El 1 de septiembre el Ejecutivo nacional empezará a aplicar el aumento del salario, con lo cual el sueldo mínimo pasa de 465.750 a 512.325 bolívares.
Con sendos créditos adicionales que superan los 2 billones de bolívares que estarían destinados para la cancelación del salario mínimo y parte de los aguinaldos de los trabajadores de la Administración Pública por lo que será a partir del 1 de septiembre cuando el ejecutivo nacional empezará a aplicar el aumento del salario de 10%, con lo cual el sueldo mínimo pasa de 465.750 a 512.325 bolívares.
Según estipula el decreto presidencial anunciado mes de mayo pasado, el salario mínimo será unificado, con lo cual no habrá clasificaciones. Eso implica que todos los empleados que laboren en una empresa con menos de 20 trabajadores o sean aprendices o trabajadores domésticos tendrán el mismo sueldo.
Según la convención colectiva la bonificación de fin de año de los empleados es de tres meses y en el caso de los beneficiados del IVSS es de dos meses. Esas cancelaciones comenzarán a realizarse a partir del mes de noviembre.
263 comentarios
es mi pregunta y si hay alguna respuesta o alguien sabe seria bueno que respondiera
gracias
Escribo porque trabajo en una empresa con menos de 20 trabajadores y por ende no recibimos el beneficio del bono alimentario. Sinceramente me parece INJUSTO que los que pertenecemos a este gremio NO nos veamos beneficiados con el bono que nos hace falta por igual a todos. Me gustaría que mi comentario como tambien el de otros que escriben sobre el tema se hiciera escuchar. Desearía que las autoridades establezca una igualda para todos los trabajadores.
para comienso de septiembre si o no
me gustaría saber ya que es un beneficio
muy importante. gracias
por favor analicenlo y veran que es injusto
por favor analicenlo y veran que es injusto
Gracias.
ESCRIBANME Y AYUDENME
GRACIAS
Quisiera saber si una empresa con menos de 20 empleados debe cancelar el Cesta Ticket.Si la respuesta es positiva hasta que monto (salario) se tiene derecho al mismo.
soy un aprendiz ince de ferrominera orinoco mi pregunta es
Por que a nosotros no, nos pagan sueldo minimo y las otras empresas basicas si y hasta pagan mejor que ferrominera
porque los aprendizes en ferrominera no son tomado en cuenta para un ajuste de aunmento???? respondame esto por favor
gracias.
NOTA: DEBERIA SER PARA TODOS YA QUE TODOS TENEMOS LAS MISMAS NECESIDADES
GRACIAS...
GRACIAS...
GRACIAS.
NOTA: DEBERIA SER PARA TODOS YA QUE TODOS TENEMOS LAS MISMAS NECESIDADES
LEY DE ALIMENTACIÓN PARA LOS TRABAJADORES Gaceta Oficial Nº 38.094 de fecha 27 de diciembre de 2004
REGLAMENTO DE LA LEY DE ALIMENTACIÓN (Gaceta Oficial Nº 38.426 del 28 de abril de 2006)Decreto Nº 4.448 25 de abril de 2006
UN CONSEJO, NO CREAN EN LOS CHISMES DE LA GENTE, POR FAVOR LEAN E INSTRUYANSE, TODAS LAS NORMAS ESTAN EN INTERNET, SI PUDISTE HACER ESTA PREGUNTA POR ESTE MEDIO, ENTONCES TAMBIEN SABRAS BUSCAR LO SIGUIENTE:
LEY DE ALIMENTACIÓN PARA LOS TRABAJADORES Gaceta Oficial Nº 38.094 de fecha 27 de diciembre de 2004
REGLAMENTO DE LA LEY DE ALIMENTACIÓN (Gaceta Oficial Nº 38.426 del 28 de abril de 2006)Decreto Nº 4.448 25 de abril de 2006
SI QUIERES GANAR MAS QUE UNA MISERIA, CONVIERTETE EN EMPRESARIO Y CONVENCE A TUS EMPLEADOS DE QUE TRABAJEN TAN DURO, QUE PONGAN LA EMPRESA A PRODUCIR TANTO DINERO QUE PUEDAS PAGARLES MAS DE UN MES.
SI QUIERES GANAR MAS QUE UNA MISERIA, CONVIERTETE EN EMPRESARIO Y CONVENCE A TUS EMPLEADOS DE QUE TRABAJEN TAN DURO, QUE PONGAN LA EMPRESA A PRODUCIR TANTO DINERO QUE PUEDAS PAGARLES MAS DE UN MES.
Tengo una inquietud y quisiera la posibilidad de poder aclararla con ustedes, que hay de cierto que los pasantes inces no gozan del mismo beneficio en cuanto a utilidades, vacaciones y bono vacacional, que un empleado normal de la empresa, teniendo el mismo tiempo y el mismo sueldo? Agradeceria su respuesta urgente
que son 4 meses o 120 dias quisiera saber el decreto por favor
que son 4 meses o 120 dias quisiera saber el decreto por favor
Mi presgunta es: Empece a trabajar en un organismo pùblico el 09/02/06, el caso es que segun la Dire de RRHH, no me corresponden 120 dias de aguinaldos (alli pagan 120 dias), pues no me toma en cuenta los meses de enero y febrero, es decir, a pesar que empiezo a trabajar el 9 /02 ese mes no existe para pago de aguinaldo, Esta bien eso?
Gracias
Reglamento de la Ley de Alimentación para los Trabajadores (2006)
Gaceta Oficial Nº 38.426 de fecha 28 de abril de 2006
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Capítulo I
Del Ámbito de Aplicación
Artículo1.Objeto
El presente Reglamento tiene por objeto desarrollar las condiciones para el otorgamiento del beneficio contemplado en la Ley de Alimentación para los Trabajadores y regular las situaciones que se deriven de la aplicación de este marco legal.
Capítulo II
Definiciones
Artículo2.Trabajador y trabajadora A los efectos de la Ley de Alimentación para los Trabajadores y este Reglamento, se entiende por trabajador o trabajadora toda persona natural que realiza una labor de cualquier clase, remunerada, por cuenta ajena y bajo la dependencia de otra, independientemente de la modalidad del contrato de trabajo y de la calificación de la relación de trabajo.
Artículo 3. Jornada de trabajo Se entiende por jornada de trabajo a los efectos de la Ley de Alimentación para los Trabajadores y este Reglamento, el tiempo pactado entre las partes durante el cual el trabajador o trabajadora está a disposición del empleador o empleadora y no puede disponer libremente de su actividad y de sus movimientos, dentro de los límites establecidos en el artículo 90 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en la Ley Orgánica del Trabajo.
Artículo 4. Salario normal A los efectos del cumplimiento del beneficio previsto en la Ley de Alimentación para los Trabajadores, se entiende por salario normal aquella remuneración devengada por el trabajador o trabajadora en forma regular y permanente por la prestación de sus servicios. Quedan, por tanto, excluidos del mismo las percepciones de carácter accidental, las derivadas de la prestación de antigüedad y las que la Ley Orgánica del Trabajo establece que no tienen carácter salarial.
Para la estimación del salario normal ninguno de los elementos que lo integran producirá efectos sobre si mismo.
Artículo 5. Empresa de servicio especializada Se entiende por empresa de servicio especializada en la administración y gestión de beneficios sociales, aquella cuyo objeto social principal esté dirigido a lograr que los empleadores o empleadoras den cumplimiento al beneficio establecido en la Ley de Alimentación para los Trabajadores, a través de cualquiera de las modalidades previstas en su artículo 4, la cual prestará sus servicios por cuenta y orden de los empleadores que se encuentren obligados a otorgar dicho beneficio a sus trabajadores y trabajadoras. Estas empresas podrán pertenecer a personas naturales o jurídicas, incluyendo a las asociaciones cooperativas. Tales empresas no podrán en ningún caso dedicarse a actividades propias de la intermediación [MENSAJE TRUNCADO]
gracias
1.- Conserje:
antiguedad: (desde el 06/03/06 hasta la fecha)
sueldo: basico por quincena , ádemás de los feriados
2.- Vigilante:
antiguedad: ( desde el 01/07/06 hasta la fecha)
sueldo: básico + 7 días de bomo nocturno+ 1 domingo+ 1/2 guardia para por quincena, ádemás de los feriados.
Agrdecería su colaboración.
atte, Francis ortiz
Por favor repondan a la breveda posible.
Gracias
Empece a trabajar el 11/09/06 me toca arreglo o aguinaldos
Gracias
Tengo entendido que el pago de aguinaldos es con el salario integral.
Ahora salario integral veo que dice que incluyes bonos, aguinaldos o utilidades, caja de ahorro, ayuda por hijos, vacaciones, ayuda para hijos,etc. Se puede decir que es todo lo no ocacional, y así lo ponen para el cálculo de prestaciones.
Pero para los aguinaldos que es salario integral, a mi me pusieron sola las vaciones, para el cálculo de los mismos, pero no debieran incluir, por ejemplo la caja de ahorros, al final de año en 4 años consecutivos he tenido un bono de fin de año, ayuda para hijos, etc.
Ha otra cosa en mis cálculos de prestaciones no debiera estar este bono de fin de año tengo ya 4 años recibiendolo en el mismo mes y por el mismo concepto sin que los pongan en el cálculo de prestaciones.????
Y por último en la empresa pública que laboro pagan Cesta Tickets para todo tipo de salario es decir todos los que ganen por encima a los 3 salarios, por tanto no estamos dentro de la ley de cestatickets, pregunto a que monto nos deben pagar los mismos, ya que tenemos 2 años cobrando 14700 aunque en otras empresas públicos escucho que pagaron este año a 16800. ????
chao
paula
va a realizar calculos referentes a la diferencia del pago de cesta tikets ya que en el 2006 no se cancelo la media unidad completa
yo ganaba como adjunto encargado de la Secretaria de planificación y Presupuesto de la gobernación de Amazonas la cantidad de Bs. 3500000 bolivares mensuales, desde el 01 de enero hatasta el 30 de septiembre del 2006. a partir del 01 de octubre comence a devengar mi salario como economista de Bs. 1600000 mensuales. el caso es que los aguinaldos me los calculaaron sobre la base de los Bs. 1600000 sin considerar para nada el lapso transcurrrido con un salario de Bs. 3500000. ¿es esto correcto? ¿no se debería determinar un salario promedio para determinar la bonificación de fin de año en este caso?. espero con urgencia su respuesta y de ante mano muchas gracias.
yo ganaba como adjunto encargado de la Secretaria de planificación y Presupuesto de la gobernación de Amazonas la cantidad de Bs. 3500000 bolivares mensuales, desde el 01 de enero hatasta el 30 de septiembre del 2006. a partir del 01 de octubre comence a devengar mi salario como economista de Bs. 1600000 mensuales. el caso es que los aguinaldos me los calculaaron sobre la base de los Bs. 1600000 sin considerar para nada el lapso transcurrrido con un salario de Bs. 3500000. ¿es esto correcto? ¿no se debería determinar un salario promedio para determinar la bonificación de fin de año en este caso?. espero con urgencia su respuesta y de ante mano muchas gracias.
LABORO EN UNA EMPRESA QUE TINE 17 TRABAJADORES CON UNA JORNADA DE 8 HORAS. EN ESE LUGAR HAY OTRA EMPRESA DE CARACTRISTICAS DISTINTAS PERO SON LOS MISMOS DUEÑOS.
LO UNICO QUE NOS PAGAN ES EL SUELDO MINIMO Y NOSOTROS TENEMOS QUE LLEVAR NUESTRA COMIDA; CON REFERENCIA AL PAGO DE LOS CESTA TICKET ME PUEDEN ASESORAR, YA QUE NO NOS DAN NINGUN TIPO DE BONO DE ALIMENTACIÓN, APARTE DE ESO PAGAN 60 DIAS DE UTILIDADES QUE LO DIVIDEN DE LA SIGUINTE MANERA: 30 UTILIDADES Y 30 BONOS. POR DIOS, CREO QUE NOS JUGARON SUCIO AGRADEZCO TODA LA INFORMACIÓN Y AYUDA QUE ME PUEDAN PRESTAR.
Creo que el gran problema, y la razón por la que se les violan constantemente los derechos a los trabajadores, es porque no se toman la molestia de leer y estudiar un librito que venden baratico en el cenrto de Caracas y en librerías, un bicho amarillo, se llama Ley Orgánica del Trabajo, y el mismo que te la vende te ofrece la Ley de Alimentación, y otras todas donde se explica a que tienen derecho los trabajadores, todas amparadas por la "Madre" que es la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Saludos
De antemano le agradexco su proto respuesta.
Atte. Vanessa Castillo
De antemano le agradexco su proto respuesta.
Atte. Vanessa Castillo
De antemano le agradexco su proto respuesta.
Atte. Vanessa Castillo
De antemano le agradexco su proto respuesta.
Atte. Vanessa Castillo
De antemano le agradexco su proto respuesta.
Atte. Vanessa Castillo
PAGAR LAS PASANTIAS DE UN UNIVERSITARIO FUTURO T.S.U. EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS CONTESTEN POR FAVOR YA TENGO 1 MES Y NO ME HAN DADO NI UN BOLIVAR
Espero pronta respuesta. gracia!!!
Luisa Rios
agradecería sus repuestas con los artículos..
gracias
espero su pronta respuesta
saludos y gracias.