La nueva normativa N° 11-11-02 del Sistema de Transacciones con Títulos en Moneda Extranjera (SITME) destinado a viajeros, estudiantes, remesas familiares, servicios profesionales e importaciones; entrará en vigencia a partir del 1° de enero de 2012.

El SITME es un sistema relativamente nuevo a través del cual negocian bonos de deuda pública en dólares transables en bolívares, cuyas operaciones se venían haciendo previamente a través de Casas de Bolsa, pero que ahora solo se hace a través del BCV, mediante la banca nacional (Banesco, Mercantil, BOD, Venezuela, etc.). Es importante destacar que SITME no reemplaza a CADIVI y tampoco tiene las mismas competencias, ya que su función es estrictamente reservada a las operaciones con bonos de la República denominados en dólares y no en la asignación de divisas como lo hace CADIVI. A través de SITME no se adquieren dólares sino Títulos Valores pagaderos en bolívares, los cuales pueden ser negociados para adquirir las divisas.
A partir del 1ro de enero de 2012 entrará en vigencia la Resolución N° 11-11-02, emitida por el Banco Central de Venezuela y publicada el pasado 11 de noviembre en la Gaceta Oficial N° 39.798, con respecto al régimen normativo del SITME.
Tabla SITME 2012: Conceptos y montos máximos autorizados
Concepto | Monto Max. Anual | Monto Max. Mensual | Monto Max. Diario | |
N a t. | Remesas Familiares | 6.000 $ | ||
Estudios en el Exterior, Viajes en el Exterior, Prestación de Servicios Profesiones | 5.000 $ | |||
Salud, investigaciones científicas, deporte, cultura, educación y otros de urgencia | 10.000 $ | |||
J u r. | Importadores de Bienes u servicios que no estén incluidos en las listas 1 y 2, de la Resolución N° 39.396 | 350.000 $ | 50.000 $ | |
Importadores de Bienes y Servicios que estén incluidos en las listas 1 y 2, que no hayan adquirido divisas durante los noventa (90) días consecutivos, a través de CADIVI, ALADI, SUCRE | 350.000 $ | 50.000 $ | ||
Importadores de bienes de capital, insumos y materias prima | 350.000 $ | 50.000 $ |
Respecto a las personas jurídicas, los Importadores de Bienes y Servicios de las listas 1 y 2 que hubiesen tramitado solicitudes de adquisición de divisas (AAD) durante los noventa (90) días previos y consecutivos a la solicitud de orden de compra-venta, deben completar el formulario Carta de Renuncia ante CADIVI para Importadores incluidos en las listas 1 y 2. Las importaciones deben ser por realizar, no aplica para importaciones ya efectuadas. Los montos autorizados son por Persona Jurídica (RIF) y no por rubro de importación. Por último, se incluyen en los conceptos: Importadores de materia prima e importadores que no hayan adquirido divisas a través de ALADI, SUCRE.
Condiciones y requisitos para la compra en el SITME
Las personas naturales y jurídicas deben cumplir con las siguientes condiciones:
- Estar domiciliada en el país. En el caso de extranjeros, deberán presentar la condición “Residente” en la Cédula de Identidad.
- No estar incursas en investigaciones por presuntas violaciones a la normativa cambiaria o haberla transgredido.
- No tener activa una solicitud de compra de SITME en el mismo mes, en otro banco.
- Tener una cuenta abierta en el exterior, donde el titular de ésta sea el mismo beneficiario de los títulos. No se aceptan pagos a terceros.
- Estar inscrito en el Registro de Usuarios del Sistema de Transacciones con Títulos Valores (RUSITME). Para realizar el proceso de registro de usuario debe dirigirse a la página web del Banco Central de Venezuela (BCV).
- Poseer una cuenta bancaria en la entidad donde será tramitado.
- En caso de solicitudes para pagos de estudios en el exterior cuyo beneficiario corresponda a un menor de edad el titular de la cuenta del banco en el exterior debe ser el representante legal del menor (Nuevo).
- No es necesario poseer el cupo CADIVI aprobado o agotado.
Recaudos para la compra en el SITME
Personas Naturales:
- Original y copia de la Cédula de Identidad Venezolana o en su defecto Documento de Nacionalización vigente. En el caso de extranjeros, deberán presentar la condición “Residente” en la Cédula de Identidad.
- Original y copia del Registro de Información Fiscal (RIF) vigente.
- Declaración Jurada SITME debidamente firmada.
- Original y copia de la Cédula de Identidad del cónyuge u otros firmantes en caso de estado civil casado o cuenta de firmas conjuntas.
Personas Jurídicas:
- Original y copia del Documento Constitutivo o Estatutario debidamente registrado, donde se verifiquen las facultades de los Representantes Legales para realizar operaciones de compra y negociación de Títulos Valores.
- Original y copia del Documento de Reformas Estatutarias y/o Acta de Asamblea (si aplica).
- Original y copia del Registro de Información Fiscal (RIF) vigente y debidamente actualizado.
- Copia de la Cédula de Identidad de los representantes legales y firmantes de la solicitud.
- Declaración Jurada SITME debidamente firmada, según sea el caso
- Importadores de Bienes y Servicios incluidos en las listas 1 y 2
- Importadores de Bienes y Servicios NO incluidos en las listas 1 y 2
- Carta de Renuncia ante CADIVI debidamente firmada, según sea el caso:
- Importadores de Bienes y Servicios (ALADI, SUCRE)
- Importadores de Bienes y Servicios (AAD)
Proceso de compra-venta de los títulos valores sitme
Todos los solicitantes están obligados a realizar la compra-venta inmediata de los Títulos Valores para atender los gastos en divisa para los cuales fueron adquiridos. Asimismo deben mantener, por un período de 2 años, la documentación que soporta la compra de Títulos Valores a través de SITME.
13 comentarios
Tu puedes solicitar sitme en nombre de tu hijo con un poder que te autorice a la compra venta de titulos valores, y aportando el resto de documentos al banco en el que tenga cuenta tu hijo en Venezuela.