En Venezuela existen restricciones para la libre adquisición de divisas que se encuentran reguladas por un férreo control cambiario desde el año 2003.

Además de la compra de divisas en la calle a precios altos, las personas naturales tienen actualmente dos opciones oficiales para adquirir divisas (CADIVI y SITME) y una que se está discutiendo en el Banco Central de Venezuela (Bolsa Pública de Valores). En ninguna de estas opciones puede usted dirigirse a una oficina con bolívares y adquirir directamente dólares u otras divisas. Cada una requiere independientemente, un conjunto de requisitos y diligencias para luego la aprobación de las asignaciones o de las transacciones respectivas.
Solo quedan en el recuerdo aquellas épocas donde usted se dirigía a cualquier casa de cambio y podía comprar o vender divisas al precio de mercado sin ninguna restricción. de hecho aquellos quienes tenían una cuenta en el exterior podían retirar dólares en los cajeros automáticos del Citibank a través de la red electrónica, con la sola restricción del saldo y los límites diarios.
Procedimientos oficiales para la adquisición directa o indirecta de divisas:
- Con CADIVI por ejemplo, debe preparar un grupo de carpetas para los cupos que desee utilizar (cupo de viajero, compras por internet, cupo en efectivo) con requisitos específicos y disponer de una tarjeta de crédito (obligatoriamente, con excepción del cupo en efectivo) con suficiente saldo disponible para cubrir la cantidad de dólares que se solicitan.
- Con SITME se complica un poco más, ya que usted NO ESTÁ COMPRANDO DIVISAS sino que está realizando una cantidad de trámites para adquirir bonos de la deuda pública con un valor denominado en dólares pero que usted paga en bolívares a un tercer tipo de cambio (que actualmente está alrededor de 5,30 por dólar). Pero usted tampoco puede disponer libremente de estos bonos como lo venían haciendo las Casas de Bolsa hasta el desmadre (el gobierno les quitó el negocio cambiario hace unos meses), sino que puede autorizar a su banco para que haga la venta de sus papeles y el monto en dólares le será depositado en una cuenta bancaria que tenga en el exterior, un requisito indispensable por cierto.
- A través de la Bolsa Pública de Valores, aún está por verse como será el procedimiento con personas naturales luego que se reforme la Ley del Mercado de Capitales, y como será calculado el tipo de cambio de estas operaciones. Solo sabemos que deberá tener un valor superior al tipo de cambio del SITME, pero no tan alto como el precio del dólar implícito (su valor según respalda al bolívar), el "dólar callejero" u otros cálculos del llamado dólar paralelo (sobre cuyas cotizaciones se prohíbe informar).
Para todos estos procedimientos se puede observar una buena dosis de burocracia, y no puedo evitar preguntarme ¿cuanto papel se usa en Venezuela con motivo de estos trámites?.
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