En Gaceta Oficial N° 40.342 se pública que se extiende la vigencia de los certificados médicos de salud integral para conducir vehículos por hasta 5 años. Anteriormente la vigencia era de 2 años.
En la Gaceta oficial N° 40.342 que circulo este miércoles, fue publicado una resolución conjunta de los Ministerios de Salud; Relaciones Interiores, Justicia y Paz; y Transporte Terrestre, en el que se extiende la vigencia de los certificados médicos de salud integral para conducir vehículos.
De acuerdo con el texto, se reconoce la validez y se tendrá como oficiales los certificados médicos integrales emitidos por los Colegios de Médicos. Asimismo, resalta que el periodo de válidez de dichos certificados pasa de 2 a 5 años.

Asimismo se señala que los certificados médicos integrales para conducir vehículos automotores que hayan sido emitidos a partir del 01 de enero de 2010, tendrán una prórroga en su duración de 3 años más, para un total de 5 años de vigencia.
La Ley de Transporte Terrestre, en el artículo 63, establece que todo conductor debe poseer un certificado de salud integral para conducir. Para obtenerlo, la persona debe presentar dos fotografías fondo blanco, tipo de sangre, grado de la licencia y copia de la cédula; además será sometida a un examen de evaluación de la tensión y la visión, con el test Snellen (tabla con letras y número) y la prueba de daltonismo.
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