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Tipos de contratos de trabajo (LOTTT)

La LOTTT establece tres tipos de contratos laborales en Venezuela: por tiempo determinado, por tiempo indeterminado y por obra determinada.

En el contrato de trabajo se establecen las condiciones bajo las cuales los trabajadores prestaran sus servicios a un patrono, estableciendo así una relación de dependencia que será remunerada con un sueldo o salario justo, más todos los beneficios estipulados en la ley. Generalmente los contratos de trabajo se realizan por escrito, aunque en algunos casos se realizan de forma verbal que implica los mismos derechos y obligaciones.

Según lo establecido en el artículo 60 de la Ley Orgánica del Trabajo, de los Trabajadores y Trabajadoras (LOTTT) existen tres tipos de contratos: por tiempo indeterminado, por tiempo determinado o para una obra determinada.

Tipos de contratos de trabajo (LOTTT)

Tipos de contrato de trabajo

Contrato por tiempo determinado

Establecido en los artículos 62 y 64 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras. Este tipo de contrato se caracteriza por establecer dentro de su contenido la fecha de inicio y fin de la relación laboral. La misma no podrá exceder de un (1) año. Puede ser prorrogado en una ocasión y de existir una segunda prórroga ésta debe estar debidamente justificada.

Ver detalles en: Contrato por tiempo determinado (LOTTT)

Contrato por tiempo indeterminado

El contrato de trabajo por tiempo indeterminado está establecido en el artículo 61 de la LOTTT. Es la figura preferida del legislador. En éste se establece la fecha de inicio de la relación laboral entre trabajador y patrono más no su fecha de culminación, es decir el empleado quedará fijo o permanente.

Ver detalles en: Contrato por tiempo indeterminado (LOTTT)

Contrato de trabajo para una obra determinada

El contrato de trabajo para una obra determinada está establecido en el artículo 63 de la LOTTT. Es empleado con mayor frecuencia en la industria de la construcción. En éste el trabajador es contratado para realizar una actividad específica y la relación laboral culminará cuando el mismo finalice la labor para la cual fue contratado.

Ver detalles en: Contrato para una obra determinada (LOTTT)

Contenido del contrato de trabajo

Según lo estipulado en el artículo 59 de la LOTTT el contrato de trabajo escrito se extenderá en dos ejemplares originales, uno de los cuales se entregará al trabajador o trabajadora, mientras el otro lo conservará el patrono o la patrona. Este contendrá las especificaciones siguientes:

  • El nombre, apellido, cédula de identidad, nacionalidad, edad, estado civil, domicilio y dirección de las partes.
  • Personas jurídicas: deben incluir los datos correspondientes a su denominación, domicilio y la identificación de la persona natural que la represente.
  • La denominación del puesto de trabajo o cargo, con una descripción de los servicios a prestar, que se determinará con la mayor precisión posible.
  • La fecha de inicio de la relación de trabajo.
  • La indicación expresa del contrato a tiempo indeterminado, a tiempo determinado o por una obra determinada.
  • La indicación del tiempo de duración, cuando se trate de un contrato a tiempo determinado.
  • La obra o la labor que deba realizarse, cuando se trate de un contrato para una obra determinada.
  • La duración de la jornada ordinaria de trabajo.
  • El salario estipulado o la manera de calcularlo y su forma y lugar de pago, así como los demás beneficios a percibir.
  • El lugar donde deban prestarse los servicios.
  • La mención de las convenciones colectivas o acuerdos colectivos aplicables, según el caso.
  • El lugar de celebración del contrato de trabajo.
  • Cualesquiera otras estipulaciones lícitas que acuerden las partes.
  • Los demás establecidos en los reglamentos de esta Ley.
  • El patrono o la patrona deberá dejar constancia de la fecha y hora de haber entregado al trabajador o trabajadora el ejemplar del contrato de trabajo mediante acuse de recibo suscrito por éste o ésta en un libro que llevará a tal efecto, de conformidad con los reglamentos y resoluciones de esta Ley. El otro ejemplar del contrato de trabajo deberá ser conservado por el patrono o la patrona desde el inicio de la relación de trabajo hasta que prescriban las acciones derivadas de ella.

Tabla: Diferentes tipos de contratos de trabajo

La LOTTT establece tres tipos de contratos de trabajos que se diferencian:

Tipo de contrato Duración Marco legal
Contrato por tiempo determinado El patrono y el trabajador acuerdan el inicio y fin de la relación laboral. Artículos: 62 y 64 de la LOTTT
Contrato por tiempo indeterminado El trabajador es contratado de forma permanente o fija. Artículo 61 de la LOTTT
Contrato para una obra determinada El trabajador es contratado para una obra específica. Artículo 63 de la LOTTT
  • Categoría: Legal
  • Publicación: 11-jun-2014 10:32
  • Última edición: 11-jun-2014 10:33

20 comentarios

Maria dice:
Buena informacion
#1(Arriba)
Luisjose dice:
Una pregunta trabajo en una empresa donde no tengo contrato de ningún tipo y no tengo beneficios de ley quiero renunciar debo cumplir pre-aviso?
#2(Arriba)
Carlos Jordan dice:
Necesito que me asesoren donde puedo ubicar las mejoras relaciónadas con el transporte, para las contratas de la empresa ... donde puedan beneficiarse del uso del mismo que usan los trabajadores nomina de la empresa..
#3(Arriba)
Vicente Villanueva dice:
Buenos días por favor seráposible que me informen con respecto al trabajar un día feriado cuanto seria la cantidad de dias a bonificar tres o dos dias y medio saqueme de la duda por favor
#4(Arriba)
Yaritzamendoza dice:
Buenas tarde tengo una duda, tengo un contrato que dice que estare sobre el 21% sobre el salario minimo, como calculo el sueldo.? ejemplo: minimo mas 21% agradezco su ayuda.
#5(Arriba)
Yuly dice:
Buenas tardes, aquí en Venezuela existen los contratos por medio tiempo de trabajo? o mejor soy enfermera y mi jornada es de seis horas diarias en el consultorio habemos dos enfermeras pero ahora no hay mucho que hacer el el patron dice que para no sacarnos nos dejara trabajando dos semanas una y dos semanas las otra enfermera. Eso es legal?
#6(Arriba)
MEL dice:
Yuly, los contratos pueden ser de diferentes formas y con diferentes condiciones.. pero si ya tienes un contrato o estabas fija lo que no se puede es desmejorar tu condición laboral.

Si estas a tiempo completo solo podrían pasarte a medio tiempo si estas de acuerdo, en caso contrario puedes solicitar la calificación de desmejora ante el Inspector del Trabajo, quien puede ordenar el reengache y el pago de salarios caídos.
#7(Arriba)
ISAURA dice:
Si me hacen un contrato por tiempo detrminado y al finalizar no me hacen uno nuevo pero tampoco finalizan la relación de trabajo se renova automaticamente?
#8(Arriba)
Tania dice:
Buenas Tardes, para el día 25 mi hija cumple 1 año en la tienda donde trabaja y al comenzar la llamaron para firmar contrato por un año, ahora hoy 09-03-2016 le están avisando que vaya a la ofc. principal para culminar labores, presentarse mañana 10...suponemos, ya que en la empresa hacen hasta lo imposible para que nadie dure mas de tres meses. ëso es legal? que a unos dias para cumplir el año despidan a la gente por haber un contrato de por medio? y tambien trabajan así: de domingo a domingo, osea, libran 2 dias, luego trabajan 10 seguidos, luego libran 2 dias, trabajan 2 y luego 2 libres, seguidos de 10 consecutivos trabajando.... es éso legal?
#9(Arriba)
Gabriel Martinez dice:
Buenas Tarde Señora Tania Claro Que No es Legal Ya Que Si Ella Firmo El Contrato Debe Terminarlo Y 15 Dias Antes Ellos Tienen El Derecho De Avisarle a La Empleada Que Ya Su Contrato Esta Por Terminal La Ley Del Trabajo Estipula Que Todo Empleado Despues De 6 meses Se Vale Por Un Año Yo Te Sugiero Que Valla A Ministerio Del Trabajo a Pelear Tu Derecho...
#10(Arriba)
Alejandra Montoya dice:
Buenas Tardes Alguien me podría dar información de cuales son los elementos que invalida el contrato de trabajo? Muchas Gracias
#11(Arriba)
Mercedes dice:
Buenas, trabajo en una empresa donde me contrataron por obra determinada comenzo el 26/01/2016 ya twrmine mi periodo de 3 meses aun no me han renovado contrato ni nada! Mi sueldo es 12.570 bsf soy licda la empresa realizo aumento mas a mi no me tomaron en cuenta. Me corresponde por ley un ajuste salarial? Deben hacerme un nuevi contrato? O automaticamente paso a personal fijo?
#12(Arriba)
Mercedes dice:
Buenas, trabajo en una empresa donde me contrataron por obra determinada comenzo el 26/01/2016 ya twrmine mi periodo de 3 meses aun no me han renovado contrato ni nada! Mi sueldo es 12.570 bsf soy licda la empresa realizo aumento mas a mi no me tomaron en cuenta. Me corresponde por ley un ajuste salarial? Deben hacerme un nuevi contrato? O automaticamente paso a personal fijo?
#13(Arriba)
Jassikotk Duchaness dice:
Buenas tardes excelente la información planteada muy buenos aportes a inquietudes.
#14(Arriba)
Jose Martinez dice:
Buenas tardes. ¿Cuál es el artículo de la LOTTT donde especifica que el trabajador no puede realizar un trabajo distinto al firmado en el contrato de trabajo.
#15(Arriba)
Jesus dice:
Su respuesta es muy IMPORTANTE, favor contestar lo mas pronto posible. El jefe quiere que firme una carta que dice algo así "me comprometo a inscribirme en un curso de técnico aeronáutico en un plazo desde hoy hasta enero 2016, si no lo hago dejo mi cargo a la orden", es una renuncia anticipada. ¿Es legal?. Si no firmo me despide. Pero si firmo y en enero no estoy inscrito también me despide pero me paga como si hubiese renunciado. He trabajado por mas de 7 años como auxiliar de calidad. ¿Es legal?¿Que consecuencias tiene si firmo?¿Sera valido o no pasa nada?¿Puedo firmar sin temor o me perjudicara cuando se calcule la liquidación por despido en enero?. FAVOR RESPONDER. MUCHAS GRACIAS
#16(Arriba)
Wilmer Larez dice:
Trabaje por 3 años y 6 meses de obrero eventual en una institución y por rasones personales pedí mi renucia y me pagaron 110 bolivares de arreglo quiero ayuda creo que es muy
poquito
#17(Arriba)
Justo Lamon dice:
Trabaje para una empresa de vigilancia 24X48 BARRIOS SEGURID 2008 rif. j-296261652 desde el día 05 de agosto al 05 de octubre solo salario mínimo.LOS DOMINGO trabajados sencillo. Estoy esperando que me llamen
#18(Arriba)
Alexandro dice:
Tengo 2 meses en la empresa y me hicieron un contrato de 4 meses, primero me gustaría saber si es legal ese contrato y si pueden despedirme al 4to mes tomando en cuenta que tengo un bebe de 6 meses con mi esposa y dos niñas una de 5 y otra de 3años
#19(Arriba)
Francisco Álvarez dice:
Muchas gracias por esta información. Me ayudó a entender los tipos de contratos laborales. Saludos desde Maracaibo.
#20(Arriba)

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