En el estado Táchira se han registrado 133 casos de lepra durante los últimos 8 años con un promedio anual de 24 cuadros clínicos, tan solo en lo que vá de año se han registrado 14 casos de lepra y 60 casos de leishmaniasis.
Según la jefa del departamento de Dermatología Sanitaria en el estado Táchira, Xiomara Manrique, la lepra se ha convertido en un problema de salud pública [Panorama, edición impresa], ya que entre el año 2000 y el primer trimestre del 2008 se han registrado 133 casos. El 25% de los casos registrados en Táchira provienen de municipios fronterizos con Colombia, en personas dedicadas a labores agrícolas y pecuarias.
La lepra [ Wikipedia] es una enfermedad poco contagiosa (mediante el contacto prolongado y/o con secreciones) producida por el bacilo de Hansen (Mycobacterium leprae), que fue descubierto por Gerhard Armauer Hansen. La lepra esta clasificada en dos tipos principales: la lepra tuberculoide, que produce grandes manchas hiperestésicas y más tarde anestésicas, y la lepra lepromatosa, que origina grandes nódulos en la piel (lepromas).
La leishmaniasis [ Wikipedia] es una enfermedad causada por diferentes especies de protozoos (organismos microscópicos) del género Leishmania. La enfermedad se manifiesta con úlceras cutáneas que cicatrizan espontáneamente o mediante otras formas fatales, como la inflamación severa del hígado y del bazo. La leishmaniasis se transmite al humano y a los animales a través de la picadura de las hembras de una especie de mosquitos chupadores de sangre, conocidos en Colombia como palomilla.
En el marco de la Semana de Vacunación de las Américas, las autoridades de salud de Venezuela (entiéndase direcciones regionales y el propio Ministerio) inician una ambiciosa campaña donde se aspira a inmunizar a un millón 500 mil personas del 20 al 27 de abril de este año. A la espera de una semana Mundial de Vacunación, varios países de América, incluyendo Venezuela, decidieron coincidir para inmunizar a varios habitantes de sus respectivos territorios, en una jornada especial a celebrarse entre el 20 de abril al 27 del mismo mes. La iniciativa, que nació en respuesta directa en un brote de Sarampión en Venezuela y Colombia durante el 2002, espera atender alrededor de 1 millón 500 mil personas en estados y zonas rurales en todo el territorio nacional y se le dará prioridad a los grupos indígenas y las personas ubicadas en las fronteras.
Las cifras presentadas por el Ministerio de Salud indican que se capacitaron más de 800 mil especialistas para laborar en la red de centros de salud en el país, y pacientes en edades comprendidas entre dos y cuatro años accederán a la vacunación preventiva frente a sarampión y rubeola,a la par que unos 500 mil adultos mayores de 65 años serán vacunados contra la gripe. La jornada podría ayudar a proteger a la población venezolana de enfermedades como la poliomielitis, difteria, tétanos, fiebre amarilla, meningitis, hepatitis B y tos ferina, entre otras. [1]
El Seguro Social Obligatorio es un beneficio de ley que (en teoría) protege a aquellas personas bajo una relación laboral en aquellas contingencias de maternidad, vejez, sobrevivencia, enfermedad, accidentes, invalidez, muerte, retiro y cesantía o paro forzoso.
A pesar que existe toda una nueva legislación aprobada por la Asamblea Nacional desde el año 2002 (se encuentra estancada en un Vacatio Legis), el régimen de seguridad social venezolano está fundamentado actualmente en la Ley del Seguro Social [ PDF] publicada en la Gaceta Oficial Nº 4.322 del 03 de noviembre de 1991.
La diferencia fundamental entre el régimen de 1992 y el nuevo régimen (estancado) de 2002 yace en que el primero establece que sus beneficiarios son aquellos bajo una "relación de dependencia con un patrono" en tanto que el nuevo sistema es más incluyente y ofrece los beneficios de la seguridad social al pueblo venezolano sin distingos ni diferencias. Incluso, aumenta el limite de cotizaciones desde 5 salarios mínimos hasta 10 salarios mínimos.
En la Ley del Seguro Social de 1992 se establece el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) como la entidad pública, encargada de brindar protección y seguridad social a todos sus beneficiarios (personas sujetas o que han estado sujeta a una relación laboral) en las contingencias de maternidad, vejez, sobrevivencia, enfermedad, accidentes, invalidez, muerte, retiro y cesantía o paro forzoso, de manera oportuna y con calidad de excelencia en el servicio prestado, un sueño sin fin.
El nuevo régimen del sistema de seguridad social venezolano fue aprobado hace más de 5 años por la Asamblea Nacional, pero aún no se ha puesto en vigencia... ¿Donde está la voluntad política, o los luchadores sociales?
Actualmente existe aprobado (pero no vigente) un nuevo régimen de seguridad social creado a través de la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social (LOSS) [ PDF] promulgada por la Asamblea Nacional y publicada en Gaceta Oficial (N° 37.600 del 30/12/2002) que en teoría debería reemplazar al régimen previo (en vigencia) establecido en la Ley del Seguro Social de 1992. El nuevo régimen de Seguridad Social promete ser más amplio, más incluyente y de aplicación universal, ya que ofrece cobertura total en la seguridad social a todos los ciudadanos de la República indiferentemente, a diferencia del régimen vigente del Seguro Social que solo aplica como beneficio laboral.
Artículo 1. La presente Ley tiene por objeto crear el Sistema de Seguridad Social, establecer y regular su rectoría, organización, funcionamiento y financiamiento, la gestión de sus regímenes prestacionales y la forma de hacer efectivo el derecho a la seguridad social por parte de las personas sujetas a su ámbito de aplicación, como servicio público de carácter no lucrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en los tratados, pactos y convenciones sobre la materia, suscritos y ratificados por Venezuela. --Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social.
En la nueva ley orgánica de Seguridad Social, la seguridad social "es un derecho humano" y social fundamental e irrenunciable, garantizado por el Estado a todos los venezolanos residentes en el territorio de la República, y a los extranjeros residenciados legalmente en él, independientemente de su capacidad contributiva, condición social, actividad laboral, medio de desenvolvimiento, salarios, ingresos y renta, conforme al principio de progresividad y a los términos establecidos la Constitución y la leyes venezolanas.
Hoy, segundo día del mes de abril, es una fecha declarada por resolución de la Asamblea General de la Organización de Naciones Unidas (ONU) que busca concientizar sobre el autismo, un mal que se ha incrementado a través de los años en todo el mundo. Para conocer estae enfermedad síndrome, primero hay que saber que es: según información publicada en Wikipedia, el autismo es un desorden del desarrollo del cerebro que comienza en los niños antes de los tres años de edad y que deteriora su comunicación e interacción con las personas dentro y fuera de su entorno causando un comportamiento restringido y repetitivo. Entendido esto y para alertar acerca de esta enfermedad cuya incidencia ha aumentado en todo el mundo, la Asamblea General de la ONU ha declarado el 2 de abril como el día Mundial de Concientización sobre el autismo, que busca -como el propio titulo lo dice- cambiar la óptica existente sobre este mal.
El documento, aprobado por más de 50 países, básicamente no tiene un objetivo como buscar aportes para la investigación de este, o de intentar eliminar los factores que lo causan, sino que a simple vista sólo quiere "alertar" de su aumento considerable en los últimos años, y no es para menos, hoy en día se calcula que 1 de cada 166 niñOs sufre de autismo, cuando hace una década la proporción era 1 de 10 mil menores.
Muchos Instrumentos Legales, muy poca efectividad al momento de proteger al venezolano.
Pese a que el Sistema de Seguridad Social Venezolano dispone de diversos Instrumentos Legales que en teoría amparan al venezolano, la realidad termina demostrando que hace falta mucho más que un conjunto de instrumentos legales para dar efectiva protección al venezolano, tal es el caso de las leyes de carácter social que en gran medida fueros sancionadas en los años 2002-2005 por la Asamblea Nacional y desde entonces no se han podido materializar en beneficio para los venezolanos, claro existen contadas excepciones como, La Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat (Gaceta Oficial 38.204), dicha ley de reciente sanción (12-04-05) estaba amparada por una estructura ya organizada que facilitó su pronta aplicación.
Lamentablemente lo que ocurrió con la Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat no ocurre con el resto de las leyes que forman parte del paquete social de este gobierno como los son: Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (Gaceta Oficial 38.236), Ley de Servicios Sociales (Gaceta Oficial 38.270) y Ley Orgánica de Seguridad Social (Gaceta Oficial 37.600) en esta ultima se prevé la creación de la Tesorería de la Seguridad Social, por lo que el retardo en la conformación de la estructura de esta organización afecta, en términos generales, al conjunto de beneficios de los cuales deben gozar los trabajadores venezolanos
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