Derecho del trabajoAumento del salario mínimo 2010 en Venezuela (25% en dos partes)
Publicado por Mandrake,
el Viernes, 15 de enero del 2010 a las
22:39.
Archivado en: Economía y Finanzas | Comentarios (103) El presidente Chávez, durante la memoria y cuenta 2009 ante la Asamblea Nacional, anunció un nuevo aumento del salario mínimo venezolano en dos partes, al mismo tiempo que suceden los cortes eléctricos nacionales y se aumenta el dólar oficial.
El primer aumento será a partir del 1 de marzo cuando el salario mínimo se incrementará en 10% quedando aproximadamente en Bsf. 1.060,00 mensuales; y el segundo aumento será el 1 de septiembre cuando el salario mínimo tendrá otro ajuste del 15% quedando en aproximadamente Bsf. 1200,00 mensuales (está por verse la Gaceta para confirmar estos montos). Este aumento del salario mínimo será aplicable a todos los trabajadores del sector público, así como del sector privado. Este aumento será igualmente aplicado como monto mínimo de las pensiones de los jubilados y las jubiladas del sector privado, así como de la Administración Pública Nacional y de todas aquellas pensiones otorgadas por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (I.V.S.S.). Este anuncio es algo fuera de lo común, ya que históricamente los aumentos del salario mínimo han sido a partir del 1ro de mayo, cuando se conmemora el Día del Trabajador. El decreto N° 7.237 fue publicado en la Gaceta Oficial N° 39.372 del 23 de febrero de 2010. Incertidumbre por Paro Indefinido según docentes de La Morita UC
Publicado por RStephany,
el Domingo, 10 de enero del 2010 a las
01:20.
Archivado en: Educación | Comentario (1) El presupuesto tanto de la Universidad de Carabobo como de otras universidades se ha visto en detrimento, afectado por las pugnas políticas del ejecutivo nacional, así como también por las deudas que este tiene con los trabajadores públicos, situación que preocupa a los docentes universitarios y a la comunidad estudiantil en general. "Incertidumbre e inestabilidad en actividades académicas, fué lo que generó el ejecutivo con el presupuesto insuficiente", según declaraciones del presidente de la Asociacion de Profesores de la Universidad de Carabobo (APUC), Jesus Villareal, debido al incumplimiento con los salarios en deuda, permitiendo que la calidad de vida de los trabajadores disminuya cada vez más asi como tambien el poder adquisitivo de los consumidores, por motivos inflacionarios. ![]() Docentes en pie de lucha para solventar su situacion
El presidente de la APUC declaró tambien que la lucha por un presupuesto justo y del pago de las deudas seguirán en pie hasta que la situación respectiva se solvente, ejemplo de esto es la preocupación del sector universitario por la aprobación de un presupuesto de 712 millones desde el 2007, asi como tambien el efecto de este recorte en el funcionamiento de los servicios basicos, extension,infraestructura y beneficios socioeconómicos, tales como becas para preparadores y estudiantes, y aseguró que el gremio se reunirá para tomar las acciones pertinentes tales como clases magistrales en las calles, volantes, pupitrazos, caravanas y protestas serían algunas de las actividades que realizarían los docentes. A todas estas , los servicios medico asistenciales tambien son un problema para la comunidad universitaria, debido a las amenazas de eliminar el seguro de HCM y aunado a la falta de presupuesto, crea un mayor problema que debe ser solucionado a tiempo. Cálculo de las prestaciones por Seguro de Paro Forzoso
Publicado por Maria Alejandra,
el Domingo, 29 de noviembre del 2009 a las
14:59.
Archivado en: Economía y Finanzas, Legislación | Comentarios (28) El Seguro de Paro Forzoso, forma parte del Régimen Prestacional de Seguridad Social Venezolana, tiene el objetivo de ofrecer protección temporal hasta por 5 meses en prestación dineraria a los trabajadores que terminen su relación laboral según enumeración taxativa de la ley que más abajo detallamos. Se encuentra fundamentado en la Ley del Régimen Prestacional de Empleo (mejor conocido como: "Paro Forzoso") publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, Nº 38.281 del 27 de septiembre de 2005, va en unión a la facturación del Seguro Social Obligatorio, y es un beneficio el cual todo trabajador tiene derecho. Desde un aprendiz, contratado, hasta un trabajador fijo. El artículo 29 dispone que, los empleadores que contraten trabajadores o aprendices están obligados a afiliarlos dentro de los primeros tres días hábiles siguientes al inicio de la relación laboral, en el Sistema de Seguridad Social y a cotizar en el Régimen Prestacional de Empleo. Las cooperativas deberán igualmente registrarse ante la Tesorería de Seguridad Social. Durante la cesantía el trabajador afectado sufre desequilibrios econo-psico-sociales que merecen la ayuda del Estado y de los familiares mas cercanos
Jornadas de la Reforma a la Ley Orgánica del Trabajo
Publicado por Maria Alejandra,
el Domingo, 29 de noviembre del 2009 a las
11:36.
Archivado en: Eventos y Espectaculos, Legislación | Comentarios (6) En las instalaciones del Hotel Lido en la ciudad de Barquisimeto, el día 03 de diciembre a partir de las 8am, se estarán discutiendo los puntos álgidos sobre la nueva Reforma a la Ley Orgánica del Trabajo de la mano de sus corredactores, e importantes analistas de prestigio en materia laboral.
Ante la inminente Reforma de la LOT, hay que realizar los respectivos análisis del nuevo ajedrez en materia laboral.
La Ley Orgánica del Trabajo (LOT), que esta vigente viene de la Administración de Rafaél Caldera (Gaceta Oficial N° 5.152 de fecha 19 de junio de 1997). El Régimen laboral debe ser concatenado con otras leyes especiales, reglamentos, decretos y resoluciones, tales como:
Conflicto y militarización en la Siderúrgica del Orinoco (SIDOR)
Publicado por Jose,
el Miércoles, 25 de noviembre del 2009 a las
20:01.
Archivado en: Economía y Finanzas Los sidoristas se alzan de nuevo exigiendo el pago de las utilidades y cumplimiento del contrato colectivo, no obstante, la respuesta oficial ha sido militarizar las empresas de guayana. Siguen los conflictos laborales [1][2][3] en las empresas venezolanas, en este caso, las empresas básicas de ciudad Guayana son las protagonistas otra vez. Este lunes 23 de noviembre 3.000 trabajadores relizaron una huelga a “brazos caídos”, que consistió en la paralización de las actividades entre las 8:00 am y las 10:30 am de la empresa Siderúrgica del Orinoco (Sidor) perteneciente a la Corporación Venezolana de Guayana. Esta protesta es llevada a cabo con la finalidad de reclamar el pago de las utilidades correspondientes a los trabajadores según estipula el contrato colectivo [4]. Así como la reposición de los aportes a cajas de ahorro, fideicomiso y el aporte a los planes de ahorro habitacional de 2009, con lo que la convención colectiva se estaría incumpliendo en 80%, según declaraciones de Juan Gómez, representante sindical de la CVG. ![]() Trabajadores alegan el incumplimiento del contrato colectivo, así como una deuda por 25 mil bolívares con cada trabajador
Así mismo, Gómez, quien se desempeña como secretario general del sindicato Sunep CVG, declaró recientemente que la empresa cuenta con el dinero suficiente para cancelar las utilidades a los trabajadores, más sin embargo, la gerencia de finanzas no ha procedido a hacer efectivo el pago. De acuerdo al sindicalista la deuda asciende a 25 mil bolívares por cada uno de los tres mil trabajadores de la empresa, así mismo, la empresa no ha cumplido con el 7% de ajuste en el aporte a la caja de ahorro [5]. No obstante la respuesta hacia esta jornada de protesta ha sido la militarización de las instalaciones de la empresa desde horas de la madrugada. En ese sentido, el Sindicato Unidad Matancera, manifestó que el conflicto laboral en la Siderúrgica de Orinoco se soluciona con gerencia efectiva que permita el cumplimiento de los convenios contractuales y no con amedrentamiento. Fecha del Carnaval y de Semana Santa desde el año 2000, 2010 al 2015
Publicado por Mandrake,
el Lunes, 16 de noviembre del 2009 a las
03:04.
Archivado en: Temas Interesantes, Viajes y Turismo | Comentarios (18) Explicamos como se calculan las fechas del calendario en Venezuela (y otros países) con respecto a los Carnavales, Miércoles de Ceniza, la Semana Santa y el Domingo de Resurrección; desde el año 2000, el 2010 y hasta el año 2015. Determinar la fecha de los Carnavales y la Semana Santa puede ser importante al preparar acciones judiciales por Prestaciones Sociales, para planificar las vacaciones anuales (asegurar pasajes y reservaciones) o sencillamente para saciar la curiosidad. En el mundo católico-cristiano, la Semana Santa conmemora la Pasión, Muerte y Resurrección de Jesús de Nazaret; mientras que los carnavales son fiestas previas a la cuaresma cuando no se debe comer carne, heredando costumbres de origen pagano.
![]() La última cena, por Leonardo Da Vinci.
El Carnaval es siempre el lunes y martes previo al "Miércoles de Ceniza", día en el que comienza la "Cuaresma" (40 días antes de Semana Santa, o del domingo de ramos que es lo mismo). Mientras que la conmemoración de la Semana Santa se inicia el Domingo de Ramos, continua toda la semana, siendo los días más importantes la eucaristía del Jueves Santo, la crucifixión el Viernes Santo y termina con la conmemoración del "Sábado Santo" (Jesús en el sepulcro). Se suele considerar en diversas costumbres al Domingo de Resurrección parte de la Semana Santa. A continuación una tabla con fechas de Carnaval y Semana Santa hasta 2015: Jubilados venezolanos en el Extranjero no reciben las pensiones
Publicado por Mandrake,
el Viernes, 6 de noviembre del 2009 a las
03:11.
Archivado en: Economía y Finanzas | Comentarios (4) Según reporte del diario "El Mundo" de España, son más de 8.000 jubilados venezolanos que residen en diferentes países quienes no reciben el beneficio de la pensión que les corresponde legalmente. ![]() Jubilados en el extranjero sin pensiones.
Hace solo unos minutos terminaba la nota sobre los jubilados venezolanos en España que no reciben la pensión desde febrero del presente año, con respecto a un reporte del diario español ABC del día de ayer, pero según reporte del diario El Mundo (también español) del mes de julio, esta situación se presenta con respecto a todos los jubilados y pensionados venezolanos que se encuentran en el exterior, hablamos de aproximadamente 8.000 personas en la tercera edad. Este problema sucede desde febrero del presente año, fecha en la que dejaron de recibir la pensión que debe pagarles el Estado venezolano, pero además, se topan con las dificultades cambiarias, el gobierno venezolano limita la cantidad de dinero que los ciudadanos pueden sacar al exterior, lo que obstaculiza el cobro de las pensiones en Venezuela a través de terceras personas o incluso la posibilidad de recibir ayuda de sus familiares. Según el reporte, además de España, para el mes de julio existían casos en Estados Unidos (Florida, Texas y California), además de al menos un caso en Canadá. Incluso antes del mes de febrero se habían reportado numerosas irregularidades, en uno de los casos "una pareja de afectados, le entregó un poder al IVSS para que cerrara las antiguas cuentas bancarias en las que recibían los subsidios en Venezuela. Poco después comenzaron a percibir los pagos en España, pero las mensualidades acumuladas en Caracas nunca fueron transferidas ni tampoco estan ya en la cuenta venezolana. Además, en febrero dejaron de recibir sus abonos". ¿Será que aparte de los estudiantes y los trabajadores, vamos a ver a personas de la tercera edad en huelga de hambre pidiendo sus pensiones?... Jubilados venezolanos en España no reciben la Pensión
Publicado por Mandrake,
el Viernes, 6 de noviembre del 2009 a las
03:10.
Archivado en: Economía y Finanzas | Comentario (1) Según reporte del diario Español ABC, unos 3.000 pensionados venezolanos no reciben desde hace ocho meses el beneficio que les corresponde por ley, sin que reciban respuesta oportuna de las autoridades. ![]() Reunión de jubilados venezolanos en Canarias (Foto: El Mundo).
Se trata de venezolanos residentes en España o españoles que trabajaron en Venezuela y han regresado a España, que ahora después de décadas cotizando en nuestro país, el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) ha congelado desde hace 8 meses (desde febrero de 2009) las pensiones que les corresponden legalmente, de aproximadamente 300 Euros mensuales que eran depositados en el Banco Santander. El reporte continua sobre el motivo del problema, al parecer se debe al cambio de personal que se produjo en febrero en el departamento de pensiones al exterior: "Chávez metió a los camisas rojas y les están tomando el pelo a los ancianos. Les dicen que no han enviado los documentos necesarios para cobrar, pero no es cierto. Todos han mandado sus fes de vida a través de los consulados o de mensajerías privadas, pero la dejadez de los consulados es brutal". "Chávez regala petróleo al Caribe, le acaba de dar 170 ambulancias a Bolivia, compra armas a Rusia… Y mira cómo tiene a estos viejitos… Sin cobrar su pensión. Algunos viven una situación dramática. Los están echando de sus casas. No tienen para comer". --ABC.com Los pensionados se están organizando para luchar esta situación, están solicitando la intervención del gobierno español bajo el convenio de seguridad social firmado entre Venezuela y España en 1988, donde se establece que "las pensiones no estarán sujetas a suspensión o retención por el hecho de que el beneficiario resida en el territorio de la otra parte". La mayoría de estos pensionistas vive en Canarias, Galicia, Madrid y Andalucía. En Semana Santa 2008, los venezolanos en Malaga usaron un muñeco del presidente Chávez para la quema de Judas en el Domingo de Resurrección. Cálculo de ejemplo de las utilidades, los aguinaldos y las bonificaciones de fin de año
Publicado por Maria Alejandra,
el Miércoles, 4 de noviembre del 2009 a las
10:19.
Archivado en: Economía y Finanzas | Comentarios (44) La banda de días de los tan esperados aguinaldos, utilidades y bonificación de fin de año van desde los 15 días a los 120 días, pero estas condiciones son mejoradas donde se realicen contrataciones colectivas. Se aproximan las fechas del pago de los aguinaldos, la bonificación de fin de año o las utilidades tan anheladas, que al ritmo de la inflación actual a la mayoría de nosotros, tendremos suerte si alcanzan para algunas hallaquitas. Venelogía, en su afán de informar analíticamente a sus lectores, esboza una corta guía para entender los 3 términos supra mencionados y cómo son sus cálculos. Este año los esperados aguinaldos o utilidades se veran diluidos por los efectos del impuesto silente: La inflación.
El Cálculo de las Utilidades se hace con base al 15% de los beneficios líquidos obtenidos (utilidad neta antes de ISLR obtenida por la empresa, por lo tanto Se debe esperar el cierre de ejercicio económico. Esta tipificado en el Art. 57-RLOT y Art. 174 LOT), para su cálculo se divide el monto de estos beneficios entre el monto anual devengado por los trabajadores o trabajadoras de una empresa por concepto de participación en los beneficios o utilidades. Ejemplo para el Cálculo de Utilidades: Supongamos que una empresa una empresa tuvo unas ganancias líquidas cuyo 15% es de Bs. 500.000, y el monto de los salarios pagados en el año a los trabajadores son 990.000. Pedro gana Bs. 1.500 al mes y la suma en todo el año por concepto de sueldo fue de Bs 30.000. Dividimos el 15% los beneficios líquidos antes de ISLR: 500.000 entre el total de los salarios del año a los trabajadores que fue de Bs. 995.000; esto da un factor de 0.50. Luego multiplica dicho factor 0.50 por el sueldo anual de Pedro, que es 18.000, dando Bs. 9.000. Claro que tiene sus condiciones, si producto del factor, a Pedro le da a cobrar menos del salario mínimo, su patrono le cancelará el equivalente a 15 días salario mínimo, y como límite máximo el equivalente al salario de cuatro (4) meses. El límite máximo para la empresas que tengan un capital social que no exceda de un mil de bolívares (Bs. 1.000) o que ocupen menos de cincuenta (50) trabajadores, será de dos (2) meses de salario. Consideraciones sobre el Proyecto de Reforma a la Ley Orgánica del Trabajo (1ra parte)
Publicado por Maria Alejandra,
el Lunes, 26 de octubre del 2009 a las
06:52.
Archivado en: Legislación | Comentarios (4) En vísperas de la segunda discusión del proyecto de reforma a la Ley Orgánica del Trabajo, la cual vendría a modificar la publicada en Gaceta Oficial Extraordinaria No. 5.152, del 19/06/1997. Este dispositivo legal comprende 675 artículos de los cuales aun falta por discutir el cuerpo de seguridad social que aun no se ha podido instaurar de una manera orgánica y sistemática, tal como nuestro vecino país sureño Chile lo ha hecho a manera cabal. Dentro de las propuestas del proyecto de LOT, están: 1) Prestaciones Sociales: Este es el mas impactante cambio y causa de polémicas en la opinión de muchos juristas y de profesionales del área de ciencias económicas, pues se instaurará un régimen en el cual se pagaría en forma proporcional al tiempo se servicio y calculado de conformidad al ultimo salario, tal y cual estaba en la antigua ley del 1983, el abono anual será con base a 60 días por cada salario devengado cada mes. Otra novedad prestacional que incluye el anteproyecto tiene que ver con el preaviso, en el cual el patrono no podrá descontar al trabajador los días no laborados por omisión. Continua la acreditación de prestación por antigüedad refiere el pago mensual de cinco días de salario integral y -después del primer año o fracción superior a los seis meses- dos días adicionales de salario integral hasta un total de 30 días, y a la par, el fideicomiso se depositan en una cuenta individual banca comercial, o en una institución del Estado. El dinero ganará intereses acumulativos según las tasas de los seis principales bancos comerciales. |
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