Desde el pasado 1 demayo y hasta el 31 de diciembre de 2010 se empezó a ejecutar un plan excepcional temporal para pensiones por jubilación, similar al que se efectuó en febrero de 2006, cuando fueron beneficiados 103 mil 39 venezolanos.
Desde el pasado 1 de mayo y hasta el 31 de diciembre de 2010 se empezó a ejecutar un plan excepcional temporal para que trabajadores que no “completaron las 750 cuotas” requeridas por el Instituto Venezolano de Seguros Sociales (IVSS), puedan disfrutar de la pensión por jubilación.

El decreto está a cargo del Ministerio del Trabajo y consta de ocho artículos. El número 3 de estos, establece que hombres con 66 años y mujeres con 55 años, recibirán la pensión. También, aquellos ciudadanos que tengan al menos 700 cuotas para la fecha inicial del decreto. “En este caso el Estado asumirá el aporte correspondiente hasta completar el número de cotizaciones restantes (50)”, afirmó el presidente Chávez.
“Para el cálculo de las cotizaciones faltantes, el Ivss, tomará como base el salario mínimo nacional vigente y el riesgo mínimo”. Así mismo, ordenó al Ivss conceder la pensión de vejez a 20 mil campesinos y pescadores que hayan cumplido con los requisitos de la edad.
Los requisitos para solicitar la pensión por vejez son los siguientes:
- Las mujeres deben tener 55 años y los hombres 60 años.
- Mínimo 750 cotizaciones o 700 (las 50 restantes serán absueltas por el Ivss)
- Partida de Nacimiento o Datos Filiatorios (original y copia).
- Copia de la Cédula de Identidad (ampliada y sin cortar).
- Solicitud de Prestaciones en Dinero, forma 14-04. Original y triplicado.
- Constancia de trabajo, forma 14-100 de los últimos seis años trabajados. Original y triplicado.
103 comentarios
1. Las personas que tengan menos de 700 cotizaciones, de bajos recursos economicos que cancelen poco a poco hasta llegar a los establecido en ley en el tiempo previsto 2012. Desde cuando comienzan a cobrar la pension? cuando terminen de cancelar todo? o que?
tu mama no se puede acoger al decreto, en vista que solo lo pueden hacer aquellas personas que tengan 66 años y tengan acumuladas 600 semanas. lo que debes hacer es pagar las restantes semanas a BS. 16,95 C/u y tu mama se hace acreedora de su pensión.Ejmp: le faltan 684 semanas X 16,95= 11.593,80 lo que debes pagar al ivss
tu mama no se puede acoger al decreto, en vista que solo lo pueden hacer aquellas personas que tengan 66 añoslos hombre y 55 años las mujeres y tengan acumuladas 600 semanas. lo que debes hacer es pagar las restantes semanas a BS. 16,95 C/u y tu mama se hace acreedora de su pensión.Ejmp: le faltan 684 semanas X 16,95= 11.593,80 lo que debes pagar al ivss
Gracias. Si no existe la uultima empresa donde laboro, como obtiene la 14-100? Nuevamente gracias.