El Presidente de la República, Nicolás Maduro, promulgó ayer (sábado) la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones, después de 3 años de haber sido aprobada en primera sesión.

En el artículo 1 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones, se establece como objeto normar, regular y fiscalizar el porte, tenencia, posesión, uso, registro, fabricación, comercialización, abastecimiento, almacenamiento, registro, importación, exportación, tránsito y transporte de todo tipo de armas, municiones, accesorios, partes, componentes”, así como también se destacan las sanciones para quienes la incumplan.
La normativa legal, posee 126 artículos, entre los cuales se implanta la sanción con pena de prisión de 4 a 6 años, a quienes posean o tengan bajo su dominio, en un lugar determinado, un arma de fuego, sin contar con el permiso correspondiente, emitido por el órgano competente de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana para el control de armas, y la pena se extenderá de 6 a 10 años si el arma es de guerra, así lo estipula en su articulo 112.
A su vez aquellos ciudadanos que entreguen de manera voluntaria un arma de fuego o munición, licita o ilícita, a través de la dependencia competente se le otorgará compensaciones o incentivos por la entrega.