Gaceta OficialPrecio de Unidad Tributaria aumentó 18% a 65 bolívares (2010)
Publicado por Mandrake,
el Jueves, 4 de febrero del 2010 a las
09:23.
Archivado en: Economía y Finanzas | Comentarios (40) La comisión de finanzas de la Asamblea Nacional aprobó el aumento que pasará de 46 bolívares fuertes (Bsf. 55,00) a 65 bolívares fuertes (Bsf. 55,00), lo que representa un incremento del 18% con respecto al año anterior. El nuevo costo de la Unidad Tributaria será aplicado con carácter retroactivo para el ejercicio fiscal 2010 (desde enero) y parte de 2011, de esta forma todas las multas y la base mínima establecida para la declaración de impuestos (IVA, ISLR) se regirán con el nuevo valor. Por lo general el aumento de la UT se hacen durante el mes de enero o febrero, tomando en cuenta la inflación acumulada del año precedente, que en 2009 fue de 25,1%.
Con el aumento de la UT, se incrementa el costo de las estampillas a entregar para documentos legales y trámites como el pasaporte, las tasas aeroportuarias, las multas de transito y demás; el aumento de la UT también tiene efectos en cuanto a los aportes/créditos del Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda (antigua Ley de Política Habitacional) y los Cesta Tickets (o bonos de alimentación). La providencia del Seniat que aumentó la UT fue publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.361 del 5 de febrero de 2010, fecha a partir de la cual entró en vigencia. Tabla Cadivi 2010: Escala de asignación de cupos de divisas según destino y duración del viaje (Providencia 099)
Publicado por Mandrake,
el Lunes, 30 de noviembre del 2009 a las
19:27.
Archivado en: Economía y Finanzas, Viajes y Turismo | Comentarios (158) De acuerdo a la Gaceta Oficial publicada el lunes 30 de noviembre de 2009, la providencia Nº 099 de Cadivi establece una tabla de asignación de divisas con un mínimo de 500 dolares y un máximo de 3 mil dólares para viajeros, dependiendo del destino y la duración del viaje. En el marco del Control de Cambios establecido desde el año 2003, los montos de divisas para viajes que se aprobarán a partir del 1ro de enero de 2010, dependerán así de del destino y la duración del viaje, según sea registrado al momento de solicitar el cupo. Los cupos electrónicos se mantienen en un tope de 400 dólares (USD) durante todo el año, para el pago de bienes y consumos en el extranjero (por Internet) con tarjetas de crédito. Los cupos en efectivo también se mantienen con un máximo de 500 dólares (USD) pero en algunos destinos como Colombia, Panamá y las Islas del Caribe estará limitado a 300 dólares. El régimen cambiario ahora establece el otorgamiento de cupos en efectivo para niños y adolescentes, con un máximo de 500 dólares (USD) o de 400 euros según sea el destino, por ejemplo en países europeos. La escala y el procedimiento para solicitar los cupos para niños es similar al procedimiento de los adultos (hay algunos documentos adicionales como la partida de nacimiento, revise la Providencia 099 -debajo- para más detalles), pero en estos casos serán los representantes legales quienes deberán consignar la documentación. Las escalas de asignación después del salto... Gaceta Oficial sobre naturalización en Venezuela (años 2004, 2006 y 2007)
Publicado por Mandrake,
el Sábado, 14 de noviembre del 2009 a las
02:26.
Archivado en: Legislación | Comentarios (66) A continuación un listado con las Gacetas Oficiales disponibles con personas naturalizados en Venezuela desde el año 2004 mediante las atribuciones otorgadas por el decreto presidencial Nº 3.084. "En ejercicio de las atribuciones que confiere el Decreto Nº 3.084 de fecha 03 de septiembre de 2004, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 38.015 del 03 de septiembre de 2004. De conformidad con lo establecido en el numeral 4 del articulo 156 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; numerales 2 y 18 del articulo 76 de la Ley Orgánica de la Administración Pública y en concordancia con lo dispuesto en el numeral 2 del articulo 31 del Reglamento Orgánico del Ministerio del Interior y Justicia, publicado en la Gaceta Oficial Nº 5.389 Extraordinario de fecha 21 de Octubre de 1999, se expide la Carta de Naturaleza a los siguientes ciudadanos": Gacetas oficiales con listados de Naturalizados
Reducción del consumo eléctrico, restricciones para la importación de aires acondicionados y otras medidas para combatir los apagones
Publicado por Jose,
el Sábado, 7 de noviembre del 2009 a las
09:26.
Archivado en: Energía y Petróleo | Comentarios (4) La medidas del Gobierno Nacional se concentran en reducir el consumo de energía en las edificaciones donde hacen vida las instituciones del Gobierno, así como la restricción a la importación de equipos de climatización. En función de combatir el consumo excesivo de energía eléctrica, el cual según el presidente estaría causando la crisis energética, el Gobierno nacional dio a conocer las primeras medidas para reducir la demanda de electricidad. En ese sentido, el ministro de Energía Eléctrica, Ángel Rodríguez, confirmó que se verán restringidas las importaciones de equipos de climatización de agua helada, usados o reconstruidos, o descontinuados porque generan un alto consumo de electricidad. Ángel Rodríguez viene a confirmar lo plasmado en la Gaceta Nº 39298 donde los Ministerios del Poder Popular para el Comercio (Minco), de Energía Eléctrica y de Ciencia, Tecnología e Industrias Intermedias, mediante una resolución conjunta establecen las condiciones para la importación de equipos de acondicionamiento de aire, refrigeración o de climatización de agua. ![]() Ángel Rodríguez, Ministro de Energía Eléctrica
De acuerdo a esto, los equipos tipo ventana y mini Split si cuentan con una capacidad de enfriamiento menor a 12.000 BTU deben tener un EER (BTU/W-H) mínimo de 9,8. Si la capacidad de enfriamiento es mayor lo mínimo debe ser 9,0 EER (BTU/W-H), en cambio si el equipo es tipo compacto y Split debe tener un rendimiento de 10,0 BTU/W-H. Bienes declarados de Interés Cultural en el municipio Libertador
Publicado por Mandrake,
el Viernes, 30 de octubre del 2009 a las
22:36.
Archivado en: Construcción y Bienes Raíces, Legislación | Comentarios (2) El pasado 25 de septiembre fueron decretados como de interés cultural 1.216 inmuebles y construcciones ubicados en el municipio Libertador de la Región Capital de Venezuela, publicado en Gaceta Oficial Nº 39.272. El decreto se realizó con base al artículo 29 de la Ley de Protección y Defensa del Patrimonio Cultural de 1993, el cual establece que “estarán sometidos a Ley los bienes muebles de cualquier época o propiedad de particulares, que a juicio del Instituto del Patrimonio Cultural sean de interés conservar por su excepcional valor histórico o artístico”
![]() La Avenida Francisco Fajardo es parte del decreto sobre bienes de interés cultural (Foto: Traffic Center).
En resumen se debe notificar en caso de transacciones con estos bienes y solicitar permiso para realizar cualquier clase de intervención o modificación de estos bienes.
Discusión sobre la Ley de Tierras Urbanas (Leytiur, LTU)
Publicado por Mandrake,
el Sábado, 24 de octubre del 2009 a las
08:13.
Archivado en: Legislación | Comentarios (8) El 21 de octubre fue publicada en Gaceta Oficial (por consiguiente entró en vigencia) la Ley de Tierras Urbanas, la cual tiene la finalidad de regular la tenencia de tierras urbanas "sin uso", aptas para programas de vivienda y hábitat. La Ley de Tierras Urbanas le otorga competencia al Ministerio de Vivienda y Hábitat para regular la adquisición en nombre del estado de aquellas tierras urbanas, que sean declaradas "sin uso" mediante un procedimiento administrativo breve. Estas tierras deben ser aptas para programas de vivienda y hábitat que serán desarrollados por el Gobierno Nacional. En dicho procedimiento debe participar el propietario y/o aquellos interesados, en procura del derecho al debido proceso y la defensa establecido en el artículo 49 de la Constitución Nacional. ![]() Tierra Urbanas, Régimen de Vivienda y Hábitat.
En la exposición de motivos del Proyecto de Ley se argumenta que existen muchas extensiones de terrenos en mano de grandes monopolios inmobiliarios que controlan la compra-venta de tales terrenos y parcelas. También argumenta que este comportamiento, al no resolver sobre dichos inmuebles un desarrollo urbano, está motivado por la intención de codicia, usura y “engorde” de los precios de venta para obtener grandes beneficios. De esta forma la Ley no debe ser aplicable en tierras con permisos de construcción o donde existen soluciones habitacionales proyectadas. La Ley de Tierras Urbanas promulgada de ninguna manera deroga derechos civiles o derechos humanos establecidos en la Constitución, en el Código Civil o en tratados internacionales; tales como el derecho de propiedad y aquellos derivados de la posesión pacífica. Se trata de una ley que regula procedimientos administrativos sin la intervención de los tribunales, que son instancia para partes agraviadas. Sin embargo, le otorga el derecho de preferencia al estado para la adquisición de las tierras, lo que puede resultar contradictorio con principios establecidos en la Constitución y las leyes. En la Ley de Tierras Urbanas se prohíben las ocupaciones ilegales y las invasiones. Las comunidades organizadas responsables de la protección de los inmuebles frente a posibles invasiones, no podrán ocupar de ninguna forma los inmuebles bajo procedimiento administrativo. La invasión es un delito de orden público tipificado en el Código Penal (artículo 471-A) con hasta 10 años de prisión. Toda autoridad (Policía, GN, CICPC) está obligada por la Ley en aprehender a personas (sean hombres o mujeres) en flagrante comisión de delitos que merezcan privativa de libertad, de acuerdo con el artículo 257 y el Título II del Código Orgánico Procesal Penal. En el caso del uso abusivo de niños menores para escudarse durante la comisión de un delito, es recomendable la presencia de un Consejero de Protección del niño y del adolescente que pueda velar por su integridad y cuidado. Solicitud del pasaporte venezolano por Internet (Onidex, Saime)
Publicado por Mandrake,
el Jueves, 8 de octubre del 2009 a las
15:41.
Archivado en: Legislación, Noticias Venezuela | Comentarios (280) Desde hace cuatro años la Onidex (ahora Saime) ha implementado un sistema para la solicitud del pasaporte venezolano por Internet, y desde el año pasado se comenzaron a implementar las llamadas "citas programadas". Antes que nada es bueno aclarar que la ONIDEX cambio de nombre a SAIME según el decreto presidencial Nº 6.733 (artículo 68) que fue publicado en Gaceta Nº 39.196 del 09/06/200, pero las competencias quedaron exactamente iguales, solo se trató de un cambio de nombre. Segundo, vamos a retomar en este post el asunto de la solicitud de los pasaportes en Internet, ya que algunas de las reglas y los enlaces han cambiado. Pasaportes venezolanos
Desde el 19 de Septiembre de 2005, los pasaportes venezolanos comenzaron a ser solicitados mediante la página web de la Oficina de Identificación y Extranjería (ONIDEX) para luego consignar recaudos y días más tarde proceder a retirar el documento de identidad. Luego el 21 de abril de 2008 comenzó a implementarse la modalidad de las citas programadas, que bajo las mismas reglas del registro por Internet se asignaban las citas para consignar los recaudos a discreción de la institución, para luego de nuevo proceder a retirar los documentos. Estas modalidades (registro por internet y las citas programadas) fueron implementadas para eliminar el problema de las largas colas que se realizaban en la DIEX y ONIDEX para realizar la solicitud del pasaporte
ordinario, y luego otras colas para retirarlo. Sin embargo, después de 4 años de haberse implementado el sistema, hemos aprendido que se ha agilizado a un alto costo el proceso de solicitud del pasaporte (en algunas locaciones es complicado), pero de igual forma hay que hacer largas colas para consignar los recaudos y de nuevo asistir a otra cola 15 días después para retirarlo. La solución definitiva podría presentarse con la entrega de pasaportes a domicilio o con el incremento en la capacidad de atención del Saime. Como punto positivo, ya no es necesario acampar por dos días a las afueras de Identificación y Extranjería para no perder el turno, lo que solía ser muy desagradable. Sin embargo, en aquellos días cuando concluye la jornada laboral y quedan personas por atender, se anotan en una lista y son convocados para el día siguiente. Emisión de bonos de la deuda pública por USD 4.700 millones
Publicado por Jose,
el Sábado, 26 de septiembre del 2009 a las
18:42.
Archivado en: Economía y Finanzas El gobierno anuncia las condiciones que regirá la primera avanzada de bonos de Deuda Pública Nacional por US$ 4.700 millones que se emitirá en los próximos días, con la cual aspira cubrir parte de su gasto corriente. Se espera que el Banco Central afine los detalles para conocer la conveniencia de este instrumento en específico como medio de inversión para los venezolanos.
Así mismo se informa que esta emisión de Bonos de la Deuda Pública Nacional podrá ser adjudicada como colocación primaria, es decir, con una oferta pública a todos los venezolanos, en la cual los interesados adquieren estos instrumentos. Podrán ser dados en pago, es decir, que el ejecutivo podría solventar sus deudas mediante el otorgamiento de estos Bonos. De igual forma hay la posibilidad de que una cantidad se ofrezca a tenedores de Deuda Pública Nacional bajo las mismas condiciones de bonos ya emitidos, es decir, a personas que ya tienen en posesión títulos de Deuda Pública se les podría suministrar estos bonos bajo las mismas condiciones de los que ya poseen. Así mismo, se da la libertad al Ministerio de Finanzas de realizar esta emisión de deuda pública con Bonos con cupón fijo y/o variable, es decir, que la retribución por comprar dicho instrumento podría estar determinado al inicio y ser constante a lo largo del plazo establecido para el bono, como podría variar de acuerdo al promedio simple del rendimiento promedio ponderado semanal de las Letras del Tesoro de la Reserva Federal de Estados Unidos. BANAVIH regularizará viviendas adjudicadas por el Gobierno desde 1999
Publicado por Jose,
el Sábado, 26 de septiembre del 2009 a las
17:12.
Archivado en: Construcción y Bienes Raíces, Economía y Finanzas | Comentarios (4) En medio de la crisis económica el Ministro de Obras Públicas y Viviendas, designa la entidad financiera encargada de realizar el cobro de las viviendas adjudicadas por el gobierno entre 1999 y 2008 en función de recuperar los aportes realizados a los distintos fondos habitacionales. En la Gaceta Oficial Nro. 39.263 de fecha 14/09/2009 se designa al Banco Nacional de Vivienda y Hábitat (creado con la nueva Ley de Vivienda y Habitat) para elaborar, administrar, y coordinar el proceso nacional de regularización de la situación legal y financiera de las viviendas construidas con recursos del Fondo de Aportes del Sector Público, correspondientes a los proyectos aprobados desde el año 1999 hasta el año 2008.
Según el Ministerio de Obras Públicas y Vivienda, esta decisión se produce debido a que, gran parte de los recursos portados por el ejecutivo nacional para la construcción de viviendas no se ha podido recuperar. Entre las razones que hace esta situación se encuentran la falta de determinación del precio de las viviendas, la falta de protocolización de los documentos de compra-venta y sus respectivos créditos al momento de la adjudicación. De acuerdo a lo expuesto por este ministerio, estos problemas legales han imposibilitado la implementación efectiva del Plan Nacional de Cobranzas. Esta nueva tarea designada para el Banco Nacional de Vivienda y Hábitat, se especifica de la siguiente manera, en primer lugar determinar el precio de la vivienda construida, para ello deberá tomar en consideración: el año de la adjudicación de la vivienda, la capacidad de pago correspondiente a un ingreso de un salario mínimo para el año en el cual se corresponda la adjudicación, y se le da la libertad al Banco para establecer cualquier otra que considere pertinente. El Banco de Venezuela hace posible la Corporación de la Banca Pública
Publicado por Jose,
el Martes, 22 de septiembre del 2009 a las
19:50.
Archivado en: Economía y Finanzas | Comentarios (12) En consejo de ministros se aprobó la creación de la Corporación de la Banca Pública, con la finalidad de “alcanzar el acoplamiento, racionalización, optimización, eficacia, eficiencia y sostenibilidad del Sistema Financiero Público Nacional”. En el marco de las 40 decisiones económicas que anunció el ejecutivo nacional que se aprobaron en consejo de ministros, se encuentra la reorganización de la red de bancos de capital públicos, según la Gaceta Oficial de fecha 18 de septiembre de 2009, esta decisión obedece a “el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor eficacia política y calidad revolucionaria en la construcción del socialismo, por mandato del pueblo…“. La presidencia de la república justifica la creación de esta corporación alegando que el Estado requiere un organismo que ejerza la intermediación financiera bajo las premisas del Plan de Desarrollo de la Nación, es decir, orientado hacia un esquema de desarrollo socialista. La Corporación de la Banca Pública, que regirá a todos los bancos microfinancieros, comerciales, universales y de desarrollo de propiedad Estatal, será dirigida por un Consejo Directivo compuesto de cinco miembros designados directamente por el presidente de la república. De esos cinco miembros, se elegirá a un Ministro de Estado quien presidirá el consejo.
![]() Banco de Venezuela, Corporación de la Banca Pública.
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