La Asamblea Nacional aprobó ayer en primera discusión el cambio en el marco legal del artículo 23 que refiere a las operaciones de compraventa las cuales serán sometidas a reestructuración.
Esta reestructuración aprobada en su primera discusión por la AN, tiene como fin el de acelerar el recálculo de los créditos hipotecarios en moneda extranjera previstos en la Ley de Protección al Deudor Hipotecario, modificando específicamente el articulo 23 de dicho instrumento y que actualmente no estipula que la opción de compra sea en la moneda de curso legal venezolana, es decir, en bolívares, razón por la cual la gran mayoría de los contratos de opción a compra están en moneda extranjera (dólar) según afirman los diputados que han propuesto la revisión del instrumento legal.
En la propuesta de artículo (23) se indica que "los créditos hipotecarios, los contratos de ventas con financiamientos u operaciones de compraventa y los contratos de opción de compraventa sólo se otorgarán en bolívares. La contratación realizada en moneda extranjera es ilegal. En consecuencia se proscriben los créditos hipotecarios para vivienda en moneda extranjera y se deberán reponer a su estado original en bolívares al tipo de cambio de referencia para la fecha del contrato".
A pesar de que la Ley de Protección al Deudor Hipotecario está vigente desde inicios del 2005, detalles como los recálculos de los contratos que están en moneda extranjera no se han terminado de concretar.
Adicionalmente el Banco Nacional de la Vivienda[BNV] publicó en la Gaceta Oficial No. 38.723 del 11 de julio, el instructivo para el recálculo de los créditos hipotecarios que fueron otorgados en moneda extranjera.
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