Ley Habilitante 2011-2012
Reforma al Código Orgánico Procesal Penal (COPP) (2012-2013)
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La procuradora General de la República, Cilia Flores, anunció el pasado 13 de junio que fue aprobado en Consejo de Ministros la sexta Reforma al Código Orgánico Procesal Penal (COPP). Esto, sin la intervención de la Asamblea Nacional como órgano legislativo.

La Reforma al Código Orgánico Procesal Penal fue aprobada el martes 12 de junio vía Ley Habilitante en el Consejo de Ministros número 825 y entrará en vigencia a partir del 1º de enero de 2013. Entre los cambios notables de esta Reforma se encuentra la eliminación de los escabinos, la creación de tribunales municipales de control, y la posibilidad de la continuidad del proceso penal en ausencia del imputado. Esta Reforma se aprobó en el marco de la Ley Habilitante 2011-2012 que a su vez fue aprobada por la anterior Asamblea Nacional justo antes de las últimas elecciones legislativas.
Tribunales Mixtos
Con esta Reforma se elimina la figura de los Tribunales Mixtos del sistema procesal penal, basado en el sistema Alemán. El Tribunal Mixto lo constituyen, un juez profesional y dos ciudadanos de la comunidad que no deben ser abogados, llamados "escabinos" o "jueces escabinos", a quienes correspondía conocer de delitos cuya pena fuese mayor de 4 años. Los escabinos eran seleccionados en forma aleatoria de entre ciudadanos que cumpliesen los requisitos de ley. La eliminación de los escabinos del proceso penal, que será de aplicación inmediata a partir de su entrada en vigencia en Gaceta Oficial.
Tribunales Municipales vs. Tribunales Estadales
Otro cambio importante de esta Reforma es la creación de tribunales de primera instancia municipal, que tendrán funciones de control, con competencia en aquellos delitos cuyas penas no excedan de los 8 años (Robo, Hurto, Extorsión, Desacato, Estafa Genérica, Defraudación, Apropiación Indebida, Obstrucción a la Justicia, etc.), es decir los delitos menos graves, que tendrán un procedimiento expedito dependiendo la gravedad del caso.
Con la creación de los tribunales municipales se tendrá la finalidad en principio, de eliminar trabas actuales para la administración de la justicia, así como para evitar el colapso de los tribunales que, por manejar demasiadas causas de distinta naturaleza, se producen retrasos administrativos en los procesos. El TSJ tendrá un lapso de 6 meses para la creación de los tribunales municipales, que deben entrar en funciones a principios del año 2013.
Retroactividad de las Prestaciones Sociales
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En la nueva LOT que se prevé promulgar este año, el cálculo de las prestaciones sociales será retroactivo de acuerdo al último salario devengado, como lo era antes de 1997.

Las prestaciones sociales son aquellas indemnizaciones que debe cancelárse a un trabajador como compensación por sus años de servicio al término de la relación laboral, esta compensación es en realidad la acumulación a través del tiempo de ciertos beneficios económicos establecidos en la ley tales como la antigüedad, las vacaciones, los bonos y el preaviso. Actualmente, las prestaciones sociales en Venezuela no son retroactivas, sino que se calculan con base al salario al momento de su otorgamiento.
Con la entrada en vigencia de la nueva Constitución Nacional de 1999, quedó establecido en el 3er ordinal de la Disposición Transitoria número 4, que la nueva Asamblea Nacional debería realizar una reforma de la Ley Orgánica del Trabajo en la cual se reconozca el derecho a prestaciones sociales de forma proporcional al tiempo de servicio y calculado de conformidad con el último salario devengado (con retroactividad). Asimismo, debería (la reforma) regular la jornada laboral y propender a su disminución progresiva. De esta forma, la retroactividad de las prestaciones sociales fue un mandato constitucional hace 12 años.
Pero la retroactividad de las prestaciones no es materia nueva en Venezuela, de esta forma se calculaban antes de la entrada en vigencia de la Ley Orgánica del Trabajo en 1997. En el año 1.997 bajo la administración del Dr. Rafael Caldera, hubo consenso entre trabajadores, empresarios y Gobierno (agrupados en la Comisión Tripartita) para eliminar la retroactividad de las prestaciones sociales. Según un artículo en Informe21, al eliminar esta retroactividad los empresarios otorgaron mejores aumentos de sueldos y salarios, las empresas pudieron limitar el pasivo laboral, así como también hubo incrementos de nómina, que permitió mejorar los índices de producción en el país y disminuir el desempleo.
"Analicemos por un momento si una empresa que vende un bien o servicio, cobra un precio, evidentemente mayor al costo y en ese instante la relación comercial con su cliente cesa, sin embargo con la retroactividad de las prestaciones sociales, dicho costo pudiera aumentar el año que viene, inclusive superando al precio, sin que el empresario pueda ajustarlo al producto o servicio ya vendido, por tanto resulta una medida fatal para las PYME y el Gobierno". --Ronald Rodriguez (Informe 21)
Jornada laboral en Venezuela será de 7 horas según nueva LOT 2012
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Dentro de los cambios previstos en la nueva Ley Orgánica del Trabajo se encuentra una jornada laboral de 7 horas diarias, de las 8 horas que actualmente tiene.

Uno de los asesores y miembro de la Comisión Presidencial, cuya tarea es redactar la Ley del Trabajo que se promulgará el 1ero de mayo, Antonio Espinoza, aseguró que ya están planteadas las propuestas concretas para la reforma de dicho instrumento legal. Las mismas atienden directamente la reducción de la jornada laboral, la conformación de los consejos laborales y la creación del Fondo Nacional de Prestaciones, entre otras.
Con respecto a la jornada laboral, que actualmente consta de 8 horas diarias, se tiene prevista su reducción a 7 horas diarias para la jornada diurna (35 horas semanales) y de 6 horas y media diarias para la jornada nocturna (32 horas y media semanales). Aparentemente esta reducción en la jornada laboral no causaría una reducción del salario.
La promulgación de la nueva Ley Orgánica del Trabajo se tiene prevista para el 1ro de mayo del presente año, en el marco de la Ley Habilitante que le fue otorgada al presidente Chávez en diciembre de 2010, por un período de 18 meses.
Chávez anunció en Memoria y Cuenta que podría devolver Ley Habilitante
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El presidente de Venezuela, Hugo chávez, expresó que cinco meses le bastarán para resolver la emergencia creada por las lluvias y podría solicitar la derogatoria de la ley que le otorgó poderes especiales hasta mediados de 2012, según dijo ayer en su discurso anual "Memoria y cuentas" en la Asamblea Nacional.

"Hasta cinco meses podemos tener la ley para resolver la emergencia por las lluvias. Lo que necesito son instrumentos especiales para enfrentarla", dijo, al tiempo que recordó que hay más de 120 mil venezolanos en refugios.
Ayer por primera vez, en cinco años, Chávez habló frente a los 65 miembros de oposición que regresaron al parlamento este cinco de enero. "Todos somos venezolanos. Ni ustedes se van a ir de aquí, y nosotros tampoco.Dejemos de vernos como enemigos, no estamos para exterminarnos", dijo en tono conciliador a la oposición.
Al inició de su intervención que comenzó a las 12.23 de la tarde , saludó a los parlamentarios de la oposición, entre ellos, a María Corina, con quien mantuvo una breve conversación.
Después de casi dos horas de discurso de anécdotas, el Presidente ofreció las cuentas sobre la gestión de 2010. El primer logro a resaltar fue la alfabetización de casi dos millones de venezolanos en los infocentros.
José Miguel Insulza: Ley Habilitante 2011-2012 viola Carta Democrática
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El secretario general de la OEA, José Miguel Insulza, expresó que la concesión de plenos poderes a través de una Ley Habilitante al presidente de Venezuela, Hugo Chávez, por parte de la Asamblea Nacional (AN) viola la Carta Democrática Interamericana.
La Ley Habilitante en cuestión fue aprobada por la Asamblea Nacional en diciembre de 2010 antes que finalizara el período constitucional de los diputados salientes electos en 2005 (cuando la oposición se retiró de las elecciones en un intento infructuoso de boicotearlas, dando el 100% de los escaños al Gobierno Nacional).
A través de esta Ley Habilitante se le otorgaron poderes especiales por 18 meses (hasta octubre 2012) al Presidente de la República para legislar por decreto, en materias que por ley le competen a la Asamblea Nacional y no al poder ejecutivo. Esta Ley Habilitante fue aprobada antes de que se instalara la nueva asamblea en la que la oposición cuenta ahora con 40% de los escaños (a pesar de haber obtenido de hecho una mayoría electoral).
Según declaraciones de Insulza a la agencia EFE, la Ley Habilitante es contraria a la Carta Democrática Interamericana y supone vetar la labor de la nueva Asamblea Nacional:
"No me parece que esté ni dentro del espíritu ni en la letra de nuestra Carta Democrática el que un Congreso que se va pueda atarle las manos al Congreso que llega. Yo no creo que eso se puede hacer"... "Yo no creo que eso sea aceptable. No me parece que uno se puede quedar callado ante una cosa así", expresó Insulza.