En este post estaremos definiendo la solvencia laboral y en otros subsecuentes expondremos más instrumentos que atañen la materia laboral venezolana.

El 30 de enero del año 2006 se emana el decreto 4.248 en donde queda establecida la Solvencia Laboral como instrumento de control de parte del estado por medio del Ministerio del Trabajo, y la misma esta dirigida a empresas y cooperativas que quieran realizar negocios con entes y empresas del Estado Venezolano.
¿Qué es la Solvencia Laboral?
Según el artículo segundo del decreto 4248 se establece que la solvencia laboral es un documento administrativo emanado del Ministerio del Trabajo que certifica que el patrono o patrona respeta efectivamente los derechos humanos laborales y sindicales de sus trabajadores y trabajadoras, el cual constituye un requisito imprescindible para celebrar contratos, convenios y acuerdos con el Estado.
La solvencia Laboral es de carácter obligatorio para aquellas empresas y cooperativas que quieran celebrar contratos, convenios o acuerdos con órganos, entes y empresas del Estado.
- Solicitar créditos provenientes del sistema financiero público.
- Acceder al Sistema Nacional de Garantías, Fondo de Riesgo y Sociedad de Capital de Riesgo;
- Recibir asistencia técnica y servicios no financieros;
- Participar en los programas de compras del Estado, Ruedas y Macro Ruedas de Negocios, nacionales e internacionales;
- Renegociar deudas con el Estado;
- Recibir apoyo y protección integral para la innovación y ampliación tecnológica;
- Solicitar recursos que favorezcan la importación de materias primas, insumos y/o tecnologías dirigidos a mejorar y ampliar la producción;
- Participar en procesos de licitación;
- Tramitar y recibir divisas de la administración pública;
- Solicitar para su aprobación el otorgamiento de permisos o licencias de importación y exportación.
Solicitud y revocatoria de la Solvencia Laboral
En el artículo cuarto se establece que la solicitud de solvencia laboral será presentada por los patronos ante la Inspectoría del Trabajo competente y tendrá una vigencia de un (1) año. El Inspector del Trabajo negará o revocará la solvencia laboral cuando el patrono:
- Incumpla una Resolución del Ministro o Ministra del Trabajo o cualquier otro acto o decisión dictada por éste o ésta en el ámbito de sus competencias;
- Se niegue a cumplir efectivamente la providencia administrativa o cautelar de reenganche y pago de salarios caídos, así como cualquier otra orden o decisión que dicte la Inspectoría del Trabajo en el ámbito de su competencia;
- Desacate cualquier observación realizada por los funcionarios competentes en materia de supervisión e inspección del trabajo;
- Incumpla cualquier observación o requerimiento dictado por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales o el Instituto Nacional de Prevención, Seguridad y Salud Laborales en el ámbito de su competencia.
- Incumpla una decisión de los tribunales con competencia en materia del trabajo o la seguridad social;
- No cumpla oportunamente con las cotizaciones y demás aportes al Sistema de Seguridad Social;
- Menoscabe los derechos de libertad sindical, negociación colectiva voluntaria o de huelga.
Y para su revocatoria según lo establecido en su articulo quinto: El Inspector del Trabajo revocará la solvencia laboral al patrono o patrona que incurra en los supuestos indicados en la disposición precedente. A tal efecto, cualquier persona podrá denunciar estas situaciones ante las autoridades competentes.
271 comentarios
Hay prórroga?
Gracias por su ayuda
0416-8501263 / 04164501211
Lic Claudia Pinzón
La Solvencia Laboral: su naturaleza, requisitos, trámite, consecuencias y observaciones
* Es un nuevo requisito obligatorio para las empresas privadas y las cooperativas que deseen
hacer negocios con los órganos del Poder Público.
* El Ministro del Trabajo prorrogó la entrada en vigencia y este documento administrativo será
exigible a partir del próximo 2 de mayo.
* Serán las Inspectorías del Trabajo las encargadas de entregar la solvencia.
Desde principios de febrero surgió una gran expectativa en el ámbito empresarial del país, con la promulgación del Decreto 4.248 (contenido en la Gaceta Oficial 38.371 del 02/02/06), que crea la Solvencia Laboral como otro requisito que deben cumplir las empresas privadas para hacer negocios con los órganos del Poder Público.
Se trata de un nuevo documento administrativo que, luego de la prórroga anunciada por el Ministro del Trabajo, será exigible a partir del próximo 2 de mayo e imprescindible para que las empresas privadas y las asociaciones cooperativas, soliciten créditos provenientes del sistema financiero público; accedan al Sistema Nacional de Garantías, Fondo de Riesgo y Sociedad de Capital de Riesgo; reciban asistencia técnica y servicios no financieros; participen en los programas de compras del Estado, Ruedas y Macro Ruedas de Negocios, nacionales e internacionales; renegocien deudas con el Estado; reciban apoyo y protección integral para la innovación y ampliación tecnológica; soliciten recursos que favorezcan la importación de materias primas, insumos y/o tecnologías dirigidos a mejorar y ampliar la producción; participen en procesos de licitación; tramiten y reciban divisas de la administración pública; y soliciten permisos o licencias de importación y exportación.
Vale destacar que la solicitud de la solvencia será individual para cada contrato, convenio o acuerdo, que se pretenda suscribir con cualquier órgano del Estado y tendrá vigencia de 1 año en todo el territorio nacional, a partir de la fecha de emisión.
Para presentar la naturaleza del decreto y responder a preguntas como ¿Qué es la solvencia Laboral?, ¿Cuál es su utilidad?, ¿Quiénes están obligados?, ¿Cuáles son los requisitos para tramitarla?, ¿Cuál es su vigencia?, ¿Dónde se tramita?, ¿Cuál es el procedimiento?, ¿Puede ser revocada?, ¿Cuáles son las sanciones?, ¿Si ya tengo vinculación de negocios con el Estado, igualmente debo tramitar la solvencia? y ¿Qué es el Registro Nacional de Empresas y Establecimientos?, entre otras, la Cámara de Comercio e Industrias de Caroní
-Camcaroní- dictará a los empresarios y los cooperativistas, un taller (con cupo limitado) el viernes 5 de mayo de 9:00 a.m. a 12:00 m., en la sede de la Cámara ubicada en la Torre Movistar, piso 5, en Alta Vista, Puerto [MENSAJE TRUNCADO]
EL UNICO PAIS DONDE PA UNA FACTURA TE PIDEN CEDULA Y DIRECCIÓN, JAJAJJAJJA EN USA, ESPAÑA Y PAISES DE PRIMER MUNDO LOS HAN VISTO PEDIR CEDULA, PASAPORTE O DIRECCIÓN PARA COMPRAR? JAJJJA.
Q BASURA DE GOBIERNO, CUANDO HABRA UN MILITAR QUE TENGA LAS BOLAS DE HACERLE FRENTE A ESTA CUERDA DE SINVERGUENZAS, CREOQ UE DE TANTO BAÑARSE DESNUDOS SOLOS EN LAS DUCHAS ES QUE ESTOS MILITARES NO SIRVEN PA NADA.
Puediera alguien explicarnos
Quisiera saber cual es la pag para solicitar la planilla de solvencia
gracias
agradecería alguna solución
gracia
GRACIAS
gracias.
Att: Julio Castillo C.I.V-2776992
MINISTERIO
gracias
en la dirección indicada abajo se encuentra la
PLANILLA PARA LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO NACIONAL DE ESTABLECIMIENTOS DEL. MINISTERIO DEL TRABAJO ... NÚMERO DE ESTABLECIMIENTOS QUE POSEE LA EMPRESA: ...
www.mintra.gov.ve/planillas/regnacrne.doc - Páginas similares
[ Más resultados de www.mintra.gov.ve ]
que puedo hacer a donde me dirijo ayudemen con eso pues estoy muy preocupado y en este momento me encuentro con la empresita parada
Quería saber cuales son los recaudos para solicitar la solbencia laboral del IVSS. además quería preguntarles que otros recaudos necesito.
por fa, les agradecería que me respondiera a la mayor brevedad posible, porque ya mi empresa esta encaminada
muchas gracias
george
además de eso tengo una duda se esta corriendo una información en la calle , que al parecer salio un decreto donde se dice que las cooperativas no necesitan solvencia , si alguien tiene alguna información segura de esto le agradezco contactarme gracias.........
0414-0848401 llama los precios son unicos!!!
estamos en el oriente del pais(barcelona estado anzoategui)
0414-0848401....llama ya!!
Mi nombre es Nelson Pérez, tramito solvencia laboral, Solvencias IVSS, INCE y BANAVIH. Tambien Registro empresas en INCE, IVSS, RPVH antiguo LPH, y RNEE en Mintra para obtención de NIL. Todo legal. Pague despues de tener su tramite realizado. Me pueden contactar en correo obligacionlegal@hotmail.com Precios muy economicos.
:-)
llene la planilla por internet y pedí la cta para la consignación de documentos, pero la planilla tiene algunos datos que corregir y al momento de pedir la cita la planilla esta bloqueada no me deja modificar ¿Que debo hacer para desbloquear la planilla? Gracias!!!
el tigre edo. anzoategui
ADEMAS QUISIERA SABER EN QUE INFLUYE LA LEY POLITICA HABITACIONAL YA QUE NOSOTROS TENEMOS AFILIADOS A NUESTROS EMPLEADOS.
MUCHAS GRACIAS,
DIANA MARTINEZ
¿a partir de cuantos empleados es exigible la solvencia? ej. una firma personal con menos de 5 obreros requiere la misma?
0414 5201716 / 0416 1279283 / 0251 2612571 / 2613425}ATTE
ARLEZ MENDOZA GERENTE DE LA EMPRESA
Quisiera alguien me indicara que de cierto hay que para participar en las licitaciones con la nueva ley de contrataciones, los comites debes aceptar cualquier solvencia laboral siempre y cuando este vigente, es decir, si vamos a licitar con PDVSA o algun otro ente del estado, el comite esta obligado a aceptar una solvencia laboral vigente a nombre de otro organiso ?
Gracias
en la empresa donde trabajo rlls coffee. c.a ubicada en el paraiso abusa de los trabajadores no le pagan nada de beneficios por la ley. a mi particularmente me ingresaron al seguro social en el 2005 y mi fecha de ingreso a la empresa fue en el 1999. ¿ como puedo hacer para que la empresa me pague todos los retroactivos desde que ingrese a la empresa hasta la fecha de mi inscripción al seguro social.
una compañera y yo fuimos maltratadas tanto psicologicamente, verbalmente y moralmente yo creo que no hay palabras para describir la forma de trato de ellos con nosotras.
les explico para que entiendan un poco de mi problema:
ingrese a la empresa el 04/12/1999 estuve trabajando con mucho cariño y con esmero de cajera pase hacer la encargada de la tienda,siempre pedí aumentos de sueldo y me fueron negados ya que ellos entre menos paguen menos gastan y mas tienen plata, pero como yo, y muchisimos empleados ignorantes de las leyes del trabajador, no exigimos nada y yo estaba super acostumbrada y encariñada con mi trabajo y con mis empleados.Hasta que al principio del mes de mayo de este año, me quisieron cambiar a otro negocio del mismo dueño como recepcionista en un hotel, la cual no acepte, y a raiz de eso me despiden el 13 del mismo mes y año me culparon de haberme robado un dinero y me amenazaron con sacarme a patadas del negocio que por tantos años preste mis servicios en forma transparente porque nunca hubo reclamo alguno de parte de ellos hacia mi persona, fui al ministerio de trabajo y me reengancharon pero el día de reenganche en la empresa, estaba el hijo del dueño y me recibio con insultos y amenazas nuevamente y me dijo que si el quería yo trabajaba 20 años mas pero sentada sin hacer nada y así fue desde el día de mi reenganche que fue el 20 de junio hasta la fecha estoy solo cumpliendo horario ya que no me dejan cumplir labor alguna, ese mismo día a las 4 de la tarde llego otra vez el hijo del dueño y me amenaza de sacarme
la empresa nunca me pago beneficios tengo 12.888 horas extras en todo el tiempo que elabore, no me pagaron: dias libres ya que desde el 2002 nunca tuve,recargos y pago de dias feriados ya que se trabaja hasta los domingos, bonos nocturnos etc. para resumir nunca me pagaron nada sino mi sueldo que era casi sueldo minimo, y ahora devengo sueldo minimo 799.23 bs al mes. por favor pido al ministro de trabajo que me ayude ya que estoy desesperada y ahora y que van a vender el negocio por favor necesito que me ayuden .
sin mas por los momentos y agradeciendo ante mano, se despide
ana ferreira. mi correo analin31@hotmail.com gracias.........
CUANTO TIEMPO DEBO ESPERAR
aquí en la zona de Anzoátegui de la noche a la mañana aparecieron mas de 12 cooperativas De Camiones de Volteo de un día para otro ya somos 22 y cada Cooperativa tiene 11 Camiones de distintos tamaños y no podemos ni trabajar porque solo tenemos una planta de Asfalto. Pero llegan con papeles en mano ahora no se sabe si están legalmente Registradas yo antes entraba a la página principal del Sunacoop y había una página que decía en forma de pregunta ESTA LEGALMENTE REGISTRADA TU COOPERATIVA?. El caso es que ahora no encuentro esa fulana opción para ver las cooperativas, uno colocaba el nombre de la cooperativa y el nombre del presidente y salía hasta sus teléfonos ahora no la encuentro me gustaría saber x ustedes como puedo hacer Att: Lucas Noriega El Tigre Edo Anzoátegui
luego de eso deben acceder a llenar todos esos datos esa es la planilla de registro nacional de empresas, luego que esta llena la imprimen y ahi les dan los requisitos que deben soportar esa planilla, luego la levan al mintra de su zona, y ahi les daran el NIL numero de identificación laboral. ahora vuelven a entrar a la pag de mintra y buscan donde dice solvencia laboral abajo en un recuadro, entran igual usuario su c.i y la clave que le anoto anteriormente, y cliquean donde dice solvencia laboral nueva, ahi esta la planilla la llenan y junto a la copia de banavih, IVss e ince la llevan al mintra y listo a esperar una semana para su solvencia laboral
Y ACUDO A USTEDES BUSCANDO SOLUCIONAR EL PROBLEMA, YA QUE ESTOY SOLICITANDO UNA VIVIENDA.. ESPERANDO UNA PRONTA RESPUESTA..
app.rnee.minpptrass.gob.ve/gestion/login.php
y los requisitos que hay que consignar en el ministerio del trabajo son la inscripción del inces ivss faov y la planilla de inscripción en elta página que esta anexa
el NIL es el Numero de Inscripción Laboral
si tienen otra duda me pueden llamar al 04267437165
las cooperativas estan exentas de la solvencia laboral.
cuales seran los requisitos para optenar la solvencia laboral de una cooperativa
tramito solvencias en materia laboral
cualquier comentario me pueden escribir a mi correo electronico
merliuz_1@yahoo.es
habrá otra manera o forma de poder obtener la planilla para la inscripción del RNEE, ya que el sistema hasta ahora no ofrece dicha opción?
Mintra, Solvencia Laboral, Patente Ind. Y Comercio, Licencia De No Contribuyente, Ficha Catastral
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