Ante la puesta en marcha del instrumento legal, vale hacer una breve revisión al texto para determinar qué hay que conocer sobre el control y la administración de productos, bienes y servicios

Lo primero que habría que detallar es el carácter “socialista” que tiene el instrumento, o al menos el apego con la ideología que profesa el gobierno venezolano. Esto se demuestra desde el mismo momento en el que se lee la exposición de motivos:
“Los abusos flagrantes del poder monopólico en muchos sectores de la economía han originado que la base de acumulación de capital se materialice en los elevados márgenes de ganancia que implica el alza constante de los precios sin ninguna razón...”
Esto implica la necesaria inclusión de agentes “ejecutores” para el cumplimiento del instrumento legal. Por ello se crea la Superintendencia Nacional de Costos y Precios como agente del estado para ejercer, administrar, supervisar y sancionar junto al Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) y al Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (Indepabis).
Con este trío de dependencias, junto a la ley, podríamos ver a corto o mediano plazo:
- Precios máximos de venta al público (pmvp) fijados por la Superintendencia de Costos y Precios. Ya hemos visto regulación de precios en los productos básicos de la canasta alimentaria (de hecho, aún se mantienen) por lo que es probable que mantenga y se amplíe esta opción.
- Se consideran 4 tipos de costos: los de producción, dedicados a obtener bienes mediante la transformación; los de comercialización, que se encarga de bienes o servicios a los clientes; los de administración y financiación, relativos a la gestión y fondos de negocios; y los de reposición, que tiene que ver con el reemplazo de bienes existentes.
- Esto quiere decir, que la nueva ley regula TODAS las estructuras económicas del país (desde un abasto, pasando por una importadora, hasta una entidad bancaria, por mencionar un ejemplo).Dependiendo del producto o servicio, pudiera estar en conflicto con otro instrumento legal.
- Las sanciones incluyen multas de hasta 30 salarios mínimos e inhabilitaciones para ejercer la actividad comercial. También se podría declara la intervención u ocupación de establecimientos de llegar a estar contra la medida.
- En esta primera etapa, que comienza el 22 de noviembre y culmina antes de que finalice el 2011, se creará un registro donde todo establecimiento, empresa pública o privada, deberá declarar ante la Superintendencia Nacional de Costos y Precios Justos una cantidad de datos como la información contable, los libros y las estructuras de costos, con la que se creará una base de datos que a la final servirá para determinar los precios finales al consumidor.
Para revisar:Ley de Costos y Precios Justos (PDF)
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