Dentro del denominado "paquetazo" de las 26 leyes vía Habilitante decretadas por el presidente, se encuentra el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a Bienes y Servicios (Indepabis), ente que viene a sustituir al emblemático Indecu. Entérese de cuáles son las funciones y el alcance de este organismo creado para la protección del pueblo.
Atrás quedaron los días en que el ente gubernamental encargado de velar por la defensa de los consumidores y usuarios venezolanos se llamaba el Instituto para la Defensa y Educación del Consumidor y del Usuario (Indecu). Dentro de una de las 26 leyes habilitantes, específicamente en la Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso para los bienes y servicios, se crea un organismo que viene a derogar el antes mencionado: Indepabis, acrónimo de Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a Bienes y Servicios, que aunque en líneas generales cumple las mismas funciones, el nuevo documento legal le otorga nuevas propiedades.
Para entender todo este enredo, primero habría que mencionar que la antigua Ley de Protección al Usuario y Consumidor (que data de 1995) establecía tres sujetos donde el Indecu podía interferir. Estos son consumidor, usuario y proveedor. Con el nuevo decreto legal, estos protagonistas cambian y hasta se amplían de tres a ocho, lo que le da mayor poder de acción al recién creado ente gubernamental. Las nuevas figuras son: Personas (Jurídicas o naturales, que vendrían a reemplazar al consumidor y usuario); Proveedor; Cadena de distribución, producción y consumo; Importadora o Importador; Productor o Productora; Fabricante; Distribuidor o distribuidora y finaliza con Comercializadora o Comercializador o Prestadora o Prestador de Servicios. Además de establecer el femenino y masculino a cada elemento (tal como lo establece la Constitución del 99) el instituto ahora llega a nuevas partes de la cadena de comercialización que no incluye sólo al usuario final.