Con motivo de celebrarse el Día Internacional de la Eliminación de La Violencia contra la Mujer, se estarán realizando innumerables actividades, dentro de este marco tenemos las Jornadas a realizarse hoy en la Ciudad de Maracay.
En este artículo mencionaremos algunas actividades y describiremos aspectos importantes de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Un 20 de diciembre de 1993, la Asamblea General aprobó la Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer (A/RES/48/104),pero es el 25 de Noviembre de 1999, cuando República Dominicana elevaante la Organización de las Naciones Unidad, una solicitud paraestablecer el Día Internacional de la Eliminación de la Violenciacontra la Mujer, que fue presentada a la Organización de las NacionesUnidas, siendo apoyada por mas de 60 países miembros, a través de laresolución 54/134, envirtud de la conmemoración del vil asesinato que en 1960 fueron objetolas hermanas Mirabal, activistas políticas de la República Dominicana,por orden del dictador Rafaél Trujillo.
En la violencia de Género, nos encontramos con los crímenes y delitoscometidos por hombres, motivados por su afán de dominio, control yejercicio de poder sobre los cuerpos y las vidas de las mujeres: loscelos, la decisión de una mujer de terminar una relación, la negativa atener relaciones sexuales, la independencia y la autonomía sonseveramente castigadas incluso hasta la muerte, esta conducta naceproducto de una cultura machista que se gestiona desde la más tiernaedad y que nunca fue corregida.
"Este dia tiene conlleva un significado que va mas allá de ser circunscrito a las mujeres, sino que más bien, permiten la reflexión sobre la lucha de todos los seres humanos por una vida mejor y sin violencia"
Jornada sobre la Eliminación de La Violencia contra la Mujer
En el marco de la celebración del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia Contra la Mujer.
Lugar: Auditorio Cinemateca Nacional
Av. Agustín Álvarez Zerpa, Maracay Estado Aragua.
Dia: Miércoles 25 de Noviembre de 2009.
Hora: 8:00 am a 4 pm
Temario
- Introducción al tema de la Violencia contra la Mujer a cargo de la Dra. Blanca Gallardo Guerrero. Jueza del Tribunal No.1 en funciones de Control de Violencia contra la Mujer
- Fases del Proceso Penal en materia de Violencia contra al Mujer, a cargo de la Dra. Carmerys Materano- Jueza Coordinadora de los Tribunales de Violencia contra la Mujer.
- Violencia contra la Mujer y Defensa Pública. A cargo de la Dra. Yamilet Coronel, Defensora Público de la Unidad de Defensa Pública en matera de Violencia contra la Mujer.
- Fase de Juicio en materia de Violencia contra la Mujer. Pruebas Aplicables. Dra. Cristina Castillo. Jueza de Juicio en materia de Violencia contra la Mujer.
- Violencia de Género. Dra. María Cristina González. Integrante del Instituto de la Mujer del Estado Aragua.
- Shock Post Traumático en materia de Violencia contra la Mujer. Dr. Joel León, Psiquiatra del Equipo Multidisciplinario de los Tribunales de Violencia contra la Mujer
- Organización Judicial en materia de Violencia contra la Mujer. Dr. Ramses Arias. Coordinador judicial de los Tribunales de Violencia contra la Mujer.
Incluye: Certificado de Asistencia
Inversión: Gratis..Entrada Libre
Inscripciones: 25 de Noviembre 2009.
Algunos Relatos sobre la Violencia Intrafamiliar
-Maria Isabel: “Fui victima de la violencia de un hombre si es que se puede llamar así... Casi no lo cuento de la golpiza que me dio, vivía con unos lentes oscuros para evitar comentarios entre los vecinos, ni hablar cuando El se pasaba de tragos.... Aunque hay hombres también que son victimas de la violencia, pero se recrudece mas sobre el género femenino...Así que todo mi apoyo a esas mujeres que todavía por miedo no han podido ser libres del acoso y del maltrato...solo les digo que el silencio estimula al verdugo.
-Dra. Laura (médico): La violencia a la mujer se ve con mucha frecuencia en los consultorios, y que trasciende de ser solamente física, hay también la obstétrica cuando a las parturientas las trasladan de un centro médico a otro, o simplemente la dejan esperando cuando ya abría que atenderlas por la proximidad de dar a luz. Están también el acoso laboral, y pare de contar los traumas psicológicos que poco a poco socavan la salud mental y física de quienes son objeto y que no tiene distinción de estratos sociales.
A través del teléfono 0426.518.74.34 (Ministerio para la Mujer e Igualdad de Género) podrán recibir atención en horario de oficina. En caso de emergencia en horas no laborables llame al 0800-mujeres.
Mujer: si eres víctima de: violencia psicológica, acoso u hostigamiento, amenazas, violencia física, sexual, actos lascivos, prostitución forzada, esclavitud sexual, acoso sexual, violencia laboral, patrimonial y económica, obstétrica, esterilización forzada, violencia institucional, trata de mujeres, no lo piense dos veces para hacer su denuncia
En dónde puede denunciar
Fiscalía del Ministerio Público, Prefecturas, órganos policiales, Tribunales de municipio, los mismos Tribunales de Violencia contra la Mujer, Juzgados de Paz, División de protección en materia de Niño, Niña y Adolescente.
¿Quiénes pueden denunciar?
La víctima (mujer, niña, o adolescente), familiares de la víctima, médicos tratantes y demás personal de salud, consejos comunales, organizaciones defensoras de los derechos de las mujeres, y cualquier otra persona o institución que tuviere conocimiento de los hechos punibles previsto en la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. (publicada en Gaceta oficial No. 38.647 del 19/03/2007 que deroga a la Ley sobre Violencia contra la Mujer y la familia del 03/09/1998).
Algunas Medidas de Protección
Desde la asistencia de parte de equipos multidisciplinarios para orientación y atención profesionalizada tanto para la víctima como el agresor, prohibición de acercamiento del agresor a la víctima, la salida inmediata del agresor del domicilio conyugal, hasta el arresto transitorio.
3 comentarios
no a la violencia
DENUNCIA:
EXP: 5597 .-
DIVISIÓN DE DISCIPLINA de Físcalia-
DENUNCIA CONTRA FISCAL NONAGÉSIMA SEXTA (96º) DEL MINISTERIO PÚBLICO (EN MATERIA DE FAMILIA), DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
EXP: 09.02275.-
DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA,
(D.E.M.)
INSPECTORIA GENERAL DE TRIBUNALES.-
DENUNCIA CONTRA LA JUEZ NOVENO DE LOPNA DE CARACAS .
POR VIOLACIÓN AL DEBIDO PROCESO, VIOLACIÓN A LA TUTELA JUDICIAL Y AL DERECHO A LA DEFENSA DE NIÑO DE UN AÑO DE EDAD DISCAPACITADO.
Por actuar sin eficacia,
objetividad, imparcialidad, honestidad, transparencia buena fe y confianza, que debe procurar todo Funcionario Público cuando se le eleva un procedimiento a su conocimiento la Fiscal 96 del M.P., de Familia, impulsando en toda la secuela del procedimiento plagado de irregularidades procesales, que sustanció la JUEZ de la Sala de Juicio Nº IX, del Circuito Judicial del Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de
Caracas,(LOPNA), en el Asunto signado con el
Nº AP51-V-2008-011774, demostrando un desconocimiento de las nociones y herramientas básicas del derecho, en Materia de Protección del Niño, Niña y Adolescente. Así como el desconocimiento de la Ponencia de la Magistrada Carmen Zuleta de Merchán de fecha 27 de abril de 2007, en el expediente signado con el Nº 07-0130, que fijó todas las pautas procedimentales en los casos de Restitución de Custodia de Niños (a) y
Adolescentes, vinculante por ende de obligatorio cumplimiento para todo los funcionarios y funcionaria del Poder Judicial, relativas al artículo 390 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño(a) y Adolescente,
Por encontrarse incursas en la violación
de las siguientes Leyes
y Artículos como son
CONSTITUCIÓN NACIONAL BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Art: 19,- Art: 21 parrafo dos,
Art: 29, -Art: 30,-
Art: 46 particular 4,-
Art: 49 ordinales 1, 6 y 8,
-Art; 60, -Art: 75, particular 2,- Art; 138,- Art: 139,- Art: 140,-
Art: 255 en su ultimo párrafo,
LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE NIÑOS Y ADOLESCENTES
EN SUS ARTS: 26,- Art: 29,
Art: 30 parrafo tercero, -
Art: 32-a, - Art: 41, -
Art: 49, - Art: 56, - Art: 61, -
- Art: 88, - Art: 151, - -
Art: 216, - Art: 217, --Art: 254, -
Art: 270-a, - Art; 271, - Art: 272, - Art: 327, -
LEY ORGÁNICA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD:
Art: 1, - Art: 2, - Art: 9, -
Art: 12, - Art: 13, -
Art: 14, - Art: 18, - Art: 35, -
Art: 73, - Art: 77,.-
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