La relación de trabajo puede terminar por diversos motivos, pero en el caso de un despido injustificado le corresponden al trabajador beneficios adicionales.

Aquellos trabajadores trabajadores permanentes o contratados bajo el régimen de estabilidad laboral previsto en el artículo 112 de la LOT, no pueden ser despedidos sin justa causa. Sin embargo en caso de materializarse un despido injustificado, el patrono se verá obligado a resarcir al trabajador con las indemnizaciones adicionales por antigüedad, despido injustificado y sustitutiva del preaviso previstas en los artículos 108, 110 y 125 de la LOT, calculadas hasta la fecha en que tal despido se materialice. Así mismo, las liquidación de las prestaciones sociales deberá ser calculada en base a la misma fecha.
Si el patrono persiste en despedir al trabajador, según lo establecido en el artículo 125 de la LOT, deberá pagarle adicionalmente lo contemplado en el artículo 108 (antigüedad), los salarios que hubiere dejado de percibir durante el "procedimiento" y además, una indemnización equivalente a:
- Diez (10) días de salario si la antigüedad fuere mayor de tres (3) meses y no excediere de seis (6) meses.
- Treinta (30) días de salario por cada año de antigüedad o fracción superior de seis (6) meses, hasta un máximo de ciento cincuenta (150) días de salario.
Adicionalmente el trabajador recibirá una indemnización sustitutiva del preaviso previsto en el artículo 104 de esta Ley, en los siguientes montos y condiciones:
- Quince (15) días de salario, cuando la antigüedad fuere mayor de un (1) mes y no exceda de seis (6) meses;
- Treinta (30) días de salario, cuando fuere superior a seis (6) meses y menor de un (1) año;
- Cuarenta y cinco (45) días de salario, cuando fuere igual o superior a un (1) año;
- Sesenta (60) días de salario, cuando fuere igual o superior a dos (2) años y no mayor de diez (10) años; y
- Noventa (90) días de salario, si excediere del límite anterior.
Para mayor información:
- Cálculo de las Prestaciones Sociales
- Cálculo del Preaviso
- Terminación de la relación laboral por despido justificado o injustificado
- Causas de la terminación de la relación de trabajo
- Terminación de la relación de trabajo por retiro o renuncia del trabajador
(El salario de base para el cálculo de esta indemnización no excederá de diez salarios mínimos)
51 comentarios
Besitos, Mariana.....
Quisiera saber cuanto es mi liquidación por antiguedad. !! trabajè para esa empresa 7 sietes años, desde el 2008 hasta el 2015.
mi sueldo para el momento de mi despido era de 5.846,46 bs.f
Gracias,. por favor . necesito información.
Con una nomina de 250 trabajadores y trabajadoras se aprueba PRESUPUESTO para EL EJERCICIO 2017 solo para 200 trabajadores y trabajadoras y se le exige REDUCIR EL PERSONAL ocasionando el menor daño posible a la organización tomando en cuenta las siguientes variables:
Tiene a su cargo 75 obreros,
25 empleados gozan de FUERO
100 trabajadores y trabajadoras estan agotando su segunda prorroga en el contrato
El resto de los trabajadores poseen contrato a tiempo indeterminado
PREGUNTAS PARA ANALIZAR
1)¿Quiénes son elegibles para cesar con la relación laboral?
2)¿Cual es el procedimiento con los trabajadores que gozan de FUERO?
3)¿Ante que organismo publico asume la organización la situación legal?
4)Que sugerencias emplearía usted a la gerencia, presidente o junta directiva?