Banca Pública y Privada deberán disponer 10% para créditos Hipotecarios como mínimo.
Con el 10% como mínimo quedó establecida la tasa que deberá aportar la banca pública y privada para el otorgamiento de Créditos Hipotecarios destinados a la adquisición, construcción y remodelación de la vivienda principal, esta tasa se dio a conocer mediante la resolución de la Gaceta Oficial número 38.407 y en la 012-06 en el Ministerio de la Vivienda.

En el mismo orden de ideas la comisión de finanzas de la asamblea nacional destinó un crédito adicional por un monto de 794,6 millardos de bolívares para ser transferido al Fondo Nacional de Desarrollo Urbano (Fondur), con la finalidad de construir 10.344 viviendas.
La construcción de las 10.000 unidades será por etapas para la conformación de 46 desarrollos habitacionales distribuidos en 21 estados del país. Dichas viviendas tienen un área que va desde 62 metros cuadrados hasta 110 metros cuadrados y contarán con acabados de primera en frisos, en techos, en cerámicas, en baños y en pisos.
Faltará ver que se ejecuten las obras para estas soluciones habitacionales y que estos recursos no sean solo ofrecimiento de carácter electorero o peor aun terminen en otro CAAEZ.
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