El aumento de Unidad Tributaria (UT) previsto para principios de 2009 acaba de ser aprobado por la Asamblea Nacional, pasando de 46 bolívares fuertes (Bsf. 46,00) a 55 bolívares fuertes (Bsf. 55,00).

Pasadas ya las elecciones del 15 de febrero por motivo de la Enmienda, la comisión permanente de finanzas de la Asamblea Nacional aprobó el aumento de la Unidad Tributaria en 19,56% en relación con el pasado año, quedando en 55 bolívares fuertes. Este incremento se hará efectivo en todo el ámbito nacional luego que sea promulgado por el SENIAT, justo al momento que sea publicado en la Gaceta Oficial.
El ajuste de la Unidad Tributaria se hace al principio de cada año (usualmente en enero) en base a la tasa de inflación acumulada del año anterior. Debido a que la inflación en 2008 terminó sobre el 30% se esperaba un ajuste de la UT que podría alcanzar los 60 bolívares fuertes, pero al igual que en 2007 el ajuste actual no alcanzó a la inflación del año anterior.
La unidad tributaria (UT) es la unidad base empleada en el calculo de lasimposiciones, sanciones y multas aplicadas por el SENIAT y otrosorganismos tributarios municipales. La UT también se emplea en el calculo de las exenciones y exoneraciones en el IVA y el ISLR, así que su aumento no necesariamente es algo malo para el bolsillo. La UT se emplea además en áreas laborales y obligaciones contractuales, así como en elcosto de los timbres fiscales empleados para la tramitación de documentoslegales como el pasaporte.
Este aumento fue publicado en la Gceta Oficial Nº. 39.127 de fecha 26/02/2009.
Efectos del aumento de la Unidad Tributaria
Entre las imposiciones tributarias y otros calculos que se verán afectadas están:
- La declaración del Impuesto sobre la Renta(ISLR), que estará exento para aquellas personas que presenten un enriquecimiento neto anual inferior a 1.000 unidades tributarias (Bsf. 55.000,00) o ingresos anuales inferiores a 1.500 unidades tributarias (Bsf. 82.500), analógicamente deberán declarar el ISLR todas aquellas personas que superen uno de estos montos. Es importante notar que la declaración del ISLR a realizarse elprimer trimestre del año en curso (2009) deberá ser calculado en base ala UT del año 2008 (Bsf. 46,00), de esta forma queda en Bsf. 46.000 el techo para la exención del tributo hasta el 31 de marzo.
- Sobre el Impuesto al Valor Agregado (IVA), existe unaexoneración para aquellos contribuyentes con ingresos inferiores a las3.000 tributarias que ahora queda establecida en Bs. Bsf. 165.000, deconformidad con el Decreto N° 2.133 del 15 de noviembre de 2002.
- El calculo de los Cesta Ticketsque es realizado en base a la Unidad Tributaria, quedarán establecidosen 2009 (a partir del momento de la publicación del aumento de la UT enGaceta Oficial) dentro del siguiente rango:
- Monto mínimo del Cesta Ticket: Bsf. 13,75 (25%)
- Monto máximo del Cesta Ticket: Bsf. 27,50 (50%)
- Con este ajuste aumentan los timbres fiscales y todas aquellastasas empleadas por los servicios prestados por registros, notarías,tribunales y otros entes públicos que implementen la unidad tributariapara su calculo.
- Todas aquellas sanciones calculadas en base a las unidadestributarias deberán ser calculadas en base al nuevo ajuste de la misma,multiplicando el número de unidades por cincuenta y cinco bolívaresfuertes.
- Las unidades tributarias también tienen un efecto sobre losimpuestos sobre sucesiones y donaciones, cuyas tarifas impositivasestablecidas por la ley se convierten en unidades tributarias ofracciones de las mismas.
Evolución de la Unidad Tributaria en 5 años
Para ponerlo en perspectiva veamos una historia de los últimos aumentos de la Unidad Tributaria:
120 comentarios
muy agradecido por la información que me pueda suministrar
Atte
RHF.
Cristian, supongo que la semana entrante, eso depende ahora del Seniat.
gracias.
social para optar a la pensión,el se llama Simon Fuentes Garcia,C.I:2.655.062 y su fecha de nacimiento es 28/10/1939.
Agradezco cualquier información que me puedan brindar,saludos.
Nº. 39.127 de fecha 26/02/2009
Gracias.
agradezco la atencion
GRACIAS COMPATRIOTAS CAMARADAS
por favor podrían enviarme el decreto sobre el aumento del la unidad tributaria, para saber desde que fecha se debe aumentar el calculo del Cesta Ticket.
sin mas a que hacer referencia.
DESDE QUE FECHA SE TIENE QUE EMPEZAR A CANCELAR
Esto es legal ? gracias esperare su
respuesta
gracias. yolanda
Gracias.
gracias..........
SOS, AYUDA, AUXILIO
GRACIAS COMPATRIOTAS CAMARADAS
Por otro lado es obligatorio el pago de los cestatickets una persona que está de vacaciones, de reposo pre y post natal u otro tipo de reposo LEGAL, ya que el MINTRA lo estableción en una resolución el año pasado.
Así mismo quiero aclarar que una empresa u organización independientemente de que sus ingresos sean muy altos o bajos, esta sólo está obligada a pagar en cestaticekts desde el 0,25 al 0,50 del valor de la unidad tributaria.
Por otro lado es obligatorio el pago de los cestatickets una persona que está de vacaciones, de reposo pre y post natal u otro tipo de reposo LEGAL, ya que el MINTRA lo estableción en una resolución el año pasado.
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como hacemos para denunciar este probloma??
UNIVERSIDAD ARTURO MICHELENA
UBICADA EN: MCPIO. SAN DIEGO, ESTADO CARABOBO
pueblo de san diego, calle el polvero!
Gracias por su información.
¿ Tienen que reembolsarnos la diferencia de Cesta Ticket desde julio del año pasado? ¿Si ellos estan reembolsando desde Marzo de este año, es Legal que no tomen en cuenta los meses del año pasado ya que estuvimos sin contrato? ¿ Los meses sin contrato los ampara el nuevo contrato para fines legales?