Calculo de la Ley de Política Habitacional (LPH)
Publicado por Mandrake,
el Martes, 15 de abril del 2008 a las
15:43.
Archivado en: Economía y Finanzas, Legislación
Comentarios (254)
El ahorro habitacional obligatorio fue establecido en la Ley de Política Habitacional (LPH) como un instrumento para satisfacer las necesidades de vivienda existentes en Venezuela mediante créditos habitacionales.
![]() Maracaibo de Noche El calculo de los aportes para la LPH es simple, en el articulo 19 de la Ley se establece que el aporte de los empleados y obreros será del uno por ciento (1%) del sueldo mensual básico y el aporte de los patronos, del dos por ciento (2%) del mismo monto. De esta forma, así quedan las formulas: (Sueldo básico mensual x 0,01) / 2 = Aporte mensual LPH (trabajador) Los empleadores o patronos deberán retener las cantidades a los trabajadores, agregar los aportes que les corresponden y depositarlos en cuentas a nombre de cada empleado y obrero dentro de los primeros siete 7 días hábiles de cada mes. Los bancos usualmente requieren los datos del empleado, su número de cédula, el monto por cada empleado y el monto aportado por la empresa. La excepción aplica en aquellos hombres que hayan alcanzado la edad de sesenta años y las mujeres sobre los cincuenta y cinco años, salvo que manifiesten su voluntad de continuar aportando al Ahorro Habitacional, o que ya sean beneficiarios de un préstamo hipotecario. Calculo del Seguro Social Obligatorio (SSO, IVSS)
Publicado por Mandrake,
el Martes, 15 de abril del 2008 a las
11:38.
Archivado en: Economía y Finanzas, Legislación
El Seguro Social Obligatorio es un beneficio de ley que (en teoría) protege a aquellas personas bajo una relación laboral en aquellas contingencias de maternidad, vejez, sobrevivencia, enfermedad, accidentes, invalidez, muerte, retiro y cesantía o paro forzoso.
A pesar que existe toda una nueva legislación aprobada por la Asamblea Nacional desde el año 2002 (se encuentra estancada en un Vacatio Legis), el régimen de seguridad social venezolano está fundamentado actualmente en la Ley del Seguro Social [PDF] publicada en la Gaceta Oficial Nº 4.322 del 03 de noviembre de 1991. La diferencia fundamental entre el régimen de 1992 y el nuevo régimen (estancado) de 2002 yace en que el primero establece que sus beneficiarios son aquellos bajo una "relación de dependencia con un patrono" en tanto que el nuevo sistema es más incluyente y ofrece los beneficios de la seguridad social al pueblo venezolano sin distingos ni diferencias. Incluso, aumenta el limite de cotizaciones desde 5 salarios mínimos hasta 10 salarios mínimos. En la Ley del Seguro Social de 1992 se establece el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) como la entidad pública, encargada de brindar protección y seguridad social a todos sus beneficiarios (personas sujetas o que han estado sujeta a una relación laboral) en las contingencias de maternidad, vejez, sobrevivencia, enfermedad, accidentes, invalidez, muerte, retiro y cesantía o paro forzoso, de manera oportuna y con calidad de excelencia en el servicio prestado, un sueño sin fin. Nuevo sistema de seguridad social en Venezuela
Publicado por Mandrake,
el Domingo, 13 de abril del 2008 a las
15:00.
Archivado en: Economía y Finanzas, Legislación, Vida y Salud
El nuevo régimen del sistema de seguridad social venezolano fue aprobado hace más de 5 años por la Asamblea Nacional, pero aún no se ha puesto en vigencia... ¿Donde está la voluntad política, o los luchadores sociales?
Actualmente existe aprobado (pero no vigente) un nuevo régimen de seguridad social creado a través de la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social (LOSS) [PDF] promulgada por la Asamblea Nacional y publicada en Gaceta Oficial (N° 37.600 del 30/12/2002) que en teoría debería reemplazar al régimen previo (en vigencia) establecido en la Ley del Seguro Social de 1992. El nuevo régimen de Seguridad Social promete ser más amplio, más incluyente y de aplicación universal, ya que ofrece cobertura total en la seguridad social a todos los ciudadanos de la República indiferentemente, a diferencia del régimen vigente del Seguro Social que solo aplica como beneficio laboral. Artículo 1. La presente Ley tiene por objeto crear el Sistema de Seguridad Social, establecer y regular su rectoría, organización, funcionamiento y financiamiento, la gestión de sus regímenes prestacionales y la forma de hacer efectivo el derecho a la seguridad social por parte de las personas sujetas a su ámbito de aplicación, como servicio público de carácter no lucrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en los tratados, pactos y convenciones sobre la materia, suscritos y ratificados por Venezuela. --Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social. En la nueva ley orgánica de Seguridad Social, la seguridad social "es un derecho humano" y social fundamental e irrenunciable, garantizado por el Estado a todos los venezolanos residentes en el territorio de la República, y a los extranjeros residenciados legalmente en él, independientemente de su capacidad contributiva, condición social, actividad laboral, medio de desenvolvimiento, salarios, ingresos y renta, conforme al principio de progresividad y a los términos establecidos la Constitución y la leyes venezolanas. Unidad Tributaria aumenta a 46 Bolívares Fuertes (2008)
Publicado por David,
el Miércoles, 16 de enero del 2008 a las
20:11.
Archivado en: Economía y Finanzas, Legislación
El valor de la Unidad Tributaria (UT), el tributo monetario mínimo por el que se rigen los trámites y documentos legales en nuestro país, aumentó de 37 mil 632 Bolívares (Bs.F 37,63) a 46 mil bolívares (Bs.F 46,00).
![]() Los Cesta ticket aumentan con el valor de la Unidad Tributaria. Vale recordar que la modificación del monto de la UT depende de la tasa inflacionaria del año anterior, que en 2007 se ubicó en 22%, aún cuando el gobierno estimaba erróneamente que la inflación estaría en 11% a fin de año. El año pasado (2007) se aumento 12% el valor de la Unidad Tributaria. Con el aumento de la UT, se incrementa el costo de las estampillas a entregar en documentos y trámites como el pasaporte, las multas y demás, aunque es cierto que también lo harán los beneficios contractuales como el aporte a la Ley de Política Habitacional y los cesta tickets. Aumenta 19% el precios de alquiler de apartamentos
Publicado por Carlos,
el Viernes, 13 de julio del 2007 a las
10:33.
Archivado en: Economía y Finanzas, Noticias Venezuela
Según la cámara inmobiliaria de Venezuela, este aumento se debe a la escasez de viviendas. Para la primera mitad del 2007 los alquileres para apartamento aumentaron un 19% mientras que las casas un 45%.
![]() Alquileres por las Nubes Según cifras de la Cámara Inmobiliaria de Venezuela[CIV], al cierre del primer semestre de este año los precios de los alquileres de apartamentos registraron un incremento de 19%, respecto al mismo período del año pasado, y ante ese aumento el costo promedio del metro cuadrado alquilado se ubicó en 44.250 bolívares. En el caso de las casas para alquiler, experimentaron un aumento del 45%, por lo que el costo promedio del metro cuadrado alquilado es 53.300 bolívares[2]. Aumentada la Unidad Tributaria a 37.632 Bolívares (2007)
Publicado por Carlos,
el Jueves, 11 de enero del 2007 a las
12:20.
Archivado en: Economía y Finanzas, Legislación
El precio de la Unidad Tributaria fue aumentado en 12% por la Comisión de Finanzas de la Asamblea Nacional, quedando establecido en 37.632 bolívares.
![]() En 37.632Bs. Es fijado la Unidad Tributaria Con el moderado aumento de la unidad tributaria se ajustan los topes de la Ley del Régimen Prestacional de Vivienda, así como los montos de las multas y de los costos de los trámites. Seguridad Social Venezolana, un sueño sin fin
Publicado por Carlos,
el Lunes, 17 de abril del 2006 a las
22:19.
Archivado en: Legislación, Noticias Venezuela
Muchos Instrumentos Legales, muy poca efectividad al momento de proteger al venezolano.
![]() Poca efectividad al momento de proteger al venezolano Lamentablemente lo que ocurrió con la Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat no ocurre con el resto de las leyes que forman parte del paquete social de este gobierno como los son: Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (Gaceta Oficial 38.236), Ley de Servicios Sociales (Gaceta Oficial 38.270) y Ley Orgánica de Seguridad Social (Gaceta Oficial 37.600) en esta ultima se prevé la creación de la Tesorería de la Seguridad Social, por lo que el retardo en la conformación de la estructura de esta organización afecta, en términos generales, al conjunto de beneficios de los cuales deben gozar los trabajadores venezolanos
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