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Desalojo de Invasión en el Hotel Triángulo Dorado

En horas de la madrugada de ayer "la Policía de Caracas y la Policía Metropolitana, desalojaron a los invasores del hotel Triángulo Dorado.

Reseña El Universal que los ocupantes ilegales dispararon a las comisiones policiales y desde lo alto lanzaron las pocetas y los lavamanos. 25 invasores, en su mayoría con antecedentes policiales, fueron detenidos. A las mujeres y los niños los dejaron marchar. Sobre el pavimento quedan los escombros. La policía informó que los detenidos serán presentados en los tribunales. Dos agentes resultaron heridos con objetos contundentes.Los vecinos señalaron que se trataba de unos delincuentes. "Esto fue una batalla campal en una ciudad donde parece que no hay ley" dijo Olga Ramos del Concejo Comunal de Santa Rosalía. Encargados del hotel señalaron que los invasores cargaron con los televisores, la lencería, colchones y otros bienes.

Según reseña Radio Mundial, el comisario Renny Villaverde Director general de la Policaracas, indicó que los detenidos habían sido 20 personas (El Universal reseñó 25 detenciones) y que “en aras de mantener la seguridad ciudadana, se tomó la decisión de ingresar a la edificación que estaba recién tomada, para restablecer el orden público y retomar la calma en el sector, para darle cumplimiento al orden legal establecido en la Constitución Nacional”. Explicó que el desalojo del hotel Triángulo Dorado se coordinó con la alcaldía del municipio Libertador, con el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia y el Ministerio Público pues ya se estaba tornando crítica la situación entre los invasores y los vecinos del sector.

El Hotel Triángulo Dorado al parecer se encontraba desocupado desde hace 6 meses debido a un litigio judicial, a lo que estas personas aprovecharon para invadir el inmueble.

La invasión es un delito contra el orden público tipificado en el Código Penal (artículo 471-A) con hasta 10 años de prisión y toda autoridad (Policía, GN, CICPC) está obligada por la Ley en aprehender a personas (sean hombres o mujeres) en flagrante comisión de delitos que merezcan privativa de libertad, de acuerdo con el artículo 257 y el Título II del COPP.

  • Categoría:
  • Publicación: 07-ene-2010 11:58
  • Última edición: 29-jul-2010 23:47