Legislación
Trámite de la solvencia laboral (requisitos, procedimiento, recursos)
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Desde el 30 de enero de 2006 se estableció la Solvencia Laboral como instrumento indispensable dirigido a empresas y establecimientos que quieran realicen negocios con entidades y empresas públicas.

La solvencia laboral es un documento administrativo, emanado del Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y la Seguridad Social a través de la Inspectoría del Trabajo, que certifica que el patrono o patrona respeta efectivamente los derechos humanos laborales y sindicales de sus trabajadores y trabajadoras, el cual constituye un requisito imprescindible para celebrar contratos, convenios o acuerdos con órganos, entes y empresas públicas. La solvencia laboral se estableció en 2006 a través del decreto 4248 y fue ratificada el 31 de marzo de 2009 por la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia (Sentencia Nº 417).
Para solicitar la solvencia laboral es necesario registrar la empresa o establecimiento en el Registro Nacional de Empresas y Establecimientos (RNEE). En caso que ya se encuentre inscrito en el RNEE, trimestralmente se debe realizar una declaración, en la que se suministrará la información relativa a empleo, horas trabajadas y salarios pagados. Para esto se debe ingresar a www.minpptrass.gob.ve, en "declaración trimestral", dentro de los 15 días hábiles siguientes a la culminación del trimestre.
Requisitos para la Solvencia Laboral
- La empresa debe estar inscrita en el Registro Nacional de Empresas y Establecimientos (RNEE).
- Debe estar al día con el Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (Inces).
- Debe estar al día en el Banco Nacional de Vivienda y Hábitat (Banavih).
- Debe estar al día en el Instituto Venezolano de los Seguro Social (Ivss).
Inicia el Sistema de Donación de Órganos en Venezuela
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A partir del lunes 26 de noviembre entró en funcionamiento el Sistema Nacional de Información sobre Donación y Trasplante (Sinidot), en el que las personas podrán manifestar su voluntad de ser donante de órganos y tejidos, o de negarse a ello.
La creación de este sistema responde a un mandato de la Ley Sobre Donación y Trasplante de Órganos, Tejidos y Celulas en Seres Humanos, exactamente en el artículo 15. A través del referido sistema se realizará un monitoreo a los registros nacionales relacionados con la actividad de donación y trasplante. Además se podrán actualizar listas de
espera, mejorar el sistema de distribución y asignación de órganos disponibles y potenciar la garantía de vida para las personas que requieren un trasplante.
Registrarse en el sistema es muy sencillo, aseguran las autoridades del programa. Además, la persona podrá retractarse: Si hoy dice que no será donante y luego cambia de opinión, puede expresarlo, y viceversa. Las cifras de donación se miden por cada millón de habitantes. Venezuela cerró 2011 con 3,83 donantes por millón, muy por debajo del promedio en Latinoamérica, que está en 7,4. Las cifras más actualizadas del Programa Nacional de Donación y Trasplante de Órganos, indican que hay más de mil 300 personas esperando por un riñón para continuar viviendo. Alrededor de mil 500 en espera de córneas, más de 345 necesitando médula ósea y al menos 20 requiriendo un trasplante de hígado.
Falta temporal y falta absoluta del Presidente de la República
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Conozca lo que indica la constitución en el caso de las faltas temporales o absolutas del Presidente de la República. ¿Lo suple el vicepresidente de la república o el presidente de la Asamblea Nacional?.

(Foto: Globovisión)
Hace unos días el presidente Chávez anunció que saldría con destino a Cuba donde sería operado del cáncer que nuevamente estaba reincidiendo, al mismo tiempo que dejó a cargo al actual vicepresidente de la República, Nicolás Maduro; incluso refiriéndose a él como posible sucesor en caso de que se presente alguna circunstancia que lo inhabilite para continuar al mando.
Ahora, el pasado 7 de octubre se llevaron a cabo las últimas elecciones presidenciales en las que el presidente Chávez resultó nuevamente elegido para un cuarto período presidencial que comenzaría en enero de 2013 y concluiría en enero de 2019, pero sobre el cual aún no ha sido proclamado. Entonces, la constitución presenta dos escenarios ante la ausencia del presidente de la república, la falta temporal y la falta absoluta; que a su vez dependiendo de las circunstancias deberá ser suplida por el vicepresidente de la república o por el presidente de la Asamblea Nacional.
Dicho lo anterior, esto es lo que establecen los artículos 233 y 234 de la Carta Magna:
Bancos otorgarán créditos de hasta 300 mil bolívares para vivienda principal
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La Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario dictó los lineamientos a considerar por las instituciones bancarias en el otorgamiento de préstamos hipotecarios para vivienda principal, según indica la resolución publicada en la Gaceta Oficial n.° 39.997, con fecha del 30 de agosto de 2012 que circula este viernes.
"Las instituciones bancarias podrán otorgar créditos hipotecarios para Vivienda Principal hasta por el cien por ciento (100%) del valor del inmueble dado en garantía según el avalúo que se practique, con recursos provenientes de la cartera de crédito obligatoria para vivienda, recursos del Fondo de Ahorro Obligatorio para Vivienda o Fondo de Ahorro Voluntario para Vivienda", expresa la Gaceta.
La norma destaca que el otorgamiento de los préstamos estará dirigido a la adquisición, autoconstrucción, ampliación o mejora de vivienda principal, todo ello de conformidad con los lineamientos establecidos por el Ministerio del Poder Popular para Vivienda y Hábitat y con la normativa que establezca el Banco Nacional de Vivienda y Hábitat.
Anteriormente solo se podían dar créditos por 85 % del valor.
"Sin perjuicio de lo establecido en la normativa que regula las condiciones de financiamiento que rigen el otorgamiento de los créditos para Vivienda Principal, y considerando la capacidad de pago del deudor, las instituciones bancarias podrán otorgar créditos hipotecarios para Vivienda Principal por el 100% del valor del inmueble dado en garantía según el avalúo que se practique (...)", establece el artículo 1 de la resolución.
Los créditos serán otorgados con recursos propios de los bancos de la cartera obligatoria, del Fondo de Ahorro Obligatorio de Vivienda o cualquier otra fuente de financiamiento proveniente del Estado que determine el Órgano Superior del Sistema Nacional de Vivienda y Hábitat.
Delitos contra el Patrimonio Público (Corrupción en Venezuela)
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Los delitos contra el patrimonio público son hechos delictivos en perjuicio del estado, perpetrados por funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones; y que en casos, pueden ser perpetrados por particulares y contra particulares.

Todos hemos escuchado historias sobre corrupción, algunas verdaderas, otras posiblemente distorsionadas, pero en la mayoría de los casos realmente no son tan siquiera denunciadas. La corrupción sucede (hipotéticamente) cuando un funcionario policial no cumple con su deber, cuando un fiscal de tránsito "matraquea", cuando un funcionario con fondos bajo su cuido los desvía, cuando un fiscal del ministerio público recibe alguna dádiva por emitir un oficio fiscal que le es propio de su cargo, cuando un funcionario judicial le hace un favor a un "amigo" para retrasar o fabricar algún procedimiento, cuando un Juez titular recibe un soborno o dádiva (o la sola promesa) para proferir un fallo o incluso cuando un particular induce a algún funcionario a realizar un acto de corrupción.
Conozca los escenarios que la ley tipifica como delitos de corrupción y sepa donde denunciarlos.
Los delitos contra el patrimonio público o hechos de corrupción suceden cuando uno o varios funcionarios públicos, con alguna clase de autoridad o no, realizan actos contrarios a la ley u omiten realizar actos que le corresponderían realizar según sus atribuciones, o incluso cuando realizan actos que si les corresponden por ley; desviando fondos, solicitando sobornos, recibiendo dádivas, mediante el uso de influencias o con abuso de funciones. En casos específicos cuando el funcionario incurso en corrupción se asocia con uno o varios particulares para la perpetración de los hechos, estos particulares también son susceptibles de ser sancionados penalmente.
La persecución de los delitos contra el patrimonio público no prescribe según lo que establece el artículo 271 de la Constitución Nacional vigente que establece precisamente que "no prescribirán las acciones judiciales dirigidas a sancionar los delitos contra los derechos humanos, o contra el patrimonio público o el tráfico de estupefacientes". Esto significa que es posible denunciar un hecho de corrupción años después de ocurrido; por ejemplo cuando se hayan presentado nuevas pruebas, cuando se hayan presentado testigos o en aquellos casos cuando se hayan descubierto con posterioridad las maquinaciones empleadas. No obstante, debe tener presente que debe existir una presunción grave que el hecho de corrupción realmente ocurrió, esto, porque la falsa denuncia también se encuentra penada por la ley.
Reforma al Código Orgánico Procesal Penal (COPP) (2012-2013)
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La procuradora General de la República, Cilia Flores, anunció el pasado 13 de junio que fue aprobado en Consejo de Ministros la sexta Reforma al Código Orgánico Procesal Penal (COPP). Esto, sin la intervención de la Asamblea Nacional como órgano legislativo.

La Reforma al Código Orgánico Procesal Penal fue aprobada el martes 12 de junio vía Ley Habilitante en el Consejo de Ministros número 825 y entrará en vigencia a partir del 1º de enero de 2013. Entre los cambios notables de esta Reforma se encuentra la eliminación de los escabinos, la creación de tribunales municipales de control, y la posibilidad de la continuidad del proceso penal en ausencia del imputado. Esta Reforma se aprobó en el marco de la Ley Habilitante 2011-2012 que a su vez fue aprobada por la anterior Asamblea Nacional justo antes de las últimas elecciones legislativas.
Tribunales Mixtos
Con esta Reforma se elimina la figura de los Tribunales Mixtos del sistema procesal penal, basado en el sistema Alemán. El Tribunal Mixto lo constituyen, un juez profesional y dos ciudadanos de la comunidad que no deben ser abogados, llamados "escabinos" o "jueces escabinos", a quienes correspondía conocer de delitos cuya pena fuese mayor de 4 años. Los escabinos eran seleccionados en forma aleatoria de entre ciudadanos que cumpliesen los requisitos de ley. La eliminación de los escabinos del proceso penal, que será de aplicación inmediata a partir de su entrada en vigencia en Gaceta Oficial.
Tribunales Municipales vs. Tribunales Estadales
Otro cambio importante de esta Reforma es la creación de tribunales de primera instancia municipal, que tendrán funciones de control, con competencia en aquellos delitos cuyas penas no excedan de los 8 años (Robo, Hurto, Extorsión, Desacato, Estafa Genérica, Defraudación, Apropiación Indebida, Obstrucción a la Justicia, etc.), es decir los delitos menos graves, que tendrán un procedimiento expedito dependiendo la gravedad del caso.
Con la creación de los tribunales municipales se tendrá la finalidad en principio, de eliminar trabas actuales para la administración de la justicia, así como para evitar el colapso de los tribunales que, por manejar demasiadas causas de distinta naturaleza, se producen retrasos administrativos en los procesos. El TSJ tendrá un lapso de 6 meses para la creación de los tribunales municipales, que deben entrar en funciones a principios del año 2013.
Sobre las confesiones del Exmagistrado Eladio Aponte Aponte
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El exmagistrado de la Sala de Casación Penal, Aponte Aponte, declaró ante en canal SoiTV sobre su caso y sobre el sistema judicial venezolano.
Eladio Aponte Aponte hasta hace poco era Magistrado y Presidente de la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, pero fue acusado de otorgar hace algunos años una credencial de la fiscalía militar al presunto narcotraficante de nombre Walid Makled y destituido por unanimidad por la Asamblea Nacional. El 21 de marzo la Fiscal General, Luisa Ortega Díaz, designó a la fiscal Deisy Bolívar para que abriera la investigación. Aponte Aponte se fue del país.
El pasado 18 de abril, el ahora exmagistrado, ofreció declaraciones exclusivas al canal SoiTV (propiedad de Eligio Cedeño) sobre su caso y sobre el sistema judicial venezolano. Según Aponte Aponte, efectivamente conocía a Walid Makled de la ciudad de Valencia, quien colaboró con el gobierno durante la situación del paro petrolero pero afirmó no haber colaborado con hechos del narcotráfico. Sobre el carnet militar otorgado dijo que firmó muchos de estos por lo que no niega haberlo firmado.
Ahora, lo más interesante y a mi parecer, lo más lamentable de la entrevista, fueron las declaraciones realizadas acerca del poder judicial venezolano. Según Aponte Aponte, en el poder judicial "la justicia es una plastilina y digo plastilina porque se puede modelar a favor o en contra". Afirmó que Chávez, Luisa Estella (presidenta del TSJ) y Luisa Ortega (Fiscal General de la República) lo llamaban directamente para que determinados casos fuesen conducidos de una manera conveniente o montado bajo las directrices, entonces se encargaba de organizar la situación y buscar al juez idóneo para que realizara tal acto. Entre los casos mencionados se encuentran el de los paramilitares del Hatillo, el de Mazuco (en Maracaibo), y el caso del exgeneral Francisco Usón Ramírez quien fue condenado a prisión de 5 años y 6 meses por el delito de injuria contra la Fuerza Armada Nacional.
Cadivi excluye 12 carreras universitarias (áreas) del dólar preferencial
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Según resolución dictada por el Ministerio de Educación Universitaria, se establecen las carreras seleccionadas porque obedecen "a los lineamientos del Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación 2007-2013".
Los estudios de pregrado y postgrado en el exterior en profesiones como: Psicología, Letras, Comunicación Social, Historia, Estudios Internacionales, Sociología, Derecho y Economía quedan excluidos de la asignación de dólares para estudios en el extranjero de la Comisión de Administración de Divisas (Cadivi), así lo señala Panorama en su página web.
A través de su cuenta en Twitter Cadivi señaló que seguirá dando divisas a estudiantes que ya están en el exterior. "A todos los estudiantes que se encuentren en el exterior, se les seguirán atendiendo sus solicitudes hasta culminar su actividad académica". De ninguna manera las personas que se encuentran en el exterior verán afectadas sus actividades académicas.
Quienes deseen estudiar carreras que están fuera de las incluidas en Gaceta oficial, tienen la opción de asistir al Sitme pero sin el beneficio que tienen las carreras prioritarias publicadas, según Informecifras.com.
Trámite y Renovación de la Licencia de Conducir (INTTT)
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Pasos y requisitos para el trámite por primera vez, y la renovación de la Licencia de Conducir a través del Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT).

La licencia de conducir es el documento que acredita la autorización administrativa a su poseedor para conducir vehículos en la vía pública. La licencia se otorga por primera vez al pasar el examen teórico-práctico y consignar otros recaudos necesarios. Para optar por la licencia de conducir es necesario tener la mayoría de edad (18 años), pero las personas mayores de dieciséis (16) años pueden obtener licencias de 3er grado mediante autorización notariada del representante legal. Desde junio de 2008 la licencia venezolana tiene un nuevo formato.
Para tramitar por primera vez o para renovar la licencia de conducir se debe solicitar una cita en línea a través de la página web del INTT [enlace] y el día establecido se debe acudir con los recaudos necesarios. En el caso de las renovaciones se deben cumplir los mismos requisitos que cuando se solicita por primera vez la licencia, con la excepción del examen teórico-práctico y de los montos a cancelar. En el caso del tramite y renovación de licencias superiores al 3er grado es necesario cumplir con requisitos adicionales.
En Venezuela, el marco legal base que regula lo referente a la Licencia de Conducir se encuentra en el Título III, Capítulo III de la Ley de Transporte Terrestre (LTT), así como en su reglamento. La LTT vigente fue publicada en la Gaceta Oficial Nro. 38.985 del 01/08/2008 con la que se derogó el Decreto con Fuerza de Ley de Tránsito y Transporte Terrestre (Decreto N° 1.535), publicado en la Gaceta Oficial N° 37.332 de fecha 26/11/2001.
Trámite de la placa o matrícula para vehículos y motos (INTTT)
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Pasos y requisitos para tramitar las matriculas de Vehículos y Motos Particulares.

La placa o matrícula de un vehículo es una combinación única de caracteres alfabéticos y numéricos que identifica e individualiza el vehículo respecto a los demás; se representan en una placa metálica en la que se graban o adhieren de forma inalterable los caracteres. En Venezuela, la matrícula es asignada por el Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT).
En diversos casos se hace necesario tramitar las placas de un vehículo como de aquellos vehículos nuevos sin placa, aquellos vehículos que ya poseen las placas pero en los que se hace necesario realizar el trámite por deterioro o actualización al nuevo esquema, o en caso que las placas hayan sido robadas. Desde el año 2009 el INTT asigna un nuevo modelo de placas con cinco elementos de seguridad, cuyo objetivo es actualizar el parque automotor y evitar la duplicación de placas.
Para adquirir la matricula, es necesario solicitar en línea una cita programada ante el INTT [enlace]. El día de la cita es necesario acudir con los recaudos completos para realizar el trámite.
Recaudos necesarios para el trámite de la matricula:
- Depósito Bancario en efectivo para adquirir el Sobre de Registro de Vehículo (actualmente por Bs. 30,00);
- Fotocopia de la cédula de identidad del Propietario o del RIF de la empresa;
- En caso de ser Representante Legal de la Empresa, consignar el Registro Mercantil (Original y Copia Legible);
- Fotocopia de la Póliza del Seguro de Responsabilidad Civil para Vehículo y/o Moto (vigente);
- Certificado de registro del vehículo (original);
- Factura original de compra;
- Acta de Revisión del Vehículo por el INTT (vigente);
- El pago previo de los aranceles aplicables mediante depósito bancario.