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Se inicia de manera obligatoria e inmediata el marcaje de PVP y PMVP.


Este miércoles en Gaceta Oficial N° 40.199, el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (Indepabis), ordenóde manera inmediata el marcaje del Precio de Venta al Público (PVP) o Precio Máximo de Venta al Público (Pmvp).

Indepabis,ordenóde manera inmediata el marcaje del Precio de Venta al Público (PVP) o Precio Máximo de Venta al Público (Pmvp).
Indepabis,ordenóde manera inmediata el marcaje del Precio de Venta al Público (PVP) o Precio Máximo de Venta al Público (Pmvp).
El Indepabis ordenó, a través de un decreto publicado en la Gaceta Oficial N° 40.199, el marcaje inmediato del Precio de Venta al Público (PVP) o Precio Máximo de Venta al Público (PMVP) a todas las personas naturales y jurídicas, importadores, fabricantes y productores de Venezuela que no hayan cumplido con el artículo 45 de la Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso de Bienes y Servicios.
Explicó que todos los productos regulados deben presentar el marcaje indeleble de los precios de venta por la Superintendencia Nacional de Costos y Precios (Sundecop).

El Indepabis recordó que el incumplimiento de la Ley puede acarrear sanciones desde las 100 hasta las 5.000 unidades tributarias y el cierre temporal de locales hasta por 90 días.
Este martes el presidente del Indepabis, Eduardo Samán , señaló que los comerciantes cuyos productos no tuvieran el precio impreso, tal como establece la ley, serían sancionados.