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Reforma a la ley del IVSS permitirá cotizar a trabajadores por cuenta propia

Una nueva reforma a la ley del IVSS permitirá a trabajadores informales o por cuenta propia cotizar ante el organismo y obtener eventualmente el beneficio de la pensión.

Con la reforma a la ley del IVSS podrán cotizar por el beneficio de la pensión aquellos trabajadores informales o independientes
Con la reforma a la ley del IVSS podrán cotizar por el beneficio de la pensión aquellos trabajadores informales o independientes

El presidente Chávez, a través de su cuenta de Twitter, anunció que aprobó en La Habana la reforma a la Ley del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) con el propósito de incorporar a los trabajadores particulares que no tienen una relación de dependencia laboral con compañía privada alguna u organismo oficial.

En la legislación actual del Seguro Social se establece que en el organismo pueden inscribirse quienes se desempeñen como asalariados y que corresponde a los patronos hacer los aportes, así como las retenciones mensuales.

Con la reforma a la ley del IVSS se espera que los trabajadores por cuenta propia también disfruten de la pensión que otorga ese organismo, que se encuentra homologada al salario mínimo para el hombre mayor de 60 años de edad y la mujer con más de 55 años. Esto significa que (citando al vicepresidente) trabajadores como motorizados, mensajeros, pescadores, campesinos, abogados, odontólogos, trabajadores informales y todos los que laboran por cuenta propia podrán cotizar en el Seguro Social.

Esta reforma debe entrar en vigencia el 1ro de mayo, con motivo del día del trabajador.

  • Categoría: Economía
  • Publicación: 24-abr-2012 13:45
  • Última edición: 27-abr-2012 09:50

6 comentarios

Deisys dice:
Muy importante es un logro social que sin debería pagarse sin condiciones por que todos de alguna manera trabajamos señores cuanto trabajadores independiaentes deberíamos estas cotizando como los abogados comerciantes y demás ramas solo deberíamos empezar a klos 18año al cumplir la mayoría de edad
#1(Arriba)
Michael Said Vasquez Perez dice:
Ante todo buenas tardes, ya que hoy en día soy trabajador particular, mi pregunta es como aria para pagar particular, ya otras empresas me registraron y me pagaron las cotizaciones, espero sus prontas respuestas.. gracias
#2(Arriba)
Aura Quiroz dice:
Todas estas leyes que el presidente con mucho afan de ayudar y aportar un beneficio es excelente mas aun ver como miles de personas de la tercera edad ya disfrutan de este maravilloso beneficio, le agradecemos a nuestro presidente tan valiosa labor. Por otro lado quisiera hacer una pregunta al respecto en el caso de las amas de casa que no devengamos sueldos, y ocasionalmente ganamos alguno dinero en ventas que no llegamos a salarios minimos ni mucho menos que podemos hacer en este caso?
t
#3(Arriba)
Frank Gascon dice:
Buenas... trabajo por cuenta propia y deseo cotizar al IVSS. Actualmente tengo 322 cotizaciones. Que debo hacer para cotizar como trabajador informal?
#4(Arriba)
Maritza Arrieta De Martinez dice:
Nececito saber como me puedo reincribir en IVSS tengo 432 cotizaciones y 53 años gracias
#5(Arriba)
LUIS PICURE dice:
Buenas, mi pregunta , si segun el artículo 184 los domingos son dias feriados. ¿ en mis vacaciones deben pagarme esos dias como dias adicionales ? , me explico de otra forma , si salgo de vavaciones colectivas en diciembre y me pagan dias feriados por El 1º de enero el 24, 25 y el 31 de diciembre , ¿que pasa con los domingos considerados feriados y el 17 de diciembre es fiesta nacional ?

gracias
#6(Arriba)

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