Impuesto al Valor Agregado
Precio de la Unidad Tributaria (2013) aumentó a 107 bolívares
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El valor de la Unidad Tributaria aumentará de los actuales 90 bolívares hasta los 107 bolívares, a partir del momento en que sea publicado en Gaceta Oficial.
| Valor de la Unidad Tributaria 2013 |
| Bs. 107,00 |
La Unidad Tributaria (UT) es la unidad base empleada en el calculo de las imposiciones, sanciones y multas aplicadas por el SENIAT y otros organismos tributarios nacionales, regionales y municipales. La UT también se emplea en el calculo de las exenciones y exoneraciones en el IVA y el ISLR, así que su aumento no necesariamente es algo malo para el bolsillo. La UT se emplea además en áreas laborales (Ver: Cesta Tickets 2012-2013) y obligaciones contractuales, así como en el costo de los timbres fiscales empleados para la tramitación de documentos legales como el pasaporte y tasas aeroportuarias.

El aumento de la Unidad Tributaria suele realizarse al principio de cada año (usualmente en enero o febrero) con base a la tasa de inflación acumulada del año anterior. Sin embargo, desde el año 2007 el ajuste de la UT había sido notablemente por debajo de la tasa de inflación del año anterior, lo que es diferente con el presente aumento. En 2010 la inflación cerró en 26,9% mientras que la UT aumentó 17,5% en 2011. En 2011 la inflación cerró en 27,6% mientras que la UT aumentó 18,42% en 2012. En 2012 la tasa de inflación cerró en 20,1% mientras que la UT aumentó en una tasa comparable de 19% con el presente aumento (2013).
Este ajuste de la UT no deberá impactar la declaración del Impuesto Sobre la Renta (ISLR) que se debe realizar antes del 31 de marzo de este año. El valor de la Unidad Tributaria vigente para declarar el ISLR antes que termine el mes de marzo de 2013 es la que fue ajustada en 2012 a Bsf. 90,00. El nuevo valor de la UT a 107 bolívares deberá emplearse para la declaración del ISLR que se deberá realizar en 2014.
Este aumento entrará en vigencia a partir de su publicación en Gaceta Oficial.
Exonerados por 5 años impuestos para importar bienes e insumos médicos
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Importaciones de bienes, materiales e insumos médicos quirúrgicos, fueron exoneradas de impuestos durante 5 años por parte del gobierno nacional.

La medida, que es válida para importaciones que se realicen como parte de los convenios de corporación suscritos entre Venezuela y países como: China, Portugal, Turquía, Colombia y Alemania, por intermedio del Ministerio del Poder Popular para la Salud, entró en vigencia luego que se publicará la resolución N°8.847 en la Gaceta Oficial N°39.882 de fecha 13 de marzo de 2012.
La resolución añade que para la implementación de esta medida se debe presentar ante la Gerencia de Aduanas del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat), el listado que relacione los bienes a importar a los tratados y acuerdos firmados por la República. Siendo entonces el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria el órgano encargado de la nacionalización de los bienes.
Con información de AVN.
Aumento de la Unidad Tributaria (2012) en Gaceta Oficial N° 39.866
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El aumento de la Unidad Tributaria de 76 bolívares a 90 bolívares, se hizo oficial con su publicación en la Gaceta Oficial del día de hoy.

El pasado martes 14 de febrero fue anunciado el nuevo precio de la Unidad Tributaria que quedó establecido en 90 bolívares para el año fiscal 2012. Este aumento entró en vigencia con la publicación de la Providencia Nº SNAT/2012/0005 en la Gaceta Oficial N° 39.866 que circuló el día de hoy (17/02/2012). A los efectos de la declaración del Impuesto Sobre la Renta (ISLR) del ejercicio 2011 se usará la anterior UT de 76 bolívares.
La Unidad Tributaria (UT) es la unidad base empleada en el calculo de las imposiciones, sanciones y multas aplicadas por el SENIAT y otros organismos tributarios nacionales, regionales y municipales. La UT también se emplea en el calculo de las exenciones y exoneraciones en el IVA y el ISLR, así que su aumento no necesariamente es algo malo para el bolsillo. La UT se emplea además en áreas laborales (Ver: Cesta Tickets 2012-2013) y obligaciones contractuales, así como en el costo de los timbres fiscales empleados para la tramitación de documentos legales como el pasaporte y tasas aeroportuarias.
Para mayor información sobre el aumento de la Unidad Tributaria y sus efectos:
Exenciones al Impuesto sobre la Renta (ISLR) (2011, 2012, 2013)
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Las exenciones en Venezuela al Impuesto sobre la Renta (ISLR) se encuentran establecidas en la ley y liberan a personas naturales o jurídicas de ciertas obligaciones tributarias.

Las exenciones tributarias son un beneficio otorgado a través de las leyes donde se libera del pago total o parcial del Impuesto sobre la Renta (ú otro impuesto como el IVA). Las exenciones se diferencian de las exoneraciones tributarias en que la exención se establece previamente en la ley y la solicita la entidad que declara el ISLR, mientras que la exoneración es un derecho del ejecutivo nacional (Presidente de la Republica y entes adscritos como el Seniat) establecido en el Código Orgánico Tributario para decretar beneficios de la liberación total o parcial del pago de impuestos (ver: Exenciones y exoneraciones).
El texto legal que rige el ISLR y sus exenciones es la "Ley de Impuesto Sobre la Renta" (LISLR), publicada en Gaceta Oficial N° 38.628 del 16/02/2007. Esta ley está reglamentada a través del "Reglamento de Impuesto Sobre la Renta" (RISLR) publicado en la Gaceta Oficial N° 5.662 (Extraordinario) del 24/09/2003.
En Venezuela, la Ley del ISLR establece exenciones expresas como las que establece en su artículo 14 y exenciones tácitas como las que establece en su artículo 79. Según el artículo 79, están exentas de declarar el Impuesto sobre la Renta todas aquellas personas naturales con ingresos de enriquecimiento neto iguales o inferiores a las 1.000 unidades tributarias y aquellas con ingresos brutos iguales o inferiores 1.500 unidades tributarias (valores de la Unidad Tributaria: 2009, 2010, 2011, 2012).
Igual exención tendrán las personas naturales que se dediquen exclusivamente a la realización de actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras o piscícolas a nivel primario y obtengan ingresos brutos iguales o menores a 2.625 unidades tributarias. Las sociedades anónimas y otras entidades no exentas deberán presentar declaración anual de sus enriquecimientos o pérdidas, cualquiera sea el monto de los mismos.
Precio de la Unidad Tributaria (2012) aumentó a 90 bolívares
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El valor de la Unidad Tributaria aumentará de los actuales 76 bolívares hasta los 90 bolívares, a partir del momento en que sea publicado en Gaceta Oficial.
| Valor de la Unidad Tributaria 2012 |
| Bsf. 90,00 |
La Unidad Tributaria (UT) es la unidad base empleada en el calculo de las imposiciones, sanciones y multas aplicadas por el SENIAT y otros organismos tributarios nacionales, regionales y municipales. La UT también se emplea en el calculo de las exenciones y exoneraciones en el IVA y el ISLR, así que su aumento no necesariamente es algo malo para el bolsillo. La UT se emplea además en áreas laborales (Ver: Cesta Tickets 2012-2013) y obligaciones contractuales, así como en el costo de los timbres fiscales empleados para la tramitación de documentos legales como el pasaporte y tasas aeroportuarias.
NOTA: El aumento de la UT 2012 fue publicado en Gaceta Oficial N° 39.866 (17/02/2012)

El aumento de la Unidad Tributaria suele realizarse al principio de cada año (usualmente en enero o febrero) con base a la tasa de inflación acumulada del año anterior. Sin embargo, desde el año 2007 el ajuste de la UT ha sido notablemente por debajo de la tasa de inflación del año anterior, pero sigue siendo un aumento interanual algo elevado. En 2010 la inflación cerró en 26,9% mientras que la UT aumentó 17,5% en 2011. En 2011 la inflación cerró en 27,6% mientras que la UT aumentó 18,42% en 2012.
Este ajuste de la UT no deberá impactar la declaración del Impuesto Sobre la Renta (ISLR) que se debe realizar antes del 31 de marzo de este año. El valor de la Unidad Tributaria vigente para declarar el ISLR en 2012 es la que fue ajustada en 2011 a Bsf. 76,00. El nuevo valor de la UT deberá emplearse para la declaración y pago del ISLR que se realizará en 2013.
Aumento de la Unidad Tributaria (2011) en 17,5% a 76 bolívares fuertes
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Fue aprobado y se encuentra en vigencia el aumento 2011 de la UT que pasará de 65 bolívares fuertes (Bsf. 65,00) a 76 bolívares fuertes (Bsf. 76,00).
El ajuste de la Unidad Tributaria (UT) a 76 bolívares ya se encuentra en vigencia con su publicación en la Gaceta Oficial Nº 39.623 [PDF] del 25 de febrero de 2011, con lo que cambian varias de las obligaciones y beneficios que son calculados con base a su valor.
| Valor de la Unidad Tributaria 2011 |
| Bsf. 76,00 |
La Unidad Tributaria (UT) es la unidad base empleada en el calculo de las imposiciones, sanciones y multas aplicadas por el SENIAT y otros organismos tributarios nacionales, regionales y municipales. La UT también se emplea en el calculo de las exenciones y exoneraciones en el IVA y el ISLR, así que su aumento no necesariamente es algo malo para el bolsillo. La UT se emplea además en áreas laborales y obligaciones contractuales, así como en el costo de los timbres fiscales empleados para la tramitación de documentos legales como el pasaporte y tasas aeroportuarias.
El ajuste de la Unidad Tributaria suele realizarse al principio de cada año (usualmente en enero o febrero) con base a la tasa de inflación acumulada del año anterior. Sin embargo, desde el año 2007 el ajuste de la UT ha sido notablemente por debajo de la tasa de inflación del año anterior, pero sigue siendo un aumento interanual algo elevado. En 2010 la inflación cerró en 26,9% mientras que la UT aumentó 17,5% en 2011.
Este ajuste de la UT no impactará en la declaración del Impuesto Sobre la Renta (ISLR) que se debe realizar antes del 31 de marzo de este año. Según la superintendente nacional de Tributos Internos, Fanny Márquez, el valor de la Unidad Tributaria vigente para declarar el ISLR en 2011 es la que fue ajustada en 2010 a Bsf. 65,00. El nuevo valor de la UT será el referente para la declaración y pago del ISLR que se realizará en 2012.
Chávez vetó Ley de Universidades y retractó el aumento del IVA en 2011
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Durante el primer consejo de ministro de este año, transmitido por VTV, el Presidente venezolano, Hugo Chávez, anunció que no promulgaría la nueva Ley de Universidades por considerar que debe someterse a una amplia discusión donde participen todos los sectores.

"Pienso que tiene muchas fortalezas y debilidades. Le pido comprensión a los universitarios que apoyan el proceso... Después de leer varias criticas constructivas, sugerencias, razonamientos en @chavezcandanga, de escritos confidenciales voy a vetar esta ley", anunció.
Además reconoció el presidente que la Ley de Universidades sancionada por la Asamblea Nacional tiene contradicciones y que es completamente inaplicable, en tal sentido afirmó: "exhorto a la Asamblea a que levante la sanción de la Ley. No es un artículo, es todo el cuerpo el que ha sido vetado", dijo.
Asimismo anunció que no será aumentado el Impuesto al Valor Agregado (IVA) como había sido anunciado el pasado mes de diciembre. " No vamos a aumentar el IVA ni un punto, ni dos puntos, ni nada", expresó.
El presidente Chávez, en un completo cambio de actitud, también pidió respeto para los diputados electos por la oposición a la AN: "Hay que pedirle al pueblo que respete a esos diputados. Fueron electos, como nosotros", dijo.
Evolución del valor de la Unidad Tributaria en Venezuela (1994-2011)
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Cuadro comparativo con el aumento de la Unidad Tributaria en Venezuela entre el año 1994 y el año 2011, en contraste con la inflación anual.
La unidad tributaria (UT) es la unidad base empleada en el calculo de las imposiciones, sanciones y multas aplicadas por el SENIAT y otros organismos tributarios municipales. La UT también se emplea en el calculo de las exenciones y exoneraciones en el IVA y el ISLR, así que su aumento no necesariamente es algo malo para el bolsillo. La UT se emplea además en áreas laborales y obligaciones contractuales, así como en los timbres fiscales empleados para la tramitación de documentos legales.
La Unidad Tributaria encuentra su origen legal en el artículo 229 del Código Orgánico Tributario vigente con la publicación de la Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 4.727. El ajuste de la Unidad Tributaria se hace al principio de cada año (usualmente en enero) con base a la tasa de inflación acumulada del año anterior, no siempre de forma certera. En el cuadro la inflación anual indicada corresponde al mismo año del aumento de la UT.
| Año | Valor | % de aumento | Fecha | Gaceta Oficial Nº | Providencia Nº | Inflación anual |
|---|---|---|---|---|---|---|
| 1994 | Bs. 1.000 | N/D | 27/05/1994 | 4.727 | S/N | 70,8% |
| 1995 | Bs. 1.700 | N/D | 07/07/1995 | 35.748 | 82 | 56,6% |
| 1996 | Bs. 2.700 | N/D | 18/07/1996 | 36.003 | 91 | 103,02% |
| 1997 | Bs. 5.400 | N/D | 04/06/1997 | 36.220 | 171 | 37,6% |
| 1998 | Bs. 7.400 | N/D | 14/01/1998 | 36.432 | 569 | 29,9% |
| 1999 | Bs. 9.600 | N/D | 05/04/1999 | 36.673 | 88 | 20,0% |
| 2000 | Bs. 11.600 | N/D | 24/05/2000 | 36.957 | 417 | 13,4% |
| 2001 | Bs. 13.200 | N/D | 24/04/2001 | 37.194 | N/D | 12,3% |
| 2002 | Bs. 14.800 | N/D | 05/03/2002 | 37.397 | N/D | 34,2% |
| 2003 | Bs. 19.400 | N/D | 05/02/2003 | 37.625 | 1565 | 27,1% |
| 2004 | Bs. 24.700 | N/D | 11/02/2004 | 37.877 | N/D | 19,2% |
| 2005 | Bs. 29.400 | 12% | 27/01/2005 | 38.118 | 0045 | 14,4% |
| 2006 | Bs. 33.600 | 14,29% | 04/01/2006 | 38.350 | 0007 | 17% |
| 2007 | Bs. 37.632 | 12% | 12/01/2007 | 38.603 | 0012 | 22,5% |
| 2008 | Bsf. 46,00 | 22% | 22/01/2008 | 38.855 | 0062 | 30.9% |
| 2009 | Bsf. 55,00 | 19,56% | 26/02/2009 | 39.127 | 0002344 | 25.1% |
| 2010 | Bsf. 65,00 | 18% | 05/02/2010 | 39.361 | 0007 | 26,9% |
| 2011 | Bsf. 76,00 | 17,5% | 25/02/2011 | 39.623 | 0009 | ¿ ? |
Un incremento oficial de la UT en 2011 debe darse entre los meses de enero y febrero.
Precio de Unidad Tributaria aumentó 18% a 65 bolívares (2010)
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La comisión de finanzas de la Asamblea Nacional aprobó el aumento que pasará de 46 bolívares fuertes (Bsf. 55,00) a 65 bolívares fuertes (Bsf. 55,00), lo que representa un incremento del 18% con respecto al año anterior.
El nuevo costo de la Unidad Tributaria será aplicado con carácter retroactivo para el ejercicio fiscal 2010 (desde enero) y parte de 2011, de esta forma todas las multas y la base mínima establecida para la declaración de impuestos (IVA, ISLR) se regirán con el nuevo valor. Por lo general el aumento de la UT se hacen durante el mes de enero o febrero, tomando en cuenta la inflación acumulada del año precedente, que en 2009 fue de 25,1%.
| Valor de la Unidad Tributaria 2010 |
| Bsf. 65,00 |
Con el aumento de la UT, se incrementa el costo de las estampillas a entregar para documentos legales y trámites como el pasaporte, las tasas aeroportuarias, las multas de transito y demás; el aumento de la UT también tiene efectos en cuanto a los aportes/créditos del Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda (antigua Ley de Política Habitacional) y los Cesta Tickets (o bonos de alimentación).
La providencia del Seniat que aumentó la UT fue publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.361 del 5 de febrero de 2010, fecha a partir de la cual entró en vigencia.
Unidad Tributaria aumentó 19% a 55 bolívares (2009)
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El aumento de Unidad Tributaria (UT) previsto para principios de 2009 acaba de ser aprobado por la Asamblea Nacional, pasando de 46 bolívares fuertes (Bsf. 46,00) a 55 bolívares fuertes (Bsf. 55,00).

Pasadas ya las elecciones del 15 de febrero por motivo de la Enmienda, la comisión permanente de finanzas de la Asamblea Nacional aprobó el aumento de la Unidad Tributaria en 19,56% en relación con el pasado año, quedando en 55 bolívares fuertes. Este incremento se hará efectivo en todo el ámbito nacional luego que sea promulgado por el SENIAT, justo al momento que sea publicado en la Gaceta Oficial.
El ajuste de la Unidad Tributaria se hace al principio de cada año (usualmente en enero) en base a la tasa de inflación acumulada del año anterior. Debido a que la inflación en 2008 terminó sobre el 30% se esperaba un ajuste de la UT que podría alcanzar los 60 bolívares fuertes, pero al igual que en 2007 el ajuste actual no alcanzó a la inflación del año anterior.
La unidad tributaria (UT) es la unidad base empleada en el calculo de las imposiciones, sanciones y multas aplicadas por el SENIAT y otros organismos tributarios municipales. La UT también se emplea en el calculo de las exenciones y exoneraciones en el IVA y el ISLR, así que su aumento no necesariamente es algo malo para el bolsillo. La UT se emplea además en áreas laborales y obligaciones contractuales, así como en el costo de los timbres fiscales empleados para la tramitación de documentos legales como el pasaporte.
Este aumento fue publicado en la Gceta Oficial Nº. 39.127 de fecha 26/02/2009.