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Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Vivienda (SNAV)

La Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Vivienda es el ente rector en materia de arrendamientos inmobiliarios, adscrito al Ministerio de Vivienda y Hábitat.

La SNAV tendrá como atribución velar por el cumplimiento de las limitaciones impuestas por la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios
La SNAV tendrá como atribución velar por el cumplimiento de las limitaciones impuestas por la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios.

La Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Vivienda (SNAV) es el ente rector en materia de arrendamientos desde la creación de la nueva Ley de Arrendamientos Inmobiliarios (LAI). La SNAV tiene amplias facultades para ejercer el control y permitir la inspección del Estado sobre las personas y los inmuebles que son objeto de arrendamiento. El legislador le otorgó a esta superintendencia un gran poder sobre la actividad arrendataria e incluso sobre la voluntad de las partes que participan en la relación arrendaticia. La SNAV es un órgano adscrito al Ministerio de Vivienda y Hábitat.

Según el artículo 17 de la LAI, la Superintendencia Nacional de Arrendamiento debe contar con un sistema de coordinación nacional con instancias de representación en todas las entidades federales del país, para coordinar la aplicación de la política en materia arrendaticia, y asimismo, mantener un Registro Nacional de Arrendamiento de Viviendas.

El artículo 20 de la LAI establece las competencias de la SNAV. Corresponde a la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Vivienda, ejercer la regulación, administración, supervisión, inspección, control y sanción por parte del Estado a los arrendadores y arrendatarios, en cuanto al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios.

Son atribuciones de la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Vivienda:

  1. Velar por el cumplimiento de los deberes, derechos y garantías contenidos en la presente Ley.
  2. Diseñar, implementar y evaluar los mecanismos de aplicación, control y seguimiento de la presente Ley.
  3. Fijar el canon de arrendamiento de los inmuebles regulados por la presente Ley.
  4. Realizar, a solicitud de parte o de oficio, los procedimientos administrativos contenidos en la presente Ley.
  5. Requerir a las personas y entidades sometidas a la regulación y control de la Superintendencia, cuando fuere necesario y dentro del límite de las funciones que le confiere la ley, los datos o documentos sobre sus cualidades y la relación arrendaticia, así como certificar la colaboración o no, por parte del sujeto investigado.
  6. Realizar la inspección y fiscalización de los inmuebles y personas sujetas a la presente Ley, a los fines de la aplicación de la misma. 7. Efectuar los procedimientos para la determinación de ilícitos sancionados por la presente Ley, así como el incumplimiento de los deberes y derechos en ella establecidos.
  7. Imponer las sanciones y determinar las indemnizaciones a que hubiere lugar, de conformidad con lo establecido en la presente Ley.
  8. Proveer, en coordinación con las direcciones correspondientes del Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de vivienda y hábitat, de refugio o vivienda, transitoria o definitiva, al sujeto afectado por el desalojo y su grupo familiar, si éste comprobare que no tiene lugar donde habitar.
  9. Diseñar y ejecutar la política de información y formación en materia de arrendamiento de vivienda, de los servidores públicos y servidoras públicas, así como de la ciudadanía en general.
  10. Proveer al Ejecutivo Nacional de la información y recomendaciones necesarias en esta materia, para la definición de los planes nacionales en materia de vivienda y hábitat como un sistema integrado.
  11. Generar, en conjunto con las organizaciones sociales creadas para la protección de los derechos de los arrendatarios y arrendatarias, políticas públicas que permitan fomentar el acceso a una vivienda adecuada, segura, cómoda, con servicios básicos esenciales que incluya un hábitat que humanice las relaciones familiares, vecinales y comunitarias.
  12. Crear el Registro Nacional de Arrendamiento de Viviendas, establecer su normativa, administrarlo y ejercer las funciones de seguimiento y control sobre éste; partiendo de un Registro Nacional de Relaciones Arrendaticias, de actualización permanente.
  13. Solicitar a los sujetos de la presente Ley, la información que estime pertinente a los fines del ejercicio de sus competencias y, en especial, de las atribuciones de control y fiscalización que le han sido otorgadas por esta Ley.
  14. Revisar y controlar los contratos de arrendamiento destinados a vivienda, estableciendo en el registro nacional una base de datos de contratos de arrendamiento
  15. Realizar inspecciones en las viviendas que estén destinadas al uso del arrendamiento, a fin de validar su estado de conservación en el mantenimiento primario y preventivo, además de corroborar el fiel cumplimiento de lo establecido en la presente Ley.
  16. Las demás atribuciones que le sean propias según la ley.

Dirección de la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Vivienda:

Urbanización Las Mercedes, calle Orinoco con Av. Principal de Las Mercedes, diagonal a Centro Comercial Paseo Las Mercedes, Municipio Baruta, Caracas.

La dirección en otros estados y ciudades del interior aún no está disponible.

  • Categoría: Economía
  • Publicación: 02-mar-2012 15:13
  • Última edición: 02-mar-2012 15:25

20 comentarios

Yrais Toro dice:
Hola mi nombre es Yrais la superintendencia de arredamiento esta funcionando pero para los inquilinos nada mas yo tengo casi un año con una solicitud de restitución de inmueble y ni la citación se ha generado y necesito mi inmueble el cual el ocupante no quiere salirse y estoy en estado próxima a dar a luz y deje de ser inquilina hace dos años para tener mi vivienda propia y eso no se ha podido sigo arrimada pagando unas cuotas bancarias a Banco del Tesoro mes a mes y alli no me han prestado la colaboración para agilizar mi problema ni por mi condición ha habido prioridad estoy bastante decepcionada y angustiada: de que manera pido por los canales legales recibir el apoyo sin llegar a otros terminos? 02123811814
#1(Arriba)
Yaritza Albertini dice:
Necesito una intervención de la superintendencia no se ya a donde mas acudir y en inavi y fiscalia me dicen que actuaran cuando sea desalojada tengo tres menores de edad alquilo dos habitaciones de las seis en una segunda planta de una vivienda la cual no cumple con ninguno de los requerimiento para se alquilada al informar de los requerimientos al dueño solo hemos recibidos insultos y atropeyos por favor necesitamos con urgencia susanar esta situación. gracias este es mi numero de telefono 04165927748 estoy ubicada en ciudad guayana estado Bolívar en unare II
#2(Arriba)
Marìa Payares dice:
Hace 3 años solicite a mis inquilinos que desocuparan mi vivienda, ya que tengo un esposo con discapacidad y hace un año tuve una niña. pensaba solicitar crédito para colocar una charcutería para que mi esposo trabajara y hace 1 año los inquilinos realizaron modificaciones y dejaron de pagas, las facturas poseían remarcajes y otras sin iva, inquilinato se las regresó para que corrigieran y hasta la presente fecha no la consignaron ni me pagan. En la Superintendencia me piden que busque un abogado y meta una demanda de desalojo y no tengo abogado que desee el caso porque me dicen que no se estan efectuando los desalojos. el promedio de un abogado para esto es de 28 mil bolívares fuertes? que hago?? necesito ayuda ya que yo soy quién mantiene el hogar y gano poco. Auxilio Chávez yo no soy capitalista pero me están fregando y no tengo un personaje con autoridad que resuelva este caso. les doy seis meses más de prórroga y no la quieren ya que dicen que no garantizan conseguir alquiler, alguien que me responda a mi correo por favor es un S.O.S.
#3(Arriba)
Marìa Payares dice:
Hace 3 años solicite a mis inquilinos que desocuparan mi vivienda, ya que tengo un esposo con discapacidad y hace un año tuve una niña. pensaba solicitar crédito para colocar una charcutería para que mi esposo trabajara y hace 1 año los inquilinos realizaron modificaciones y dejaron de pagas, las facturas poseían remarcajes y otras sin iva, inquilinato se las regresó para que corrigieran y hasta la presente fecha no la consignaron ni me pagan. En la Superintendencia me piden que busque un abogado y meta una demanda de desalojo y no tengo abogado que desee el caso porque me dicen que no se estan efectuando los desalojos. el promedio de un abogado para esto es de 28 mil bolívares fuertes? que hago?? necesito ayuda ya que yo soy quién mantiene el hogar y gano poco. Auxilio Chávez yo no soy capitalista pero me están fregando y no tengo un personaje con autoridad que resuelva este caso. les doy seis meses más de prórroga y no la quieren ya que dicen que no garantizan conseguir alquiler, alguien que me responda a mi correo por favor es un S.O.S.
#4(Arriba)
Janina Mato dice:
Buenas quería saber que puedo hacer tengo un contrato de palabra va a ser 3 años de una vivienda apto estudio, mi esposo gana sueldo minimo y a mi me han dado varios acv ayer 13 de noviembre me dio el ultimo y la dueña del lugar una persona mayor tambien me pidio desocupación y que derechos tendremos; y cuanto tiempo ya que no estamos en capacidad de pagar mas de lo que pagamos y las viviendas por la zona superan el sueldo de mi esposo yo tengo mas de 60 años y despues del acv ni me muevo sola, quisiera saber si un bco da un crédito para comprar si el terreno no fuese propio.y así solucionar el problema de la dueña que posee terreno para construir y el mio como persona incapacitada y mayor espero su respuesta por favor sos
#5(Arriba)
Pedro Hernan dice:
En la superintendencia tratan mal a los propietarios, los que en una oportunidad consideraron dividir parte de su vivienda para poder tener un ingreso a parte de su sueldo, considerando la situación actual, no debemos tener la culpa ni correr con las consecuencias de perder ese anexo construido con tanto sacrificio. No todos los casos de solicitud de desalojo son por abuso. Esto lo deben tener presente todo el personal de la SUNAV.
Y si hablamos de inclusión el trato debe ser para todos por igual ya que muchos de los inquilinos sólo están aprovechando una mala gestión administrativa para adueñarse de lo que no les corresponde.
#6(Arriba)
Ivonne Barreat dice:
Buenas tardes camaras vivo en Ciudad Guayana, al Surrrrr de Venezuela, mi gran inquietud es que se creo una fabulosa ley, pero nosotros aquí no tenemos Superintendente y lo necesitamos con urgencia, cito El artículo 20 de la LAI establece las competencias de la SNAV. Corresponde a la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Vivienda, ejercer la regulación, administración, supervisión, inspección, control y sanción por parte del Estado a los arrendadores y arrendatarios, en cuanto al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios. osea es el Rector, necesitamos que designe a una persona responsable que acate la ley .
#7(Arriba)
Gilberto Hernandez dice:
sunavi es incompetente
#8(Arriba)
Antonio Fernandez dice:
En la superintendencia actual se marginan, y tratan mal a los propietarios, los vacilan, hay mal trato, los amenazan, los hacen espelar, estan unicamente a favor de los inquilinos, se viola el derecho al debido proceso, tambien debido a la mala gestion administrativa, los inquilinos tampoco pagan alquiler, y lo que es peor hay extralimitación de sus funcionarios y abuso de poder, dentro de sus atribuciones la numero 8 nunca la aplican, Hasta cuando justicia.
#9(Arriba)
MARIA GONZALEZ dice:
BUENAS TARDE TENGO UNA VIVIENDA MULTIFAMILIAR ALQUILADA DEBIDO A UNA DEUDA HIPOTECARIA.UNA HACE 5 AÑOS EN LA CUAL HACE 4 AÑOS PEDI DESOCUPACIÓN Y HACEN COSAS INDEBIDAS....OTRA HACE 2 AÑOS CON CONTRATO DE 6 MESES Y LO QUE VA DE TIEMPO HACEN CASO OMISO... YA ESTOY CANSADA DE IR A TODAS LAS INSTANCIAS PERTINENTES SI AYUDA NINGUNA ESTOY DESESPERADA..SOY MUJER SOLA CON 3 HIJOS Y MI MAMA Y STOY EN VIVIENDA DE ALTO RIESGO POR FAVOR QUE PUEDO HACER...GRACIAS
#10(Arriba)
Balbino De Armas dice:
Saludos, pido muy respetuosamente a algún funcionario de la SNAV, favor me indique, los estados donde estan funcionando actualmente las SNAV Regionales. Muchas gracias
#11(Arriba)
Judi dice:
LA SEÑORA SE DEDICA AL ALQUILER DE ANEXOS Y TIENE POR COSTUMBRE OBLIGAR A LOS INQUILINOS A REALIZAR ELLOS MISMOS LOS GASTOS DEL AREA COMUN, BOMBILLOS, BOMBAS DE AGUA,ETC. NO DEVUELVE DINERO DEL DEPOSITO DADO AL INICIO DEL CONTRATO A NINGUN INQUILINO QUE SE VA DEL INMUEBLE PONIENDO CUALQUIER EXCUSA. Y LO QUE MAS AFECTA ES SU TRATO DESPOTA CUNADO ALGUIEN SE QUEJA DE LAS CONDICIONES DEL INMUEBLE. APARTE ACOSTUMBRA AUMENTAR EXAGERADAMENTE EL ALQUILER SIN CUMPLIR CON EL PLAZO NI LAS CONDICIONES ESTIPULADAS POR LA LEY. EL AÑO PASADO AUMENTO EL ALQUILER DE 1400BF A 2000 EN EL MES DE JULIO Y EN MENOS DE UN AÑO YA ESTA AUMENTANDO A 2500BF. CDEBEN TOMAR EN CUENTA QUE LA MAYORÍA DE LOS INQUILINOS APENAS TIENEN UN SUELDO MENOR DE A 4000BFORRE DEL INMUEBLE Y AMENAZA GROSERAMENTE A QUIEN SE QUEJE O VAYA A INQUILINATO
#12(Arriba)
Mercedes Milano dice:
Buenas tardes:
Tengo 89 años, alquile mi casa en Alto Prado a un señor y su esposa que es actualmente la representante legal de la USB. Este sr. supuestamente empresario. Me dieron dos cheques sin fondo de una empresa y el tipo dice que el mando a su hermano a pagarme los alquileres y me dio los cheques. Hasta losa momentos no he podido desalojar a esas dos personas, las cuales viven no tienen hijos. Esa es la unica entrada que tengo y mis dos hijos son invidentes. Desde 2007 no recibo ni un centavo. Que debo hacer, llevo ya dos demandas y ninguna resulta a favor. En verdad esta ley no ayuda a los propietarios. Vendo avon para poder subsistir. Mi numero es 04162131786, quien de la superintendencia me puede ayudar. Gracias y que Dios le pague a quien meta la mano para resolver mi problema. Sra. Mercedes
#13(Arriba)
Karina+Teran+ dice:
NECESITO QUE ME AYUDEN A ACLARAR UNA DUDA SERA QUE ME PUEDEN SUBIR EL ALQUILER CADA 6 MESE
#14(Arriba)
Joselin dice:
Buen día quisiera saber porque el savil no esta cargando las planillas en el sistema
#15(Arriba)
Gisela Coa dice:
Buenas tardes, tengo necesidad urgente de ser atendida personalmente, expongo mi caso brevemente. Soy una persona de la tercera edad y hace un mes falleció mi esposo, tengo alquilado a través de una administradora un local en La Candelaria y que no he dejado de pagar durante 23 años, se metieron unas personas ajenas hace como un año y no me dan mi local. La Administradora no los conoce, me asesore y me dijeron que siguiera pagando cosa que he hecho durante todos estos años. Por favor necesito ayuda, en vista de que mi esposo estuvo muy enfermo se han aprovechado de mi situación, es mi único sustento para vivir. Mi cédula 4.004.198 y mi teléfono 04143385572. Gracias por favor estoy urgida......
#16(Arriba)
Pedro Rondon dice:
Las personas que deciden alquilar un inmueble deben estar conscientes del acto que realizan y en consecuencia, el requisito indispensable es de que quien alquile deberá pagar lo acordado, y esto será suficiente porque el inmueble esta destinado al alquiler.
#17(Arriba)
ALBERTO GUTIERREZ dice:
BUENAS TARDES A TODOS, TENGO 27 AÑOS ALQUILADO EN UNA HABITACIÓN Y LA HIJA DE LA DUEÑA ME HACE LA VIDA IMPOSIBLE EN ACUERDO CON LOS DEMAS INQUILINOS PARA QUE ME BAYA, SUBIEDO EL ALQUILER CUADO ELLA QUIERE,LLAMANDO LA ATNCIÓN POR CUALQUIER COSA, INCLUSO AN TRTADO DE METERSE PARA URTAR MIS BIENES PERSONALES, YO SOY SOLO, Y DELICADO DE SALUD. A QUE INSTITUCIÓN DEBO ACUDIR PARA SOLBENTAR ESTA CITUACIÓN ; MUCHAS GRASIAS
#18(Arriba)
Paulina Aguilera dice:
BUENOS DÍAS ME PUEDEN AYUDAR SOY INQUILINA Y LA DUEÑA DE CASA ME ENVIÓ UNA BOLETA PARA DESALOJAR QUE TENGO QUE HACER
#19(Arriba)
Blanca Plasencia dice:
Necesito saber el nombre del nuevo superintendente nacional de arrendamientos de vivienda en el 2017, ya que me informaron que no era el Dr jimenez Villasana
#20(Arriba)

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