A raíz de la denuncias del comando Miranda CONATEL visitó tres canales de televisión por la transmisión de la presunta cuña subliminal de la Gobernación del Zulia.

Lezama menciono también el artículo 29 de la misma ley, en su numeral cuatro, el cual establece las sanciones posibles por las presuntas infracciones. "En el numeral cuatro dice que se sancionará al prestador de servicio de radio, televisión o difusión por suscripción en los casos que le sea aplicable con multa desde 1% hasta 2%".
Alvis Lezama[La verdad]"Nosotros estamos realizando unas investigaciones que nos permiten recoger elementos de convicción y aclarar algunas de las situaciones acerca de una publicidad emitida en estos tres canales, donde presuntamente se utilizan técnicas audiovisuales y sonoras que impiden la percepción consciente del usuario de estos mensajes".
De demostrarse la supuesta falta –publicidad subliminal- cometida por los prestadores del servicio, las multas serán calculadas entre 20% y 200% del precio de compra del total de los mensajes publicitarios utilizadas en la difusión del mensaje.
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