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Resumenes de los ultimos indicadores económicos y los avances financieros en Venezuela Nacionalización de empresas en Venezuela
Publicado por David,
el Miércoles, 16 de abril del 2008 a las
22:19.
Archivado en: Economía y Finanzas, Legislación, Noticias Venezuela
Comentarios
Según una lista elaborada por la Unión Nacional de Trabajadores, unas 900 empresas en Venezuela podrían ser "nacionalizadas" por el Gobierno Nacional. Figuran empresas como Coca Cola, Pepsi, Firestone y Nestlé.
![]() Tendrá la última palabra En su afán de "proteger los bienes del país", el Gobierno Nacional podría seguir en su afán de "nacionalizar" más empresas establecidas en Venezuela, luego de recientes anuncios de hacerse con varias compañías cementeras, y la Siderúrgica del Orinoco (Sidor), todas controladas por capital privado extranjero. La cantidad de posibles adquisiciones llega hasta 900 compañías, eso según una lista elaborada por la Unión Nacional de Trabajadores (UNT). Algunas incluso, ya han sido adquiridas o intervenidas por orden del Ejecutivo Nacional como Cantv, Electricidad de Caracas, Vengas, Venepal, Sanitarios Maracay, Teleférico de Caracas, entre otras, durante el lapso comprendido entre 2005 y 2008. [1] A la reciente adquisición de Lácteos Los Andes por parte del Gobierno -convirtiéndolo así en poseedor de una buena parte de los monopolios venezolanos- podría unírseles Coca Cola, Pepsi, la muy nombrada Alimentos Polar, Firestone y Good Year, la embotelladora Owens Illinois y la también amenazada Nestlé. Buena parte de estas compañías han sido acusadas hasta por el propio Presidente Chávez de acaparamiento y especulación, aunque alegan problemas con las divisas (controladas por Cadivi desde el 2003). Mercado Paralelo de Divisas existirá mientras haya un Control de Cambios
Publicado por Mandrake,
el Miércoles, 16 de abril del 2008 a las
14:41.
Archivado en: Economía y Finanzas, Legislación, Política Venezolana
El Gobierno no tiene previsto devaluar el bolívar respecto al dólar estadounidense, ni eliminar el control de cambio que existe desde 2003. Eso significa, naturalmente, que el mercado paralelo de divisas también se mantiene.
![]() Divisas Junto con este tipo de restricciones cambiarias siempre nace el respectivo Mercado Paralelo de divisas que alivia la necesidad de divisas que no son asignadas por el gobierno, de la misma manera que un mercado negro existió durante los controles cambiarios en los gobiernos de Jaime Lusinchi y Luís Herrera Campins, de la llamada IV República. En aquellos tiempos la institución responsable de las asignaciones era (el infame) RECADI, hoy en día se la institución la conocemos como CADIVI. Aprobada la Ley de Contribuciones Especiales aplicable a empresas petroleras
Publicado por David,
el Martes, 15 de abril del 2008 a las
22:46.
Archivado en: Economía y Finanzas, Energía y Petróleo, Noticias Venezuela
Luego de aprobar en primera discusión el nuevo impuesto petrolero a principios de abril, hoy se ha oficializado en la Asamblea Nacional (AN) el tributo que saldrá publicado próximamente en Gaceta Oficial.
La modificación en la herramienta legal plantea que los ingresos recaudados vayan directamente al Fondo Nacional de Desarrollo (Fonden), aunque se mantiene el artículo donde se advierte que si el precio del barril es igual o menor a 100 dólares, la alícuota será el 50 por ciento de la diferencia del precio del momento y los 70 dólares, y se tomará siempre como referencia, la cotización del crudo Brent, que hoy cerró en 111.22 dólares. [1] Calculo de la Ley de Política Habitacional (LPH)
Publicado por Mandrake,
el Martes, 15 de abril del 2008 a las
16:13.
Archivado en: Economía y Finanzas, Legislación
El ahorro habitacional obligatorio fue establecido en la Ley de Política Habitacional (LPH) como un instrumento para satisfacer las necesidades de vivienda existentes en Venezuela mediante créditos habitacionales.
![]() Maracaibo de Noche El calculo de los aportes para la LPH es simple, en el articulo 19 de la Ley se establece que el aporte de los empleados y obreros será del uno por ciento (1%) del sueldo mensual básico y el aporte de los patronos, del dos por ciento (2%) del mismo monto. De esta forma, así quedan las formulas: (Sueldo básico mensual x 0,01) / 2 = Aporte mensual LPH (trabajador) Los empleadores o patronos deberán retener las cantidades a los trabajadores, agregar los aportes que les corresponden y depositarlos en cuentas a nombre de cada empleado y obrero dentro de los primeros siete 7 días hábiles de cada mes. Los bancos usualmente requieren los datos del empleado, su número de cédula, el monto por cada empleado y el monto aportado por la empresa. La excepción aplica en aquellos hombres que hayan alcanzado la edad de sesenta años y las mujeres sobre los cincuenta y cinco años, salvo que manifiesten su voluntad de continuar aportando al Ahorro Habitacional, o que ya sean beneficiarios de un préstamo hipotecario. Calculo del Seguro Social Obligatorio (IVSS)
Publicado por Mandrake,
el Martes, 15 de abril del 2008 a las
12:08.
Archivado en: Economía y Finanzas, Legislación
El Seguro Social Obligatorio es un beneficio de ley que (en teoría) protege a aquellas personas bajo una relación laboral en aquellas contingencias de maternidad, vejez, sobrevivencia, enfermedad, accidentes, invalidez, muerte, retiro y cesantía o paro forzoso.
A pesar que existe toda una nueva legislación aprobada por la Asamblea Nacional desde el año 2002 (se encuentra estancada en un Vacatio Legis), el régimen de seguridad social venezolano está fundamentado actualmente en la Ley del Seguro Social [PDF] publicada en la Gaceta Oficial Nº 4.322 del 03 de noviembre de 1991. La diferencia fundamental entre el régimen de 1992 y el nuevo régimen (estancado) de 2002 yace en que el primero establece que sus beneficiarios son aquellos bajo una "relación de dependencia con un patrono" en tanto que el nuevo sistema es más incluyente y ofrece los beneficios de la seguridad social al pueblo venezolano sin distingos ni diferencias. Incluso, aumenta el limite de cotizaciones desde 5 salarios mínimos hasta 10 salarios mínimos. En la Ley del Seguro Social de 1992 se establece el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) como la entidad pública, encargada de brindar protección y seguridad social a todos sus beneficiarios (personas sujetas o que han estado sujeta a una relación laboral) en las contingencias de maternidad, vejez, sobrevivencia, enfermedad, accidentes, invalidez, muerte, retiro y cesantía o paro forzoso, de manera oportuna y con calidad de excelencia en el servicio prestado, un sueño sin fin. Nuevo sistema de seguridad social en Venezuela
Publicado por Mandrake,
el Domingo, 13 de abril del 2008 a las
15:30.
Archivado en: Economía y Finanzas, Legislación, Vida y Salud
El nuevo régimen del sistema de seguridad social venezolano fue aprobado hace más de 5 años por la Asamblea Nacional, pero aún no se ha puesto en vigencia... ¿Donde está la voluntad política, o los luchadores sociales?
Actualmente existe aprobado (pero no vigente) un nuevo régimen de seguridad social creado a través de la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social (LOSS) [PDF] promulgada por la Asamblea Nacional y publicada en Gaceta Oficial (N° 37.600 del 30/12/2002) que en teoría debería reemplazar al régimen previo (en vigencia) establecido en la Ley del Seguro Social de 1992. El nuevo régimen de Seguridad Social promete ser más amplio, más incluyente y de aplicación universal, ya que ofrece cobertura total en la seguridad social a todos los ciudadanos de la República indiferentemente, a diferencia del régimen vigente del Seguro Social que solo aplica como beneficio laboral. Artículo 1. La presente Ley tiene por objeto crear el Sistema de Seguridad Social, establecer y regular su rectoría, organización, funcionamiento y financiamiento, la gestión de sus regímenes prestacionales y la forma de hacer efectivo el derecho a la seguridad social por parte de las personas sujetas a su ámbito de aplicación, como servicio público de carácter no lucrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en los tratados, pactos y convenciones sobre la materia, suscritos y ratificados por Venezuela. --Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social. En la nueva ley orgánica de Seguridad Social, la seguridad social "es un derecho humano" y social fundamental e irrenunciable, garantizado por el Estado a todos los venezolanos residentes en el territorio de la República, y a los extranjeros residenciados legalmente en él, independientemente de su capacidad contributiva, condición social, actividad laboral, medio de desenvolvimiento, salarios, ingresos y renta, conforme al principio de progresividad y a los términos establecidos la Constitución y la leyes venezolanas. AN aprueba Bs.F 21 millones para película de Danny Glover
Publicado por David,
el Jueves, 10 de abril del 2008 a las
09:14.
Archivado en: Economía y Finanzas, Noticias Venezuela, Peliculas La Comisión de finanzas de la Asamblea Nacional (AN) aprobó un crédito adicional de 21.1 millones de Bolívares Fuertes que se destinarán a la productora del actor estadounidense Danny Glover (Arma Mortal) para realizar la película Touissant. Anteriormente se le había otorgado Bs.F. 38 millones. ![]() Casi 60 millones de Bolívares Fuertes para su película La película, que trata la vida del líder haitiano Toussaint Louverture y ha sido aprobado adicionalmente tanto por el Ministerio de Cultura, como la Villa del Cine, ya tuvo su descontento por parte de los protagonistas en el área cinematográfica venezolana debido a que según ellos, por la primera cantidad otorgada, es decir, 38 millardos de bolívares, se hacían por lo menos 10 filmes venezolanos, tomando en cuenta que para las producciones en nuestro territorio se trata de mucho dinero. Ni hablar de esta nueva cifra que finalmente redondea los números finales a casi 60 millones de bolívares fuertes. Leche y alimentos PDVAL solo en mercados municipales
Publicado por David,
el Miércoles, 9 de abril del 2008 a las
17:39.
Archivado en: Economía y Finanzas, Energía y Petróleo, Vida y Salud
La filial en el área alimenticia de Petróleos de Venezuela, PDVAL, comienza a distribuir sus productos en Venezuela, pero hasta ahora sólo llegan a mercados municipales capitalinos, o por lo menos, así lo demuestran en la imagen que se presenta a continuación.
Con esta imagen Producción y Distribución Venezolana de Alimentos (PDVAL) anuncia oficialmente la venta de alimentos en otros canales ajenos a los mercales y bodegas bolivarianas. El producto que más se destaca en la publicitada leche Venezuela, en la que por cierto, también viene con el nuevo precio decretado por el Gobierno Nacional. Por lo que muestra la publicidad, hasta ahora PDVAL opera sólo en mercados municipales capitalinos, y no incluye ningún anuncio al estilo "próximamente en el (mal llamado) interior del país", así que habrá que esperar algún anuncio oficial del gobierno sobre el tema. Dólar permuta (paralelo) disminuyó 35% entre enero y marzo
Publicado por David,
el Miércoles, 9 de abril del 2008 a las
16:57.
Archivado en: Economía y Finanzas, Noticias Venezuela
El titular del Ministerio de Finanzas, Rafael Isea, destacó que el dólar permuta o paralelo descendió en un 35 por ciento entre enero y marzo. ¿El coste? no hay variedad en los productos que se importan y los precios siguen siendo los mismos.
Según Isea continuarán las medidas para reducir en lo posible el mercado paralelo, y destacó lo efectivo de la colocación de notas estructuradas en el mercado, que según él, han dado una prima superior a los 200 millardos de bolívares (convencionales) que consecuentemente ha dado mayor liquidez el Fondo Nacional de Desarrollo (Fonden). Aún así, no destaca ningún plan para incentivar la producción nacional o que medidas podría aplicar el Gobierno Nacional en relación a la inversión extranjera (prácticamente irradicada con las nacionalizaciones). Calculo de los Cesta Tickets y Bonos de Alimentación
Publicado por Mandrake,
el Martes, 8 de abril del 2008 a las
16:51.
Archivado en: Economía y Finanzas
Los Bonos o Ticket de Alimentación son beneficios otorgados por ley en empresas con 20 o más trabajadores, calculado en base a la Unidad Tributaria.
Los Cesta Tickets o Bonos de Alimentación son medios de pago originalmente promovidos como un beneficio de alimentación para los trabajadores, sin que tenga efectos al momento de calcular los beneficios de Ley que les corresponden. De esta manera los Cesta Tickets le permiten adquirir bienes de consumo pero no se toman en cuenta al momento de calcular las liquidaciones, las utilidades, las vacaciones, sobre el salario normal, el salario promedio, el salario integral y la incidencia sobre los días domingos y feriados trabajados. La Ley de Alimentación estipula que aquellos "empleadores del sector público y del sector privado que tengan a su cargo veinte (20) o más trabajadores, otorgarán el beneficio de una comida balanceada durante la jornada de trabajo" con la condición que estos trabajadores no lleguen a devengar un salario que exceda de tres salarios mínimos urbanos decretados por el gobierno nacional. Según la misma Ley Los beneficios de alimentación pueden otorgarse mediante comedores, contratación del servicios de comida elaborada o a través de "cupones, tickets o tarjetas electrónicas de alimentación, emitidas por empresas especializadas en la administración y gestión de beneficios sociales, con los que el trabajador podrá obtener comidas o alimentos en restaurantes o establecimientos de expendio de alimentos o comidas elaboradas", de esta forma llegamos a los Cesta Tickets.
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