Personal Universitario
Detalles sobre la Reforma a la Ley de Alimentación para los Trabajadores
Archivado en: Legislación | Comentarios (41)
La Ley de Alimentación para los Trabajadores y Trabajadoras tiene como objeto regular el beneficio de alimentación para proteger y mejorar el estado nutricional de los trabajadores, a fin de fortalecer su salud, prevenir enfermedades ocupacionales y apegar a una mayor productividad laboral. Este año se realizó un decreto con rango, valor y fuerza sobre esta ley.
El presidente Hugo Chávez a través del decreto No. 8.189, con fecha 3 de mayo de 2011 dictó el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley de Alimentación para los Trabajadores y las Trabajadoras. Se modifican cuatro artículos. Todos los trabajadores disfrutarán de cestatiques.
Por lo general, los ciudadanos estamos al margen de las leyes, incluso, desconocemos la mayoría de las veces del contenido, el fondo y la forma de ellas. En la Venezuela de hoy es de suma importancia conocer sobre todo, las leyes que tienen que ver con el trabajo y su incidencia en nuestras labores.
El Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley de Alimentación para los Trabajadores y las Trabajadoras contiene un dictamen del presidente Chávez de fecha 3 de mayo de 2011, justo en cuando se realizó el ajuste salarial de este año. Cuatro artículos de esta ley las modificó el presidente en pro de mejorar las condiciones laborales de los trabajadores y trabajadoras de Venezuela.
El primer artículo modificado es el Art. 4 el cual indica la forma en la cual se otorga el beneficio. Estos pueden ser:
- Comedores propios operados por el empleador o contratados con terceros, en el lugar de trabajo o inmediaciones.
- Contratación del servicio de comida elaborada por empresas especializadas en la administración y gestión de beneficios sociales.
- Provisión o entrega al trabajador de cupones, tiques o tarjetas electrónicas de alimentación, emitidas por empresas especializadas en la administración y gestión de beneficios sociales, con los que el trabajador podrá obtener comidas en restaurantes o establecimientos de expendio de alimentos o comidas elaboradas.
- Provisión o entrega al trabajador de cupones, tiques o tarjetas electrónicas de alimentación, emitidas por empresas especializadas en la administración y gestión de beneficios sociales, la cual se destinará a la compra de comidas y alimentos, y podrá ser utilizado únicamente en restaurantes, comercios o establecimientos de expendio de alimentos, con los cuales la empresa haya realizado convenios.
- Comedores comunes por parte de varias empresas, próximos a los sitios de trabajo.
Beneficio de alimentación se extiende a todos los trabajadores
Archivado en: Legislación, Noticias Venezuela | Comentarios (98)
Por vía de decreto habilitante, este lunes, el presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Hugo Chávez, anunció la modificación de la Ley de Alimentación para los Trabajadores.
Este instrumento legal, vigente desde 2004, establecía que los patronos pagarían el Ticket de Alimentación sólo cuando la nómina superara a los 20 empleados, ahora, este beneficio favorecerá a todos los trabajadores sin límite mínimo de personas.
Esta decisión aumenta la cantidad de empresas obligadas a cancelar el beneficio. Además, el pago deberá cumplirse cuando el trabajador o la trabajadora se encuentre de permiso, de vacaciones y en el caso de las mujeres cuando tengan licencia pre y post natal.
Esta medida se suma al incremento salarial, de 26,5%, dado a conocer este lunes en cadena de radio y televisión reportó Prensa Presidencial.
Del otro lado de la baranda, el presidente de Fedecámaras, Néstor Borjas, expresó que el decreto presidencial de entregar cestatique a todos los asalariados, sin importar la cantidad que existan en la compañía es una medida "exabrupto populista" que afectará notoriamente a las microempresas venezolanas, según El Regional del Zulia.
A esto, el representante de Fedecámaras manifestó que es "loable" el hecho de que se quiera mejorar la calidad de alimentación del ciudadano, pero destacó que se trata de un fallo que repercutirá en contra del mismo pueblo que se vería afectado por la desmejora en la pequeña industria conformada por tres millones 200 mil organizaciones en Venezuela.
IVSS homologa de pensiones y jubilaciones con aumento salarial 2011
Archivado en: Legislación, Noticias Venezuela | Comentarios (75)
El presidente del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, Carlos Rotondaro, calificó como "bien sustancioso" el incremento salarial fijado en dos partes (15% a partir del 1 de mayo y 10% a partir del 1 de septiembre).
Rorondaro indicó que 1.810.000 pensionados resultarán beneficiados con este aumento, como parte de la seguridad social que ha venido creciendo progresivamente. "El avance que ha tenido Venezuela, en los últimos 12 años, no lo tiene ningún país de América Latina. El crecimiento de haber pasado de 300.000 pensionados a 1.810.000. Ningún país en Latinoamérica tiene ese incremento tan alto de lo que es la inclusión de la seguridad social", esto según El Correo de Orinoco.
Detalló que un trabajador que esté pensionado por el Seguro Social y a su vez jubilado por un organismo público percibirá a finales de septiempre más de 3.000 bolívares como ingreso mensual, y si estuviera recibiendo la pensión de sobreviviente ascendería a 4.000 bolívares.
En vista de que las pensiones se cancelan con un mes de antelación, Rotondaro resaltó que en junio cancelarán el retroactivo del mes de mayo. Mientras que los trabajadores del IVSS recibirán el aumento salarial a partir del 1 de mayo.
Rotondaro expresó que otro de los logros del presidente Chávez es que actualmente tanto la pensión como la jubiliación no puede ser menor al salario mínimo. "El presidente cuando hablaba de más de 2 millones de venezolanas y venezolanos que iban a recibir beneficios por este incremento salarial también estaba incluyendo el caso de trabajadores que recibirán incremento por pensión de vejez y también por jubilación", así lo reseña RNV en su portal.
Aumento de 40% en el salario de trabajadores universitarios (2011)
Archivado en: Educación, Noticias Venezuela | Comentarios (17)
El anuncio fue realizado la noche de este miércoles por el presidente Hugo Chávez, quien además explicó que desde hace tres años no se había aumentado el sueldo a los trabajadores de este sector. El aumento se hará efectivo a partir del 1 de mayo.

El presidente de la República, Hugo Chávez, anunció este miercoles un incremento de 40% en el sueldo de profesores, empleados y obreros universitarios, así lo reseña el diario El Tiempo.
El jefe de Estado explicó que desde hace tres años no se incrementaban los sueldos en el sector, y detalló que, para cubrir el aumento, el Ejecutivo Nacional ha destinado un total de 4.118 millones de bolívares fuertes.
"A los profesionales universitarios, obreros, trabajadores y profesores o se les incrementaba el sueldo desde hace tres años. Bueno, vamos a aumentar el sueldo, a partir del 1 de mayo, a un 40%, es una cifra bastante importante".
Comentó que con el aumento de sueldo base decretado a partir del primero de mayo, un profesor titular llegará a 7.232 Bs. mensuales, mientras que un profesor instructor, pasará a ganar 3.335 bolívares fuertes.
Expresó que el Estado cuenta con los recursos necesarios para cubrir el pago de este aumento. No obstante, aseguró que a partir de ahora se trabajará con mayor ahínco para poder "sostenerlo en el tiempo".
El jefe de Estado recordó que mientras "en Estados Unidos y en Europa están es recortando salarios, recortando prestaciones, alargando la edad de la jubilación, botando trabajadores, tercerizando trabajadores, recortando presupuesto para la salud, para la educación, así está el mundo capitalista. Están quebrados. Gracias a Diosito aquí no estamos viviendo esa situación", esto según El Nacional.