Reforma de la Ley contra los ilícitos cambiarios (2007)
A poco más de dos años de haberse aprobado la primera Ley contra ilícitos cambiarios, la Asamblea Nacional (AN) ha sancionado su reforma esta semana. Algunos cambios incluye la prohibición de difundir, por cualquier medio, información o cotización del dólar permuta o paralelo.
Ante un incremento "inusual" en la demanda de divisas, la AN ha decidido sancionar la Ley contra ilícitos cambiarios, que trae ciertas variaciones con respecto a la promulgada hace par de años. Para empezar, se prohibe a cualquier medio, sea persona natural o jurídica, anunciar y/o divulgar de forma "escrita, audiovisual, radioeléctrica, informática o por cualquier otro medio" información relacionada con la cotización no oficial establecida por el gobierno, esto por aquello de que al notificarse una tasa diferente a la oficial, se afectan los precios. El incumplimiento del mencionado articulo 16, será penado con 1 mil unidades tributarias, que a la cifra actual, sería 37, 6 millones de bolívares (pronto a ser 37 mil 600 Bolívares Fuertes).[1]
Otro cambio en la mencionada ley, establece que los comercios que recibieron dólares de Cadivi y los usaron para adquirir bienes y/o servicios, deberán publicar un aviso (en el local) indicando que recibieron las divisas, de lo contrario serán multados, primero con 500 unidades tributarias (algo más de 18.8 millones de bolívares) y 1 mil unidades (Bs.37.6 millones) si se registra reincidencia.
La reforma de la ley sancionada también establece que las divisas obtenidas vía Cadivi que se usen para fines distintos a los de la solicitud, serán sancionados con multa del doble del equivalente en bolívares de la operación cambiaria. Ya esto estaba establecido en la ley del 2005, la diferencia es que antes, se aplicaba penas de prisión y no pago de multas. Adicional, las operaciones menores a 10 mil dólares no serán multadas, empero, están obligadas a declararse ante las autoridades; Las operaciones entre 10 mil y uno a 20 mil dólares, que se hagan sin intervención del BCV, será penada con multa del doble de operación, y las mayores a 20 mil (que no cumplan el anterior requisito) tendrán pena de prisión de dos a seis años, más la respectiva multa equivalente al doble de la operación.
Ahora bien, ante tanta severidad en las leyes, que incluye hasta cerco a la información y promulgación de una reforma en menos de tres año ¿Será efectiva la medida aplicada por la AN para el control de las divisas? Sólo el tiempo y el comportamiento del mercado no los dirá. Por los momentos, la solicitud del cupo de dolares para viajeros sigue en aumento.
Descargar: Ley de Ilícitos Cambiarios (27/02/2008)
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Publicado por David
el Viernes, 14 de diciembre del 2007, a las 17:38.
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8 Comentarios
este pais es muy rico para que estemos en estas condiciones y los dolares deberian ser libres sin control de cambio.
como en el resto del mundo.
todos los chavistas son animales
amigo o amiga, no se amargue que aun queda Chavez pa rato, vaya al exterior para que vea como nos ven en el extranjero que seguro con la cantidad de dinero que se robo con los dolares tiene con que irse, quizas escriba muy bien el ingles. hasta la victoria siempre.
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