Este martes 18 de junio de 2013, será discutida en sesión ordinaria la reforma de la Ley de Lactancia Materna trabajado por la Comisión de Familia de la Asamblea Nacional (AN), el borrador de dicha Ley contempla 33 artículos.

El borrador de la Ley de Lactancia Materna establece sanciones a los centros de salud públicos y privados que promocionen el uso del biberón y alimentos procesados tipo fórmula para bebes. Las sanciones, pueden llegar hasta las 3 mil U.T (unidades tributarias) lo cual equivaldría actualmente a 321 mil bolívares (1 U.T = Bs. 107). Según declaraciones brindadas para VTV por la diputada oficialista, Odalys Monzón, el amor entre madre e hijo se ha ido perdiendo "por las trasnacionales vendiendo esas fórmulas y no había sanciones. Nuestra función en la Comisión es garantizar que todo niño tenga derecho a la lactancia como soberanía alimentaria".
El artículo 10 del proyecto de ley destaca la "prohibición expresa de suministrar a los neonatos solución, salvo en caso de indicación médica especial que demuestre la necesidad de que el recién nacido debe recibir esta dosis". De igual manera se establece la "prohibición expresa de dar a los lactantes menores de seis meses bebidas o alimentos distintos a la leche materna, salvo en el caso de indicación médica especial”. La sanción para aquellas instituciones que incumplan lo establecido en este artículo será de 20 a 100 U.T, "así como la suspensión provisional del ejercicio de la profesión hasta por 120 días continuos, en caso de reincidencia, a quienes incumplan con las obligaciones establecida en artículo 10 de la Ley"
Monzón, informó que a partir del artículo 26 de la Ley se establecen las sanciones y las prohibiciones, que no existían en las anteriores. Asimismo mencionó la contemplación de la prohibición del uso de biberones, salvo en casos excepcionales en los que la madre no pueda amamantar al bebé. Solo en casos puntuales podrían ser suministradas fórmulas lácteas a los recién nacidos, de igual forma se estipulará la creación de bancos de leche materna.
Cabe destacar que La Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (LOTTT) establece en sus artículos 343 y 345, que los patronos con más de 25 empleados tendrán la obligación de tener o pagar un centro de educación inicial con sala para amamantar y otorgar dos descansos para la lactancia materna, en caso de que el centro de lactancia quedase en el lugar de trabajo los permisos serán de media hora cada uno y si está alejado de su puesto de trabajo estos serán de hora y media cada uno.