Remuneración laboral
Diferencias entre salario normal (o básico) y salario integral
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Formulas y condiciones para el cálculo de las figuras convencionales estipuladas por la ley para calcular los derechos del trabajadores que derivan del contrato de trabajo.

El salario es la remuneración en dinero, o parcialmente en dinero y en especie, que el trabajador percibe regularmente de su patrono por la labor realizada efectivamente en el tiempo convenido o en la jornada legal, así como en aquellas ocasiones en las que tiene el derecho de no trabajar de acuerdo a lo que establece la ley. El salario es la remuneración que el patrono a convenido en otorgar al trabajador por su servicio prestado.
El salario es un tema transcendental y desde el punto de vista del estado es un asunto cuyo cumplimiento es de inminente orden público. El salario es motivo de discusión y estudio en escuelas, academias, universidades, iglesias, gremios, reuniones sociales y lugares de trabajo. El salario ha motivado numerosos convenios y recomendaciones por parte de la Organización Internacional del Trabajo, así como de toda clase de foros y organizaciones.
La estipulación del salario la realiza libremente el patrono, o en acuerdo con el trabajador. No obstante existen convenios, normas, reglamentos y decretos que son de obligatorio cumplimiento. Es el caso, en primer lugar, de los decretos del salario mínimo que rigen la mínima remuneración que un trabajador puede recibir según lo que establece el Capítulo II, Título II de la Ley Orgánica del Trabajo. En segundo lugar está la regla de la igualdad del salario: A trabajo igual, desempeñado en puesto, jornada y condiciones de eficiencia también iguales, corresponde igual salario.
La Ley Orgánica del Trabajo hace referencia a 5 modalidades de salario:
- Salario por unidad de tiempo (art. 140 LOT);
- Salario por unidad de obra, por pieza o a destajo (art. 141 LOT);
- Salario por tarea (art. 142 LOT);
- Salario a comisión (art. 143 LOT);
- Salario por viaje, por distancia, por unidad de carga o por un porcentaje del valor del flete, de uso permitido en el trabajo en el transporte terrestre (art. 329 LOT).
Vale mencionar que los que se conoce como Salario Normal o como Salario Integral no son clases o modalidades de salario, sino que se tratan de figuras convencionales empleadas para el cálculo de la remuneración laboral.