Gaceta Oficial
Aumento del salario mínimo (2013-2014) en Venezuela (Gaceta Oficial 40157)
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El pasado 30 de abril se publicó en Gaceta Oficial el decreto presidencial N° 30 en el que se estableció el aumento del salario mínimo 2013-2014 para trabajadores y pensionados, que se ubicará este año entre 38% y 45%
| Aumento del salario 2011 en dos fases: | ||
|---|---|---|
| 1ro de Mayo 2013 |
+20% | Bs. 2.457,02 |
| 1ro de Sept. 2013 | +10% | Bs. 2.661,78 |
| 1ro de Nov. 2013 (depende de la inflación) |
+5% +10% |
Bs. 2.794,86 Bs. 2.927,95 |
El aumento del salario mínimo en 2013 se realizará en 3 fases. A partir del 1ro de mayo de 2013 comenzó a aplicarse la primera fase con el aumento del 20% en el salario mínimo, quedando este estimado en 2.457,02 bolívares siendo el equivalente de 81,90 bolívares diarios por jornada diurna.
A partir del 1ro de septiembre de 2013 se hará efectivo la segunda fase del aumento, establecido en 10%, lo que llevará el sueldo mínimo a 2.661,78 bolívares, siendo el equivalente de la cantidad de 90,09 bolívares diarios por jornada diurna.

Este aumento del salario mínimo en 3 fases se realizó a través del decreto presidencial N° 30 y fue oficializado con su publicación en la Gaceta Oficial Nro. 40.157, del martes 30 de abril de 2013.
Precio de la Unidad Tributaria (2013) aumentó a 107 bolívares
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El valor de la Unidad Tributaria aumentará de los actuales 90 bolívares hasta los 107 bolívares, a partir del momento en que sea publicado en Gaceta Oficial.
| Valor de la Unidad Tributaria 2013 |
| Bs. 107,00 |
La Unidad Tributaria (UT) es la unidad base empleada en el calculo de las imposiciones, sanciones y multas aplicadas por el SENIAT y otros organismos tributarios nacionales, regionales y municipales. La UT también se emplea en el calculo de las exenciones y exoneraciones en el IVA y el ISLR, así que su aumento no necesariamente es algo malo para el bolsillo. La UT se emplea además en áreas laborales (Ver: Cesta Tickets 2012-2013) y obligaciones contractuales, así como en el costo de los timbres fiscales empleados para la tramitación de documentos legales como el pasaporte y tasas aeroportuarias.

El aumento de la Unidad Tributaria suele realizarse al principio de cada año (usualmente en enero o febrero) con base a la tasa de inflación acumulada del año anterior. Sin embargo, desde el año 2007 el ajuste de la UT había sido notablemente por debajo de la tasa de inflación del año anterior, lo que es diferente con el presente aumento. En 2010 la inflación cerró en 26,9% mientras que la UT aumentó 17,5% en 2011. En 2011 la inflación cerró en 27,6% mientras que la UT aumentó 18,42% en 2012. En 2012 la tasa de inflación cerró en 20,1% mientras que la UT aumentó en una tasa comparable de 19% con el presente aumento (2013).
Este ajuste de la UT no deberá impactar la declaración del Impuesto Sobre la Renta (ISLR) que se debe realizar antes del 31 de marzo de este año. El valor de la Unidad Tributaria vigente para declarar el ISLR antes que termine el mes de marzo de 2013 es la que fue ajustada en 2012 a Bsf. 90,00. El nuevo valor de la UT a 107 bolívares deberá emplearse para la declaración del ISLR que se deberá realizar en 2014.
Este aumento entrará en vigencia a partir de su publicación en Gaceta Oficial.
Aumento del Salario Mínimo 2012-2013 en Gaceta Oficial Nº 39.908
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Con su publicación en Gaceta Oficial fue oficializado en aumento del salario mínimo que entrará en vigencia a partir del 1ro de mayo, y su segunda fase para el 1ro de septiembre.

En la Gaceta Oficial Nº 39.908, fue oficializado el aumento de 32,25% del salario mínimo mensual para todos aquellos trabajadores que presten servicios en los sectores público y privado. A partir del 1º de mayo de 2012, los trabajadores que devenguen salario mínimo cobrarán BsF 1.780,45 mensuales y BsF 59,34 por jornada diurna, equivalente a un incremento de 15%. Desde el 1º de septiembre de 2012, los trabajadores ganarán como salario mínimo mensual BsF 2.047,52 y BsF 68,25 por jornada diurna, lo que equivale al 17,2% restante.
El decreto Nº 8.920 de la Presidencia de la República especifica que este aumento del salario mínimo también será aplicado como monto mínimo para el pago a jubilados y pensionados.
El salario mínimo mensual para adolescentes y aprendices pasa a ser de BsF 1.323,86 y BsF 44,12 por jornada diurna, a partir del 1º de mayo. En el mes de septiembre, pasarán a cobrar BsF 1.522,43 mensuales y BsF 50,74 por jornada diurna.
Este aumento del salario mínimo en sus dos fases estará vigente hasta el año 2013, cuando sea decretado el aumento de ese año, generalmente para el 1ro de mayo.
En este post colocaré la Gaceta Oficial una vez que esté disponible.
Cadivi excluye 12 carreras universitarias (áreas) del dólar preferencial
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Según resolución dictada por el Ministerio de Educación Universitaria, se establecen las carreras seleccionadas porque obedecen "a los lineamientos del Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación 2007-2013".
Los estudios de pregrado y postgrado en el exterior en profesiones como: Psicología, Letras, Comunicación Social, Historia, Estudios Internacionales, Sociología, Derecho y Economía quedan excluidos de la asignación de dólares para estudios en el extranjero de la Comisión de Administración de Divisas (Cadivi), así lo señala Panorama en su página web.
A través de su cuenta en Twitter Cadivi señaló que seguirá dando divisas a estudiantes que ya están en el exterior. "A todos los estudiantes que se encuentren en el exterior, se les seguirán atendiendo sus solicitudes hasta culminar su actividad académica". De ninguna manera las personas que se encuentran en el exterior verán afectadas sus actividades académicas.
Quienes deseen estudiar carreras que están fuera de las incluidas en Gaceta oficial, tienen la opción de asistir al Sitme pero sin el beneficio que tienen las carreras prioritarias publicadas, según Informecifras.com.
Ley de Alimentación para los Trabajadores y las Trabajadoras
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La Ley de Alimentación (2011) establece los parámetros para el otorgamiento del beneficio de alimentación (una comida balanceada al día) para "los trabajadores y las trabajadoras", bien sea mediante tickets o cupones, tarjetas electrónicas o comedores.

El beneficio de alimentación de los trabajadores se encuentra regulado el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Alimentación para los Trabajadores y las Trabajadoras. Ahora, estas normas fueron recientemente modificadas por el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de REFORMA PARCIAL de la Ley Alimentación para los Trabajadores y las Trabajadoras (Decreto Nº 8.189), publicado en la Gaceta Oficial N° 39.666 del 04 Mayo de 2011.
Según la Ley de Alimentación, los empleadores tanto del sector público como del sector privado, otorgarán a todos los trabajadores el beneficio de una comida balanceada durante la jornada de trabajo, siempre y cuando la remuneración no exceda de 3 salarios mínimos. Se entiende por "comida balanceada" aquélla que reúna las condiciones calóricas y de calidad, tomando como referencia las recomendaciones y criterios establecidos por el órgano competente en materia de nutrición.
El beneficio de alimentación puede ser otorgado mediante comedores propios operados por el empleador o contratados con terceros; mediante comedores comunes por parte de varias empresas; mediante la contratación de comida elaborada por empresas especializadas; a través de cupones, tickets o tarjetas electrónicas de alimentación (ver: cálculo de los cesta tickets); o mediante comedores del órgano competente en materia de nutrición.
El beneficio de alimentación no podrá ser pagado en efectivo a menos que la empresa tenga menos de 20 trabajadores y al empleador se le dificulte cumplir con los medios de otorgamiento, o que los trabajadores, independientemente de su número, se les dificulte acceder a los establecimientos habilitados para canjear los cupones o tickets de alimentación, o utilizar la tarjeta electrónica.
Régimen Hipotecario para la Adquisición de Vivienda
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En Venezuela existen varias figuras para el aporte de fondos y el otorgamiento de créditos hipotecarios, bien sea para Vivienda Principal o para Vivienda Secundaria.

El ahorro habitacional obligatorio fue establecido en la Ley de Política Habitacional (LPH) desde la década de los 90 como un instrumento para satisfacer las necesidades de vivienda existentes en Venezuela mediante créditos habitacionales. Con la LPH y su Reforma en el año 2000, se reguló la política del Estado en materia de vivienda hasta su derogación con la entrada en vigencia el 31/07/2008 de la nueva Ley de Vivienda y Hábitat (LRPVH).
Con la nueva Ley de Vivienda y Hábitat se crearon diferentes Fondos de Ahorro para la Vivienda (FAOV, FAVV, FASP), independientes uno del otro. Igualmente se encuentra previsto el Subsidio Directo Habitacional para el otorgamiento de ayudas económicas no reembolsables. Además se hace mención, aunque no hayan sido implementados aún, sobre créditos para construcción y mejoras, así como de los denominados créditos mixtos para la adquisición tanto del terreno como la construcción de la vivienda sobre el mismo.
Adicionalmente al sistema hipotecario de interés social, el 30 de enero de 2005 entró en vigencia la nueva Ley Especial de Protección al Deudor Hipotecario, con la que se vino a resolver el problema de los créditos indexados (con intereses sobre intereses) que afectaba a unas 70.000 familias, así como de los créditos denominados en dólares. Con esta ley se introdujo el Régimen Legal para el otorgamiento de Créditos Hipotecarios para la adquisición de Viviendas, bien sea principales o secundarias, que no se encuentren amparadas bajo otro régimen hipotecario más favorable (como la LPH o la LRPVH). Los fondos de los créditos hipotecarios otorgados bajo esta ley provienen de los recursos propios de las Instituciones financieras, denominados Cartera Hipotecaria Obligatoria (CHO).
A continuación, una tabla con las diferentes figuras hipotecarias en Venezuela.
Precio regulado de 19 productos básicos en Gaceta Oficial (SUNDECOP)
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Precios de 19 productos de primera necesidad fueron rebajados por el gobierno, a través de la nueva Superintendencia Nacional de Costos y Precios (SUNDECOP).
El pasado martes 28 de febrero fueron publicados en Gaceta Oficial los precios fijados por el gobierno sobre 19 rubros que se encontraban congelados desde el mes de diciembre. Tal y como anunció el pasado lunes el Vicepresidente Elías Jaua, en Gaceta Ofical se estableció el Precio Máximo de Venta al Público (PMVP) de los productos.
Sobre estos 19 rubros, suman unos 612 productos de aseo personal, limpieza del hogar y alimentos, que serán regulados mediante un precio máximo de venta al público con una disminución de entre el 4% y el 25% de sus precios actuales. Según la SUNDECOP, esta disminución de precios es una "Primera Fase".
El listado a continuación:
Cupo de Viajero y Efectivo (Cadivi) (2011, 2012, 2013)
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Continua vigente la providencia Nº 099 por la que Cadivi estableció una tabla de asignación de divisas para viajeros, dependiendo del destino y la duración del viaje.

En el marco del Control de Cambios establecido desde el año 2003, los cupos de viajero que se aprobarán a partir del 1ro de enero de 2010, dependen ahora del destino y la duración del viaje, según sea registrado al momento de solicitar el cupo. Algunos destinos como Colombia, Panamá y las Islas del Caribe fueron penalizados como consecuencia del auge de los negocios cambiarios (vea además: Reforma a la Ley de Ilícitos Cambiarios). Los cupos electrónicos se mantienen en un tope de 400 dólares (USD) durante todo el año, para el pago de bienes y consumos en el extranjero (por Internet) con tarjetas de crédito. Los cupos en efectivo también se mantienen con un máximo de 500 dólares (USD) pero en algunos de los destinos penalizados se encuentra limitado a 300 dólares.
El régimen cambiario actual establece el otorgamiento de cupos en efectivo para niños y adolescentes, con un máximo de 500 dólares (USD) o de 400 euros según sea el destino, por ejemplo en países europeos. La escala y el procedimiento para solicitar los cupos para niños es similar al procedimiento de los adultos (hay algunos documentos adicionales como la partida de nacimiento, revise la Providencia 099 -debajo- para más detalles), pero en estos casos serán los representantes legales quienes deberán consignar la documentación.
Aumento de la Unidad Tributaria (2012) en Gaceta Oficial N° 39.866
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El aumento de la Unidad Tributaria de 76 bolívares a 90 bolívares, se hizo oficial con su publicación en la Gaceta Oficial del día de hoy.

El pasado martes 14 de febrero fue anunciado el nuevo precio de la Unidad Tributaria que quedó establecido en 90 bolívares para el año fiscal 2012. Este aumento entró en vigencia con la publicación de la Providencia Nº SNAT/2012/0005 en la Gaceta Oficial N° 39.866 que circuló el día de hoy (17/02/2012). A los efectos de la declaración del Impuesto Sobre la Renta (ISLR) del ejercicio 2011 se usará la anterior UT de 76 bolívares.
La Unidad Tributaria (UT) es la unidad base empleada en el calculo de las imposiciones, sanciones y multas aplicadas por el SENIAT y otros organismos tributarios nacionales, regionales y municipales. La UT también se emplea en el calculo de las exenciones y exoneraciones en el IVA y el ISLR, así que su aumento no necesariamente es algo malo para el bolsillo. La UT se emplea además en áreas laborales (Ver: Cesta Tickets 2012-2013) y obligaciones contractuales, así como en el costo de los timbres fiscales empleados para la tramitación de documentos legales como el pasaporte y tasas aeroportuarias.
Para mayor información sobre el aumento de la Unidad Tributaria y sus efectos:
Exenciones al Impuesto sobre la Renta (ISLR) (2011, 2012, 2013)
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Las exenciones en Venezuela al Impuesto sobre la Renta (ISLR) se encuentran establecidas en la ley y liberan a personas naturales o jurídicas de ciertas obligaciones tributarias.

Las exenciones tributarias son un beneficio otorgado a través de las leyes donde se libera del pago total o parcial del Impuesto sobre la Renta (ú otro impuesto como el IVA). Las exenciones se diferencian de las exoneraciones tributarias en que la exención se establece previamente en la ley y la solicita la entidad que declara el ISLR, mientras que la exoneración es un derecho del ejecutivo nacional (Presidente de la Republica y entes adscritos como el Seniat) establecido en el Código Orgánico Tributario para decretar beneficios de la liberación total o parcial del pago de impuestos (ver: Exenciones y exoneraciones).
El texto legal que rige el ISLR y sus exenciones es la "Ley de Impuesto Sobre la Renta" (LISLR), publicada en Gaceta Oficial N° 38.628 del 16/02/2007. Esta ley está reglamentada a través del "Reglamento de Impuesto Sobre la Renta" (RISLR) publicado en la Gaceta Oficial N° 5.662 (Extraordinario) del 24/09/2003.
En Venezuela, la Ley del ISLR establece exenciones expresas como las que establece en su artículo 14 y exenciones tácitas como las que establece en su artículo 79. Según el artículo 79, están exentas de declarar el Impuesto sobre la Renta todas aquellas personas naturales con ingresos de enriquecimiento neto iguales o inferiores a las 1.000 unidades tributarias y aquellas con ingresos brutos iguales o inferiores 1.500 unidades tributarias (valores de la Unidad Tributaria: 2009, 2010, 2011, 2012).
Igual exención tendrán las personas naturales que se dediquen exclusivamente a la realización de actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras o piscícolas a nivel primario y obtengan ingresos brutos iguales o menores a 2.625 unidades tributarias. Las sociedades anónimas y otras entidades no exentas deberán presentar declaración anual de sus enriquecimientos o pérdidas, cualquiera sea el monto de los mismos.