Nueva Ley de Trabajo elimina figura de empleado contratado
Publicado por David,
el Martes, 3 de junio del 2008 a las
22:58.
Archivado en: Legislación, Noticias Venezuela
Comentarios (32)
La Asamblea Nacional estima eliminar la figura del trabajador tercerizado o contratado en la nueva Ley Orgánica de Trabajo que se discute en el seno del Poder Legislativo. Se habla también de la disminución de las horas laborales y fondo de Seguridad Social. ![]() Los trabajadores estarían fijos Aún con un nuevo proyecto de Ley Orgánica de Trabajo en puertas, de la que por cierto, se sabe muy poco, la Asamblea Nacional (AN) ha comenzado a dar señales de lo que podrían ser las primeras modificaciones que se viene en tan importante instrumento legal. Según el diputado Orlando Castillo, uno de los primeros elementos en ser eliminados es la figura de lo que denomina como trabajador tercerizado o que conocemos como empleados que no son fijos sino contratados. "Aquí tiene que acabarse esa odiosa e injusta discriminación entre trabajador directo, trabajador fijo y trabajador contratado(...) en la revolución no puede haber trabajadores subcontratados, todos los trabajadores por el papel histórico tan importante que ocupan en la producción deben ser directos y fijos", aseguró el parlamentario. [1] Aumento para jubilados y pensionados del IVSS y la Administración Pública
Publicado por Mandrake,
el Miércoles, 7 de mayo del 2008 a las
03:25.
Archivado en: Economía y Finanzas, Legislación
Según el decreto que establece el nuevo salario mínimo en 799,23 bolívares fuertes el aumento también será aplicado a los jubilados y pensionados por el IVSS, así como de la Administración Pública Nacional.
A pesar de haberlo publicado junto con los detalles del decreto N° 6.052 que estableció el salario mínimo en 2008, todavía me hacen la pregunta por vía email si el aumento del salario mínimo aplica a los jubilados y pensionados del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales o de la Administración Pública Nacional. En lugar de responder cada mensaje mejor lo dejo registrado en este post, si quedan dudas revise el post con el decreto. Los artículos 4 y 5 del decreto en cuestión son claros: Artículo 4°. Se fija como monto mínimo de las pensiones de los jubilados y pensionados de la Administración Pública Nacional, el salario mínimo obligatorio establecido en el artículo 1° del presente Decreto. Los jubilados y pensionados de las gobernaciones y alcaldías no son mencionados en el decreto del aumento del salario ni en el nuevo tabulador de sueldos de la administración pública, pero sería un paso natural que se ajustaran estos mínimos por igual. Gaceta Oficial 38.921, decreto 6.052, aumento del salario mínimo 2008
Publicado por Mandrake,
el Martes, 6 de mayo del 2008 a las
12:36.
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Detalles sobre el Decreto N° 6.052 publicado en la Gaceta Oficial Nº 38.921 sobre el aumento del salario mínimo 2008, que abarca a todos los trabajadores urbanos y rurales tanto del sector público como del sector privado.
El aumento del salario mínimo 2008 en 30% anunciado en cadena nacional por Chávez el pasado 30 de abril, un día antes del día internacional del trabajador, se oficializó a través del decreto presidencial N° 6.052 publicado en la Gaceta Oficial Nº 38.921 del día miércoles 30 de abril de 2008, mediante el cual se fija el Salario Mínimo Mensual obligatorio para las Trabajadoras y Trabajadores que presten servicios en los Sectores Público y Privado. El decreto entrará en vigencia a partir del jueves, 1ro de mayo de 2008. En el decreto en cuestión se establecen dos salarios mínimos:
Cesta básica familiar supera los 2.700 bolívares fuertes (febrero 2008)
La cesta básica o canasta básica exclusivamente alimentaria tuvo un valos de 1.246 bolívares fuertes mientras que la cesta básica de alimentos, bienes y servicios tuvo un valor de 2.707 bolívares fuertes; incluso antes que se decretara el nuevo salario mínimo en 2008.
![]() ¿Puede cubrir las necesidades básicas mensuales con su sueldo? Ahora bien, según estudio (publicado por Globovisión) del Centro de Documentación y Análisis para los Trabajadores (CENDA), el precio de la canasta básica alimentaria el pasado mes de abril tuvo un costó más de mil doscientos bolívares fuertes (Bs. F 1.246,10 para ser exacto). Mientras que la canasta básica de Alimentos, bienes y servicios se ubicó (publicado por El Nacional) en 2.707,10 Bs. F durante el pasado mes de febrero. En mi opinión el incremento del salario mínimo en 30% fue justo y necesario, porque no podemos esperar un aumento del 50% o más que podría causar más daños que beneficios (inflación, desempleo) pero tampoco podemos esperar aumentos por menos de eso (como el aumento de 20% que hubo en 2007), porque demás esta decir que el salario mínimo no cubre las necesidades alimentarias familiares, ni hablar de las necesidades familiares de bienes y servicios. De hecho, para cubrir las necesidades básicas de una familia hoy en día es necesario devengar por sobre los tres salarios mínimos y medio. Aumento del salario mínimo venezolano (2008) en 30%, a 799,5 bolívares
Publicado por David,
el Miércoles, 30 de abril del 2008 a las
22:02.
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Con motivo del Día del Trabajador, el gobierno anunció unilateralmente un aumento de 30 por ciento en el salario mínimo venezolano, que pasará de 615 bolívares a 799,5 bolívares. Mientras que los funcionarios públicos recibirán el mismo incremento porcentual.
![]() ¿Un aumento del salario tan alto como la inflación? Según el decreto presidencial Nº 6052, a partir del 1º de mayo queda establecido el salario mínimo mensual obligatorio en 799,5 bolívares fuertes tanto en el sector público y como en el sector privado, extendiendose el mismo efecto para todos los trabajadores urbanos y rurales. En el caso de los trabajadores y obreros dependientes de la administración pública, así como de los funcionarios públicos a todo nivel, también aplica un 30% de incremento salarial. ** Con esto, se cumplen las estimaciones previstas tanto por la CTV como por el diputado Ismael García, aunque no se mencionó en ningún momento la utilización de los ingresos provenientes de la Ley de Contribuciones Especiales para tal fin. Salario mínimo debe superar los 800 bolívares fuertes en 2008
Publicado por David,
el Jueves, 17 de abril del 2008 a las
21:32.
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El aumento de salario mínimo venezolano debería estar entre 30 a 40% para el año 2008 y ubicarse de 800 a 860 bolívares fuertes; el diputado Ismael García (AN, Podemos) y el secretario general de la CTV coinciden en eso.
![]() Trabajadores públicos podrían beneficiarse A menos de quince días para el acostumbrado anuncio presidencial donde se decreta el aumento del sueldo mínimo, ya comienzan a hacerse las primeras proyecciones y sugerencias de cuánto irá a ser este año. Por una parte está la sugerencia realizada por el diputado Ismael García, quién consignó ante la Asamblea Nacional un proyecto donde propone que el salario base llegue hasta un sustancial 30 por ciento para quedar en 800 Bolívares Fuertes. Además, sugiere que se utilicen las ganancias percibidas producto de la Ley de contribuciones especiales para cubrir los gastos correspondientes a la nómina del estado. Por otra parte, el secretario general de la Confederación de Trabajadores de Venezuela (CTV) propone un 10 por ciento más que la cifra de indicada por García, donde el salario mínimo se ubicaría en 860 Bs.F. [1] Calculo de los Cesta Tickets y Bonos de Alimentación
Publicado por Mandrake,
el Martes, 8 de abril del 2008 a las
16:21.
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Los Bonos o Ticket de Alimentación son beneficios otorgados por ley en empresas con 20 o más trabajadores, calculado en base a la Unidad Tributaria.
Los Cesta Tickets o Bonos de Alimentación son medios de pago originalmente promovidos como un beneficio de alimentación para los trabajadores, sin que tenga efectos al momento de calcular los beneficios de Ley que les corresponden. De esta manera los Cesta Tickets le permiten adquirir bienes de consumo pero no se toman en cuenta al momento de calcular las liquidaciones, las utilidades, las vacaciones, sobre el salario normal, el salario promedio, el salario integral y la incidencia sobre los días domingos y feriados trabajados. La Ley de Alimentación estipula que aquellos "empleadores del sector público y del sector privado que tengan a su cargo veinte (20) o más trabajadores, otorgarán el beneficio de una comida balanceada durante la jornada de trabajo" con la condición que estos trabajadores no lleguen a devengar un salario que exceda de tres salarios mínimos urbanos decretados por el gobierno nacional. Según la misma Ley Los beneficios de alimentación pueden otorgarse mediante comedores, contratación del servicios de comida elaborada o a través de "cupones, tickets o tarjetas electrónicas de alimentación, emitidas por empresas especializadas en la administración y gestión de beneficios sociales, con los que el trabajador podrá obtener comidas o alimentos en restaurantes o establecimientos de expendio de alimentos o comidas elaboradas", de esta forma llegamos a los Cesta Tickets. Aumento de 20% al salario mínimo venezolano (2007) a 614.790 bolívares
Publicado por Carlos,
el Lunes, 30 de abril del 2007 a las
21:32.
Archivado en: Economía y Finanzas, Noticias Venezuela
El presidente de la República, Hugo Chávez, anunció hoy un aumento del 20% del salario mínimo, a partir de mañana, con lo cual pasará de 512.325 a 614.790 bolívares.
![]() Aumentado 20% el salario Mínimo También dio a conocer que el ingreso mensual de los trabajadores del sector público que perciben el salario mínimo “puede ascender a 1.064.690 bolívares”, si se suma el complemento del Bono Alimentario (comúnmente conocido como Cesta Ticket), cuyo máximo es de 450.000 en la administración pública. Aumento del salario mínimo 2006, 465 mil (mayo), 512 mil (septiembre)
Publicado por Carlos,
el Miércoles, 10 de mayo del 2006 a las
14:53.
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El gobierno decretó el aumento del salario mínimo en 465.750 bolívares desde mayo, y posteriormente en 512.325 bolívares a partir de septiembre.
El Ejecutivo venezolano realizó el anuncio del aumento del salario mínimo a los trabajadores, este aumento fue oficializado el día martes 27 de Abril de 2006 mediante el decreto presidencial Nº 4446 publicado en la Gaceta Oficial Nº 38426 [ver] el día 28 de Abril de 2006 y este entrará en vigencia a partir del 1 de mayo de 2006 con un monto de 465 mil 750 bolívares y posteriormente desde el primero de septiembre de 2006, con un monto de 512 mil 325 bolívares, beneficiando a los trabajadores urbanos, rurales domésticos y de conserjería, independientemente del número de trabajadores que presten servicios para el patrono. De igual manera se fija el salario mínimo para los adolescentes aprendices la cantidad mensual de 349 mil 296 bolívares. Asimismo, fija como salario mínimo de las pensiones de los jubilados y pensionados de la Administración Pública Nacional el salario mínimo obligatorio establecido en el presente decreto. El decreto de aumento de salario mínimo hace mención a las sanciones establecido artículo 627 de la Ley Orgánica del Trabajo en caso de no cumplirse con el pago del nuevo salario mínimo. El precio de la Canasta Básica supera los 1.5 millones (junio 2005)
Publicado por Mandrake,
el Viernes, 1 de julio del 2005 a las
16:43.
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El salario mínimo venezolano está establecido en 405 mil bolívares, lo que no alcanza para cubrir ni la Canasta Básica alimentaria.
El precio de la Canasta Básica Familiar (CBF) para el mes de junio de 2005 se ubicó en 1.560.147 bolívares [1], lo que representa mas de tres veces el valor actual del salario mínimo venezolano. Mientras que la Canasta Básica (exclusivamente alimentaria) quedo establecida en 614.675 bolívares [2], lo que representa más del 50% del valor actual del salario mínimo. Para poner las cosas en perspectiva, la Canasta Básica Familiar (CBF) en 1998 antes que Chávez llegara al poder costaba 246.582 bolívares y el salario mínimo representaba el 40,55% de la canasta. Ahora en 2005 bajo la ineficiencia chavista, el salario mínimo actual representa menos del 21% del precio actual de la Canasta (CBF) que esta mencionado en el primer párrafo.
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