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Luis Tascón expulsado del PSUV (nuevamente)El diputado Luis Tascón fue expulsado nuevamente del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV) por haber hecho unas declaraciones en contra del nuevo Superintendente del Seniat, José David Cabello (hermano del gobernador Diosdado Cabello).
Al parecer, Tascón luego de haber afirmado que Cabello cometió un delito por la supuesta adquisición de cien camionetas por 75 mil bolívares fuertes (cada una), cuando la empresa automotriz que consignó el presupuesto los valoraba en BsF. 57 mil , fue señalado por la presidenta del Poder Legislativo, Cilia Flores por "conspirar con Globovision y el imperio norteamericano para atacar la revolución", por lo que también propuso la expulsión de éste del partido afecto al gobierno. [1] Flores ha asegurado que está será la última "autoexclusión de Tascón, quien previamente se había confirmado que sería un precandidato a la Alcaldía del municipio Libertador de Caracas. El diputado acusado, quién no se da como excluido del partido, tiene previsto dialogar con coordinares del mismo, por lo que sólo faltarían las palabras del mismo Presidente de la República para ver en que termina esta historia de nunca acabar.
Publicado por David
el Jueves, 14 de febrero del 2008, a las 21:46.
Archivado en:
Noticias Venezuela, Política Venezolana
Tags:
Luis Tascón, PSUV,
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34 Comentarios
http://xado.blogspot.com
Quisiera decir que respeto todas las ideologias y por ello quiero que tambien respeten la mia democraticamente y pueda expresarme aunque sea criticamente .
O TUYA POR NO ESTUDIAR O DEL GOBIERNO POR NO ENSEÑARTE???
PREGUNTO YO.
QUE PENA DE VENEZUELA
FUE EL INVENTO QUE SE CREO LA OLIGARQUIA Y SUS SEGUIDORES FUERA DE TODO MARCO ELECTORAL. Y LEGAL.. A QUE TANTO RECLAMO..?.
TASCON PADECE DEL MAL DE 4TA REPUBLICA. DE GLOBOVISION Y OTROS MAS Y ES HACER DENUNCIAS SIN PRUEBAS Y ESO LE HACE UN FAVOR MUY FLACO.. AL PAIS.
http://xado@blogspot.com
Ya estoy por enviarte la lista de Tascon, no me olvido
Mira mi blog, que con todo respeto verás que yo nunca insulto pero si digo mi LIBRE OPINION, y nadie me puede privar de MI LIBERTAD, ni Chavez ni nadie.
http:xado.blogspot.com
Estás invitado gustosamente.
Quedo a tu disposición en :
hrttp://xado.blogspot.com
Saludos
Gracias.
por favor estoy interezado en recibir la lista de tascon.
te agradezco el favor.
Saludos
http://xado.blogspot.com
o inserta "VENEZUELA EN LIBERTAD" en Google y allí encontrarás las indicaciones pertinentes para bajarse el programa de Maisanta que es la famosa y desafortunada lista en contra de todos los venezolanos democratas..saludos
DENUNCIA:
EXP: 5597 .-
DIVISION DE DISCIPLINA de Físcalia-
DENUNCIA CONTRA FISCAL NONAGÉSIMA SEXTA (96º) DEL MINISTERIO PÚBLICO (EN MATERIA DE FAMILIA), DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
EXP: 09.02275.-
DIRECCION EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA,
(D.E.M.)
INSPECTORIA GENERAL DE TRIBUNALES.-
DENUNCIA CONTRA LA JUEZ NOVENO DE LOPNA DE CARACAS .
POR VIOLACIÓN AL DEBIDO PROCESO, VIOLACIÓN A LA TUTELA JUDICIAL Y AL DERECHO A LA DEFENSA DE NIÑO DE UN AÑO DE EDAD DISCAPACITADO.
Por actuar sin eficacia,
objetividad, imparcialidad, honestidad, transparencia buena fe y confianza, que debe procurar todo Funcionario Público cuando se le eleva un procedimiento a su conocimiento la Fiscal 96 del M.P., de Familia, impulsando en toda la secuela del procedimiento plagado de irregularidades procesales, que sustanció la JUEZ de la Sala de Juicio Nº IX, del Circuito Judicial del Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de
Caracas,(LOPNA), en el Asunto signado con el
Nº AP51-V-2008-011774, demostrando un desconocimiento de las nociones y herramientas básicas del derecho, en Materia de Protección del Niño, Niña y Adolescente. Así como el desconocimiento de la Ponencia de la Magistrada Carmen Zuleta de Merchán de fecha 27 de abril de 2007, en el expediente signado con el Nº 07-0130, que fijó todas las pautas procedimentales en los casos de Restitución de Custodia de Niños (a) y
Adolescentes, vinculante por ende de obligatorio cumplimiento para todo los funcionarios y funcionaria del Poder Judicial, relativas al artículo 390 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño(a) y Adolescente,
Por encontrarse incursas en la violación
de las siguientes Leyes
y Artículos como son
CONSTITUCIÓN NACIONAL BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Art: 19,- Art: 21 parrafo dos,
Art: 29, -Art: 30,-
Art: 46 particular 4,-
Art: 49 ordinales 1, 6 y 8,
-Art; 60, -Art: 75, particular 2,- Art; 138,- Art: 139,- Art: 140,-
Art: 255 en su ultimo párrafo,
LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE NIÑOS Y ADOLESCENTES
EN SUS ARTS: 26,- Art: 29,
Art: 30 parrafo tercero, -
Art: 32-a, - Art: 41, -
Art: 49, - Art: 56, - Art: 61, -
- Art: 88, - Art: 151, - -
Art: 216, - Art: 217, --Art: 254, -
Art: 270-a, - Art; 271, - Art: 272, - Art: 327, -
LEY ORGÁNICA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD:
Art: 1, - Art: 2, - Art: 9, -
Art: 12, - Art: 13, -
Art: 14, - Art: 18, - Art: 35, -
Art: 73, - Art: 77,.-
LEY DEL ESTATUTO DE LA FUNCIÓN PUBLICA :
Art: 33 párrafos 1, 5, 6 y
10 con particulares letras b, c, d,(del mismo art 33 part 10) -
Art: 34 párrafo 3, - Art: 79, -
Art: 80, - Art: 81, -
Art: 82 párrafo 2, -
Art: 86 párrafos 2, 3, 6, 7, -
LEY CONTRA LA CORRUPCIÓN
en sus artículos - Art: 16, -
Art: 19, -- Art: 22, -
Art: 67, - Art: 70, - Art: 71,
LEY CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA
Artículos 2 párrafo 2, - Art: 6, - Art: 8 particular 3ro, -
Art: 13 párrafo 4, -
Art: 16 ordinales 3 y 6, - Art: 18.-
CÓDIGO PENAL
En sus Articulos Art: 203, -
Art: 237, - Art: 242.-
Art: 245(Psicologa),- Art: 249,-
Art: 254, Art: 283, - Art: 286,
Art: 291, - Art: 316, - Art: 317, - Art: 322, - - Art: 462 ordinal 2, - Art: 463 ordinales 2,-
(NUEVO) CÓDIGO DE ÉTICA DEL FUNCIONARIO
PUBLICO
Art: 2, - Art: 3, - Art: 6, -
Art: 8, -Art: 10.-Art: 11.-
Art: 12.- Art: 24.-
Art: 32 particulares 1, 6, 7 y 8,- Art: 33 particulares: 1, 11, 12, 13, 14, 15, 20, 21, 23, 24.--
Denunciadas ante la Direccion Contra la CORRUPCION DE LA FISCALIA GENERAL DE LA REPUBLICA
Ya que tal desconocimiento
originó la inconstitucional e ilegal restitución, de un niño con Discapacidad Neuromotora, de un año de edad, violando la Medida de Protección Dictada por la Juez de la Sala 16 de Lopna de Caracas de COLOCACIÓN FAMILIAR EN FAMILIA SUSTITUTA
que para esta fecha actual, todavía se encuentra sin poder recibir su habilitación que venia recibiendo en el hogar sustituto designado por Medida de Protección de [MENSAJE TRUNCADO]
gracias
por el correo iruiram_145@hotmail.com
gracias
http://xado.blogspot.com/2009/05/lista-de-tascon-bajar-de-internet.html
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