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Presidente promulga decreto de ley "para los refugios dignos"

Debido a la emergencia generada por las lluvias que azotaron al país a finales del año pasado, el presidente Chávez promulgó el día de ayer un decreto de ley “para los refugios dignos”. Fue aprobada en el marco de la Ley Habilitante.

El decreto busca dar apoyo a las familias que fueron afectadas por las lluvias, y que actualmente viven en condición de damnificados en algunos centros del país.

“Es una Ley para la justicia, para la institucionalización. Para convertir los refugios en una institución del Estado Social de Derecho y Justicia", dijo el Mandatario Nacional en cadena nacional de radio y televisión, desde el Palacio de Miraflores, donde entregó petrorrefugios a familias provenientes del refugio "Club Unión Mirador", del 23 de Enero.

El Presidente afirmó que el objetivo es hacer de los refugios sitios dignos para las mujeres, niños y ancianos que allí habitan.

De igual manera, durante su alocución, el presidente Chávez dio lectura rápida algunos de los artículos:

“El artículo 1, tiene por objeto la acción corresponsable del pueblo y el Gobierno para la construcción, habilitación, acondicionamiento, organización, atención integral de los refugios creados en caso de emergencia o desastres”, leyó el Presidente.

El artículo 2 establece que los refugios "servirán como espacios dignos para la convivencia”.

Asimismo estableció que en el artículo 8 se expresa que los refugios tendrán una clasificación según el tipo de edificación.

Presidente Chávez
Presidente Chávez

“Tendremos refugios tipo A, cuando posean al menos 2 habitaciones y un baño; tipo B, cuando se trate de refugios con al menos una habitación y baño; tipo C, cuando se trate de carpas unifamiliares; tipo D, para los tipo cuadra de dormitorio y tipo E, para los refugios de diversa índole, como escuelas u otro tipo de instalaciones".

El capítulo 4 de la ley, según leyó el presidente Chávez, establece las obligaciones que tendrán los diferentes organismos del Estado.

“ElMinisterio del Ambiente tendrá como responsabilidad el mantenimiento delas buenas condiciones en los refugios, la potabilidad del agua, mientras que el Ministerio de Salud se ocupará de examinar a las familias, garantizar su buen estado de salud, las vacunas y lo que sea necesario”, ejemplificó.

El artículo 25, señala que se promoverá la organización y participación de las personas que hacen vida en los refugios. "Será por tarea directa del ministerio de las Comunas, Isis (Ochoa) tendrá que ocuparse de eso”, explicó.

También mencionó el hecho de que el estado dará ciertas asignaciones económicas a las familias en esta situación especial de acuerdo al caso.

Agregó queel apoyo podría darse también como una beca de trabajo o estudio; capacitación técnica productiva; pensiones o asignaciones dirigidas a adultos mayores, ayudas para quienes posean enfermedades crónicas o discapacidad severa, así como también a madres solteras en situación de vulnerabilidad.
  • Categoría: Política
  • Publicación: 19-ene-2011 13:08
  • Última edición: 19-ene-2011 13:21