El tope máximo para las ganancias de las empresas y los comercios será de 30%.
Con la finalidad de frenar el alza de los precios, el Ejecutivo nacional promulgó la Ley Orgánica de Precios Justos, la cual fija un tope máximo de 30 % de ganancias de las empresas y los comercios.

Ley de Precios fija multas y sanciones más severas.
Para garantizar su cumplimiento fue reforzado el marco sancionatorio en esta Ley, en comparación con instrumentos anteriores que estaban dirigidos hacia los mismos objetivos: el equilibrio económico, la protección de los precios, la lucha contra la especulación, la usura, el boicot, el acaparamiento entre otros ilícitos y delitos.
Multas, ocupación y cierre temporal, son las medidas que se estipulan en la Ley Orgánica de Precios Justos.
En el caso de la primera, los montos de las multas se multiplicaron hasta por 10 veces lo establecido en la derogada Ley de Defensa a las Personas en el acceso a los Bienes y Servicios.
Los lapsos de cierre y ocupación temporal se duplicaron de 90 a 180 días.
Se incluyeron sanciones como la clausura definitiva de almacenes, depósitos y establecimientos dedicados al comercio; la revocatoria de las licencias o autorizaciones para la solicitud de divisas y la suspensión del Registro Único de Personas que Desarrollan Actividades Económicas por un período de entre tres meses a 10 años, según sea el caso.
Esta última penalización implicará también la suspensión de las demás licencias, permisos, prohibición de acceso de divisas y autorizaciones emitidas por otros órganos de la administración pública.
La reincidencia será castigada con multa de 10 mil Unidades Tributarias (Bs 1,07 millones). En la Ley de Costos y Precios Justos, la reincidencia era penalizada con el doble de la sanción , según la falta en la que hubiese incurrido.