciones tributarias son un beneficio otorgado a través de las leyes donde se libera del pago total o parcial del Impuesto sobre la Renta (ú otro impuesto como el IVA). Las exenciones se diferencian de las exoneraciones tributarias en que la exención se establece previamente en la ley y la solicita la entidad que declara el ISLR, mientras que la exoneración es un derecho del ejecutivo nacional (Presidente de la Republica y entes adscritos como el Seniat) establecido en el Código Orgánico Tributario para decretar beneficios de la liberación total o parcial del pago de impuestos (ver: Exenciones y exoneraciones).
El texto legal que rige el ISLR y sus exenciones es la "Ley de Impuesto Sobre la Renta" (LISLR), publicada en Gaceta Oficial N° 38.628 del 16/02/2007. Esta ley está reglamentada a través del "Reglamento de Impuesto Sobre la Renta" (RISLR) publicado en la Gaceta Oficial N° 5.662 (Extraordinario) del 24/09/2003.
En Venezuela, la Ley del ISLR establece exenciones expresas como las que establece en su artículo 14 y exenciones tácitas como las que establece en su artículo 79. Según el artículo 79, están exentas de declarar el Impuesto sobre la Renta todas aquellas personas naturales con ingresos de enriquecimiento neto iguales o inferiores a las 1.000 unidades tributarias y aquellas con ingresos brutos iguales o inferiores 1.500 unidades tributarias (valores de la Unidad Tributaria: 2009, 2010, 2011, 2012).
Igual exención tendrán las personas naturales que se dediquen exclusivamente a la realización de actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras o piscícolas a nivel primario y obtengan ingresos brutos iguales o menores a 2.625 unidades tributarias. Las sociedades anónimas y otras entidades no exentas deberán presentar declaración anual de sus enriquecimientos o pérdidas, cualquiera sea el monto de los mismos.
Exoneración de impuestos (IVA, ISLR y tasas) a materiales de construcción
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Desde el 3 de mayo de 2011 entraron en vigencia las exoneraciones a al IVA, el el Impuesto Sobre La Renta (ISLR) y de las tasas correspondientes a nacionalizaciones sobre los materiales para el sector construcción, según se publicó en Gaceta Oficial N° 39.665.

Esta medida fue tomada a través del Decreto N° 8.174 publicado en Gaceta Oficial N° 39.665 del 3 de mayo de 2011, fecha en la que entró en vigencia. Según el decreto quedaron exonerados del Impuesto al Valor Agregado (IVA), Pagos de Aranceles de Importación y Tasas Aduaneras a todas aquellas actividades relacionadas a la venta e importación de materiales de construcción.
Entre los productos exonerados del IVA se encuentran: cemento gris y blanco, yeso, cal, pego, vidrio, ladrillos de arcilla y concreto, tejas, productos cerámicos, piezas sanitarias económicas, tableros de fibrocemento, cabillas de barras de acero, mallas de acero, perfiles estructurados de acero y aluminio, madera aserrada, tablero de madera contraenchapada, tipo OSB, MDF, componentes prefabricados de concreto, plástico, madera, piezas para sistemas eléctricos, medidores de electricidad, apagadores, tomacorrientes, sócates plásticos o cerámicos, entre otros insumos.
Entre los servicios exonerados del pago de tributos se encuentran: "estudios, proyectos, diseños, fabricación, construcción, modernización, actualización de tecnología, instalación, montaje, mantenimiento, reparación, rehabilitación, reconstrucción, recuperación" que se ejecuten conforme a lo establecido en el cumplimiento de la Ley Orgánica de Emergencia para Terrenos y Vivienda, y la Gran Misión Vivienda Venezuela.
Seniat impondrá sanciones a quienes no cancelaron el ISLR
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Entre Bs 380 y Bs tres mil 800 están comprendidas las multas para aquellos contribuyentes que no declararon ni pagaron el impuesto antes del plazo establecido.

Luego del plazo establecido por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) para declarar y pagar el Impuesto Sobre La Renta (ISLR), se siente una aparente calma.
Sin embargo, solo aquellos contribuyentes que sí cancelaron sus gananciales pueden sentirse tranquilos, pues ahora comienza el dolor de cabeza para quienes no lo hicieron.
El superintendente Nacional Aduanero y Tributario, José David Cabello Rondón, indicó días antes de finalizar la fecha tope, que se establecen sanciones comprendidas entre las 5 unidades tributarias (380 bolívares) y las 50 unidades tributarias (3 mil 800 bolívares), dependiendo de la falta, de acuerdo con el artículo 103 del Código Orgánico Tributario (COT).
Los contribuyentes, que por una razón u otra, oculten, manipulen información o engañen a la administración aduanera y recaudadora, les puede costar hasta su libertad, según lo establece el artículo 115 del Código Orgánico Tributario por el delito de defraudación tributaria.
Cabello explicó que en caso de omitir ingresos en la declaración y pago del ISLR, un contribuyente se hace merecedor de multas desde 10% hasta 200% del monto del tributo omitido.
Personas naturales pueden cancelar ISLR hasta en 3 partes
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El SENIAT notificó que todas aquellas personas naturales obligadas a cancelar el Impuesto Sobre la Renta (ISLR) pueden hacerlo hasta en tres partes.
El superintendente tributario, José David Cabello Rondón, indicó que en un comunicado que los contribuyentes particulares (personas naturales) pueden cancelar el ISLR hasta en tres partes, para lo cual solo deben manifestar su decisión a la administración tributaria y solicitar el pago fraccionado. A través de esta opción, la primera parte se debe cancelar al momento de realizar la declaración definitiva de la renta, vale decir, antes del 31 de marzo de 2011 o incluso el mismo día. La segunda fracción se debe cancelar antes del 20 de abril del presente año y finalmente, la tercera porción deberá cancelarse antes del 10 de mayo de 2011.
En cuanto a las personas jurídicas, el Seniat aclaró que la cancelación del ISLR debe hacerse en un solo pago junto con la declaración. El plazo para hacerlo es hasta el 31 de marzo, sin prórroga.
Están obligados(as) primariamente a declarar el ISLR todas las personas naturales y herencias yacentes asimiladas a estas, que hayan obtenido durante el ejercicio económico un enriquecimiento neto anual superior a mil unidades tributarias (1.000 U.T. = Bsf. 65.000,00) o ingresos superiores a mil quinientas unidades tributarias (1.500 U.T. = Bsf. 97.500,00). La Unidad Tributaria a aplicar para los impuestos por períodos anuales, tal y como lo es el ISLR, es a Bsf. 65,00 en la declaración de 2011 (par. 3ero. Art. 3 del COT-2001).
Las personas que se dediquen exclusivamente a actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras y piscícolas a nivel primario, deben haber obtenido enriquecimientos brutos superiores a 2.625 UT (Bsf. 170.625). Y las jurídicas en este sector, sea cual sea su enriquecimiento o pérdida fiscal deberan declarar. Si tratándose de persona natural funcionario público, y docentes univ. deberan declarar sea cual sea sus ingresos. Providencia Administrativa N° 0948 (Gaceta Oficial 38.319 del 22/11/2005).
Seniat exhortó al pago del ISLR antes del 31 de marzo
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El Seniat exhortó a realizar el pago del ISLR a través de comunicado de prensa.
El Superintendente Nacional Aduanero y Tributario, José David Cabello Rondón, informó que toda persona natural o jurídica, residente o domiciliada en Venezuela, deberá pagar el Impuesto sobre la Renta (ISLR) de cualquier origen sea que la causa o la fuente de ingresos esté situada dentro del país o fuera de él, como establece el artículo 1º de la Ley de Impuesto Sobre la Renta. Esto aplica incluso a aquellos venezolanos que se encuentren fuera del país.
Están obligados(as) primariamente a declarar el ISLR todas las personas naturales y herencias yacentes asimiladas a estas, que hayan obtenido durante el ejercicio económico un enriquecimiento neto anual superior a mil unidades tributarias (1.000 U.T. = Bsf. 65.000,00) o ingresos superiores a mil quinientas unidades tributarias (1.500 U.T. = Bsf. 97.500,00). La Unidad Tributaria a aplicar para los impuestos por períodos anuales, tal y como lo es el ISLR, es a Bsf. 65,00 en la declaración de 2011 (par. 3ero. Art. 3 del COT-2001).
Las personas que se dediquen exclusivamente a actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras y piscícolas a nivel primario, deben haber obtenido enriquecimientos brutos superiores a 2.625 UT (Bsf. 170.625). Y las jurídicas en este sector, sea cual sea su enriquecimiento o pérdida fiscal deberan declarar. Si tratándose de persona natural funcionario público, y docentes univ. deberan declarar sea cual sea sus ingresos. Providencia Administrativa N° 0948 (Gaceta Oficial 38.319 del 22/11/2005). TODOS DECLARAN VIA ONLINE!! según Providencia Administrativa N° 0103 (Gaceta Oficial N° 39.296 del 30/10/2009).
La fecha limite para la declaración del ISLR es el 31 de marzo de 2011.